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El carácter indemnizatorio de las medidas correctivas ordenadas por el Indecopi en el marco de los procedimientos de protección al consumidorSoldevilla Vasquez, Mayra Alejandra 27 May 2020 (has links)
En la última década del siglo XX el Estado pasó de ser uno prestado a ser uno de tipo
subsidiario; generando que su rol sea ahora supervisor y fiscalizador de las actividades
que ahora se habían encomendado al sector privado. Como consecuencia de este
cambio, se crearon organismos reguladores de los servicios públicos y otras entidades
supervisoras de sectores como la regulación del mercado que garantizaran el adecuado
tratamiento técnico de la regulación, fiscalización y resolución de reclamos de los
usuarios. Es así que, con la finalidad de propiciar el buen funcionamiento del mercado
mediante la defensa de los consumidores surgió el Indecopi; para lo cual, se facultó a
dicha entidad para, entre otras cosas, ordenar medidas correctivas a los administrados.
Sin embargo, nos surge la duda de si es correcto que en el marco de un procedimiento
de protección al consumidor el Indecopi ordene como medida correctiva reparadora la
devolución de los costos en los que incurrió el consumidor para reparar las
consecuencias patrimoniales directas e inmediatas ocasionadas por la infracción
cometida; creemos que, en casos como los antes mencionado se generan supuestos
en los que las medidas correctivas se configuran como una indemnización, dándose
escenarios en las que esta entidad sobrepasa sus facultades.
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El INDECOPI y sus Implicancias en el Derecho a la Libertad de Empresa respecto de los Servicios Médicos de Salud, en el Marco de la Constitución Política del PerúZelada Flores, Jaime Alejandro 29 May 2020 (has links)
El presente trabajo académico tiene por objeto entender la línea argumentativa del
INDECOPI en los temas de protección al consumidor en el sector salud, observando
cuatro casos respecto a los servicios médicos brindados por entidades prestadoras
del referido servicio.
En este sentido, primero se ubica el concepto de “libertad de empresa” dentro del
contexto constitucional económico, resaltando su importancia para el desarrollo de
las diversas actividades económicas que posibilitan el desarrollo empresarial de una
determinada entidad prestadora del servicio de salud.
En forma posterior, y especificando el marco teórico, conceptual y normativo, se
procedió con el estudio de cada una de las siguientes resoluciones: la Resolución
Final N° 0749-2013/SPC-INDECOPI (Expediente N° 0554-2011/CPCINDECOPI),
la Resolución Final N° 3791-2014/SPC-INDECOPI (Expediente N°
0337-2009/CPC-INDECOPI), la Resolución Final N° 0217-2014/CCDINDECOPI
(Expediente N° 0097-2013/CCD-INDECOPI) y la Resolución Final N°
2916-2014/SPC-INDECOPI; en las cuales se revisó los argumentos señalados por
el INDECOPI que respaldan su decisión, observando si estas transgredían el
derecho a la “libertad de empresa” de las entidades prestadoras del servicio de
salud.
En atención a lo señalado, y conforme se observará, las referidas resoluciones
fueron emitidas vulnerando el derecho a la “libertad de empresa”, debido a que no
están acorde con la normativa de protección al consumidor que regula el sector
salud, tales como la valoración de la prueba, las cláusulas abusivas, etc.
Finalmente, es necesario tener presente que, si bien las cuatro resoluciones materia
de estudio no representan una muestra representativa de todas las resoluciones
emitidas por el INDECOPI sobre el tema materia de estudio, si nos permite tener
un indicio de algunas posibles fallas que se pueden corregir para un mejor actuar
del INDECOPI.
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¿La emisión de la Resolución SBS N°4036-2022 genera un nuevo marco legal para los consumidores del sector financiero?Morales González, Karen Lizbeth 05 October 2023 (has links)
Una inquietante que se genera con la emisión del reciente reglamento de gestión
para la atención de reclamos y requerimientos, aprobado por Resolución N°
4036-2022, es si contribuirá a mejorar la situación cotidiana de los usuarios y
consumidores del sector financiero, brindando alivio a los principales problemas
que atraviesan regularmente en relación al acceso de los servicios y productos
que se ofrecen en el mercado o se mantendrá una situación regular sin mayores
impactos positivos que puedan demostrarse en el día a día.
Si bien es cierto un solo instrumento normativo no puede modificar la realidad
nacional que el sector financiero atraviesa, es pertinente cuestionarse si
contribuye a mejorar las condiciones por las que los usuarios atraviesan durante
la contratación o uso de servicios o productos dentro de este sector.
Por ello, es importante identificar si las modificaciones realizadas solo continúan
un patrón regular de su predecesor la Circular N° G 184-2015, Circular de
atención al usuario, o se enfoca en asegurar una mejor atención para disminuir
la tasa de reclamos o requerimientos presentados, protegiendo realmente a los
consumidores bajo un trato justo y equitativo, asegurándose que reciba
información relevante e integral además de contar lo cual se llevará en todas las
etapas asegurando un aparato de resolución más eficaz de acuerdo a cada
necesidad presentada. / A disturbing one that is generated with the issuance of the recent management
regulation for the attention of claims and requirements, approved by Resolution
No. 4036-2022, is whether it will contribute to improving the daily situation of
users and consumers of the financial sector, providing relief to the main problems
they regularly go through in relation to access to services and products offered in
the market or will a regular situation be maintained withoutmajor positive impacts.
that can be demonstrated on a day-to-day basis.
While it is true that a single regulatory instrument cannot modify the national
reality that the financial sector is going through, it is pertinent to question whether
it contributes to improving the conditions that users go through during the
contracting or use of services or products within this sector.
Therefore, it is important to identify if the modifications made only follow a regular
pattern of its predecessor Circular No. G 184-2015, Circular of attention to the
user, or focuses on ensuring better attention to reduce the rate of claims or
requirements filed, really protecting consumers under fair and equitable
treatment, ensuring that you receive relevant and comprehensive information in
addition to telling which will be carried out at all stages ensuring a More effective
resolution apparatus according to each need presented. / Trabajo académico
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Sobre la dificultad probatoria en los casos de discriminación en el consumo y la actuación de los operadores jurídicos a la luz de los principios de eficacia y transparencia del Buen GobiernoSare Isla, Susana Carolina 22 May 2023 (has links)
El presente artículo académico analiza de manera reflexiva la actuación de las
autoridades administrativas respecto de la dificultad probatoria en los casos de
discriminación en el consumo y cómo esta última impacta de manera negativa
en la investigación y sanción de este tipo de casos. En ese sentido, tiene como
objeto determinar si los operadores jurídicos de la administración ejecutan sus
funciones en base a los principios de transparencia y eficacia del Buen Gobierno
a fin de hacer frente a la dificultad probatoria que perjudica, en mayor medida, a
la parte denunciante. Si bien en el artículo 39° del Código de Protección al
Consumidor se desarrolla la actuación probatoria en este tipo de casos y existen
otras herramientas normativas que dan cuenta de los medios probatorios que se
pueden hacer uso, estos no resultan suficientes para contrarrestar dicha
problemática que necesita de una actuación sólida, constante y eficaz de parte
de las autoridades administrativas. Por ello, además de tomar en cuenta estos
elementos normativos, desarrollo la doctrina y jurisprudencia nacional e
internacionales para tener un panorama más amplio y determinar las limitaciones
que bordean esta problemática, cuáles han sido las acciones que han realizado
las autoridades administrativas para afrontarla y si estas últimas guardan
relación con el contenido de los principios de eficacia y transparencia del Buen
Gobierno. Finalmente, concluyo de manera central que la actuación de las
autoridades no se condice con lo que establecen los principios previamente
mencionados, siendo necesaria una urgente atención e implementación de
mejoras. / This academic article reflectively analyzes the actions of the administrative
authorities regarding the evidentiary difficulty in cases of discrimination in
consumption and how this problem has a negative impact on the investigation
and sanction of this type of cases. Therefore, its purpose is to determine if the
legal operators of the administration carry out their functions based on the
principles of transparency and effectiveness of Good Governance in order to face
the probative difficulty that harms, to a greater extent, plaintiffs. Although article
39 of the Consumer Protection Code develops evidence in this type of case and
there are other regulatory tools that account for the evidence that can be used,
these are not enough to counteract this problem that requires solid, constant and
effective action from the administrative authorities. For this reason, in addition to
taking into consideration these normative elements, I develop the national and
international doctrine and jurisprudence to have a broader panorama and
determine the limitations related to this problem, what have been the actions that
the administrative authorities have carried out to face it and if these are related
to the content of the principles of efficiency and transparency of Good
Governance. Finally, I conclude in a central way that the actions of the authorities
are not consistent with the content of those Good Governance’s principles,
requiring urgent attention and implementation of improvements. / Trabajo académico
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Informe sobre Resolución N°2758-2019/SPC-INDECOPIVillegas Angeldonis, Marisol 02 August 2023 (has links)
Este trabajo versa sobre una denuncia presentada por la Asociación de Consumidores
Indignados Perú (ACIP) contra La Rosa Náutica S.A. por presuntamente atentar lo
estipulado en el artículo 38° del Código de Protección y Defensa del Consumidor. En
tanto, se habría detectado que la denunciada entregaba dos cartas distintas a los
comensales, cartas con precios a los varones y sin precios a las mujeres.
Mediante Resolución N° 0271-2019/CC2, la Comisión de Protección al Consumidor
declaró infundada la denuncia, puesto que no se acreditó actos discriminatorios. La
Asociación, apela la decisión y mediante Resolución N°2758-2019/SPC-INDECOPI la
Sala Especializada en Protección al Consumidor revoca la resolución mediante la que
declaraba infundada la denuncia y reformula declarándose fundada.
En este trabajo, se analizará si con la decisión final del órgano resolutivo el Indecopi
como organismo de protección de los derechos del consumidor cumplió con la función
que se le ha impuesto. Asimismo, con todo lo trabajado en el presente informe se podrá
determinar si la resolución final de la Sala afectó o no la libertad empresarial.
Finalmente, se estudiará el tratamiento de la discriminación al consumidor en el
ordenamiento jurídico peruano. Para con ello determinar si la acción de la Rosa Náutica
reúne los componentes jurídicos que convierten una acción en discriminación.
Después del análisis completo, se podrá advertir que el Indecopi cumplió con su función
protectora hacia el consumidor y, asimismo, sus órganos resolutivos actuaron alineados
con su propia política pública. En esa línea, en el trabajo se anexará esta decisión como
una forma de concretización de las políticas públicas dictadas por el Estado. / This work deals with a complaint filed by the Asociación de Consumidores Indignados
Perú (ACIP) against La Rosa Náutica S.A. for allegedly violating the provisions of Article
38 of the Code of Consumer Protection and Defense. Meanwhile, it would have been
detected that the denounced company delivered two different menus to the diners, men's
price cards and women's price cards without prices.
By Resolution No. 0271-2019/CC2, the Consumer Protection Commission declared the
complaint unfounded, since discriminatory acts were not proven. The Association
appealed the decision and through Resolution N°2758-2019/SPC-INDECOPI, the
Specialized Chamber on Consumer Protection revoked the resolution declaring the
complaint unfounded and reformulated it, declaring it to be founded.
In this paper, we will analyze whether with the final decision of the resolution body,
Indecopi as a consumer rights protection agency complied with the function imposed on
it. Likewise, with all the work done in this report, it will be possible to determine whether
or not the final decision of the Chamber affected entrepreneurial freedom.
Finally, the treatment of consumer discrimination in the Peruvian legal system will be
studied. In order to determine if the action of the Rosa Nautica meets the legal
components that convert an action into discrimination.
After the complete analysis, it will be seen that Indecopi fulfilled its protective function
towards the consumer.
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Informe Jurídico sobre la Resolución 1008-2013/SPC-INDECOPIEspinoza Flores, Winy Marilin 03 August 2023 (has links)
El principal problema del caso gira en torno a analizar si los remedios adoptados
por el proveedor ante el defecto en el producto se encuentran dentro de los
alcances del deber de idoneidad y, en consecuencia, determinar que Claro es
responsable administrativamente. En base al criterio establecido en la
Resolución 1008-2013/SPC-INDECOPI establece que, independientemente de
que el proveedor haya corregido el defecto, basta que se acredite que hubo un
defecto y que dicho defecto sea atribuible al proveedor, el proveedor debe de
responder por dicho defecto. Por lo que, en el presente caso, el proveedor no
logró acreditar que el golpe fue la causa de que el celular presentara defectos.
Por lo que, Claro es responsable administrativamente por incurrir a una infracción
al deber de idoneidad.
Asimismo, analizar que no existió vulneración al debido procedimiento por parte
de la Comisión al declarar nulidad parcial de la resolución de la primera instancia.
Además, se analizará el recurso de revisión y si ante su interposición era posible
ejecutar o exigir el cumplimiento de la medida correctiva y de la sanción emitida
mediante Resolución Final Nº 3015-2012/PS3. Finalmente, cuestionar la
aplicación del recurso de revisión en el presente caso. / The main problem of the case revolves around analyzing the remedies adopted
by the supplier in the face of the defect in the product are within the scope of the
duty of suitability and, consequently, determining that Claro is administratively
responsible. Based on the criteria established in Resolution 1008-2013/SPC INDECOPI, it establishes that, regardless of whether the supplier has corrected
the defect, it is enough to prove that there was a defect and that said defect is
attributable to the supplier, the supplier must respond for said defect. Therefore,
in the present case, the provider was unable to prove that the blow was the cause
of the defects in the cell phone. Therefore, Claro is administratively responsible
for incurring a breach of the duty of suitability.
Likewise, to analyze that there was no violation of due process by the
Commission by declaring partial nullity of the resolution of the first instance. In
addition, the appeal for review will be analyzed and if before its filing it was
possible to execute or demand compliance with the corrective measure and the
sanction issued by Final Resolution No. 3015-2012/PS3. Finally, to question the
application of the review resource in the present case.
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Análisis de la práctica comercial del Overbooking de cara a la normativa de consumidorTello Arias, Angie Stefany 27 March 2023 (has links)
El deber de idoneidad alude a la correspondencia entre la expectativa que tiene
el consumidor con lo que en efecto recibe. De tal manera, en el sector de
transporte aéreo, los consumidores que adquieren un pasaje para transportarse
a un destino determinado en un horario concreto, lo hacen porque tienen un
interés previo de que el viaje se realice conforme lo contratado. Sin embargo,
existe una práctica comercial realizada por muchas aerolíneas llamada
overbooking o sobreventa de pasajes, la cual consiste en aceptar una cantidad
de reservas superior al número de asientos de un vuelo. Si bien, existen diversas
posiciones respecto a si se debería permitir el overbooking, la realidad es que en
el ordenamiento jurídico peruano esta práctica comercial no se encuentra
prohibida, sino solo determina los remedios legales que las aerolíneas tienen que
desplegar para compensar al consumidor afectado. Siendo esto así, en el
presente artículo se realizará un análisis respecto a si la práctica comercial del
overbooking vulneraría la idoneidad que debe cumplir todo producto o servicio
contratado. Asimismo, se plantean una serie de recomendaciones con el objetivo
de poder otorgar una mejor protección a los derechos que tiene todo consumidor
en el sector de transporte aéreo. / The duty of suitability refers to the correspondence between the expectations that
the consumer has with what he actually receives. In this way, in the air transport
sector, consumers who purchase a ticket to travel to a specific destination at a
specific time, do so because they have a prior interest that the trip be carried out
as contracted. However, there is a commercial practice carried out by many
airlines called overbooking or overselling tickets, which consists of accepting a
number of reservations greater than the number of seats on a flight. Although
there are different positions regarding whether overbooking should be allowed,
the reality is that in the Peruvian legal system this commercial practice is not
prohibited, but only determines the legal remedies that airlines have to deploy to
compensate the affected consumer. This being the case, in this article an analysis
will be carried out regarding whether the commercial practice of overbooking
would violate the suitability that any contracted product or service must comply
with. Likewise, a series of recommendations are proposed with the aim of being
able to grant better protection to the rights of every consumer in the air transport
sector.
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Informe jurídico sobre Resolución Final N° 218-2013/ILN-PSO del Expediente N° 118-2013/ILN-PS0Lopez Illanes, Claudia Andrea 01 March 2023 (has links)
A propósito del caso del señor Andrés Flores por la compensación que el Banco del
Crédito realiza en la cuenta de ahorros en la que recibía su pensión, el presente informe
abarca el debate sobre las normas que rigen sobre dicha práctica comercial muy usual
por parte de los bancos. En específico, la discusión, que incluso ha estado presente
entre los órganos resolutivos del INDECOPI, se centra en determinar si a aquella
compensación autorizada por el usuario debe realizarse considerando el límite
establecido en el artículo 648 del Código Procesal Civil, el cual declara como
inembargables las remuneraciones y pensiones. Además, ante la falta de uniformidad
en cuanto a los criterios aplicados por la autoridad administrativa, se analiza la posible
vulneración del principio de confianza legítima como contenido esencial del principio de
seguridad jurídica y sus implicancias dentro del procedimiento sancionador en curso
respecto de la entidad bancaria denunciada. Por su parte, en el marco del recurso de
revisión interpuesto, se desarrollan los principios que rigen sobre el procedimiento
sumarísimo que subyace, a fin de evaluar la congruencia con el pronunciamiento de la
Sala Especializada en Protección al Consumidor. / Regarding the case of Mr. Andrés Flores for the compensation made by Banco del
Crédito in the savings account in which he received his pension, this report covers the
debate on the rules governing this very common banks business practice. In particular,
the discussion focuses on determining whether the compensation authorised by the
consumer should be made considering the limit established established in the Code of
Civil Procedure, which declares remunerations and pensions to be unseizable. In
addition, in view of the lack of uniformity in the standards applied by the administrative
authority, the application of the principle of legitimate expectations and its implications
within the sanctioning procedure will be analyzed.
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La prohibición de ingreso a locales comerciales a no vacunados contra el Covid-19 a la luz de la normativa peruana de protección al consumidorOcampo Falcon, Diana Vanessa 23 March 2022 (has links)
En el presente trabajo se evaluó la medida consistente en la prohibición de ingreso a
locales comerciales a no vacunados contra el Covid-19 a la luz de la normativa peruana
de protección al consumidor a iniciativa de los proveedores, con el fin de determinar si
esta incurría o no en un supuesto de discriminación. En ese sentido, se tomó en
consideración si esta medida se encontraría o no justificada por un motivo razonable y
objetivo, conforme lo requiere nuestro Código de Protección y Defensa del Consumidor.
Así pues, se evalúa que nos encontramos atravesando una pandemia global que, como
país nos afecta en diversos ámbitos, teniendo una especial incidencia en el ejercicio del
derecho a la salud de las personas, siendo que el Estado Peruano se encuentra en la
obligación de garantizarlo en concordancia con los compromisos internacionales
asumidos y su normativa nacional.
Dado el nivel de afectación que tiene la enfermedad del Covid-19 es necesario que se
adopten todas las medidas posibles para procurar controlarlo y/o combatirlo, siendo que
los privados también pueden contribuir desde su ámbito de control. Ahora bien, en tanto
que la vacuna contra el Covid-19 tiene estudios que demuestran que, a la fecha, es el
mejor método que como sociedad tenemos para reducir el contagio e, incluso, evitar que
aquellos que enfermen lo hagan gravemente, se vuelve evidente que la medida se
encuentra justificada. / In the present investigation, the main topic is evaluate the prohibition of entering to
business premises for those who are not vaccinated against Covid-19. This measure was
studied from the perspective of Peruvian consumer protection regulations, in order to
determine if this was incurred or not in a case of discrimination. In this sense, it was taken
into consideration whether or not this measure would be justified for a reasonable and
objective reason, as required by our Consumer Protection and Defense Code.
Thus, it is appreciated that we are going through a global pandemic that, as a country
affects us in various areas, having a special impact on the exercise of the right to health
of people, being that the Peruvian State is under the obligation to guarantee it in
accordance with the international commitments assumed and their national regulations.
In this sense, given the level of affectation that the Covid-19 disease has, it is necessary
that all possible measures be adopted to try to control and combat it, since private parties
can also contribute from their scope of control.
Now, while the Covid-19 vaccine has studies that show that, to date, it is the best method
that we as a society have to reduce contagion and even prevent those who become
seriously ill from doing so, it becomes obviously the measure is justified.
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Discriminación contra Trato Diferenciado Ilícito: ¿Qué sucede en el Indecopi a raíz del nuevo criterio sobre discriminación?Gonzales Berrocal, Kim Jorday 15 July 2021 (has links)
El objetivo de este trabajo es realizar un análisis del manejo actual que se está realizando
sobre el concepto de discriminación en el Indecopi y proponer una idea acorde a lo que
consideramos pertinente en beneficio del derecho de protección al consumidor, a partir del
nuevo criterio estipulado por la Sala de Protección al Consumidor del Indecopi.
En ese sentido, explicaremos cuál era el criterio anterior utilizado por la entidad
administrativa y señalaremos las diferencias entre el trato diferenciado ilícito, el trato
diferenciado lícito y la discriminación. Posteriormente, plantearemos la figura del nuevo
criterio impulsada por la Sala de Protección al Consumidor y explicaremos nuestro punto de
vista al respecto. / This paper seeks to analyze the current management of the concept of discrimination at
Indecopi and to propose an idea according to what we consider pertinent to benefit the
consumer protection right, as from de new standard stipulated by the Indecopi’s Chamber of
Consumer Protection.
In that sense, we will explain what was the previous criterion used by Indecopi and will point
out the differences between the illicit differential treatment, the legal differential treatment
and discrimination. Subsequently, we will present the figure of the new criterion promoted
by the Consumer Protection Chamber and we will explain our point of view in this regard.
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