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Informe Jurídico sobre la Resolución N° 1571-2021/SPC-INDECOPILeón Rojas, Xiomara Andrea 11 February 2022 (has links)
El presente informe jurídico analizará la Resolución N° 1571-2021/SPC-INDECOPI, el cual versa sobre un trato discriminatorio que sufrieron los señores Diego Andre Estrada Medina y Gonzalo Daniel Cáceres Bartra quienes al encontrarse en el bus de transporte de la empresa Tepsa se vieron incitados a separarse a consecuencias de algunas muestras de cariño que tuvieron como cualquier pareja. Dicho hecho estaría vulnerando el articulo N° 38 de la Ley N° 29571, configurándose así una infracción al Código de Protección y Defensa del Consumidor.
La finalidad de este informe es evaluar si efectivamente Tepsa cometió un acto de discriminación en perjuicio de los señores Diego Andre Estrada Medina y Gonzalo Daniel Cáceres Bartra. Y para ello, el presente informe contará con una cuestión previa si es que INDECOPI es la vía adecuada para analizar este tipo de casos en donde se involucran derechos humanos; de igual manera, evaluaremos que derechos están involucrados en el caso; un marco teórico que permitirá explicar el concepto de la discriminación en el consumo.
Asimismo, se analizara si la solicitud efectuada realmente es un acto de discriminación o si es parte de la libertad de la empresa solicitarles que se separen y se revisará la carga probatoria presentada en el caso a fin de ver si se configura el acto de discriminación. Luego, revisaremos si es o no responsable Tepsa. de los actos efectuados por su trabajador el Terramozo y si Sala realizó un correcto análisis de las medidas correctivas dictadas. Finalmente, se plantearan las conclusiones del caso y las recomendaciones para complementar futuros razonamientos de la Sala
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Informe sobre la Resolución de Superintendencia Adjunta SMV N° 056-2016- SMV/11Arce Rodriguez, Mario Marcelo 13 August 2021 (has links)
En el presente Informe se llevará a cabo el análisis de la obligación de comunicación de
Hechos de importancia en materia de Mercado de Valores y la distinción de los tipos
infractores correspondientes a su comunicación incompleta o inexacta. Al respecto, como
resultado de la investigación, se sostendrá que acuerdos llevados a cabo entre accionistas
de empresas supervisadas por la Superintendencia del Mercado de Valores y otros actores
del mercado, así no contengan obligaciones para la empresa supervisada, sí podrían
calificar como Hechos de Importancia.
Junto a ello, se determinará que la tipificación actual de los supuestos de comunicación
incompleta e inexacta de Hechos de Importancia resulta insuficiente para que los
administrados puedan conocer de antemano la consecuencia de sus conductas,
vulnerándose así el principio de Tipicidad. Asimismo, como corolario, se propondrá una
nueva redacción de dichos tipos infractores.
Para lograr sostener tales conclusiones se realizará un estudio doctrinario de la
Transparencia del Mercado y del Principio de Tipicidad en materia de Derecho
Administrativo Sancionador. Esto será contrastado con la regulación sectorial aplicable y
con los preceptos encontrados en el TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo
General. Asimismo, para determinar el alcance de los tipos infractores ya descritos, se
analizarán resoluciones de Procedimientos Administrativos Sancionadores emitidos por
la Superintendencia del Mercado de Valores. / This report will carry out the analysis of the obligation to communicate Important Facts
in the securities market and the distinction of the description of the conduct corresponding
to their incomplete or inaccurate communication. In this regard, as a result of the
investigation, it will be argued that certain agreements carried out between shareholders
of companies supervised by the Superintendency of Securities Market and other market
players, even if they do not contain obligations for the supervised company, could qualify
as Important Facts.
In addition, it will be determined that the current classification of the conduct of
incomplete and inaccurate communication of Important Facts is insufficient for
companies to be able to know in advance the consequence of their conduct. Likewise, a
new wording of said descriptions of offending conduct will be proposed.
In order to sustain such conclusions, a doctrinal study of Market Transparency and the
principle of prior definition of conduct in the field of Administrative Law will be carried
out. This will be contrasted with the capital market regulation and with the precepts found
in the Peruvian General Administrative Procedure Law. Finally, to determine the scope
of the description of the offending conduct, resolutions of sanctioning administrative
procedures issued by the Superintendency of the Securities Market will be analyzed.
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Reflexiones acerca del inicio del cómputo del plazo de prescripción para el ejercicio de la potestad disciplinaria en la Ley del Servicio Civil: propuesta de cambioMárquez García, Rubén Darío 19 April 2023 (has links)
La sanción disciplinaria es un medio que garantiza indirectamente el correcto
desarrollo de la función pública; por lo tanto, la entidad debe instaurar los
procedimientos disciplinarios en un plazo oportuno, a fin de que la potestad
punitiva responda a su finalidad, más aún que constituye una garantía del
servidor el determinar un plazo específico a cuyo término no podrá ser
investigado.
En el régimen disciplinario de la Ley del Servicio Civil, este período temporal –
denominado plazo de prescripción – es de un año a partir de que la oficina de
recursos humanos toma conocimiento de la falta (plazo corto – hechos
conocidos), salvo que no haya tomado conocimiento en el transcurso de tres
años a partir de la comisión de la falta (plazo largo – hechos no conocidos). Por
lo tanto, se entendería que la entidad cuenta con el plazo corto de un año
porque está en la posibilidad de realizar las investigaciones necesarias para
determinar la existencia de responsabilidad disciplinaria.
No obstante, el poder de realizar las acciones de investigación no ha sido
conferido a la oficina de recursos humanos, sino a la Secretaría Técnica; por lo
tanto, surge la paradoja en la que la Entidad – a través de la Secretaría Técnica
– ha conocido de la falta y cuenta con la posibilidad de realizar acciones de
investigación, no obstante, estas acciones de investigación se desarrollarían en
el marco de un plazo de prescripción largo que debería de operar únicamente
cuando la falta aún no haya sido conocida. / The disciplinary sanction is a means that indirectly guarantees the correct
development of the public function; therefore, the entity must institute
disciplinary proceedings in a timely manner, so that the punitive power responds
to its purpose, moreover, it is a guarantee for the employee to determine a
specific time period at the end of which he/she may not be investigated.
In the disciplinary regime of the Civil Service Law, this time period - called the
statute of limitations - is one year after the human resources office becomes
aware of the offense (short period - known facts), unless it has not become
aware of it within three years of the commission of the offense (long period -
facts not known). Therefore, it would be understood that the entity has the short
period of one year because it is able to carry out the necessary investigations to
determine the existence of disciplinary liability.
However, the power to carry out the investigation actions has not been
conferred to the human resources office, but to the Technical Secretariat;
therefore, a paradox arises in which the entity - through the Technical
Secretariat - has known about the misconduct and has the possibility to carry
out investigation actions, however, these investigation actions would be
developed within the framework of a long statute of limitations that should only
operate when the misconduct has not yet been known. / Trabajo académico
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La subsanación voluntaria en el sector forestal: Acerca de sus presupuestos básicos y sus límites de aplicación en la esfera de los títulos habilitantesSara Aiquipa, Renzo Aldair 19 April 2023 (has links)
El presente trabajo de investigación aborda cómo la subsanación voluntaria
regulada en el sector forestal presenta problemas respecto a sus presupuestos
básicos y sus límites de aplicación. En esa línea, es que se plantea como
objetivo determinar si efectivamente se presentan problemas en su aplicación.
Para tal efecto, es que se evalúa cómo la regulación de la subsanación
voluntaria en el sector forestal genera confusión respecto de los presupuestos
básicos para su configuración, y si es necesario establecer límites a la
subsanación voluntaria regulada en el sector forestal. Producto de lo analizado,
se llegó a la conclusión que la subsanación voluntaria en el sector forestal
presenta problemas respecto a sus presupuestos básicos y sus límites de
aplicación. En relación a sus presupuestos básicos, porque la subsanación
voluntaria solo se configuraría en el marco de un procedimiento administrativo
sancionador, y, asimismo, porque se considera a la tala no autorizada como
infracción subsanable, cuando ello supone un daño a los recursos forestales,
siendo ello incongruente con lo regulado en el reglamento anteriormente
aludido. Por otro lado, respecto a sus límites de aplicación, no basta con que la
subsanación voluntaria no sea aplicable a sujetos reincidentes, sino que
además se evalúe la introducción de algunos límites de su aplicación, como
que su aplicación sea por única vez, que se considere la gravedad del daño
generado y que la subsanación voluntaria tardía sea considerada como un
posible factor atenuante de multa. / This research work addresses how the voluntary rectification regulated in the
forestry sector presents problems with respect to its basic assumptions and its
limits of application. In this line, the objective is to determine if there are indeed
problems in its application. For this purpose, it is evaluated how the regulation
of voluntary correction in the forestry sector generates confusion regarding the
basic assumptions for its configuration, and if it is necessary to establish limits
to regulated voluntary correction in the forestry sector. As a result of the
analysis, it was concluded that voluntary rectification in the forestry sector
presents problems with respect to its basic budgets and its application limits. In
relation to its basic assumptions, because voluntary rectification would only be
configured within the framework of a sanctioning administrative procedure, and,
likewise, because unauthorized logging is considered a rectifiable infraction,
when it supposes damage to forest resources, being This is inconsistent with
what is regulated in the aforementioned regulation. On the other hand,
regarding its limits of application, it is not enough that the voluntary correction is
not applicable to repeat offenders, but also that the introduction of some limits
of its application be evaluated, such as that its application be only once, that it
be consider the seriousness of the damage generated and that late voluntary
rectification is considered as a possible mitigating factor for a fine. / Trabajo académico
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Facultad disciplinaria del Estado empleador: De lo razonable y discrecional a la actuación arbitraria de las autoridades sancionadoras en el procedimiento administrativo disciplinarioAlzamora Yupanqui, Daniel 19 April 2022 (has links)
El procedimiento administrativo disciplinario contiene diversas aristas, entre ellas, las
formalidades propias de su tramitación, la compleja determinación de responsabilidades,
y la identificación e imposición de sanciones, cada una de ellas dignas de estudio y
análisis. Pero es justamente en este último aspecto que el presente trabajo se ha centrado,
siendo una investigación explicativa, busca analizar, a través de un panorama general, la
actuación de aquellas autoridades constituidas como sancionadoras, ofreciendo además
una crítica para aquellas que, empleando criterios arbitrarios, imponen sanciones
carentes de motivación que no soportan el mínimo análisis de razonabilidad,
desarrollando en el camino conceptos básicos e indispensables para entender el
procedimiento administrativo disciplinario, tales como los principios rectores del
accionar administrativo, el actuar discrecional de las autoridades competentes y la
arbitrariedad en la toma de decisiones. El presente trabajo de investigación resalta la
importancia de emplear criterios de razonabilidad para la determinación de las sanciones,
tomando en cuenta para ello cada una de las pautas y supuestos establecidos por la ley,
decisión que debe ser debidamente motivada por la autoridad a cargo, dentro del margen
de libertad que la norma le ha concedido. Esto se denominará discrecionalidad, la misma
que por su propia naturaleza descarta el accionar arbitrario de las autoridades
disciplinarias. / The disciplinary administrative procedure contains various aspects, among them, the
formalities of its processing, the complex determination of responsibilities, and the
identification and imposition of sanctions, each of them worthy of study and analysis.
But it is precisely on this last aspect that the present study has focused, being an
explanatory research, it seeks to analyze, through a general panorama, the performance
of those authorities constituted as sanctioners, also offering a criticism for those who,
using arbitrary criteria , impose unmotivated sanctions that do not support the minimum
analysis of reasonableness, developing basic and essential concepts to understand the
disciplinary administrative procedure, such as the guiding principles of administrative
action, the discretionary action of the competent authorities and arbitrariness in the
taking of decisions. This research highlights the importance of using reasonableness
criteria to determine sanctions, taking into account each of the guidelines and
assumptions established by law, a decision that must be duly motivated by the authority
in charge, within the margin of freedom that the norm has granted him. This will be
called discretion, which by its very nature rules out the arbitrary action of the disciplinary
authorities.
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Criterios para la aplicación de la retroactividad favorable en materia sancionadoraPuican Villacrez, Zoila Nelly Cecilia 10 February 2022 (has links)
A efecto de precisar la delimitación del tema bajo estudio, me permito establecer que se trata
sobre los criterios para la aplicación de la retroactividad favorable en materia sancionadora.
El principio de la retroactividad benigna, se encuentra regulado en el artículo 248, inciso 5, del
Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General,
aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, publicado en el Diario Oficial “El
Peruano” el 25 de enero de 2019, y obliga a que las disposiciones sancionadoras produzcan
efecto retroactivo en cuanto favorezcan al administrado, tanto en lo referido a la tipificación de
la infracción como a la sanción y a sus plazos de prescripción, incluso respecto a las sanciones
en ejecución al entrar en vigor la nueva disposición
De esta manera, el presente trabajo procura dar respuesta a las inquietudes respecto a cuáles
serían los criterios jurídicos para determinar cómo la administración elige la fórmula más
favorable para el administrado.
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Análisis de la figura de declaración de desierto en las licitaciones públicas y concursos públicos y su aplicación en resoluciones del Tribunal de Contrataciones del EstadoLoayza Quispe, Andrea Belen 23 March 2022 (has links)
El objetivo de la presente investigación es explicar con mayor detalle la declaratoria de
desierto de las licitaciones públicas y concursos públicos puesto que, a nivel doctrinario,
no existe un estudio que aborde dicho tema con exhaustividad. Para ello, abordaremos las
principales diferencias de los procedimientos de selección, todo esto por la indebida
aplicación del desierto en una resolución del Tribunal de Contrataciones del Estado. El
método de investigación empleado en el desarrollo del presente ensayo es el uso de las
diversas fuentes del derecho como la legislación y la doctrina. Asimismo, nos apoyamos
en diversas directivas de la Dirección Técnico Normativa del OSCE que ahondan con
mayor profundidad en los temas propuestos. Las principales conclusiones fueron que, el
único motivo por el cual el procedimiento de una adjudicación simplificada reemplaza a
un concurso público y licitación pública es por la prontitud en la cual culmina la
contratación, ya que tiene menor cuantía, duración del procedimiento, etapas
procedimentales, exigencias y complejidad. Asimismo, en atención a la legislación
comparada, una ventaja de nuestra normativa, en lo que se refiere al desierto, es que
expresamente se menciona que se deben de corregir aquellas causas que originaron que
no se culmine con la contratación; por el contrario, una desventaja es que, a diferencia
con las legislaciones de Chile y España, no se contrata con un postor de manera directa
luego de una segunda convocatoria desierta. / The objective of this research is to explain in greater depth and detail the declaration of
void of public tenders, since, at the doctrinal level, there is no study that addresses this
issue in an exhaustive way; for this, we will address the main differences in the selection
procedures, all this due to the improper application of the desert in a resolution of the
State Procurement Court. The research method used in the development of this essay is
the use of the various sources of law such as legislation and doctrine. Likewise, we rely
on various directives from the OSCE's Technical Normative Directorate that delve more
deeply into the proposed topics. The main conclusions were that, the only reason why the
simplified award procedure replaces a public tender and public tender is due to the
promptness in which the contracting ends, since it has a lower amount, duration of the
procedure, procedural stages, demands and complexity. Additionally, in attention to
comparative legislation, an advantage of our regulations, as regards the desert, is that it is
expressly mentioned that those causes that led to the hiring not being completed must be
corrected; on the contrary, a disadvantage is that, unlike the laws of Chile and Spain, a
bidder is not contracted directly after a second void call.
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La autorización de ejecución de estudios de disponibilidad hídrica en los pueblos andinosCarazas Gonzales, Edgar Jano 09 January 2023 (has links)
La sostenibilidad en el aprovechamiento de los recursos hídricos se materializa con la
participación en el procedimiento administrativo del titular del predio donde yace el
recurso hídrico.
El objetivo general del trabajo es determinar la necesaria participación del titular del
predio en el procedimiento administrativo de ejecución de estudios de disponibilidad
hídrica, de lo cual hemos concluido que es determinante para la eficiencia de la
normatividad relaciona al aprovechamiento del recurso hídrico, y así evitar conflictos
sociales y judiciales que suspendan paralicen o hagan inviable los proyectos, ello desde
la metodología cualitativa, donde hemos analizado la normatividad especial y general,
esto es la Ley de recursos hídricos y la ley general de procedimiento administrativo, así
como la doctrina nacional y extranjera.
La normatividad ambiental en el aprovechamiento de los recursos hídricos debe ser
medido como instrumento de resolución de problemas y no desde una medición de
cumplimiento como hoy en día se mide la participación del titular del predio en el
procedimiento (la no participación) que a nuestro criterio representa una pieza principal,
antes durante y después en el desarrollo del proyecto, conjuntamente con las
comunidades, esto último reflejado en la participación ciudadana o consulta previa según
corresponda. / Sustainability in the use of water resources is materialized with the participation in the
administrative procedure of the owner of the property where the water resource lies.
The general objective of the work is to determine the necessary participation of the owner
of the property in the administrative procedure for the execution of water availability
studies, from which we have concluded that it is decisive for the efficiency of the
regulations related to the use of water resources, and thus avoid social and judicial
conflicts that suspend or make the projects unviable, this from the qualitative
methodology, where we have analyzed the special and general regulations, this is the Law
of water resources and the general law of administrative procedure, as well as the national
and foreign doctrine.
Environmental regulations in the use of water resources must be measured as a problemsolving
instrument and not from a measurement of compliance as today the participation
of the property owner in the procedure (non-participation) is measured, which in our
opinion It represents a main piece, before, during and after, in the development of the
project, together with the communities, the latter reflected in citizen participation or prior
consultation as appropriate.
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La relevancia del control difuso administrativoLopez Escobedo, Romina Alejandra 27 May 2020 (has links)
El presente trabajo académico analiza la relevancia del control difuso en sede administrativa, también conocido como control difuso administrativo. Para ello, en principio, se desarrolla lo señalado por la doctrina sobre el tema; así, se observa que existe un sector que se encuentra de acuerdo con la aplicación del control difuso por parte de los tribunales administrativos, invocando para ello la supremacía constitucional, no obstante, existe otro sector doctrinario que se apone a su ejecución fundamentado su posición en el principio de separación de poderes. Posteriormente, se analiza el cambio jurisprudencial que ha tenido el máximo intérprete de nuestra Constitución Política a lo largo de los años, haciendo un énfasis en la sentencia que permitió la aplicación del control difuso administrativo y la que posteriormente la dejó sin efecto, para ello se determina el concepto del precedente vinculante y de la figura
del overruling. Finalmente, se desarrolla la contribución del control difuso en sede
administrativa en la Buena Administración, y como debe entenderse el principio de legalidad en el marco del cambio de tipo de Estado que ha tenido nuestro país, esto es el paso de un Estado de Derecho a un Estado Constitucional de Derecho
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Aportes reglamentarios y estrategias para evadir la normativa urbanística en los procesos de habilitación urbana llevados a cabo para fines de vivienda en Lima MetropolitanaHerrera Quispe, David 06 October 2021 (has links)
El crecimiento en el sector inmobiliario en nuestro país ha traído como consecuencia que el
análisis de la normativa legal que regula el tema de los aportes reglamentarios en los
procesos de habilitación urbana recobre suma importancia, pues uno de los problemas que
aqueja al desarrollo urbanístico en nuestro país es la informalidad, lo que ha generado que
existan áreas de terreno que actualmente vienen siendo usadas para fines urbanos, no
obstante que estas áreas de terreno tengan la condición de áreas de uso rural, lo que se ha
concretizado con el incumplimiento de los procedimientos administrativos establecidos y de
los requisitos que impone la ley vigente sobre el tema objeto de estudio.
El objetivo principal del presente artículo es hacer un sucinto recuento de las normas legales
relativos a los aportes reglamentarios, para de esta forma conocer de cómo está regulado en
nuestro ordenamiento jurídico el tema de los aportes reglamentarios en las habilitación
urbana destinadas a fines de vivienda sean estas las regulares, las ejecutadas o las de oficio,
y de esta forma demostrar la existencia de vacíos normativos que desde luego deben ser
superadas para una mejorar aplicación de la figura objeto de estudio, más aún si se tiene en
cuenta que existen figuras jurídicas como la “Redención” que es una opción para reemplazar
la obligación de realizar aportes reglamentarios, lo que viene desalentando la entrega y
transferencia de áreas para el dominio público como son los aportes reglamentarios, lo que
afecta en la realidad urbanística de nuestro país, convirtiéndose ello en la reducción de los
espacios públicos.
En esta aproximación inicial al presente trabajo podemos decir que, a la fecha, la normativa
legal peruana en su rama urbanística, especialmente, en el tema de los aportes reglamentarios
es sumamente permisible cuando en los procedimientos administrativos preestablecidos se
trata de hacer cumplir los requisitos que exigen las normas legales vigentes que regulan la
aprobación del proyecto de habilitación urbana, permitiendo en muchos casos a los
particulares adoptar a su libre albedrio la decisión de redimir o no, en dinero, los aportes
reglamentarios; pero, además, y esto es lo más grave, en la medida que a lado del
procedimiento regular de habilitación urbana se ofrecen vías de regularización que evitan la
necesidad de entregar aportes en físico y piden sólo redimirlos o, eximen totalmente de dicha
obligación.
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