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¿Cómo diferenciar los estereotipos de género de las máximas de experiencia?: evaluación crítica de las propuestas doctrinarias y el ensayo de una alternativaRafaele Bautista, Ghecenia Vélgika 20 May 2024 (has links)
En la presente tesis, abordamos la confusión recurrente entre máximas de experiencia
válidas y estereotipos de género en la labor judicial de la valoración de la prueba penal.
Consideramos que esta confusión no solo genera problemas en la valoración y
motivación de la prueba, sino que también impacta directamente en las decisiones
judiciales, permitiendo un amplio margen de errores que resultan en la impunidad de
delitos relacionados con la violencia de género. Esta problemática ha impulsado la
propuesta de alternativas desde sectores doctrinarios y sociales, que buscan responder a la
interrogante de cómo diferenciar las máximas de experiencia de los estereotipos de
género. En ese sentido, el objetivo principal de este trabajo es comprender la naturaleza
de estos conceptos y determinar una vía idónea para lograr su diferenciación. En los
primeros capítulos, realizaremos un estudio epistémico de las máximas de experiencia y
los estereotipos de género, así como su actuación dentro de la inferencia judicial.
Finalmente, examinaremos las aproximaciones doctrinarias para distinguir los
estereotipos de género de las máximas de experiencia válidamente formuladas,
culminando con la propuesta de una solución desde la argumentación jurídica para lograr
nuestro objetivo principal. / In this thesis, we address the recurrent confusion between valid maxims of experience
and gender stereotypes in the judicial work of evaluating criminal evidence. We consider
that this confusion not only generates problems in the assessment and motivation of
evidence, but also has a direct impact on judicial decisions, allowing a wide margin of
errors that result in the impunity of crimes related to gender violence. This problem has
prompted the proposal of alternatives from doctrinal and social sectors, which seek to
answer the question of how to differentiate the maxims of experience and gender
stereotypes. Therefore, the main objective of this work is to understand the nature of
these concepts and to determine a suitable way to achieve their differentiation. In the first
chapters, we will carry out an epistemic study of the maxims of experience and gender
stereotypes, as well as their performance within judicial inference. Finally, we will
examine the doctrinal approaches to distinguish gender stereotypes from validly
formulated maxims of experience, culminating with the proposal of a solution from legal
argumentation to achieve our main objective.
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La sumariedad en el proceso de desalojo por cláusula de allanamiento a futuroGranados Manzaneda, Hugo Jurgen 21 June 2023 (has links)
La presente investigación se centra en identificar el rol de la denominada “cláusula de
allanamiento a futuro” en el proceso de desalojo como técnica de sumarización insertada
por la nueva regulación del artículo 594 del Código Procesal Civil dispuesta por la Ley
30201. También tiene el propósito de analizar su contraste con otras instituciones del
derecho procesal como la acumulación procesal, el derecho de defensa y el derecho a la
prueba. Para ello, se busca establecer las formas y características que la sumarización de
procesos adopta sobre el derecho de contradicción en la doctrina y legislación comparadas,
así como analizar la estructura del proceso de desalojo establecida por la Ley 30201 y su
aplicación conforme a la judicatura de nuestro país.
La línea de investigación a la que corresponde este trabajo es la establecida como “Tutela
jurisdiccional diferenciada y procesos especiales” y el criterio para recoger y seleccionar la
información es afín al método histórico –dogmático, con análisis de las instituciones
procesales referidas a nivel doctrinario, de legislación comparada y de su aplicación por
nuestra judicatura.
Luego de finalizada la misma, se consigue comprobar que el texto establecido en el artículo
594 del Código Procesal Civil, refleja una falta de precisión por parte del legislador en
cuanto a la sumariedad aplicada a través de la cláusula de allanamiento a futuro en los
contratos de desalojo; asimismo, se ha encontrado que las interpretaciones del artículo 594
del Código Procesal Civil efectuadas por la judicatura otorgan a la referida cláusula de
allanamiento a futuro es de distinta naturaleza jurídica, lo que repercute en la efectividad de
la decisión final. / This investigation focuses on identifying the role that the rule 594 of the Peruvian Civil
Procedure Code -that introduced since 2014 a so-called prospective submission clause for
eviction- plays for summary remedies theory and to comprehend its application and
influence onto other aspects of procedural law. To fulfill this goal, first we seek to establish
the common specialists’ consensus regarding how summary remedies should be elborated,
the basis and the accepted ways how fundamental rights, as the right of defense, can be
legitimately affected when looking for efficiency; then, we analyze the new structure of the
eviction procedure established since the 2014 amendment and the way how the judicial
branch applies it in real cases.
This work can be labeled as a research in "Differentiated judicial protection and special
procedures" issues, and the criteria for collecting and selecting the information is akin to the
historical-dogmatic method, with an analysis of procedural issues in specialists’ opinion,
comparative law and judicial branch’s applying.
Concluding this research, it is possible to assure that the new rule 594 of the Civil
Procedure Code represents a regulation lacking of precision about how summary
procedures principles should be applied; likewise, it has been found that there is an unclear
interpretation of the submission clause for eviction by the judicial branch, which affects its
efficiency.
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Informe del Expediente N°3-2007/CC, Proceso Competencial de la Municipalidad Distrital de Surquillo vs. La Municipalidad Distrital de MirafloresQuispe Carlos, Patricia Pilar 15 June 2022 (has links)
El presente informe tiene como propósito realizar un análisis de la sentencia N°
0003- 2007- PC/TC, la cual versa sobre las materias de Derecho Administrativo
y Derecho Constitucional. La sentencia se dio el 21 de noviembre del año 2007,
asimismo, en ella se resolvió sobre un proceso competencial entre la
Municipalidad Distrital de Surquillo como sujeto demandante y la Municipalidad
Distrital de Miraflores como sujeto demandado. En el conflicto de carácter
competencial, la Municipalidad Distrital de Surquillo alegó que se vulneraron las
competencias de carácter constitucional previstas en los artículos número 194,
195.3 y 195.5 por parte de la Municipalidad Distrital de Miraflores. Esta
vulneración fue producto del Acuerdo de Concejo N° 032- 2007- MM. El señalado
acuerdo aprobaba la privatización del inmueble Mercado de Abastos N°1, así
como también disponía la conformación de un Comité Especial de Privatización
para poder llevar a cabo el enunciado proceso. Empero, el inmueble sobre el
que versa el acto administrativo se encuentra geográficamente localizado en
territorio que se encuentra demarcado y denominado actualmente como el
distrito de Surquillo, el cual se creó mediante Decreto Ley N° 11053 en el año
1949. De esta manera, en el presente informe, se realiza un análisis de la
sentencia que contiene, para aquel fin, la identificación de problemas jurídicos
del caso, de los conceptos jurídicamente relevantes, y tendrá como producto la
toma de posición de la autora sobre la resolución del caso. La conclusión del
informe se encuentra a favor de la decisión tomada por el Tribunal
Constitucional, en la medida que se considera que el hecho de que no se haya
traspasado la titularidad del inmueble mediante algún documento específico que
dicte aquello no implica que la Municipalidad Distrital de Miraflores pueda
transgredir los principios del Estado Constitucional de Derecho, como lo es, en
específico, el principio de competencia territorial.
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El Recurso de Apelación de la resolución de prórroga en el Código Penal Militar PolicialArrambide Lefiman, Andrea Carolina 13 August 2020 (has links)
El presente trabajo tiene por finalidad demostrar una problemática respecto a la
interpretación de las decisiones impugnables normada en el artículo 439.b del Código
Penal Militar Policial, el cual presenta vacío en su regulación, siendo una de las más
significativas la impugnación de resoluciones que declara fundada o infundada la
prórroga de investigación preparatoria, teniendo en consideración que el superior en
grado interpreta que al no estar taxativamente señalada la resolución antes
mencionada, no se puede apelar, por lo que se puede observar la posible vulneración
al principio de doble instancia, derecho del debido proceso y al plazo razonable, por
lo que, considero que la interpretación del artículo 439.b del Código Penal Militar
Policial que realiza el Fuero Militar Policial, no es la correcta, ya que se está
restringiendo el derecho de impugnar, en consecuencia se está vulnerando el debido
proceso, pues en ocasiones el juez falla subjetivamente o no conforme a ley. Es por
ello que, la debida interpretación es la de no limitar el derecho a impugnar la
resolución que declara fundado o infundado el requerimiento de prórroga de plazo
de investigación preparatoria con la finalidad que no se vulneren las garantías,
principios y derechos de las partes a fin de cumplir con el debido proceso.
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El derecho al plazo razonable en la NLPT. Su estudio en los juzgados y salas laborales permanentes de la CSJLIMA 2017-2022Mamani Luque, Isabel 04 September 2024 (has links)
La presente investigación se propone describir y explicar las causas subyacentes a la falta
de cumplimiento del plazo razonable en los juzgados y salas laborales permanentes de la
CSJLIMA durante los años 2017 al 2022. Partiendo de la premisa de que el derecho al
plazo razonable se configura como un derecho fundamental, intrínsecamente vinculado al
debido proceso y tutela jurisdiccional efectiva, se constata una sistemática transgresión de
este derecho en los órganos jurisdiccionales de Lima, con graves consecuencias para
miles de trabajadores. La investigación explora la magnitud de este problema mediante la
revisión de principios y jurisprudencia nacional e internacional sobre el plazo razonable,
cotejándolos posteriormente con la realidad del sistema judicial laboral en la CSJLIMA.
Los resultados revelan una situación alarmante debido a que los procesos laborales en
Lima exceden ampliamente los plazos considerados razonables por el TC y la CIDH. Esta
disfunción procesal priva a los justiciables de su derecho a una resolución oportuna y
expedita. Finalmente, esta investigación propone alternativas de solución concretas para
reformar el sistema y garantizar procesos laborales céleres y oportunos.
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Informe sobre Expediente de Relevancia N° 535-2002, E- 1731, denuncia contra Magda CM por el delito de secuestroJanampa Almora, Ana Dora 02 September 2024 (has links)
El presente informe contiene un análisis jurídico del proceso penal que, en vía ordinaria,
tuvo como imputada a Magda CM por la presunta comisión del delito contra la Libertad -
Secuestro, en agravio de Miguel Ángel PR. Este proceso se tramitó en Lima, entre 1998
y 2002, bajo los parámetros del Código de Procedimientos Penales.
El expediente permite analizar las figuras del estado de necesidad justificante y el error
de prohibición, debido a la divergencia entre las decisiones de la Corte Superior de
Justicia de Lima y la Corte Suprema para determinar si Magda CM fue responsable del
delito de secuestro, de igual manera, se suma a dichas figuras, el error de tipo como
posible solución.
Asimismo, el presente caso da lugar a reflexionar sobre la posibilidad de aplicar la
perspectiva de género en la figura del estado de necesidad justificante, específicamente,
en el requisito de la acción necesaria que tiene como punto de medida al hombre medio
razonable. Por otro lado, se analiza si se debió admitir a trámite el recurso de nulidad
presentado por el abogado defensor de la imputada Magda CM, bajo los parámetros del
Código de Procedimientos Penales y si sería posible que la Corte Suprema admita a
trámite un supuesto similar bajo la aplicación del Código Procesal Penal del 2004.
Además, se realiza un análisis sobre la viabilidad de que los delitos imputados (secuestro,
coacción y violación de domicilio) puedan haberse configurado efectivamente, o si,
realmente, ocurre un concurso aparente de leyes.
El análisis antes indicado, se fundamenta en una revisión exhaustiva de las normas,
doctrina y jurisprudencia relativas al Derecho Penal y Derecho Procesal Penal peruano.
Finalmente, se concluye por la aplicación del error de prohibición a favor de Magda CM
teniendo en cuenta su condición personal y las circunstancias en que se desarrollaron los
hechos materia de imputación.
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Informe Jurídico sobre el V Pleno Casatorio CivilRiveros Flores, Caleb 18 August 2021 (has links)
La Corte Suprema en el Quinto Pleno Casatorio Civil determinó que el artículo 92 del Código Civil es una norma especial, por consiguiente, un acuerdo asociativo solo puede ser cuestionado conforme lo establece dicha disposición normativa. En el presente informe jurídico critico la posición de la Corte Suprema y analizo los problemas jurídicos identificados en el caso concreto materia del Quinto Pleno Casatorio Civil. Asimismo, planteo mi posición con respecto a dichos problemas jurídicos a fin de determinar tanto los alcances del artículo 92 del Código Civil, así como determinar el remedio jurídico que
la Corte Suprema debió aplicar en el caso concreto. Mi posición es que la impugnación de acuerdos asociativos regulado en el artículo 92 del Código Civil no es un remedio especial, y, en ese sentido, las causales de nulidad u anulabilidad reguladas en los artículos 219 y 221 del Código Civil no se rigen por dicha disposición normativa. Asimismo, sostengo que la impugnación de acuerdos asociativos es un remedio jurídico de anulabilidad con causales y plazos fijados por el citado artículo, que cuenta el asociado legitimado frente a contravenciones a la ley o a las disposiciones estatutarias. Además,
indico el impacto en sede registral sobre las cuestiones planteadas en el Quinto Pleno Casatorio Civil
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La Calidad de Cosa Juzgada en el Laudo Arbitral del Expediente N° 289- 59-12, y su importancia en las controversias en el Régimen de Contrataciones del Estado establecido en la Ley N° 28650, El Texto Único Ordenado y el ReglamentoEchandia Moreno, Tania Miluska 18 August 2021 (has links)
El presente trabajo tiene como finalidad estudiar uno de los aspectos más importantes en temas arbitrales, que es la calidad de cosa juzgada, en ese sentido desarrollaré y analizaré los hechos, los puntos controvertidos y los argumentos vertidos en el laudo arbitral. El Tribunal Arbitral anterior, cuyo Expediente N° 099-2009, declaró infundada la sexta pretensión del Consorcio; por tanto, declaró como válida Resolución Directoral N° 1202-2009-MTC/20, en la que PROVIAS NACIONAL resuelve el Contrato de Consultoría de Servicio N° 035-2009-MTC/20, por exceso en el plazo de la entrega del Informe N° 2.
Además, de lo expuesto en la parte considerativa del laudo anterior se pronuncia afirmando que sí correspondía que la Entidad impusiera la penalidad establecida en el contrato y que dicha penalidad superó los máximos establecidos en el Reglamento de la Ley de Contrataciones con el Estado (10% del monto del contrato). Por consiguiente, el nuevo Tribunal Arbitral, con Expediente N° 289-59-12, al amparar el punto 3.2 de la tercera pretensión en el presente laudo arbitral materia de análisis, se estaría dejando sin efecto la causal, el artículo 41° de la Ley2, y los artículos 224° a 226° del Reglamento3, que ha servido como fundamento para la resolución del contrato declarado por el primer Tribunal
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Reivindicando a Patch Adams. La creación de una nueva excepción a los derechos patrimoniales de autor en el Ordenamiento jurídico peruano para los usos de obras protegidas con fines benéficosMurillo Chavez, Javier Andre 01 January 2023 (has links)
La presente investigación se justifica por la observación de diversos fenómenos que serían calificados como infractores según nuestro régimen de Derecho de Autor, pese a perseguir fines benéficos, tales como el tratamiento médico, la publicidad comercial con mensajes benéficos sin fin de lucro directo, la propaganda o publicidad institucional, las actividades de recreación de personas necesitadas y colectas públicas, además de la realización de ritos funerarios. En este sentido, el objetivo principal del presente
trabajo es estudiar, analizar, plantear y defender la posibilidad de establecer un nuevo límite y/o excepción a los derechos de autor para los usos de obras protegidas con fines benéficos en el régimen sobre Derecho de Autor en el Ordenamiento Jurídico peruano actual. Nuestra hipótesis es que, en efecto, sí se puede establecer la misma. Para ello, se realizó un análisis del marco jurídico aplicable a los límites y/o excepciones en nuestro Ordenamiento y algunos otros de forma comparada en la Comunidad Andina y la Unión Europea; luego, se hizo una recopilación de los supuestos observados y se clasificaron los mismos para determinar si eran infractores o no; finalmente, se delimitó la fórmula normativa propuesta con sus elementos y criterios, junto con la justificación constitucional de cada uno de los aspectos que cubre la misma. La conclusión principal a la cual se arribó consiste en que se debe incluir los nuevos artículos 44-A y 44-B en la Ley de Derecho de Autor peruana, los cuales incluyen la nueva excepción a los derechos patrimoniales de autor cuando se trata de usos con fines benéficos, pues el uso libre y gratuito de obras en estos casos es justo y tiene fundamento constitucional que limita de forma válida el derecho fundamental de la persona a la creación intelectual, artística, técnica y científica
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La prueba de oficio en el sistema procesal peruano. ¿El modelo de juez penal previsto en la Constitución Política del Perú de 1993 admite la prueba de oficio en el modelo adversarial?Castro Mujica, Luis Ricardo 24 January 2020 (has links)
La presente investigación analiza la constitucionalidad –y, por tanto, la coherenciade
la aplicación de la prueba de oficio en el sistema jurídico peruano, el mismo que,
desde el punto de vista de la moderna legislación procesal penal, se entiende como
acusatorio y adversarial. Para realizar este análisis a la prueba de oficio, se examina
a fondo el rol del Juez penal en el ordenamiento jurídico peruano (la Constitución
de 1993 y en el Código Procesal Penal de 2004, sus antecedentes legislativos y
normativa conexa, así como el análisis de la jurisprudencia y doctrina nacional), en
función del diseño de las funciones que tiene dicho funcionario en la Constitución
Política del Perú. Se realiza también el estudio del Ministerio Público como
complemento de la actuación jurisdiccional, en su relación con la Constitución y la
norma procesal penal, así como sus antecedentes legislativos, y el importante papel
que cumple como titular de la acción penal dentro del sistema procesal. En el
Código Procesal Penal de 2004 con un sistema que se supone es acusatorio y
adversarial, se analiza la prueba de oficio, primero desde una comparativa de ésta
con la legislación internacional, arribando -respecto de la mecánica de la prueba- a
cuestionamientos respecto de, si se prueban los hechos o las afirmaciones de las
partes y, si la prueba desvirtúa o desnaturaliza la mecánica general de la actividad
probatoria. Finalmente nos enfocamos en la prueba oficiosa y su legitimidad dentro
del proceso penal peruano, se confronta aquí al denominado modelo antiguo y el
actual modelo procesal penal, partiendo de la premisa si dicha confrontación
soluciona la legitimidad de la prueba oficiosa, y si la verdad justifica los medios,
concluyendo con la postura del presente trabajo al fundamentar que la prueba
oficiosa, no es acogida por el modelo constitucional vigente.
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