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Acerca de la Resolución N°078-2016/CLC-INDECOPI, Caso Farmacias del Perú. Análisis sobre la posibilidad de atribuir responsabilidad administrativa respecto a los laboratorios farmacéuticosMárquez Rojas, Pedro Alejandro 16 March 2022 (has links)
El presente trabajo analiza la problemática suscitada a partir del procedimiento
administrativo sancionador contra Albis S.A., Boticas y Salud S.A.C., Botica Torres de
Limatambo S.A.C., Farmacias Peruana S.A., Eckerd Perú S.A., Mifarma S.A.C. y Nortfarma
S.A.C, por la comisión de prácticas colusorias horizontales, en la modalidad de fijación
concertada de precios de venta, a nivel nacional, en el periodo 2008-2009. Para ello, se ha
hecho uso de instituciones propias del Derecho Administrativo, así como de otras ramas del
Derecho, como el Derecho Constitucional, con la finalidad de determinar si era posible la
atribución de responsabilidad administrativa a los laboratorios farmacéuticos, como agentes
económicos intervinientes en la fijación concertada de precios. Por lo mismo, el análisis ha
tenido énfasis en la posibilidad de (i) imputar la comisión de prácticas colusorias verticales
y (ii) la concurrencia con medidas correctivas. Posteriormente, los resultados de la
investigación permiten constatar: en primer lugar, que, en efecto, era factible atribuir
responsabilidad a los laboratorios farmacéuticos como participes de una conducta
anticompetitiva. En segundo lugar, que la imputación idónea debió ser de “prácticas
colusorias verticales”, en lugar de prácticas colusorias horizontales. En tercer lugar, que era
admisible la concurrencia de una sanción y medidas correctivas, tanto para las cadenas de
farmacias como para los laboratorios, siempre que se hayan garantizado los principios de
tipicidad, razonabilidad y proporcionalidad. / This paper analyzes the problems arising from the administrative sanctioning procedure
against Albis S.A., Boticas y Salud S.A.C., Botica Torres de Limatambo S.A.C., Farmacias
Peruana S.A., Eckerd Perú S.A., Mifarma S.A.C. and Nortfarma S.A.C., for the commission
of horizontal collusive practices, in the modality of concerted fixing of sales prices, at
national level, in the period 2008-2009. For this purpose, use has been made of institutions
of Administrative Law, as well as other branches of Law, such as Constitutional Law, in
order to determine whether it was possible to attribute administrative liability to
pharmaceutical laboratories, as economic agents involved in the concerted fixing of prices.
In this way, the analysis has emphasized the possibility of (i) imputing the commission of
vertical collusive practices and (ii) the concurrence with corrective measures. Subsequently,
the results of the investigation show: firstly, that it was indeed feasible to attribute liability
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to the pharmaceutical laboratories as participants in an anticompetitive conduct. Secondly,
that the appropriate charge should have been "vertical collusive practices", instead of
horizontal collusive practices. Thirdly, that the concurrence of a sanction and corrective
measures was admissible, both for the pharmacy chains and for the laboratories, provided
that the principles of typicality, reasonableness and proportionality were guaranteed.
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Aspectos principales de un programa de cumplimiento de la regulación peruana de libre competenciaParedes Seminario, Raysa Marisé 15 October 2018 (has links)
El presente trabajo de investigación persigue la finalidad de proponer los aspectos
principales cubiertos por un programa de cumplimiento de la regulación peruana de
libre competencia. El estudio de los aspectos principales implica una revisión detallada
de bibliografía especializada del ámbito jurídico, así como del campo académico de la
gestión de negocios y de la ética empresarial. Así, primero se realiza una evaluación
de los estándares internacionales para el marco general de los programas de
cumplimiento. La guía ISO 19600 de Sistemas de Gestión de Cumplimiento, así como
las publicaciones de la Society of Corporate Compliance and Ethics y de la
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, nos brindan un marco
de referencia para entender qué es un programa de cumplimiento y cómo debe
gestionarse. Asimismo, se hace una comparación de las propuestas chilena, brasilera
y peruana de los aspectos principales de un programa de cumplimiento de la
normativa de libre competencia. Los aspectos clave para la implementación de un
robusto programa de cumplimiento de la normativa de libre competencia son bastante
similares para las autoridades de Chile y Brasil. En Perú, las resoluciones 078-
2016/CLC-INDECOPI y 01 0-2017/CLC-INDECOPI nos dan un alcance de las
expectativas de la autoridad peruana respecto a los programas de cumplimiento.
Finalmente, se realiza un análisis de los alcances y limitaciones de un programa de
cumplimiento de la regulación peruana de libre competencia. / Trabajo de investigación
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Los acuerdos colusorios verticales de fijación de precios mínimos de reventa como práctica anticompetitiva en el sistema jurídico peruanoBeraún Mac Long, Carlos Raúl 23 November 2023 (has links)
La presente investigación tiene como objeto establecer parámetros generales que, bajo
la regla de la razón, permita a los stakeholders (empresas y agencia de competencia)
realizar una mejor ponderación entre los efectos procompetitivos y anticompetitivos que
puede presentar la fijación de precios mínimos de reventa en el mercado, de tal forma
que se realice una mejor toma de decisiones.
La investigación se apoya en artículos, ensayos y jurisprudencia comparada sobre el
tema (método dogmático, funcional y comparado), desde la jurisprudencia y doctrina de
Estados Unidos de América, la Unión Europea y los países latinoamericanos como
Colombia, Brasil, Uruguay, Chile y Argentina. Ello, complementado con una encuesta
dirigida a abogados y economistas en el Perú especialistas en Libre Competencia.
Las conclusiones de la presente tesis permiten evidenciar que la ausencia de criterios
generales es un factor importante que explica la razón por la que no han existido casos
sobre fijación de precios mínimos de reventa. En ese sentido, la investigación concluye
estableciendo parámetros para que la agencia de competencia peruana: (i) determine
la existencia de indicios razonables que justifiquen el inicio de un procedimiento
sancionador (tres niveles de análisis más factores adicionales); y, (ii) pueda determinar
si la práctica es sancionable.
A la par, estos criterios también se presentan a modo de matriz de riesgos, a fin de que
sean implementados por las empresas en sus respectivos programas de cumplimiento
normativo en Libre Competencia. / The purpose of this research is to establish some general parameters, under the rule of
reason, in a way that stakeholders (companies and the Peruvian competition agency)
can carry out a better weighing between the pro-competitive and anti-competitive effects
of resale price maintenance. This could improve the decision-making in those cases.
The research is based on articles, essays and jurisprudence (dogmatic, functional and
comparative methods) from USA, European Unión and Latin American countries such
as Colombia, Brazil, Uruguay, Chile and Argentina. This is complemented by a survey
addressed to lawyers and economists in Peru specialized in antitrust law.
The conclusion of this thesis shows that the absence of a general criteria is an important
factor that explains why there were zero cases regarding resale price maintenance. In
this sense, this investigation establishes suitable parameters so that the Peruvian
competition agency: (i) can assess the existence of some evidence that justify the
initiation of a procedure (three levels of analysis and plus factors); and (ii) can determine
if RPM is an illegal practice in each case.
At the same time, these criteria are also presented as a risk matrix in a way that firms
can implement it in their antitrust compliance programs.
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Los beneficios que ofrece la implementación de un Programa de Compliance de Libre Competencia en las Grandes Empresas PeruanasAlberca Guzmán, Patricia Marcela 30 October 2024 (has links)
De la mano de un crecimiento económico y de la apuesta por el desarrollo empresarial, es
importante para las grandes corporaciones, tener mapeado el hecho de velar por el cumplimiento
normativo contextualizado en las leyes de libre competencia, más aún si se ha determinado que
este tipo de empresas se encuentran más inmersas en situaciones que podrían incentivar
equivocadamente incurrir en prácticas anticompetitivas que traigan nefastas consecuencias legales.
Es por ello que la presente investigación desarrolla la importancia de implementar de manera
idónea un programa de compliance de libre competencia, que permita a las empresas mapear de
manera adecuada los riesgos que implique su negocio, y canalizarlas a través de un oficial de
cumplimiento quien en la práctica velará por la aplicación óptima del referido programa que
permita materializar los beneficios que ofrece su implementación. Es importante precisar que si
bien la introducción del programa de compliance de libre competencia no eliminará en su totalidad
los riesgos en los que se pueda encontrar incursa una corporación, lo cierto es que su existencia y
aplicación adecuada desde los altos directivos hasta los trabajadores de la última escala
remunerativa, se podrán advertir los riesgos mitigados de una manera muy eficiente, además de
los beneficios adicionales ex ante y expost que son parte del referido programa.
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Dejando a nadie contento : análisis sobre la legislación y pronunciamientos del INDECOPI en la protección del derecho de los consumidores en el ámbito del transporte aéreo y su efecto en los operadores del servicioTejeda León, Carlos Alberto 25 March 2015 (has links)
El papel que las aerolíneas juegan en nuestro mundo moderno, a través del
servicio de transporte aéreo civil de personas y bienes, es sumamente relevante:
han auxiliado a reducir los tiempos y las distancias, de modo que los seres
humanos prácticamente ya no concebimos medios más lentos e ineficientes como
alternativas de viaje. Su presencia resulta, a la vez, muy extendida: casi todos los
países del mundo tienen este servicio, de una u otra manera, de modo que desde
hace muchos años ya no se le considera un tipo de transporte esencialmente
exclusivo.
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Informe jurídico sobre la Actos de competencia desleal en la modalidad de infracción al principio de adecuación social, a propósito del análisis de la Resolución No. 107-2019/CCD-INDECOPIZambrano Nalvarte, Eliane Scarlett 13 August 2021 (has links)
Por medio del presente informe buscamos analizar los hechos planteados y evaluados en
la Resolución No. 107-2019/CCD-INDECOPI, emitida por la Comisión de Fiscalización
de Competencia Desleal del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la
Protección de la Propiedad Intelectual (en adelante, el INDECOPI), en aplicación de lo
establecido en el Decreto Legislativo No. 1044 – Ley de Represión de Competencia
Desleal (en adelante, LRCD). En tal resolución se determinó la comisión de un acto
infractor al principio de adecuación social, recogido en el artículo 18 de la referida norma,
por la difusión de un anuncio publicitario por parte de Saga Falabella S.A. y Circus Grey
Perú S.A.C. que contendría elementos inducirían la comisión de actos de discriminación
por motivos de raza hacia las personas afrodescendientes. En ese sentido, en las líneas
subsiguientes evaluaremos los hechos materia de controversia, los argumentos de defensa
presentados por ambas empresas, y si el análisis realizado por la Comisión de
Fiscalización de Competencia Desleal del INDECOPI (en adelante, la Comisión o CCD)
fue adecuado y si efectivamente se configuró un acto de competencia desleal, sancionable
por nuestro ordenamiento. / By means of this report we seek to analyze the facts presented and evaluated in Resolution
No. 107-2019/CCD-INDECOPI, issued by the Commission on Unfair Competition of the
National Institute for the Defense of Free Competition and Protection of Intellectual
Property (hereinafter, INDECOPI, for its acronym in Spanish), in application of the
provisions of Legislative Decree No. 1044 - Unfair Competition Law (hereinafter, LRCD,
for its acronym in Spanish). In such resolution, it was determined that Saga Falabella S.A.
and Circus Grey Perú S.A.C. had committed an act in violation of the principle of social
adequacy, as set forth in Article 18 of the aforementioned law, due to the dissemination
of an advertisement containing elements that would induce the commission of acts of
discrimination on the grounds of race towards Afro-descendants. In this sense, in the
following lines we will evaluate the facts of the controversy, the defense arguments
presented by both companies, and whether the analysis carried out by Commission on
Unfair Competition of INDECOPI (hereinafter, the Commission or CCD, for its acronym
in Spanish) was adequate and whether an act of unfair competition, punishable by our
legal system, was indeed committed.
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El cambio climático como aspecto adicional a considerar en los procesos de fusión de empresas pesqueras en el Perú: La protección constitucional de los recursos naturales en una regulación de libertad de empresa y libre competenciaSteiert Goicochea, Carlos Fernando 10 March 2021 (has links)
El presente trabajo de investigación tiene como objetivo plantear una mirada diferente
al estudio y desarrollo de las fusiones empresariales en el mercado pesquero en el Perú,
en relación a la visión tradicional de la mencionada institución legal, con rango
constitucional, que son tratadas y reguladas solamente desde la perspectiva de la
protección a la libertad de empresa y garantía de la libre competencia en el mercado.
La idea general que se plantea en la presente investigación es que no todas las
fusiones empresariales deben ser vistas desde esa única perspectiva económica, pues
existen actividades (como la explotación de los recursos naturales, en tanto patrimonio
de todos los peruanos, cuya protección está constitucionalmente plasmada) que deben
ser reguladas a partir de la consideración del cambio climático. Este es un fenómeno
actual cuyas consecuencias podrían ser nefastas con respecto a la explotación de los
recursos naturales y, específicamente, en la actividad pesquera, si es que no se vincula
con el concepto de sostenibilidad, tal como viene siendo entendido en diversos foros
internacionales.
Es, precisamente, esta propuesta la que se planteará al final del presente trabajo, en
concordancia con la conciencia ecológica mundial para poder enfrentar los riesgos
medioambientales y las consecuencias económicas que se derivan de estos; y cómo se
deben tomar decisiones que podrán mitigar los posibles efectos en nuestro entorno
climático y su incidencia en uno de nuestros principales recursos naturales, como es la
pesca en nuestro mar. / Trabajo de investigación
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Constitutionalization of Commercial Law / Constitucionalización del Derecho MercantilLanda Arroyo, César 25 September 2017 (has links)
The Constitution, being the Supreme Law of the Peruvian legal system, irradiates its normative force towards all the legal fields. For its part, Commercial Law is an area based on privatea utonomy; however, in our legal system a zone free of constitutional control does not exist.In this article, the author conducts a remarkable analysis about the constitutionalization of Commercial Law, making reference to the Constitutional Court’s jurisprudence which, applying fundamental principles and rights, has had an effect on the application of the commercial laws in our country. / La Constitución, al ser la Norma Suprema del sistema jurídico peruano, irradia su fuerza normativaa todos los ámbitos del Derecho. Por su parte, elDerecho Mercantil es una rama que se basa en laautonomía privada; sin embargo, en nuestro orde-namiento no existe zona que esté exenta de controlconstitucional.En este artículo, el autor realiza un notable análisis acerca de la constitucionalización del Derecho Mercantil, haciendo un recorrido por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional que, aplicando principios y derechos fundamentales, ha influido en la aplicación de las normas mercantiles en nuestro país.
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La noción actual de servicio público en el derecho público chilenoFliman Délano, Gabriel David January 2019 (has links)
Memoria para optar al grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales / El presente trabajo aborda, desde una perspectiva conceptual y legal, la noción de servicio público y cómo esta se refleja en la organización concreta de ciertos servicios económicos en red: los servicios eléctricos, sanitarios, de gas y telecomunicaciones. Para ello, se analiza la evolución conceptual del servicio público desde una visión de carácter predominantemente orgánico hacia una funcional, que abre espacio para la entrada de los privados a la gestión del servicio, y cómo este tránsito se materializó posteriormente en una atención de las necesidades generales a través de mecanismos de mercado y libre competencia, en sectores anteriormente publificados.
Se analizan y comparan las leyes reguladoras de los sectores antes mencionados, los que tienen por finalidad la cobertura de necesidades esenciales para la vida humana y fueron desarrollados en el marco de procesos de urbanización e industrialización durante el siglo XIX, en un diseño jurídico que llamaremos tradicional. A partir de la década de 1970, estos servicios comienzan a experimentar reformas liberalizadoras y procesos privatizadores, que posteriormente debieron complementarse con una nueva regulación que enfrente los desafíos en materia de libre competencia y permitiera a su vez compatibilizar las necesidades de interés general con los intereses empresariales de los nuevos gestores de estas actividades.
Trataremos el rol que le corresponderá a los agentes públicos y privados en la gestión de los servicios, la definición de las áreas en que éste se prestará, las prerrogativas públicas que poseerán los concesionarios, los principios que rigen la prestación y explotación del servicio, el régimen tarifario y la forma en que se pondrá fin a los contratos en que se encarga la gestión de los servicios a agentes privados
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Informe sobre Expediente No. 154-2008/CCDSaavedra Valdivia, Eduard Yermain 04 August 2021 (has links)
En los últimos años, el INDECOPI ha conocido y se ha pronunciado, de oficio o por denuncia de
parte, sobre las actividades empresariales desarrolladas por determinadas Entidades del Estado.
Debido a que muchas de estas, usando los recursos económicos del Estado y la infraestructura
pública, entran a competir en un determinado mercado y afectan la libre competencia.
De ahí se deriva la relevancia de analizar este tipo de casos. De acuerdo al modelo económico
adoptado por la Constitución de 1993 (economía social de mercado), se determinó que la libre
competencia es el mejor sistema económico para el Perú, pero admite la intervención del Estado
en determinados supuestos.
El artículo 60 de la Constitución Política del Perú de 1993 reguló los requisitos para que las
Entidades del Estado puedan intervenir en un mercado (estos requisitos son autorización por ley
expresa, la actividad tiene que ser subsidiaria y ser una actividad de interés público). Con la
entrada en vigencia del Decreto Legislativo No. 1044, Ley de Represión de la Competencia
Desleal (en adelante, “Ley de Competencia Desleal”), la actividad empresarial de Estado sin
cumplir con los requisitos dispuestos por el artículo 60 de la Constitución de 1993 es sancionada.
El Estado no puede utilizar infraestructura pública para realizar actividad empresarial, sin que
medie un procedimiento transparente y se cumpla con lo dispuesto por la Constitución. Lo
contrario significaría afectar el proceso competitivo y usar de forma ilegal los recursos del Estado.
El presente Informe tiene como finalidad analizar si el INEN cumple con los requisitos para poder
intervenir dentro del mercado, ello de acuerdo al procedimiento establecido por el INDECOPI
para analizar este tipo de casos. Además, verificaremos las condiciones en que se prestan los
servicios brindados por el INEN a las personas.
Mi conclusión, luego de haber analizado a detalle este caso, es que el INEN no posee (i) una ley
que autorice la actividad empresarial, y (ii) que el INDECOPI no ha analizado y determinado el
mercado relevante de forma adecuada, lo cual genera cambios sustanciales en el análisis de
subsidiariedad. Además, no se puede hacer diferenciaciones en las prestaciones de salud, lo cual
origina que el servicio se brinde de forma inequitativa. Es por ello que concluyo que el INEN no
se encuentra autorizado para realizar actividad empresarial.
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