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Análisis Jurídico a la Resolución del Tribunal Fiscal N° 08278-9-2018

Cueva Chil, Angel Rodrigo 28 June 2022 (has links)
El principal problema del caso resuelto mediante la Resolución del Tribunal Fiscal N° 08278-9-2018 está relacionado al reparo efectuado por SUNAT, correspondiente a la depreciación del impuesto a la renta del ejercicio 2009, de aquello activos fijos adquiridos mediante contratos de arrendamiento financiero (leasing). Dicho reparo es confirmado por el Tribunal Fiscal, debido a que el contribuyente (en adelante la Empresa) no pudo acreditar que puso en funcionamiento, tales activos, de manera posterior a la fecha de suscripción de los contratos correspondientes. En tal sentido, se debía de computar la depreciación exclusivamente durante la vigencia de los referidos contratos, por lo tanto, aquella depreciación acelerada cargada al costo de ventas no sería deducible para efectos del impuesto a la renta del ejercicio 2009. Ello en virtud del artículo 18° del Decreto Legislativo No. 2991 en concordancia con el inciso c) del artículo 22° del Reglamento de la Ley del Impuesto a la del Impuesto a la Renta2 . De la referida resolución se puede verificar como el Tribunal Fiscal avala la posición sustentada por el contribuyente, no obstante, resuelve de una manera diametralmente opuesta y declara infundado el recurso de reclamación. Por ello, el primer objetivo principal de este artículo es dilucidar la importancia a la debida motivación dentro de las resoluciones emitidas por el referido tribunal, y en virtud de los parámetros esbozados determinar si en este caso de vulnero o no este derecho. El segundo punto importante que se desarrollara, tomando como base la referida resolución, es la valoración de los medios probatorios aportados durante el procedimiento contencioso tributario. Se buscará comentar y sentar algunas directrices objetivas con la finalidad de efectuar una adecuada valoración de estos, tratando de reducir el ámbito discrecional de la administración.
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Los gastos por responsabilidad social empresarial incurridos por el sector extractivo en el Perú y su tratamiento como gasto deducible para efectos de la determinación del impuesto a la renta

Mogrovejo Chauca, Marcos Piero 17 May 2022 (has links)
La importancia del sector extractivo en nuestro país como factor de desarrollo y crecimiento, radica sin lugar a dudas, en el impacto que genera en la cadena productiva, comercial y de generación de empleo nacional, lo cual resulta importante para el sostenimiento de la dinámica económica ya que esta actividad implica la apuesta de grandes inversiones por parte de importantes conglomerados empresariales extranjeros como nacionales que buscan posicionarse en el mercado mundial de la comercialización de minerales y explotación de recursos naturales. Siendo este el escenario en el cual confluyen además las exigencias propias de un mundo globalizado, las empresas del sector en aras de establecer un equilibrio entre el mantenimiento de su producción y el desarrollo local de las poblaciones cercanas al proyecto han comenzado a incluir progresivamente en sus planes estratégicos programas de responsabilidad social empresarial (RSE). Sin embargo, el tratamiento tributario respecto a la deducibilidad sobre este tipo de gastos no ha encontrado uniformidad en los pronunciamientos de las principales entidades resolutoras, encontrándose criterios divergentes, como el que sostiene la Administración Tributaria (SUNAT) la cual ha considerado por desestimar en diversas oportunidades la posibilidad de deducir estos desembolsos al no considerarlos necesarios para producir y/o mantener la fuente generadora de renta calificándolos como meras liberalidades; no obstante, también se perfila una postura más amplia asumida progresivamente por el Tribunal Fiscal, en ciertos casos obedeciendo a pronunciamientos de la Corte Suprema de Justicia en sede de casación. Esta situación genera una afectación a los contribuyentes debido a la falta de seguridad jurídica que se otorga a sus inversiones lo que pudiera traer como consecuencia posibles perjuicios económicos debido a la pérdida del escudo fiscal de dichos gastos. El presente trabajo de investigación desarrolla una revisión doctrinaria, legislativa y jurisprudencial de las implicancias tributarias y constitucionales que se suscitan al pretender la deducción sobre este tipo de gasto, además se busca determinar los alcances y límites del principio de causalidad y la importancia de la fehaciencia de los gastos realizados a fin de determinar si en efecto tales gastos deben considerarse como deducibles, tomando en cuenta los principales gastos por RSE incurridos por empresas extractivas.
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Informe sobre la Resolución N° 06322-2-2019

Rojas Zaga, Robert Arturo 25 February 2021 (has links)
El presente trabajo tiene como objeto evidenciar ciertas deficiencias en la interpretación de los pronunciamientos del Tribunal Constitucional vertidos en las sentencias recaídas en los expedientes Nos. 04082-2012-PA/TC y 04532-2013-PA/TC, referidos a la constitucionalidad de la aplicación de las reglas de actualización de la deuda tributaria: (i) capitalización de intereses moratorios; y, (ii) cómputo de intereses moratorios fuera del plazo legal para resolver los recursos de reclamación y apelación. Para estos efectos, se analiza la Resolución No. 06322-2-2019, mediante la cual el Tribunal Fiscal desestima la pretensión de FAMESA EXPLOSIVOS S.A.C. de que se inaplique las referidas reglas. Ello, en razón de que durante el procedimiento contencioso-tributario no se habría vulnerado el derecho al plazo razonable, puesto que el caso calificaría como complejo, lo cual lo diferenciaría de los casos resueltos por el Tribunal Constitucional. Al respecto, se advierte que el Tribunal Fiscal no ha identificado de manera adecuada los criterios utilizados por el Tribunal Constitucional para: (i) determinar la afectación del derecho al plazo razonable; e, (ii) inaplicar las referidas reglas de actualización de la deuda tributaria. Contrario a lo que presupone el Tribunal Fiscal, se concluye que la afectación del derecho al plazo razonable no solo se basa en analizar la complejidad del asunto, sino intervienen otros criterios de naturaleza objetiva. Asimismo, se advierte que la afectación de dicho derecho no incide en la actualización de la deuda tributaria; puesto que la vulneración de los derechos y principios que evalúa el Tribunal Constitucional para inaplicar las referidas reglas de actualización son el principio de razonabilidad y el derecho a recurrir decisiones de la Administración. La dilucidación de los aspectos planteados permite evidenciar la falta de criterios metodológicos para la correcta aplicación de los criterios establecidos por el Tribunal Constitucional, lo cual adquiere relevancia con la constitucionalización del Derecho.
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Locus Standi in the Law of Administrative Process in Tax Matters / Legitimación Activa en la Ley del Proceso Contencioso Administrativo en Materia Tributaria

León Pinedo, Silvia 10 April 2018 (has links)
The article begins by recognizing that the Administrative Process in Peru is full jurisdiction, protects the legal situations in addition to control the legality of the administrative acts. Then the author examines the Tax Administration, specifically if SUNAT has active legitimacy to sue in a Contentious Administrative Process against the decision issued by the Tax Court that revoked or annulled their administrative acts, concluding that it does not have legitimacy but, exceptionally, according to article 157 of the Tax Code, can sue when SUNAT demonstrates that RTFs are not according to the parameters of article 10 of the General Administrative Procedure Act, confirming that the causal most used by SUNAT are those of the numeral 1 and 2, referred to the resolutions which cause serious disability vice, which, according to the author, is not the same as a different interpretative approach. Finally, the author concludes that for tax issues does not apply the second paragraph of Article 13 of the Law on Administrative Process; apply the article 157 of the Tax Code, as the special rule. / El presente artículo parte por reconocer que el proceso contencioso administrativo en el Perú es de plena jurisdicción, esto es, que protege las situaciones jurídicas de los administrados además de la legalidad del acto administrativo.Así, se lleva a cabo un análisis sobre la legitimidad activa de la Administración Tributaria, específicamente la SUNAT, para interponer una demanda contencioso administrativa contra la Resolución emitida por el Tribunal Fiscal (RTF) que revocó o anuló su acto administrativo concluyendo que no la tiene pero que, excepcionalmente, de acuerdo al artículo 157° del Código Tributario, podría demandar cuando demuestre fehacientemente que la RTF es nula de acuerdo a los parámetros del artículo 10° de la Ley del Procedimiento Administrativo General (LPAG), constatándose que las causales más utilizadas por la SUNAT son las del numeral 1 y 2 de dicha norma, referidas a aquellas resoluciones que tengan un vicio grave de invalidez, lo que, según la autora, no es lo mismo que un distinto criterio interpretativo. Por último, se señala que en relación a los temas tributarios no resulta aplicable el segundo párrafo del artículo 13º de la Ley del Proceso Contencioso Administrativo si no el referido artículo 157° del Código Tributario, al ser la norma especial.
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The Reasonable Doubt in Customs and the Limits to its Exercise: How and when to apply it? / La Duda Razonable en Aduanas y los Límites a su Ejercicio: ¿Cómo y Cuándo Aplicarla?

Vargas Acuache, Christian 10 April 2018 (has links)
A Reasonable Doubt is the act by which the Customs communicates the importer that doubts that this has declared the customs value in compliance with the valuation rules properly, requiring information and documentation necessary to verify that they have properly followed the rules valuation. In this article as we explore the conceptual and procedural aspects of management prerogative, we will try to find the limits to their exercise from the time, space and material point of view consistently (in concordance) with the rights and obligations of taxpayers. / Una Duda Razonable es el acto a través del cual la Aduana comunica al importador que duda que éste haya declarado el valor en aduanas cumpliendo las reglas de valoración adecuadamente, requiriendo la información y documentación que sea necesaria para verificar que se han cumplido adecuadamente con las reglas de valoración. En este artículo mientras analizamos los aspectos conceptuales y procedimentales de esta prerrogativa de la administración, trataremos de encontrar los límites a su ejercicio desde el punto de vista temporal, espacial y material en concordancia con los derechos y obligaciones de los contribuyentes.
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The Legal Interpretation: Proposals for its Application in Tax Law / La Interpretación Jurídica: Propuestas Para su Aplicación en el Derecho Tributario

Donayre Lobo, Gabriel 10 April 2018 (has links)
The first half of this report contains the concept of interpretation and its relationship with the written language. In addition, it proposes how the ambiguity of the language is one of the main problems for legal interpretation. The second half of this report establishes which components of the legal interpretation are, from a theoretical perspective –according to doctrine and practice– following jurisprudence, criteria and methods of interpretation allowed in Law. This part also proposes a route for the legal interpretation in Tax Law. The third part of this report contains the interpretation of two resolutions from the Tax Court following the described route. / En la primera parte del artículo se determina el concepto de interpretación y su relación con el lenguaje escrito. Asimismo, se plantea la ambigüedad como uno de los principales problemas que se presenta en la comprensión del lenguaje escrito, así como en la interpretación jurídica. En la segunda parte del artículo se plasman los componentes de la interpretación jurídica, desarrollando desde un punto de vista teórico-doctrinario y práctico-jurisprudencial, los criterios y métodos de interpretación admitidos por el Derecho. Asimismo, se propone un itinerario para la interpretación en el Derecho Tributario. En la tercera parte se desarrolla la interpretación de dos resoluciones del Tribunal Fiscal, utilizando el itinerario propuesto.
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Concept of Sale for the Purposes of the General Tax on Sales / Concepto de Venta Para Efectos del Impuesto General a las Ventas

Ruiz de Castilla Ponce de León, Francisco J. 10 April 2018 (has links)
The definition of sale can be determined in several ways depending on the law branch that is studying the sale, however, for tax purposes, the sale takes a different connotation which tries to be elucidated in the current article, in which is taken into account the Tax on the General Sales (IGV) as the resolutions of the Tax Court. Furthermore, it is intended to elucidate the fact that constitutes the sale for IGV in which is called the self-governing of the Taxation Law. / El concepto de venta puede ser determinado de diversas maneras según la rama del Derecho que estudie la venta; sin embargo, para efectos tributarios, la venta toma otra connotación que intenta ser dilucidada en el presente artículo, en el que se toma en cuenta, tanto la ley del Impuesto General a las Ventas (IGV) como las resoluciones del Tribunal Fiscal. Así mismo, se intenta dilucidar el hecho que constituye venta para efectos del IGV, en donde se apela a la autonomía del Derecho tributario.
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Le droit fiscal à l'épreuve de la mondialisation : la règlementation des prix de transfert au Sénégal

Ba, El Hadji Dialigue 07 July 2011 (has links) (PDF)
Symbole de la souveraineté de l'État, le droit fiscal est fortement éprouvé par la mondialisation.Les prix de transfert en sont un témoignage éloquent. Les règles en matière de détermination desprix de transfert ne garantissent pas un résultat exact. Le principe de pleine concurrence estd'application délicate. Les comparables qui en assurent la bonne application ne sont pas toujoursdisponibles. Dès lors, la justification des prix de transfert est souvent difficile et parfoisimpossible. À ce titre, la réglementation sénégalaise doit être mise à jour, notamment dans le sensde prévoir les méthodes nouvelles de détermination des prix de transfert et des obligationsdocumentaires spécifiques.Du fait du caractère limité du contrôle unilatéral des prix de transfert, les États développent deplus en plus la coopération internationale. Mais, pour utile qu'elle soit, la coopération fiscaledemeure elle aussi limitée. C'est pourquoi, le Sénégal doit s'inspirer de l'expérience des pays del'OCDE pour instituer une politique d'accords préalables en matière de prix de transfert. De lamême manière, il est nécessaire d'instituer, à titre transitoire, un régime de protection fiscale. Cesmécanismes de contractualisation et de facilitation fiscales sont très efficaces, mais demeurentégalement limités.Le meilleur moyen de contrôler les prix de transfert qui sont un phénomène transnational estd'adopter une stratégie au niveau supranational. La communauté des États ne saurait fairel'économie de la création d'un ordre fiscal mondial. Ce nouvel ordre devra reposer sur une lexfiscalia et une aequitas fiscalia vectrices d'un droit commun fiscal mondialisé élaboré et mis enoeuvre à travers une véritable gouvernance fiscale mondiale qui ne doit pas laisser en rade lespays en développement, sous la supervision d'un observatoire mondial des prix de transfert et lecontrôle d'un tribunal fiscal international.
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Strictly speaking, are they not Corporate Reorganizations? The Negative / Neutral Equity Blocks and the RTF No. 10923-8-2011: Some considerations and proposals for change / En rigor, ¿no constituyen Reorganizaciones Societarias? Los Bloques Patrimoniales Negativos/ Neutros y la RTF No. 10923-8-2011: Algunas consideraciones y propuestas de cambio

Tarazona Ospina, Gustavo Enrique 10 April 2018 (has links)
In the last years, the Peruvian Tax Court has been considered that a corporate spin off where a company transfers a “neutral” or “negative” equity block does not qualifies as a real spin off, hence it should apply the tax rules as if this operation was a common sale. The author analyzes this criterion, and concludes that spin off where a company transfers a “neutral” or “negative” equity block, constitutes a real spin off. As a consequence, it must apply the special tax rules established for the corporate spin off. / En los últimos años, el Tribunal Fiscal Peruano ha considerado que las reorganizaciones societarias en donde se segreguen bloques patrimoniales negativos/neutros no son verdaderas reorganizaciones societarias para efectos tributarios, y por consiguiente se les aplicaría las normas tributarias previstas para las enajenaciones comunes. El autor analiza dichos pronunciamientos, concluyendo que las reorganizaciones societarias con bloques patrimoniales negativos/neutros, sí constituyen verdaderas reorganizaciones societarias para todos los efectos y por ende, les son aplicables las normas tributarias especiales previstas para reorganizaciones societarias.
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Le droit fiscal à l'épreuve de la mondialisation : la règlementation des prix de transfert au Sénégal / Tax law and the test of globalization : regulating transfer pricing in Sénégal

Ba, El Hadji Dialigue 07 July 2011 (has links)
Symbole de la souveraineté de l’État, le droit fiscal est fortement éprouvé par la mondialisation.Les prix de transfert en sont un témoignage éloquent. Les règles en matière de détermination desprix de transfert ne garantissent pas un résultat exact. Le principe de pleine concurrence estd’application délicate. Les comparables qui en assurent la bonne application ne sont pas toujoursdisponibles. Dès lors, la justification des prix de transfert est souvent difficile et parfoisimpossible. À ce titre, la réglementation sénégalaise doit être mise à jour, notamment dans le sensde prévoir les méthodes nouvelles de détermination des prix de transfert et des obligationsdocumentaires spécifiques.Du fait du caractère limité du contrôle unilatéral des prix de transfert, les États développent deplus en plus la coopération internationale. Mais, pour utile qu’elle soit, la coopération fiscaledemeure elle aussi limitée. C’est pourquoi, le Sénégal doit s’inspirer de l’expérience des pays del’OCDE pour instituer une politique d’accords préalables en matière de prix de transfert. De lamême manière, il est nécessaire d’instituer, à titre transitoire, un régime de protection fiscale. Cesmécanismes de contractualisation et de facilitation fiscales sont très efficaces, mais demeurentégalement limités.Le meilleur moyen de contrôler les prix de transfert qui sont un phénomène transnational estd’adopter une stratégie au niveau supranational. La communauté des États ne saurait fairel’économie de la création d’un ordre fiscal mondial. Ce nouvel ordre devra reposer sur une lexfiscalia et une aequitas fiscalia vectrices d’un droit commun fiscal mondialisé élaboré et mis enoeuvre à travers une véritable gouvernance fiscale mondiale qui ne doit pas laisser en rade lespays en développement, sous la supervision d'un observatoire mondial des prix de transfert et lecontrôle d’un tribunal fiscal international. / As a symbol of State sovereignty, tax law is strongly afflicted by globalization and transferpricing are an eloquent testimony. The rules for determining transfer pricing do not guarantee anexact result. The arm’s length principle is difficult to apply and the comparables that ensure theproper implementation are not always available. Therefore, the justification for transfer pricing isoften difficult and sometimes impossible. Senegalese law must be updated, particularly in thesense of providing new methods of determining transfer pricing and specific documentationrequirements.Because of the limited nature of unilateral control, States are increasingly developinginternational cooperation. But, however useful it may be, tax cooperation remains limited.Therefore, Senegal must learn from the experience of OECD countries to institute a policy ofadvanced pricing agreements (APA). Similarly, it is necessary to establish, provisionally, asystem of tax protection. These contracting mechanisms and tax incentives are very effective, butremain also limited.The best way to control transfer pricing, which is a transnational phenomenon, is to adopt asupranational strategy. The community of States cannot do without creating a worldwide taxorder. This new order is based on both a lex fiscalia and an aequitas fiscalia as vectors of a globaltax law that is developed and implemented through truly global tax governance under thecontrol of an International Tax Tribunal, which should not leave stranded developing countries.

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