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Informe jurídico sobre la Sentencia Nº 00943-2016-PA/TC

Muñoz Flores, Denisse Inochi 21 August 2021 (has links)
Las nuevas tecnologías de la información y comunicación han influenciado la forma de comunicarnos, así como las relaciones de trabajo. Es decir, el empleador proporciona las herramientas digitales necesarias para que el trabajador realice sus labores; sin embargo, estarían siendo utilizadas, al mismo tiempo, para fines personales. Este informe profesional analiza el recurso de agravio constitucional presentado por un trabajador que fue despedido por la supuesta comisión de una falta grave (uso de información reservada de la empresa), tras haber el empleador accedido a una conversación de Facebook entre el demandante y una compañera de trabajo. El trabajador alegó la vulneración de su derecho al secreto y a la inviolabilidad de las comunicaciones, mientras que el empleador se amparó en el ejercicio de sus facultades de fiscalización y sanción. Al respecto, nuestra jurisprudencia sostiene que toda información obtenida de la intervención al chat virtual o a los correos electrónicos institucionales y privados, sin madato motivado del juez, es inconstitucional y carece de efectos legales. Por lo que, habría que diferenciar entre los medios tecnológicos de propiedad del trabajador y los de propiedad del empleador, siendo estos últimos objeto de fiscalización por la finalidad con la que son entregadas. Por lo tanto, en el presente informe, se pretende analizar las principales controversias jurídicas identificadas, exponer una posición sobre lo resuelto por el Tribunal Constitucional y brindar algunas recomendaciones, recurriendo, para ello, a doctrina, legislación, jurisprudencia, documentos técnicos-legales y a los fundamentos de la posición minoritaria del Pleno de sentencia. / The new information and communication technologies have influenced the way we communicate, as well as work relationships. In other words, the employer provides the digital tools necessary for the worker to carry out their work; however, they would be being used, at the same time, for personal purposes. This professional report analyzes the constitutional complaint filed by a worker who was fired for the alleged commission of a serious misconduct (use of confidential company information), after the employer accessed a Facebook conversation between the plaintiff and a colleague of work. The worker alleged the violation of his right to secrecy and inviolability of communications, while the employer relied on the exercise of its powers of inspection and sanction. In this regard, our jurisprudence holds that all information obtained from the intervention of virtual chat or institutional and private emails, without a reasoned order from the judge, is unconstitutional and lacks legal effects. Therefore, it would be necessary to differentiate between the technological means owned by the worker and those owned by the employer, the latter being the object of control for the purpose for which they are delivered. Therefore, in this report, it is intended to analyze the main legal controversies identified, present a position on what was resolved by the Tribunal Constitucional and provide some recommendations, resorting, for this, to doctrine, legislation, jurisprudence, technicallegal documents and the fundamentals of the minority position of the plenary session.
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El replanteamiento de la protección frente al despido arbitrario de los trabajadores de dirección y confianza en el régimen laboral privado

Vargas Tamariz, Alejandra Alida 29 March 2023 (has links)
Esta investigación tiene como propósito analizar la protección frente al despido de los trabajadores de dirección y confianza del régimen laboral privado. Hay que señalar que en la actualidad la jurisprudencia nacional se ha inclinado a concluir que este tipo de trabajadores, si en caso que desde el inicio de sus labores ha ocupado un puesto de dicha calificación, no posee una tutela (ni resarcitoria ni restitutoria) frente al despido. Sin embargo, conforme lo señala el ordenamiento legal, esta clase de trabajadores no está excluida del derecho al trabajo y, por lo tanto, tampoco del derecho a una tutela frente al despido. Teniendo en cuenta lo anterior, el trabajo sostiene que la tendencia jurisprudencial actual (el no otorgar una indemnización por despido arbitrario al trabajador de dirección y confianza) vulnera el principio de progresividad de los derechos sociales. Asimismo, determina que el retiro de confianza es una causa subjetiva de despido que en ocasiones puede vulnerar los derechos fundamentales del trabajador (además del derecho al trabajo) como en el caso de una persona embarazada. Finalmente, concluye que los trabajadores de dirección y confianza poseen una tutela resarcitoria que debe ser reivindicada. / The purpose of this research is to analyze the protection against dismissal of management and trust workers of the private labor regime. At present, the national jurisprudence has been inclined to conclude that this type of workers, if they have occupied a position of such qualification since the beginning of their work, do not have a protection (neither compensatory nor restitutionary) against dismissal. However, according to the legal system, this class of workers is not excluded from the right to work and, therefore, neither from the right to protection against dismissal. In view of the above, the work argues that the current jurisprudential trend (not granting compensation for arbitrary dismissal to workers in positions of management and trust) violates the principle of progressive social rights. It also determines that the withdrawal of trust is a subjective cause of dismissal that can sometimes violate the fundamental rights of the worker (in addition to the right to work) as in the case of a pregnant person. Finally, it concludes that management and workers in positions of trust have a right to compensation that must be vindicated.
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Informe Jurídico sobre el Expediente N° 11056-2017-0-5001- SU-DC-01

Montesinos Calero, Grecia 12 August 2022 (has links)
Aunque la trabajadora en estado de gestación se encuentra reconocida como un sujeto especial de protección tanto en los instrumentos internacionales como en nuestro ordenamiento jurídico, resulta necesario estar en una constante revisión tanto del alcance del referido principio protector, así como de los mecanismos de tutela regulados a su favor. En esa línea, también reviste de importancia comprobar si, al momento de atender las controversias en sede judicial, nuestros órganos jurisdiccionales actúan observando el citado principio protector. Toda esta revisión siempre atendiendo en que nos situamos en un Estado Constitucional de Derecho. El Expediente Laboral N° 11056-2017-0-5001-SU-DC-01, referido a la no renovación del contrato laboral sujeto a modalidad y a un encubierto despido nulo por embarazo de una trabajadora, nos ofrece precisamente la oportunidad de evaluar lo señalado líneas arriba. Así, el presente Informe Jurídico pretende analizar los hechos y argumentos expuestos en el citado expediente, con la finalidad de determinar si la decisión motivada por la Corte Suprema cumple con la observancia del principio protector de la madre trabajadora. De la revisión de la sentencia expedida, se advierte que la normativa vigente destinada a proteger a la madre trabajadora en estado de gestación no cumple con tener una eficacia protectora; por el contrario, los requisitos exigidos para que opere los mecanismos de tutela diluyen toda actuación proteccionista. En esa línea, verificamos que la Corte Suprema reduce su análisis al cumplimiento de formalidades, contraviniendo los principios contemplados en el Estado Constitucional de Derecho. / Although the pregnant employee is recognized as a special subject of protection both in international instruments and in our legal system, it is necessary to constantly review the scope of the aforementioned protective principle, as well as the protection mechanisms regulated in her favor. Along these lines, it is also important to verify whether, when dealing with disputes in the courts, our jurisdictional bodies act in compliance with the aforementioned protective principle. All this review always taking into account that we are in a Constitutional State of Law. Labor File No. 11056-2017-0-5001-SU-DC-01, referring to the non-renewal of the labor contract subject to modality and a concealed null dismissal due to pregnancy of a female employee, offers us precisely the opportunity to evaluate the above mentioned. Thus, this Legal Report intends to analyze the facts and arguments presented in the aforementioned case, with the purpose of determining whether the decision motivated by the Supreme Court complies with the observance of the principle of protection of the working mother. From the review of the ruling issued, it is evident that the current regulations intended to protect the working mother in a state of pregnancy do not comply with the protective effectiveness; on the contrary, the requirements demanded for the tutelage mechanisms to operate dilute any protectionist action. In this line, we verify that the Supreme Court reduces its analysis to the fulfillment of formalities, contravening the principles contemplated in the Constitutional Rule of Law.
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Precisiones en torno al posible resarcimiento del daño moral como consecuencia del despido arbitrario

Ramirez Albornoz, Irina Betsy 21 March 2022 (has links)
En el presente artículo académico se expone de manera sintetizada la posición de la autora en torno al posible resarcimiento por daño moral a consecuencia de un despido arbitrario, pretensión que viene siendo invocada en las demandas por daños y perjuicios incoadas por trabajadores que han sido objeto de un despido ilícito, la cual -en la medida que exista un supuesto resarcitorio- no ha encontrado rechazo por parte de nuestra judicatura en los casos de despidos inconstitucionales que tienen como efecto jurídico la nulidad del despido, no empero, en los supuestos de despidos arbitrarios regulados por el Art.34° de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, tanto la judicatura como la doctrina han desarrollado posturas contradictorias respecto al amparo de un resarcimiento por daño moral, toda vez que bajo una interpretación literal del texto de la norma antes referida, se establece para estos últimos, el pago de una indemnización tarifada como único remedio jurídico a favor del trabajador despedido. A partir de este breve desarrollo, se analizarán dos temas centrales a los que se dedica el presente artículo, y que estan referidos al aspecto probatorio del daño moral generado como consecuencia del despido ilícito. El primero, tiene la intención de aclarar la cuestión referida a la posible presunción de este daño, que ha sido materia de debate en los Plenos Jurisdiccionales de los años 2018 y 20191. Y el segundo, plantea una cuestión probablemente novedosa, referida a la posibilidad de reconocer una función sancionadora de la responsabilidad civil en el resarcimiento del daño moral, de manera que al establecer el quántum indemnizatorio se tenga en cuenta la gravedad del despido injustificado, hecho que presupone la vulneración de un derecho fundamental como el derecho al trabajo, y en algunos casos, al mismo tiempo, la de otros derechos fundamentales. 1 Pleno Jurisdiccional Laboral y Procesal Laboral desarrollado en Chiclayo, los días 13 y 14 de septiembre de 2018. Pleno Jurisdiccional Nacional y Procesal Laboral esarrollado en Tacna, los días 23 y 24 de mayo. / This academic article hereby exposes the author's reasoning towards a possible indemnization for a non-material damage as a consequence of an arbitrary layoff in a synthesized manner, pretension that has been invoked in claims for damages initiated by workers who have been fired in an illicit way, which -as long as there is an indemnizationhas not encounter rejection in the unconstitutional firing cases by our judiciary which have as a legal effect the annulment of the layoff, however, in the alleged arbitrary layoffs regulated by the Art. 34 of the Productivity and Labor Competitiveness Law, the judicatory as well as the doctrine have developed contradictory views regarding the advocacy of an indemnization for non-material damage, as long as under a verbatim interpretation of the beforehand mentioned normative text, it is established for the aforementioned, severance pay is stipulated as only juridic remedy in favor of the fired worker. From this brief, two main topics will be analyzed to which this article will talk about and are referring to the proving aspect of the non-material damage generated because of illegal termination. The first one has the intention of clarifying a matter that is referring to the assumption of this damage which has been a debated matter at the jurisdictional control of the Court during the years of 2018 and 2019. And the second one proposes a probably novel matter, referring the possibility of knowing a punitive function of the public liability regarding the indemnification of the non-material damage, this way when establishing the indemnifying quantum, the severity of the unjustified termination is considered, this fat presupposes the violation of a fundamental right such as the right to work and in some cases at the same time the violation to other fundamental rights.
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Alcances de la protección ante el despido arbitrario de los trabajadores de confianza

Rodríguez Quezada, Jessica Josselyn 17 February 2023 (has links)
La presente investigación surge como respuesta a una controversia que se ha venido presentando a lo largo de los años y que, a pesar de los diversos intentos que ha habido por resolverla, no ha sido posible fijar un criterio definitivo para su tratamiento. Este problema corresponde a la protección que deben gozar los trabajadores de confianza ante el retiro de la misma, o, en otras palabras, ante el despido arbitrario. Conforme se desarrollará en el presente trabajo, actualmente no existe una regulación clara que defina la naturaleza y efectos del despido de trabajadores de confianza. En ese sentido, a partir de la presente investigación, se podrá determinar que a los trabajadores de confianza se les debe reconocer la protección frente al despido arbitrario, mediante el otorgamiento de una indemnización. Para dicho efecto, consideramos oportuno señalar que la solución más conveniente se daría a través de una reforma en la regulación existente, de manera que tanto las características de este tipo de trabajadores como la naturaleza de la particular relación laboral entre el trabajador de confianza y el empleador cuenten con un desarrollo claro y que permita ratificarles la protección que les ha sido reconocida en la Constitución Política del Perú y la ley. En adición a ello, esta reforma hará posible una correcta delimitación de conceptos que actualmente se relacionan erróneamente. Nos referimos a la incorrecta vinculación que se suele efectuar sobre trabajadores de dirección y trabajadores de confianza, cuando se tratan de clases de trabajadores independientes.
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Informe sobre la Casación Laboral N° 02283-2017-0-5001-SU-DC-01

Absi Mejía, Bélgica Rossi 11 October 2021 (has links)
El informe realiza un análisis crítico respecto a lo desarrollado por la Corte Suprema de Justicia en la Casación N° 02283-2017- Lima - cuya materia es el despido fraudulento de un trabajador por supuesta comisión de actos de violencia y faltamiento a la palabra verbal de acuerdo al literal f) de artículo 25° de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral. En líneas generales, la empresa Cerámicos del Perú S.A. recurre a esta instancia ante las supuestas causales de (i) Infracción normativa por interpretación errónea del literal f) del artículo 25° de la LPCL, (ii) Apartamiento del precedente vinculante y (iii) Infracción por aplicación indebida del artículo 40° de la LPCL. Respecto al primer punto, la sentencia permite valorar los hechos presentados en el proceso y no declarar su inexistencia por el solo hecho de que son contradictorios entre sí. Asimismo, este es un espacio en el que se analiza también la necesidad de que el incumplimiento sea realmente grave para proceder con la desvinculación y, en conjunto, permite conocer certeramente la categoría de despido desarrollado. Respecto a la segunda causal, luego de un análisis de los hechos, se alcanza la certeza de que sí hubo un alejamiento del precedente vinculante. En cuanto al tercer aspecto, este caso propicia la aplicación de metodologías de interpretación normativa para la correcta aplicación de la consecuencia jurídica. Así las cosas, el informe concluye en que se han alcanzado resultados iguales a los presentados por la Corte Suprema respecto a la primera y la tercera causal alegada, pero con una argumentación distinta; y en cuanto al segundo aspecto, en virtud que nos encontraríamos frente a un despido arbitrario, sí constata el apartamiento del precedente vinculante.
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Informe sobre la Casación Laboral N° 2283-2017-Lima

García Santa Cruz, José Antonio 25 February 2021 (has links)
El presente informe tiene como materia de análisis la Casación Laboral N° 2283-2017-Lima1 , expedida por la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de la República, en la cual decidió determinar la configuración de un despido fraudulento basándose en la incapacidad del empleador de acreditar la causa justa de despido y la desproporcionalidad de la sanción, lo cual resulta controversial, considerando que no se detiene a analizar los presupuestos configurativos incorporados por el Tribunal Constitucional. Asimismo, la Ejecutoria Suprema aborda la problemática de un tratamiento diferenciado injustificado del despido fraudulento respecto al despido nulo, principalmente respecto al otorgamiento de las remuneraciones devengadas, pese a que ambos resultan lesivos de derechos constitucionales, y las repercusiones que acarrea a la esfera del trabajador y del empleador. Finalmente, de manera tangencial, la sentencia presentada ofrece la posibilidad de discutir si las indemnizaciones por daños y perjuicios otorgadas a los trabajadores víctimas de un despido fraudulento, resultan una medida idónea para sustituir a las remuneraciones devengadas, para lo cual se tendrá en cuenta el V Pleno Jurisdiccional Laboral, para una mejor apreciación de su tratamiento. En ese sentido, nuestra posición se fundamentará en sustentar que la Corte Suprema efectuó un análisis que devino en una calificación errónea de un despido como fraudulento, argumentando que no consideró los elementos configurativos desarrollados por el Tribunal Constitucional, así como el otorgamiento de una indemnización de daños y perjuicios no es una medida adecuada para sustituir a las remuneraciones devengadas, dado su impacto negativo tanto en las esfera del trabajador como del empleador, como el tratamiento diferenciado injustificado entre los despido fraudulento y el despido nulo.
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La afectación de los derechos fundamentales del trabajador durante el periodo de prueba

Flores Enriquez, Juan Carlos 30 March 2023 (has links)
La presente Tesis examina la institución del período de prueba, a partir del análisis dogmático de esta figura. Esta investigación parte del hecho que el período de prueba ha sido utilizado por los empleadores para poner fin a las relaciones laborales de manera discrecional, lo cual puede conllevar a la afectación de los derechos de los trabajadores. Dicha situación se ha producido debido a que ni la doctrina ni la jurisprudencia han establecido un límite unánime a la aplicación del período de prueba como justificación de la finalización del vínculo laboral; lo que, en la práctica, crea una gran incertidumbre que se traduce en la situación de desamparo en la que se encuentran los trabajadores cuyo despido ha sido realizado valiéndose de esta institución. En ese sentido, el presente trabajo tiene como objetivo dejar en claro que la eficacia de los derechos fundamentales, y en particular, de aquellos protegidos por la figura del despido nulo, es transversal a todo el ordenamiento nacional, lo que incluye a la primera etapa de las relaciones de trabajo. Asimismo, y sobe la base de dicha finalidad, dar una respuesta respecto a la naturaleza del período de prueba, su finalidad y su aplicación en los procesos judiciales en donde se cuestionen los despidos llevados a cabo durante esta etapa del contrato de trabajo. Como resultado de la presente investigación, se tiene que los despidos realizados durante el período de prueba se reputarán, en principio, como válidos; salvo que se acredite la violación de los derechos fundamentales protegidos bajo la figura del despido nulo (discriminación, libertad sindical y tutela judicial efectiva).
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Informe sobre Expediente N° 23646-2015

Varillas Palacios, María Lucía 16 October 2020 (has links)
El presente informe realiza un análisis del Expediente N° 23646-2015 y, entre otras cosas, permite el examen de las siguientes áreas del derecho: laboral, constitucional y procesal. Específicamente, se investigan temas como el despido, el hostigamiento sexual, la violencia, el acoso moral, y la protección constitucional contra el despido. El objetivo principal del informe es el de determinar la existencia de un despido de naturaleza fraudulenta, así como la configuración de las faltas graves imputadas al trabajador para sustentar su despido, de acuerdo a lo establecido por los hechos del caso. El análisis presentado nos permite concluir que no se configura un supuesto de despido fraudulento en los términos que establece el Tribunal Constitucional, pero, además, se acredita la configuración de dos de las tres faltas graves imputadas por la empresa para sustentar el despido del demandante, referidas a la vulneración al reglamento interno de trabajo y a la violencia. Como conclusión, advertimos la necesidad de contar con mayor jurisprudencia, sobre en todo en casos de acoso sexual, para poder así afinar los criterios establecidos por las normas, de igual manera, sería necesaria la emisión de legislación expresa que regule supuestos como el acoso moral y el despido fraudulento, con la finalidad de evitar recurrir únicamente a la jurisprudencia y doctrina en estos supuestos.
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Dinámica del mercado laboral en el Perú urbano : un análisis desde la calidad del empleo en los trabajadores dependientes

Rivarola Monzón, Rodrigo Jesús 22 November 2019 (has links)
A pesar de las amplias fluctuaciones macroeconómicas, la tasa de desempleo muestra poca variabilidad. La informalidad y la ausencia de seguros de desempleo sugieren que otras formas de ajuste también operan en el mercado laboral. Postulamos que un componente importante y poco estudiado de la dinámica del mercado laboral dependiente del Perú urbano se da en términos de variaciones en la calidad del empleo y no solo en cantidades. En la presente investigación adoptamos un enfoque dinámico (paneles bianuales apilados 2007-2017) y construimos un indicador de las diferentes dimensiones de la calidad del empleo que toma en cuenta dimensiones monetarias, horas de trabajo y formalidad. Se precisan qué factores y qué importancia tienen estos en las transiciones entre calidades de empleo mediante la estimación de un modelo logit multinomial no ordenado. Los principales resultados son: (i) la calidad del empleo muestra una tendencia general, aunque declinante, de mejora, (ii) las transiciones al interior y hacia afuera del mercado laboral son de gran magnitud, (iii) diversas características individuales y del hogar se encuentran asociadas tanto a transiciones negativas como a permanencia en empleos de mala calidad, y (iv) el contexto general de la economía peruana ha favorecido las transiciones positivas y la mantención de empleos de buena calidad, pero, al igual que la calidad del empleo, este patrón ha perdido fuerza en los últimos años.

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