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Limitaciones, prohibiciones y responsabilidades de la actuación del Registrador Público en el marco de la inhibición registral

Reyes Quispe, Gianela del Pilar 24 March 2022 (has links)
El presente trabajo se enfoca en analizar la actuación del Registrador Público frente a los casos de inhibición en sede registral. Para ello, se analiza el procedimiento registral en su conjunto, a partir del cual se derivan las limitaciones, prohibiciones y responsabilidades del Registrador, analizando a la par si existe un procedimiento adecuado que le permita tomar conocimiento de un proceso judicial en trámite, que acción le corresponde luego de ello y cuál es la consecuencia de una no inhibición A partir de las consideraciones anteriores, se evalúa también si es necesario que la inhibición se encuentre regulada en el TUO del Reglamento General de los Registros Públicos de forma especial y no solo en el TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, ya que actualmente no se cuenta con un procedimiento establecido a seguir por la primera instancia registral frente a un supuesto caso de inhibitoria.
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Informe jurídico sobre la inscripción de transferencia de participación cuando la sociedad se encuentra en causal de disolución de pleno derecho, con ocasión de la resolución N° 934-2016-SUNARP-TR-L del Tribunal Registral

Mori Cruz, Daily Ximena 09 August 2022 (has links)
El presente informe jurídico busca desarrollar un análisis de lo que se refiere la Ley General de Sociedades con relación a la causal de disolución en una sociedad, así como también la formalidad que propone para la transferencia de participaciones en la Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada. Es preciso mencionar que esta forma societaria tiene naturaleza mixta y en cuanto a características llega a ser muy similar a la Sociedad Anónima Cerrada; no obstante, cuenta con formalidades que definitivamente perjudican su libre tránsito y genera transacciones innecesarias, tales como que la transferencia de participaciones deba inscribirse en el Registro. Asimismo, la justificación de dicho informe será que en la actualidad la Ley General de Sociedades presenta problemas en la forma que regula a la disolución de una sociedad, generando conflicto entre la forma literal de este concepto y la de pleno derecho, situación que trataremos de identificar y revertir. / This legal report seeks to develop an analysis of what the General Law of Companies refers to in relation to the cause of dissolution in a company, as well as the formality that it proposes for the transfer of shares in the Limited Liability Commercial Company. It is necessary to mention that this corporate form has a mixed nature and in terms of characteristics it becomes very similar to the Closed Stock Company; however, it has formalities that definitely harm its free transit and generates unnecessary transactions, such as the transfer of shares must be registered in the Registry. Likewise, the justification for said report will be that at present the General Law of Companies presents problems in the form that regulates the dissolution of a company, generating conflict between the literal form of this concept and that of full rights, a situation that we will try to explain. identify and reverse.
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Necesidad de inscribir a Personas Jurídicas Creadas por Ley con una norma con rango de ley

Bulnes Lliuya, Justo Alexis 08 February 2024 (has links)
En nuestro ordenamiento jurídico, dentro de las personas jurídicas, se encuentra las personas jurídicas creadas por ley, las cuales son muy poco abordadas en la doctrina y jurisprudencia registral. Debido a la falta de profundidad sobre el tema, en el año 2005 se emitieron dos resoluciones contradictorias, por una parte, se afirmaba que para la creación de una persona jurídica creada por ley se requería una norma que no necesariamente tenga rango de ley (Resolución 0100-2005- SUNARP-TR-L), mientras que la otra concluía que solo se pueden crear mediante una ley o una normal con rango de ley (Resolución 065-2005-SUNARP-TR-T). Esto generó una controversia que no fue superada por completo en el XIII Pleno Registral. Debido a ello analizaré esta figura legal desde su naturaleza, hasta las cuestiones registrales que abarca. Se busca advertir las carencias del precedente y de la norma en la cual fue incluida en el reglamento, para visualizar posibles problemas que generaría la inscripción de personas jurídicas con otras normas que no tengan rango de ley. Es ahí donde apreciaremos las posibles interpretaciones que se le puede dar a la ley donde en primacía se debe entender el rango y fuerza de ley que recaen sobre la creación de una persona jurídica creada por ley. / In our legal system, within legal persons, there are legal persons created by law, which are very little addressed in registry doctrine and jurisprudence. Due to the lack of depth on the subject, in 2005 two contradictory resolutions were issued, on the one hand, it was stated that for the creation of a legal entity created by law, a norm was required that did not necessarily have the force of law (Resolution 0100-2005-SUNARP-TR-L), while the other concluded that they can only be created by means of a law or a normal one with the force of law (Resolution 065-2005-SUNARP-TR-T). This generated a controversy that was not completely overcome in the XIII Registry Plenary. Due to this, I will analyze this legal figure from its nature, to the registration issues it covers. It seeks to warn the deficiencies of the precedent and of the norm in which it was included in the regulation, to visualize possible problems that the registration of legal persons with other norms that do not have the force of law would generate. It is there where we will appreciate the possible interpretations that can be given to the law where in primacy the rank and force of law that fall on the creation of a legal person created by law must be understood.
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Implicancias registrales de la continuidad de funciones para organizaciones cooperativas establecida mediante Ley 31029

Chávez Mondragón, Aldo Yuri 07 October 2021 (has links)
El presente trabajo aborda el estudio de las organizaciones cooperativas desde el aspecto de su órgano de administración: el Consejo de Administración, junto su tratamiento registral que ha merecido en los reglamentos e instancias registrales. Se determina cuáles son las organizaciones cooperativas. Se realiza un desarrollo sobre la teoría del órgano y la figura de la continuidad de funciones en cooperativas, figura la cual permite que, ante el vencimiento del periodo de funciones del órgano de administración de una determinada persona jurídica, no se limite el funcionamiento de sus plenas facultades, lo cual genera que el órgano de administración continúe en funciones mientras no se elija a uno nuevo (se evita acefalías). La figura de la continuidad de funciones del órgano, ha recibido un tratamiento distinto en el caso de las Personas Jurídicas reguladas en el Código Civil, las reguladas en la Ley General de Sociedades (LGS) y para las organizaciones cooperativas reguladas en la Ley de Cooperativas. Así, por un lado, tenemos que los alcances de la continuidad de funciones para el caso de las personas jurídicas indicadas en el artículo I del título preliminar del Reglamento de inscripciones del Registro de Personas Jurídicas, ha sido regulada en el artículo 47 del mismo reglamento, mientras que para las personas jurídicas de corte societario, se tiene una disposición imperativa distinta regulada en el tercer párrafo del artículo 163 de la Ley General de Sociedades. Se detecta que la regulación a dicha figura contenida en el artículo 47 de dicho reglamento, ha dado nacimiento a figuras registrales “apócrifas” como son la “prórroga de funciones” y el “reconocimiento de órganos no inscritos”. En relación a las Cooperativas, la figura de la continuidad de funciones, ha tenido una regulación más versátil en el tiempo, incluso una posición imperante por el Tribunal Registral, la cual finalmente ha cambiado con la dación de la Ley 31029, cuyos efectos también han sido objeto de investigación. Así, producto de esta investigación se ha determinado: i) a que tipos de organizaciones cooperativas a las que aplica el artículo 4 de la Ley 31029, ii) la imperatividad el artículo 4 de la Ley Nº 31029, iii) cuales son los problemas de la aplicación del artículo 4 de la Ley N° 31029 en el tiempo y iv) como se aplica la figura de continuidad de funciones al interior de los consejos y comités de las organizaciones cooperativas, dada la obligatoriedad de renovación anual por tercios. Así mismo, entre otras conclusiones, se ha encontrado necesario una nueva Ley de Cooperativas que otorgue más contenido para las organizaciones cooperativas en su segundo y tercer nivel organizativo. Urge también un Reglamento Registral para cooperativas que recoja regulación diferenciada para cada nivel organizativo, así como para las COOPAC. El actual Reglamento de Personas Jurídicas, resulta insuficiente para regular el alcance registral de las organizaciones cooperativas, lo cual se evidencia en la práctica con la florida emisión de resoluciones de parte del Tribunal Registral, que han ayudado a definir algunos temas, pero que sin embargo otros aún han quedado pendientes de esclarecimiento por la misma deficiencia regulatoria en su Ley.
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Criterios para inscribir la resolución extrajudicial de pleno derecho en el Sistema Registral Peruano

Yampufe Salazar, Pedro Alexis January 2022 (has links)
La presente investigación tuvo por objetivo determinar los criterios jurídicos viables y necesarios para establecer la incorporación de la inscripción en registros públicos de la resolución de pleno derecho ya que en la actualidad el reconocimiento de la realidad registral no tiene certidumbre en este aspecto y esto podría tener consecuencias negativas. Para ello es necesario, en primer lugar, definir y conocer la situación actual de la resolución de pleno derecho de tal manera que podamos conocer sus alcances y limitaciones y así poder compararlo con la legislación y jurisprudencia extranjera. Seguidamente se analiza los criterios y viabilidad de la inscripción de la resolución de pleno derecho y así poder determinar el rubro correspondiente en que deba proceder la inscripción. Finalmente, se expone los criterios jurídicos que son necesarios y que avalan su incorporación en nuestro ordenamiento legal.
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Ley 30313 ¿una desnaturalización a la esencia del procedimiento registral?

Clemente Gálvez, Daniela January 2018 (has links)
Grandes fraudes inmobiliarios se venían dando en el país debido a que una organización delictiva basándose en los vacíos legales los utilizo con el fin de apropiarse de manera ilegal de predios tanto públicos como privados. Ante esta realidad, la Ley 30313 fue la respuesta inmediata del estado para paralizar dichos actos, pero no previno lo que generaría a futuro esta ley ya que las distintas modificatorias de la misma cambiaron de manera sustancial la actividad registral y el procedimiento el cual fue, a todas luces, desnaturalizado.
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El tratamiento registral de las sucursales en el caso de las personas jurídicas no societarias

Chumbes Villavicencio, Michael Agustín 09 May 2017 (has links)
El presente trabajo busca abordar el tratamiento de las sucursales de personas jurídicas no societarias, como establecimientos secundarios en nuestro sistema registral, para ello será importante analizar distintos cuerpos legales que permitan que estas personas jurídicas pueden establecer sucursales. Se analizará la naturaleza jurídica de las Asociaciones, Comités y Fundaciones y la posibilidad que estas tienen de poder establecer sucursales. Al mismo tiempo se abordará el caso especial de las universidades y las cooperativas. Todo ello teniendo como eje el Reglamento de Inscripciones del Registro de Personas Jurídicas, Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 038-2013 – SUNARP/SN.
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Las Asociaciones Pro vivienda : una persona jurídica en proceso de extinción

Jave Luján, María del Carmen January 2018 (has links)
El presente trabajo busca analizar las principales incidencias de las Asociaciones Pro vivienda en el Registro de Personas Jurídicas y demostrar por qué están en “proceso de extinción”. Para ello se hace una breve introducción de su origen, su definición y sus diferencias con las asociaciones creadas bajo el amparo del Código Civil de 1984. En una segunda parte se explican las razones de por qué a pesar de la larga data de su norma de creación, la Ley N°13500 y su reglamento D.S. N°131-H, estas aún están vigentes y siguen teniendo incidencia en nuestro ordenamiento legal. Finalmente, en una tercera y última parte se expone los problemas registrales más comunes vinculados a las Asociaciones Pro-vivienda y cómo el Tribunal Registral ha venido resolviendo en su jurisprudencia. De esta forma, a través del análisis legal y casuístico se desea mostrar un fenómeno que está ocurriendo paulatinamente y que está llevando a las Asociaciones Pro vivienda a su extinción: la modificación de sus estatutos sin la aprobación previa de la Junta Nacional de la Vivienda (hoy Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento) conlleva a su transformación en una asociación al amparo del código civil.
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¿La aplicación del marco normativo de titulación de tierras en las comunidades campesinas de la costa es acorde a la naturaleza jurídica de estas?

Rojas Rivera, Mayra Fabiola January 2017 (has links)
El presente trabajo es un análisis de las normas que actualmente regulan los actos de disposición de las tierras comunales por parte de la Comunidades Campesinas de la Costa con el objetivo de identificar los factores que han permitido la aparición de las comunidades campesinas fraudulentas o fantasmas, las cuales son protagonistas del tráfico de terrenos en las periferias de Lima. En ese sentido, se evalúa si nuestra Constitución vigente regula o no a las comunidades campesinas de la Costa y cuál es la relevancia de la Ley Nº 26845 - Ley de Titulación de las Tierras de las Comunidades Campesinas de la Costa. Frente a estas normas se busca identificar si existen razones objetivas que permita justificar por qué la Ley Nº 26505 regula presupuestos distintos para la toma de acuerdos cuando se trata de disposición de las tierras comunales de la Comunidad Campesina de la Costa. Del mismo modo, se analizan estudios de campo realizado por la INEI, según las actividades agrícolas y ganaderas que las comunidades campesinas de la Costa desempeñan para que puedan ser compradas con las actividades económicas que realizan la comunidades de la Sierra. Con ello se pretende demostrar si existen una dependencia entre las comunidades de la Costa y sus tierras; dado que la definición de comunidad campesina desarrollada por la Constitución y por el Convenio 169 sobre pueblos indígenas y tribales enfatizan la relación entre la comunidad y sus tierras. Por último, se analizara resoluciones del Tribunal Registral que han desarrollado los requisitos a nivel administrativo para que se pueda llevar a cabo la inscripción de los actos de disposición de las Comunidades Campesinas de la Costa, para así identificar si estos han ocasionado una mayor carga para el administrado, o caso contrario, si han flexibilizado los actos de disposición por parte de estas personas jurídicas. Entre los puntos sobre los cuales e Tribunal Registral ha desarrollado se encuentran los presupuestos adicionales desarrollado por el mismo y que, posteriormente, han sido incorporados en la Directiva Nº 10-2013-SUNARP-SN. Tales requisitos que ahora los registradores califican son, en primer lugar, que se otorgue poderes para los actos de disposición de forma indubitable a terceros ajenos a la comunidad campesina, y, en segundo lugar, que el bien objeto de disposición sea identificable, siendo necesaria la descripción de sus características. Dichas exigencias desarrolladas por el Tribunal Registral aparentemente son requisitos adicionales para la inscripción del acto de disposición por parte de la comunidad campesina de la Costa; pero en realidad, el efecto es todo lo contrario, pues se exige que los poderes otorgados a terceros no sean precisos y permitir que se otorgue poderes a personas ajenas a la comunidad campesina, promueve que se use de forma contraria a la naturaleza de dicha persona jurídica. Esto es, la aparición de las comunidades campesinas fantasmas que utilizan a la persona jurídica de carácter no lucrativa para actividades lucrativas como es el participar en el mercado inmobiliario.
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¿En qué medida el procedimiento de cierre de partida, regulado en el TUO del Reglamento general de los registros públicos, brinda una solución a la problemática de superposición de partidas registrales en el registro de la propiedad inmueble?

Torres Abarca, Juan Rómulo January 2018 (has links)
El presente trabajo pretende realizar un análisis del procedimiento administrativo de cierre de partidas, aplicado en los casos de superposición en el Registro de la Propiedad Inmueble. Investigación que estará enfocada en analizar el procedimiento en sí, regulado en el Capítulo II del Título V, específicamente en los artículos 56º al 63º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de los Registros Público, siendo la Unidad Registral el órgano competente para disponer el cierre de partidas y no las instancias registrales, tal como así lo reconoce el propio Tribunal Registral, mediante Resolución Nro.316-2017-SUNARP-TR-A de fecha 30.05.2017. Asimismo, estoy adhiriéndole mi experiencia profesionales, basado en la misma práctica, por lo que analizaré el procedimiento iniciado en mérito de la Hoja de Trámite Nº 2014-114476-ZRNºIX/SC-TD del 29.12.2014. Por ello, he tratado de hacer una aproximación y análisis a un caso en concreto, el cual también tendrá como unidad de análisis los Informes Técnicos emitidos por el área catastral y Resoluciones expedidas tanto por la Unidad Registral y Dirección Técnica Registral de la SUNARP, quienes son los competentes para resolver este tipo de procedimiento. Asimismo, abarcaré los conceptos de lo que se le denomina “duplicidad registral” y “superposición registral”, como sus efectos e implicancias a fin de poder determinar las causas que provocan esta patología registral, en el registro de la propiedad inmueble. Origen que se encuentra estrechamente relacionado con las carencias técnicas del sistema catastral de la SUNARP. Problemática que hoy se encuentra muy latente en diversas zonas de nuestro país. Es por ello, que es necesario poder ahondar en este procedimiento de cierre de partida, creado por la SUNARP, y ver en que medida lo soluciona.

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