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La tutela del consumidor financiero y su derecho al pago anticipado: Informe Jurídico respecto de la Resolución 0094-2019/SPC-INDECOPI

Armacanqui Paredes, Ariana Abigail 01 January 2024 (has links)
En el presente informe jurídico la autora se propone analizar la Resolución N° 0094-2019/SPC-INDECOPI que, a su vez, resuelve una controversia administrativa entre el Indecopi y el Banco de Crédito del Perú S.A por una presunta infracción al Artículo 86° de la Ley N° 29571 – Código de Protección y Defensa del Consumidor, que reconoce el derecho a realizar pagos anticipados. En este procedimiento administrativo sancionador iniciado de oficio por la autoridad se identifica un conflicto competencial entre la citada entidad y la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP - SBS; asimismo, se cuestiona la prescripción de la infracción imputada; y, por último, se cuestiona si existió una infracción al Código de Consumo. En este sentido, en base a las principales normas de protección al consumidor y a la regulación del sistema financiero, se busca dilucidar cada uno de estos puntos. Así, la autora defiende que el Indecopi es la entidad competente para resolver en casos de materia de protección al consumidor financiero; que no se concretó la prescripción de las infracciones imputadas; y, finalmente, demuestra la comisión de una infracción contra el derecho a efectuar pagos anticipados. Asimismo, se profundiza en una crítica al desaprovechamiento del Indecopi para sentar una posición más concreta sobre su competencia para resolver casos de protección al consumidor financiero. / In this legal report the author proposes to analyze Resolution N° 0094-2019/SPCINDECOPI, which, in turn, resolves an administrative dispute between Indecopi and Banco de Crédito del Perú S.A. for an alleged violation of Article 86° of Law N° 29571 – Code of Consumer Protection and Defense, which recognized the right to make prepayments. In this administrative sanctioning procedure initiated ex officio by the authority, a competence dispute is identified between the aforementioned entity and the Superintendence of Banking, Insurance and Private Pension Funds – SBS; likewise, the statute of limitations of the alleged infringement is questioned; and, finally, it is questioned whether there was an infringement to the Consumer Code. In this sense, based on the main consumer protection norms and the regulation of the financial system, each of these points is elucidated. Thus, the author defends that Indecopi is the competent entity to resolve in cases of financial consumer protection matters; that the statute of limitations of the imputed infringements did not materialize; and, finally, she demonstrates the commission of an infringement against the right to make prepayments. Likewise, a criticism of the failure of Indecopi failure to establish a more concrete position on its competence to resolve cases of financial consumer protection is also discussed in depth.
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Asignación de persona jurídica de derecho privado a las Instituciones Educativas Privadas: ¿Requiere de su inscripción en Registros Públicos para su reconocimiento como persona jurídica?

Gonzales Gonzales, Gonzalo Gustavo 01 July 2024 (has links)
La educación, como servicio público, en el nivel de educación básica regular, especial y alternativo, es ofertado tanto por instituciones educativas públicas como por instituciones educativas privadas, siendo estas últimas consideradas como empresas educativas, porque requieren de la organización de una o más personas que aporten bienes y/o servicios para brindar este servicio, previa autorización otorgada por el Ministerio de Educación, luego de la verificación de cumplimiento de requisitos y condiciones de calidad. Esta prestación se concreta con la vinculación de las partes a través de un contrato de educación, tema poco estudiado y escasamente legislado, pues la -ahora derogada- Ley General de Educación, Ley n.° 28044 (y sus antecesores) no han previsto un marco regulatorio para tal fin; y, ante ese vacío, adquiere representatividad las normas del derecho de protección del consumidor, a través de INDECOPI, precisamente para cautelar los intereses del consumidor (estudiante) y del contratante del servicio (padre, tutor o apoderado). Esta protección es de especial importancia porque, para alcanzarla, primero se debe conocer el estatus jurídico que detenta la empresa educativa; esto implica conocer su capacidad jurídica para determinar la manera en que ésta se responsabilizará frente a los terceros; por ello, lo que motiva el presente trabajo es analizar el momento en que se debería reconocer la personalidad jurídica de la empresa educativa, como personas jurídicas de derecho privado. Como quiera que, de acuerdo con lo investigado, encontraremos opiniones contrarias respecto del momento en que la empresa educativa adquiere la personalidad jurídica, se analizará la normativa que regula a las personas jurídicas de derecho público versus la norma que regula a las de derecho privado; y así, opinar si se requiere de inscripciones adicionales (en el Registro Público) para tal reconocimiento. Asimismo, nos enfrentamos a un escenario confuso en cuanto a la asignación de personalidad jurídica de la institución educativa de gestión privada que existía con anterioridad a la vigencia de la actual LGE, ello nos obliga a hacer un parte aguas desde lo dispuesto por el artículo 72° de la vigente LGE, debiendo dividir en dos grupos a las instituciones educativas: las que existían con anterioridad y las que están por crearse; pero, también encontraremos un sistema de creación de empresa (con un objeto bien delimitado) y autorización de funcionamiento que podría aplicarse al caso de las instituciones educativas; esto es, la Ley del Sistema Financiero que nos proporciona una estructura afín pues organiza el procedimiento en etapas, convirtiendo a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP a ejercer actos de supervisión y control desde el génesis de la empresa. / Education, as a public service, at the regular, special and alternative basic education level, is offered by both public and private educational institutions, the latter being considered as educational companies, because they require the organization of one or more persons who provide goods and/or services to provide this service, prior authorization granted by the Ministry of Education, after verification of compliance with quality requirements and conditions. This provision is materialized with the linking of the parties through an education contract, a subject little studied and scarcely legislated, since the -now repealed- General Education Law, Law No. 28044 (and its predecessors) have not provided a regulatory framework for such purpose; and, in view of this void, the rules of consumer protection law, through INDECOPI, become representative, precisely to safeguard the interests of the consumer (student) and the contracting party of the service (parent, guardian or attorney-in-fact). This protection is of special importance because, in order to achieve it, it is first necessary to know the legal status of the educational company; this implies knowing its legal capacity to determine the way in which it will be liable before third parties; therefore, what motivates the present work is to analyze the moment in which the legal personality of the educational company should be recognized, as legal persons of private law. Since, according to what has been investigated, we will find contrary opinions regarding the moment in which the educational company acquires legal personality, we will analyze the rules that regulate legal persons under public law versus the rules that regulate those under private law; and thus, we will analyze whether additional registrations (in the Public Registry) are required for such recognition. Likewise, we are faced with a confusing scenario in relation to the assignment of legal status to privately managed educational institutions that existed prior to the enactment of the current LGE, which forces us to take a look at the provisions of Article 72 of the current LGE, dividing educational institutions into two groups: those that existed before 7 and those that are about to be created; however, we will also find a system of company creation (with a well-defined purpose) and operating authorization that could be applied to the case of educational institutions; that is, the Financial System Law, which provides us with a similar structure since it organizes the procedure in stages, making the Superintendence of Banking, Insurance and AFP to exercise acts of supervision and control from the genesis of the company. / Trabajo académico
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Informe sobre Expediente de Relevancia Jurídica Nº 212-2015/ILN-CPC, E2773, sobre la compensación bancaria sobre la cuenta de haberes y la protección al consumidor

Cardenas Pariona, Alexia Ninoska 14 May 2024 (has links)
El presente Informe Jurídico está orientado a analizar el procedimiento administrativo contenido en el Expediente No. 212-2015/ILN-CPC, el cual fue promovido por la denuncia que formuló un consumidor contra varias entidades financieras como consecuencia de no haber brindado un servicio idóneo tras haberse realizado operaciones fraudulentas con sus tarjetas de crédito. El mencionado expediente es relevante debido a que se analiza jurídicamente la legitimidad de la realización de compensaciones bancarias a partir de las cuentas en que los consumidores -en su calidad de trabajadores- reciben sus remuneraciones. Dicho análisis obliga a tomar en cuenta no solo la normativa de protección al consumidor, sino también, la civil y la laboral, además de tener en cuenta jurisprudencia del Tribunal Constitucional y de la Corte Suprema. Asimismo, se analiza la actividad probatoria que tiene lugar en los procedimientos administrativos de protección al consumidor respecto a las medidas de seguridad que implementan los bancos para evitar consumos fraudulentos con las tarjetas de crédito, así como el cumplimiento de los proveedores de atender los reclamos o requerimientos de los consumidores. Por ello, en torno a lo señalado en el párrafo anterior, se identifican cinco problemas jurídicos. La metodología que se utiliza para el análisis respectivo se enfoca a realizar un análisis normativo, doctrinario y jurisprudencial sobre las instituciones jurídicas, materiales y procesales, que están contenidas en el desarrollo de cada problema planteado, para los cual se tendrá en cuenta los fundamentos de las partes participantes del procedimiento, así como los pronunciamientos que se expidieron en primera y segunda instancia.
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Informe Jurídico sobre la Sentencia del caso Olivera Fuentes vs. Perú de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

Jiménez Sánchez, Sussana Antuanet 16 May 2024 (has links)
El presente informe de suficiencia profesional se basa en la sentencia de la Corte IDH sobre el caso Olivera Fuentes vs Perú. En dicha decisión, se declaró la responsabilidad internacional del Estado por la violación de los derechos a la vida privada, garantías judiciales, igualdad ante la ley y protección judicial en perjuicio del señor Olivera Fuentes. Esta vulneración se produjo debido a las respuestas administrativas y judiciales brindadas por las autoridades frente a la denuncia interpuesta por el peticionario, alegando que fue discriminado en la cafetería de un supermercado debido a su orientación sexual. El problema principal analizado en el trabajo consiste en determinar la responsabilidad internacional del Estado por la vulneración de derechos del peticionario. A partir de ello, se examina si es que el Estado es responsable por la comisión de actos de discriminación cometidos por particulares, específicamente por la empresa de supermercado que llevó a cabo el acto de discriminación. Asimismo, se analizan los alcances de la vulneración de los derechos a la vida privada, igualdad ante la ley y libre desarrollo de la personalidad en relación a la orientación sexual del peticionario y la prohibición de discriminación. Finalmente, se evalúan los alcances de la inversión de la carga de la prueba en la relación de consumo que existía entre la empresa y el cliente para determinar el acto de discriminación en la cafetería. Ello se realiza como parte del análisis planteado para los derechos a la protección judicial y garantías judiciales del demandante. / The present professional sufficiency report is based on the judgment issued by the Inter-American Court of Human Rights in the case of Olivera Fuentes vs. Peru. In said ruling, the international responsibility of the State was declared for the violation of Mr. Olivera Fuentes' rights to privacy, judicial guarantees, equality before the law, and judicial protection. This violation occurred as a result of the administrative and judicial responses provided by the authorities in response to the petitioner's complaint, alleging discrimination in a supermarket cafeteria due to his sexual orientation. The main issue addressed in this report is to determine the State's international responsibility for the petitioner's rights violation. As such, an examination is conducted to ascertain whether the State bears responsibility for acts of discrimination committed by private individuals, specifically by the supermarket company that engaged in the discriminatory act. Furthermore, an analysis is conducted on the extent of the violation of rights to privacy, equality before the law, and the free development of personality with regard to the petitioner's sexual orientation and the prohibition of discrimination. Finally, an evaluation is made of the implications of the burden of proof reversal in the consumer relationship between the company and the client, aimed at determining the act of discrimination in the cafeteria. This assessment is undertaken as part of the analysis proposed for the petitioner's rights to judicial protection and judicial guarantees.
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Abordando la discriminación y el trato ilícito diferenciado en el marco de una relación de consumo: un análisis del cambio de criterio del Indecopi sobre esta materia

Rodriguez Rondoy, Norma Denytza 03 June 2024 (has links)
El cambio de criterio del Indecopi en relación con la discriminación en el consumo y el trato ilícito adquiere una importancia significativa en el contexto de la protección del consumidor y la promoción de prácticas comerciales éticas y justas en nuestro país. Este cambio de perspectiva es una transformación esencial en la forma en que se abordan las prácticas discriminatorias y el trato ilícito en una sociedad en constante evolución. Antes del cambio de criterio, se mantenía una distinción implícita entre la discriminación en el consumo y el trato ilícito diferenciado. Esta distinción se basaba en la interpretación del artículo 38 de la Ley 29571 que prohibía ambas prácticas. Sin embargo, esta separación generaba confusión y complicaciones en los procedimientos legales debido a diferencias en la interpretación de la ley. El 24 de julio de 2019, todo cambió con la emisión de la Resolución Nº 2025-2019/SPC-INDECOPI. Esta resolución postuló que la discriminación en el consumo era la única conducta infractora, eliminando la categoría del trato diferenciado ilícito. Según esta nueva interpretación, cualquier trato desigual no justificado objetivamente se considera un acto discriminatorio, independientemente de la causa que origine esta diferencia. Este cambio de perspectiva ha influido en decisiones posteriores del Indecopi, manteniendo una uniformidad de criterio y aplicando esta nueva interpretación. Como resultado, se ha redefinido la manera en que se abordan estas cuestiones, promoviendo un enfoque más claro y contundente en la protección de los derechos de los consumidores y la promoción de prácticas comerciales éticas en el Perú. / The INDECOPI's change of criteria regarding discrimination in consumption and unlawful differentiation takes on significant importance in the context of consumer protection and the promotion of ethical and fair business practices in our country. This shift in perspective represents an essential transformation in how discriminatory practices and unlawful differentiation are addressed in an ever-evolving society. Prior to this change, there was an implicit distinction between discrimination in consumption and unlawful differentiation, based on the interpretation of Article 38, which prohibits both practices. However, this separation led to confusion and legal complications due to differences in the interpretation of the law. Everything changed on July 24, 2019, with the issuance of Resolution No. 2025-2019/SPC-INDECOPI. This resolution posited that discrimination in consumption was the sole infringing type, eliminating the category of unlawful differentiation. According to this new interpretation, any unjustifiably unequal treatment is considered a discriminatory act, regardless of the cause behind such differentiation. This shift in perspective has influenced subsequent decisions by INDECOPI, maintaining a uniform criterion and applying this new interpretation. As a result, the way these issues are addressed has been redefined, promoting a clearer and more resolute approach to protecting consumers' rights and fostering ethical business practices in Peru. / Trabajo académico
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La buena fe como restricción a la libertad de contratación en los contratos de adhesión : Artículo 16 letra g) Ley 19.496

Cabezas Iturra, Javiera Francisca January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
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La cláusula de garantía general hipotecaria a la luz de la ley no. 20.555

Bustos Ponce, Mario Andrés January 2015 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La presente obra tiene por objetivo determinar si con la modificación a la Ley N°19.496 por la Ley N°20.555, en especial con la introducción del artículo 17-D, la cláusula de garantía general hipotecaria sigue teniendo la validez que ha sido reconocida por la jurisprudencia y parte de la doctrina civil. En efecto, se había cuestionado arduamente la validez de la cláusula de garantía general hipotecaria, pero había comenzado a asentarse su acogida. Por ello, es relevante determinar cómo cambia este panorama la modificación efectuada por la Ley N°20.555 a la Ley N°19.496, y si ello es suficiente para modificar el paradigma. Para ello, estructuraremos la obra en dos partes. En la primera, se conceptualizará la cláusula de garantía general hipotecaria, efectuando una síntesis de los argumentos que se han dado a favor y en contra de la misma. Asimismo, analizaremos manuales jurídicos clásicos, como también algunos textos especializados sobre la materia, y fallos recientes de nuestros tribunales. La segunda parte de nuestra obra, revisa la modificación introducida por la Ley N°20.555 a la Ley N°19.496, su contexto, fundamentos, reglamentos y circulares afines. Para ello, se analizarán textos legales relevantes como también la historia del proyecto de la Ley N°20.555. Al final, podremos aseverar, a modo de conclusión, que la modificación de Ley N°20.555 no afecta gravemente la validez de la cláusula de garantía hipotecaria, sino que sólo se limita a consagrar legalmente lo que las buenas prácticas comerciales en el ámbito bancario han ido construyendo en los últimos años sobre la misma
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Constitutionalization of Commercial Law / Constitucionalización del Derecho Mercantil

Landa Arroyo, César 25 September 2017 (has links)
The Constitution, being the Supreme Law of the Peruvian legal system, irradiates its normative force towards all the legal fields. For its part, Commercial Law is an area based on privatea utonomy; however, in our legal system a zone free of constitutional control does not exist.In this article, the author conducts a remarkable analysis about the constitutionalization of Commercial Law, making reference to the Constitutional Court’s jurisprudence which, applying fundamental principles  and  rights,  has had an effect on the application of the commercial laws in our country. / La Constitución, al ser la Norma Suprema del sistema jurídico peruano, irradia su fuerza normativaa todos los ámbitos del Derecho. Por su parte, elDerecho Mercantil es una rama que se basa en laautonomía privada; sin embargo, en nuestro orde-namiento no existe zona que esté exenta de controlconstitucional.En este artículo, el autor realiza un notable análisis acerca de la constitucionalización del Derecho Mercantil, haciendo un recorrido por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional que, aplicando principios y derechos fundamentales, ha influido en la aplicación de las normas mercantiles en nuestro país.
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La protección al consumidor en la compra de una vivienda en verde

Ulloa Mancilla, Felipe Elías, Salazar Solís, Héctor Ignacio January 2014 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Este trabajo pretende analizar y sistematizar las soluciones que aporta la regulación ante las principales vulneraciones a las que se ven expuestos los compradores de una vivienda en verde. Uno de los ejes normativos de la investigación es el binomio legal compuesto por las leyes 19.932 y 20.007 que establecieron y perfeccionaron el régimen de garantías para afianzar los dineros adelantados por los consumidores en este tipo de negocios. El otro eje es la ley 19.496, ley de Protección a los Derechos de los Consumidores, a partir de la cual proponemos una comprensión global de la relación de consumo, para hacer plenamente aplicables las garantías de dicha normativa a la compra de viviendas en verde, en contraste con la práctica comercial de las empresas del rubro
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El derecho de consumo más allá de la Ley No. 19.496

Salvo Méndez, Sofía Fernanda, Vergara Santelices, Camilo Ignacio January 2016 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Siguiendo las tendencias comparadas, el Derecho del Consumo puede definirse como la disciplina que abarca todas las leyes y normas que afectan el consumo y la estructuración de los mercados de consumo. Pese a ese concepto amplio e integrador, el estudio en Chile ha sido incompleto e insuficiente: los análisis de esta disciplina se han acotado muy mayoritariamente a un mero análisis de la Ley N° 19.496, sin ir más allá de ella. Por esto, en el entendido de que son una fuente relevante del Derecho del Consumo, en esta tesis se justificará la existencia de una amplia gama de leyes especiales que cumplen con el objetivo que, de acuerdo a la definición, aúna las disposiciones dentro del Derecho del Consumo: afectan al consumo y estructurar mercados; para luego dar paso al análisis de varios casos de ellas. Por ejemplo, se encuentran las reglas especiales de garantía en materia de vivienda, contenidas en la Ley General de Urbanismo y Construcciones; las diversas exigencias de rotulación y etiquetado en las respectivas disposiciones de los ámbitos de Medicamentos y Alimentos; las nuevas reglas que establecen los derechos ante el incumplimiento en el Transporte Aéreo de Pasajeros, entre muchas otras. En definitiva, a lo largo de la tesis se analiza el fenómeno del Derecho del Consumo como un todo integral (Parte General), para luego ejemplificar con el estudio de diversas leyes sectoriales el que ellas forman parte de esta área del Derecho (Medicamentos, Alimentos, Derechos y Deberes de los Pacientes, Vivienda, Transporte Aéreo de Pasajeros y el Estatuto Pyme)

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