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Entrevista a José Chiarella Privette : apuntes sobre los últimos convenios de doble imposición

Rodríguez Alzza, Efraín 12 April 2018 (has links)
En la presente entrevista, con motivo de la entrada en vigencia de los últimos Convenios de Doble imposición celebrados por el Perú, se abordan sus distintas implicancias en el desenvolvimiento de la actividad recaudadora estatal, respecto del gravamen de las rentas generadas, tanto por el empresariado nacional como por el extranjero. Para ello, a lo largo de la entrevista, el reconocido doctor Chiarella, realiza un análisis comparativo entre los distintos convenios y nuestra legislación interna, identificando las particularidades y novedades, positivas o negativas, en el tratamiento de temas específicos como la configuración de establecimientos permanentes, tratamiento de intereses, entre otros supuestos. The following interview is conducted under the framework of the coming into force of the last Double Taxation Agreements signed in Peru. It deals with their various implications in the state tax collecting activities, regarding income taxes of foreign and domestic enterprises. The renowned expert on this field, Dr. Chiarella, compares the agreements with our local laws; identifying the positive and negative singularities and novelties in the treatment of specific subjects, such as the configuration of permanent establishments, evaluation of interests, among others.
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Análisis de las variaciones espacio-temporales de la pobreza: Chile 1990-2006

Torres Arellano, Rodrigo Ignacio January 2011 (has links)
Tesis para optar al grado de Magíster en Economía Aplicada / Este trabajo tiene dos objetivos esenciales y a la vez complementarios. Por una parte se cuantifica la influencia del crecimiento, la redistribución del ingreso y las variaciones de los subsidios monetarios en las diferencias a nivel regional, según zona geográfica urbana y rural de la incidencia de la pobreza en el tiempo, en Chile, entre 1990 y 2006, separando los períodos 1990-2000 y 2000-2006. El segundo objetivo consiste en la determinación del efecto que ejercen las diferencias de los ingresos medios, su desigualdad, los subsidios monetarios y la línea de pobreza, en las variaciones de la incidencia de pobreza observadas entre las regiones chilenas, separadas por zonas urbana y rural, en el año 2006. El marco de análisis está basado en el valor de Shapley de la teoría de juegos cooperativa, para su empleo en la descomposición de las diferencias de los índices de pobreza a través del tiempo y el espacio. Los análisis del trabajo se basan en microdatos provenientes de las encuestas CASEN de los años de estudio. Esta información es utilizada para la determinación de los factores de variación de la pobreza, mediante un método que prescinde de las parametrizaciones econométricas usualmente empleadas en este tipo de descomposiciones. Los resultados del trabajo en su dimensión temporal, apuntan a que en el período 1990-2000, la disminución de la incidencia de pobreza a nivel nacional se basó principalmente en el crecimiento económico en las zonas urbanas, pero que en las zonas rurales fue la disminución de la desigualdad, la causa primordial de la merma en la incidencia de pobreza. En el período 2000-2006, el descenso de la incidencia de pobreza en el país, se explica primordialmente por la disminución de la desigualdad, factor predominante en las zonas urbanas, pero secundario en las zonas rurales del país, donde predominó el aumento de los ingresos reales. Los subsidios monetarios muestran ser un factor trascendente en la reducción de la incidencia de pobreza debido a su papel en el incremento del ingreso de los hogares más pobres y a su rol redistributivo, explicando en gran parte, la disminución de la incidencia de pobreza que existió en el país entre 1990 y 2000 debida a razones redistributivas. La descomposición espacial efectuada para el año 2006, identifica a las diferencias de las desigualdades interterritoriales de los ingresos como el factor principal de las diferencias en las incidencias de pobreza en las subregiones urbanas; sin embargo los ingresos muestran poseer una menor importancia que las variaciones de desigualdad en las zonas rurales para explicar las diferencias territoriales en la incidencia de pobreza. La mayor cantidad de subsidios monetarios que perciben las zonas rurales, son la principal causa de que éstas hayan presentado menores niveles de incidencia de pobreza que las zonas urbanas en 2006. Al considerar los ingresos nominales de las zonas rurales, se determina que, la existencia de una menor línea de pobreza y el menor nivel de ingresos autónomos que perciben estos territorios, son los factores primordiales y contrapuestos de las diferencias de incidencia de pobreza en estas zonas del país, con respecto a las urbanas. Los resultados de las descomposiciones señalan la existencia de un trade-offentre las componentes relacionadas con el ingreso y la distribución de éstos; los factores de descomposición relacionados con estas variables tienden correlacionarse inversamente en las descomposiciones tanto temporales como espaciales. No obstante esta correlación se ve aminorada, en su dimensión temporal, al emplear lapsos más amplios de tiempo.
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Análisis de la evolución reciente de la desigualdad y la pobreza en Chile

González Robles, Estefanía January 2011 (has links)
Este trabajo tiene como objetivo hacer un análisis de la evolución de la desigualdad entre los años 2000 y 2009, haciendo uso de los datos entregados por la encuesta Casen de los años 2000, 2003, 2006 y 2009. Los resultados muestran que se ha producido un descenso en la desigualdad de ingresos desde el año 2000, lo cual se refleja en todos los índice de desigualdad. La tendencia más marcada se encuentra en el período 2000 a 2006, mientras que para el período 2006 a 2009 los índices tienden a permanecer constantes. Las principales causas son el mayor crecimiento del ingreso para los deciles inferiores de la distribución de ingresos, la reducción de la desigualdad salarial entre trabajadores con distinto nivel de escolaridad y la menor dispersión de salarios al interior de grupos con mismos niveles de escolaridad. La reducción de la pobreza ha hecho que las brechas de ingresos sean cada vez menores. Factores demográficos tales como la reducción del número de personas por hogar también han contribuido al aumento del ingreso per cápita de los hogares, especialmente de los más pobres.
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Patente municipal : ¿impuesto, contribución especial o tasa?

Letonja Cepeda, , Kristofer Constantino January 2013 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Por medio del presente trabajo se presenta una investigación que tiene como objetivo zanjar la naturaleza jurídica del tributo de patente municipal que regulan los artículos 23 y siguientes del Decreto Ley N° 3.063 de 1979 “Sobre Rentas Municipales”1. En específico, el análisis pretende dar con la correcta calificación de la patente municipal dentro del género de los tributos, dilucidando si es que se trata de un impuesto, de una contribución especial o de una tasa. Con miras a este fin, el trabajo se estructura en dos partes. Una primera parte, en que se propone el marco teórico: se expone sobre el desarrollo doctrinario que en derecho comparado han tenido los distintos tipos de tributos, presentándose además la posición del autor para cada temática específica tratada. Y una segunda parte, en que se presenta un análisis particular del tributo de patente municipal, partiendo de la base del marco teórico propuesto.
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El nuevo pilar solidario en el sistema de pensiones : implicancias sobre la pobreza y la distribución del ingreso en Chile

Órdenes Carvajal, Claudia, Martínez Aguilar, Sandra January 2007 (has links)
SEMINARIO DE TITULO INGENIERO COMERCIAL, MENCION ECONOMIA / En la actualidad los programas pertenecientes al primer pilar del sistema de pensiones no están cumpliendo a cabalidad su objetivo, el de aliviar la pobreza en la vejez. A las Pensiones Asistenciales accede sólo el 15% de los adultos mayores, mientras que a la Garantía Estatal de Pensión Mínima, lo hace menos del 10%. Esta baja cobertura sumada al bajo monto de los beneficios deja al 8% de los adultos mayores sumidos en la pobreza. La reforma previsional intenta solucionar esta situación mediante la creación de un Sistema de Pensiones Solidarias. Este sistema contempla la entrega de una Pensión Básica Solidaria y de un Aporte Previsional Solidario a las personas mayores de 65 años pertenecientes a los tres primeros quintiles de ingreso, considerando el ingreso del grupo familiar. Este nuevo pilar solidario cubriría prácticamente al 100% de sus potenciales beneficiarios y reduciría la pobreza a nivel nacional en un 2% mientras que entre los adultos mayores lo haría en un 7%. Por otro lado, su impacto sobre la distribución de ingreso equivaldría a disminuir el valor del índice de Gini en un 1% a nivel nacional y en un 7% entre los adultos mayores.
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Tratamiento de las rentas pasivas percibidas o devengadas obtenidas de entidades controladas en el extranjero por residentes o domiciliados en Chile (CFC RULES) y su aplicación práctica de los impuestos pagados en el exterior

Arnaiz Vargas, Diego Armando, Gárate López, César Felipe 03 1900 (has links)
TESIS PARA OPTAR AL GRADO DE MAGÍSTER EN TRIBUTACIÓN / Diego Armando Arnaiz Vargas [Parte I], César Felipe Gárate López [Parte II] / Chile, durante la última década se ha encontrado en una coyuntura histórica, respecto de temas como el financiamiento a la educación, repartición equitativa de la riqueza, disminución de la brecha de desigualdad, entre otros. En este sentido, los últimos gobiernos, han intentado hacerse cargo de las demandas sociales que han surgido en el país, adoptando medidas atingentes, a aumentar la recaudación fiscal, así como una mejor distribución de la riqueza. Con mayor precisión, el día 01 de abril del año 2014, mediante el mensaje presidencial N° 24-362, se da a conocer el proyecto de reforma tributaria, que llega con la intención de solucionar principalmente el financiamiento a la gratuidad de la educación. Esta reforma tributaria introduce una serie de modificaciones al sistema de tributación en su conjunto, así como otros ajustes al poder de fiscalización del Servicio de Impuestos Internos, todo esto produciendo un quiebre en el sistema tributario chileno, debido a que desde la década de los ´80, no habían existido cambios reales al sistema tributario integrado. El día 29 de septiembre de 2014, entra en vigencia la Ley N° 20.780, seguida en febrero de 2016 por la Ley N° 20.899 con la simplificación de la reforma tributaria, introduciendo nuevas normas en el ámbito de tributación internacional, en donde Chile se desenvuelve, aumentando los parámetros de tributación de personas naturales o jurídicas con domicilio y residencia en Chile que tengan negocios en el extranjero, así como las empresas no residentes ni domiciliadas en Chile que ingresen capitales extranjeros. Esto en concordancia, con las disposiciones que nacen en la OCDE1, para disminuir las erosiones en los sistemas tributarios en el mundo, erosiones que nacen principalmente por parte de multinacionales2. El fortalecimiento de políticas en el mundo para la lucha contra la elusión fiscal, da origen al denominado plan BEPS3, este último corresponde a un paquete de medidas anti elusivas por parte de empresas multinacionales, dentro de ellas existen medidas como el fortalecimiento en el traspaso de información entre los países miembros de la OCDE4, nuevas directrices para la aplicación de políticas de Precios de Transferencias, prevención de abusos de los tratados para evitar la doble tributación5, fortalecimiento de medidas anti elusión para las CFC6, entre otras, respecto de este último punto hemos querido desarrollar este trabajo, con la finalidad de revelar la importancia del desarrollo de normas locales para enfrentar la elusión tributaria cuando existen inversiones en el extranjero, en donde un contribuyente en Chile mantiene el control, así como la implementación de estas nuevas normas internacionales en el plano local7, respecto del cumplimiento tributario, o el poder de fiscalización que tendrá el Servicio de Impuestos Internos, para evitar esta forma de elusión fiscal. Por otra parte analizaremos los efectos tributarios de los impuestos pagados en el exterior generados por rentas pasivos. Esta y otras dudas, las desarrollaremos en el transcurso de este trabajo.
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Análisis comparativo en la determinación de la renta líquida imponible en régimen ART 14A y 14B

Herrera González, Paola, Buhler Mosler, Ximena 03 1900 (has links)
TESIS PARA OPTAR AL GRADO DE MAGÍSTER EN TRIBUTACIÓN / Paola Herrera González [Parte I], Ximena Buhler Mosler [Parte II] / Al inicio de su mandato la Presidenta Bachelet firmó el proyecto de ley de reforma tributaria sobre la base de los siguientes 4 objetivos:  Aumentar la carga tributaria para financiar, con ingresos permanentes, los gastos permanentes derivados de las políticas públicas, principalmente la reforma educacional, y resolver el déficit estructural en las cuentas fiscales;  Avanzar en equidad tributaria, mejorando la distribución del ingreso;  Introducir nuevos y más eficientes mecanismos de incentivos al ahorro e inversión; e  Impulsar medidas que disminuyan la evasión y la elusión. La reforma tributaria se materializó con la publicación en septiembre de 2014 de la Ley 20.780 que incorporó normas transitorias y una implementación gradual para terminar con efectividad total a contar del 1 de enero del 2017, y con la publicación de la Ley 20.899 en febrero de 2016 la que trajo consigo cambios que buscaban simplificar la coexistencia de los dos regímenes tributarios creados por la reforma. La reforma tributaria, en el conjunto de las dos leyes citadas en el párrafo anterior, ha implicado cambios significativos en el sistema tributario tanto en lo que se refiere a normas del Código Tributario como a los impuestos al Valor Agregado, Global Complementario y Adicional, de Timbres y Estampillas y al Impuesto a la Renta de primera categoría. Precisamente, la atención de este trabajo se centra en el cambio estructural en la tributación de las empresas que declaran impuesto a la renta de primera categoría en base a contabilidad completa y que hasta el 31 de diciembre de 2016 tributan de acuerdo al régimen de artículo 14 letra A de la Ley de Impuesto a la Renta vigente a esa fecha. La primera propuesta de la reforma tributaria se basaba en la tributación de todos los contribuyentes que declaran renta efectiva en base a contabilidad completa bajo un sistema de renta atribuida con retención del 10%, que implicaba un cambio radical en la tributación del contribuyente de impuesto global complementario o adicional puesto que pasaba de una tributación en base a renta percibida a una tributación sobre base devengada. Sin embargo, en julio de 2014 el senado logró un acuerdo en el cual los contribuyentes del artículo 14 letra A de la Ley de Impuesto a la Renta se dividirían a partir del 1 de enero de 2017 en dos nuevos regímenes del nuevo artículo 14: régimen de renta atribuida o de imputación total del artículo 14 letra A; o régimen semi integrado o de imputación parcial del artículo 14 letra B. Las principales diferencias entre ambos regímenes corresponden a la tasa de impuesto de primera categoría, la oportunidad en que se gravan las rentas con los impuestos finales y la imputación del crédito de primera categoría en los impuestos finales. El régimen de renta atribuida del art.14 letra A tiene una tasa de impuesto de primera categoría a partir del 1 de enero de 2017 del 25%, y las rentas que genera la empresa se atribuyen a sus propietarios en el mismo ejercicio comercial para formar parte de la base imponible de los impuestos finales quienes podrán utilizar como crédito al impuesto global complementario o adicional el 100% del crédito por impuesto de primera categoría pagado por la empresa. Por su parte el régimen el artículo 14 letra B tributa con una tasa del 27% (25,5% en 2017) como impuesto de primera categoría, los dueños personas naturales tributan sobre la base de las rentas efectivamente percibidas y sólo el 65% del crédito del impuesto de primera categoría pagado por la empresa podrá ser utilizado como crédito contra el impuesto global complementario o impuesto adicional. El concepto de imputación total se entiende de este modo porque el 100% de lo pagado por la empresa por concepto de impuesto de primera categoría se imputa como crédito de los impuestos finales del impuesto global complementario o impuesto adicional, pagando el propietario persona natural como impuesto la diferencia entre la cantidad calculada como impuesto global complementario o impuesto adicional y el crédito otorgado por el impuesto de primera categoría pagado por la empresa. Por su parte, el sistema de imputación parcial o parcialmente integrada se le conoce bajo este nombre debido a que del impuesto de primera categoría pagado por la empresa sólo el 65% puede ser utilizado como crédito de los impuestos finales del impuesto global complementario o impuesto adicional. La reforma tributaria plantea que los contribuyentes pueden optar entre estos dos nuevos regímenes tributarios, sin embargo no tienen opción de escoger, debiendo incorporarse obligatoriamente al régimen semi integrado, las sociedades anónimas, en comandita por acciones y otras sociedades que no cumplan con las condiciones para acogerse al régimen de renta atribuida. Por otra parte, la reforma tributaria estableció reglas para el resto de las sociedades que teniendo el derecho a optar voluntariamente entre ambos sistemas tributarios, no lo hicieren, definiendo que los empresarios individuales, empresas individuales de responsabilidad limitada, comunidades y sociedades de personas quedan por defecto en el régimen de renta atribuida, mientras que las sociedades por acciones y los contribuyentes del 58 N°1 de la Ley de Impuesto a la Renta quedan en el régimen semi integrado. No pueden optar por el régimen semi integrado aquellas empresas cuyas rentas quedan afectas al impuesto de primera categoría, pero carecen de un vínculo directo o indirecto con personas que tengan la calidad de propietarios, comuneros, socios o accionistas, como es el caso de corporaciones y fundaciones y de empresas en que el Estado tenga el 100% de su propiedad. Para estos efectos, se considerará la organización jurídica que tenga la empresa al 1 de enero del 2017. El período mínimo de permanencia en cualquiera de los regímenes tributarios, renta atribuida o semi integrado, es de 5 años comerciales consecutivos. Aun cuando los contribuyentes acogidos a uno u otro régimen del artículo 14 deberán determinar su renta líquida imponible de primera categoría siguiendo la mecánica establecida en las normas de los artículos 29 al 33 en la misma forma que hasta ahora se rigen los contribuyentes de primera categoría en base a renta efectiva según contabilidad completa, la ley 20.899 estableció un cambio en el artículo 33 número 5 que indica como agregado a la renta líquida de un contribuyente del artículo 14 letra A los dividendos o retiros percibidos de inversiones en otras sociedades y su respectivo incremento. El análisis de este cambio será la base de este trabajo para determinar si las empresas que se acojan al régimen del artículo 14 letra A tienen una carga de impuesto a la renta de primera categoría más gravosa al incorporar como base de su renta líquida las rentas que provienen de otra empresa que ya tributaron en primera categoría en el régimen del 14 B y que tienen como crédito sólo el 65% de ese impuesto ya pagado. También analizaremos el efecto de la aplicación del beneficio de incentivo a la inversión que establece el artículo 14 ter letra C de la Ley de Impuesto a La Renta, que como veremos más adelante tiene la misma mecánica de aplicación en el año en que se ejerce la opción, pero que afecta en forma distinta para uno u otro régimen en los períodos tributarios siguientes.
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Efectos tributarios comparados acerca de la generación y consumo de rentas de acuerdo a reformas tributarias contenidas en las leyes 20.630 de 2012, 20.780 de 2014 y 20.899 de 2016

Estay Valdés, Renato, Casanova Cabrera, Elías 20 September 2017 (has links)
TESIS PARA OPTAR AL GRADO DE MAGÍSTER EN TRIBUTACIÓN / Renato Estay Valdés [Parte I], Elías Casanova Cabrera [Parte II] / El Estado necesita financiar aquellas prestaciones que la sociedad requiere, donde el mercado no puede llegar o no ha sabido solucionar. Por ejemplo, la seguridad pública y defensa nacional, entre otros. Para ello, el legislador consideró necesario reformar algunas normas contenidas en las leyes tributarias para lograr recaudar fondos que le permitan ampliar y continuar financiando demandas sociales. Por lo tanto, fue necesario modificar ciertas normas, prácticas y beneficios que tenían los contribuyentes que impedían que el estado pudiese recaudar más fondos. Al momento de implementar estas reformas tributarias, el estado podría recaudar más dinero, comparativamente del que recaudaba antes de las reformas tributarias. Básicamente, este trabajo busca contestar la interrogante si con la implementación de las últimas reformas tributarias las personas aún pueden erosionar la base de impuestos o dicho de otra manera, aún la legislación tributaria corrigió las erosiones en la base imponible.
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Análisis de normativa tributaria aplicable a los fondos de inversión regulados por la Ley 20.712 respecto de rentas de fuente extranjera

Munita Irarrázabal, María Magdalena January 2019 (has links)
Actividad formativa equivalente a tesis (AFET) para optar al título de magíster en derecho tributario.
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Predicción de rentas en Santiago de Chile utilizando algoritmos de aprendizaje automático

Chardon Schirm, Isabelle January 2019 (has links)
Memoria para optar al título de Ingeniera Civil / En este trabajo se aplican tres algoritmos de aprendizaje automático al problema de predicción de rentas de bienes inmobiliarios en la ciudad de Santiago de Chile por primera vez. Se dispone de una base de datos de 600.902 transacciones de casas y departamentos efectuadas entre los años 2007 y 2018, facilitada por la empresa TocToc.com, especialista en georreferenciación y tasación de bienes inmobiliarios. Se comparan una red neuronal, un algoritmo de máquinas de vectores de soporte para la regresión (SVR) y un bosque aleatorio (conjunto de árboles de regresión) para la predicción de rentas de departamentos en la comuna de La Florida. Los errores absolutos porcentuales medios obtenidos son de 19,17%, 14,69% y 9,67% respectivamente, por lo que el bosque aleatorio es el algoritmo más preciso para la predicción de rentas. Además, el bosque aleatorio funciona tanto con muestras pequeñas como con muestras grandes, mientras el poder predictivo de la red neuronal y del algoritmo SVR baja al reducir el tamaño de la muestra. También se observa que baja el error absoluto porcentual medio cuando la variable de precio a predecir es el valor del metro cuadrado y no el precio total del departamento, en concordancia con las conclusiones de Antipov y Pokryshevskaya (2012). Luego, se construyen distintas muestras según ingresos comunales y por región geográfica para predecir rentas de departamentos utilizando el bosque aleatorio, con lo que se calcula la importancia de los atributos de los bienes según el método de importancia de Gini (Breimann, 2001). Las variables que más contribuyen en la determinación de los precios de los bienes son el año de venta, el ingreso promedio de los hogares por comuna y el índice de calidad calculado por el Servicio de Impuestos Internos, que representa la calidad estructural y la antigüedad de los departamentos. Cuando mejora el índice de calidad y aumenta el ingreso promedio de los hogares suben la rentas de los departamentos. Este último resultado también ha sido encontrado en Santiago de Chile por Figueroa (1992).

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