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Informe sobre expediente de relevancia jurídica N°003-2007, E-1902/ demanda de arbitraje de Nova Perú SAC en contra de Carlos Milanovitch y Dexim SRL

Gallo Martínez, Luis Enrique 26 June 2024 (has links)
El presente trabajo de investigación jurídica aborda la controversia (proceso arbitral) iniciada por NOVA PERU SAC en contra de Carlos Milanovitch y DEXIM SRL al suscribir éstos un Memorando de Entendimiento, figura atípica en el ordenamiento jurídico peruano que tiene su génesis en el derecho anglosajón. En el documento denominado Memorando de Entendimiento es donde surgen las discusiones acerca de la verdadera naturaleza jurídica de este documento (si es un Memorando de Entendimiento o un contrato de compromiso de contratar), si es que realmente se ha activado la cláusula penal (artículo 1341 del código civil) y si es que DEXIM SRL a pesar de no haber firmado el Memorando de Entendimiento debe ser parte del proceso arbitral (exigibilidad a partes no signatarias). La justificación del presente trabajo de investigación jurídica radica en la falta de uniformidad y consenso en la doctrina acerca de la naturaleza jurídica del Memorando de Entendimiento, así como si éste genera obligaciones entre las partes y el alcance de las partes no signatarias respecto al convenio arbitral. Asimismo, utilizare un enfoque doctrinario y pragmático, puesto que es la única manera de poder distinguir, delimitar y clarificar los problemas antes expuestos. A modo de conclusión, sostengo que el presente documento llamado Memorando de Entendimiento no es tal, por el contrario, es un contrato de compromiso de contratar, así como efectivamente se activó la cláusula penal y, por último, DEXIM SRL sí es parte del proceso arbitral pese a no haber firmado el Memorando de Entendimiento.
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Informe jurídico sobre el laudo CCI N° 201513/ASM: controversia entre el Consorcio Nippon Koei-Oist y el Programa Nacional de Saneamiento Urbano

Pacheco Chavarría, Lesly del Pilar 09 July 2024 (has links)
El presente informe consiste en el análisis de lo resuelto en el laudo arbitral emitido en el expediente N° 20513/ASM. Este arbitraje se originó a raíz de la suscripción del Contrato de Préstamo JBIC/PE-P25, entre el Programa Nacional de Saneamiento Urbano (en adelante, PNSU) y el Consorcio Nippon Koei -Oist (en adelante, el Consorcio) para la ejecución del contrato de consultoría de obra para la implementación del proyecto “Mejoramiento y Expansión de los Sistemas de Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado de las ciudades de Piura- Castilla y Chimbote” (en adelante, el Contrato de Consultoría), en marco de la Ley N° 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (en adelante, LCAE) y el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (en adelante, RLCAE) aprobado por Decreto Supremo N° 039-98-PCM, normas vigentes en ese momento. La controversia radica en que, tras la culminación de sus prestaciones, el Consorcio presentó su liquidación del Contrato de Consultoría; sin embargo, la Entidad remitió un pronunciamiento por medio de la cual rechazaba dicha liquidación; no obstante, el Consorcio consideraba que no resulta válida la mencionada liquidación, ya que no habría cumplido con los requisitos para conformar un acto administrativo. Por su parte, el PNSU consideró que sí cumplió con los requisitos de validez, en tanto, estimaba que se trataba de un acto administrativo válido, oportuno y eficaz. Según lo expuesto, en el presente informe jurídico se pretende analizar la naturaleza de la liquidación realizada por el PNSU, si es un acto administrativo o no, y determinar los requisitos de validez para su emisión, si la Entidad cumplió o no con elaborar la liquidación conforme a la normativa aplicable al caso. Para ello se contrastará los alegatos presentados por parte del Consorcio, la Entidad y el Tribunal Arbitral. Además, se abordará la implicancia de la liquidación respecto a la aplicación de las penalidades, sobre su naturaleza y procedimiento en el contrato. Finalmente, se abordará lo concerniente a la emisión del certificado de conformidad de servicio / This report consists of an analysis of the arbitration award issued in Case No. 20513/ASM. This arbitration arose from the execution of Loan Agreement JBIC/PEP25, between the National Urban Sanitation Program (hereinafter, PNSU) and the Nippon Koei -Oist Consortium (hereinafter, the Consortium) for the execution of the works consultancy contract for the implementation of the project "Improvement and Expansion of the Drinking Water Supply and Sewerage Systems of the cities of Piura- Castilla and Chimbote" (hereinafter, the Consultancy Contract), within the framework of Law No. 26850, Law of Contracts of the National Urban Sanitation Program (hereinafter, the Consultancy Contract), The Consulting Contract), under Law No. 26850, State Contracting and Procurement Law (hereinafter, LCAE) and the Regulations of the State Contracting and Procurement Law (hereinafter, RLCAE) approved by Supreme Decree No. 039-98-PCM, rules in force at that time. The controversy lies in the fact that, after the completion of its services, the Consortium submitted its settlement of the Consulting Contract; however, the Entity sent a pronouncement rejecting said settlement; however, the Consortium considered that said settlement was not valid, since it did not comply with the requirements to constitute an administrative act. On the other hand, the PNSU considered that it did comply with the requirements of validity, since it considered that it was a valid, timely and effective administrative act. According to the above, the purpose of this legal report is to analyze the nature of the settlement made by the PNSU, whether it is an administrative act or not, and to determine the validity requirements for its issuance, whether the Entity complied or not with the preparation of the settlement in accordance with the regulations applicable to the case. To this end, the allegations presented by the Consortium, the Entity and the Arbitral Tribunal will be contrasted. In addition, the implications of the liquidation regarding the application of penalties, their nature and procedure in the contract will be discussed. Finally, the issue of the certificate of conformity of service will be discussed.
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Informe sobre la Res. 7 del Exp. 00022-2016-0-1817-SP-CO-01 (Sentencia de proceso de anulación de laudo seguido por KS DEPOR contra el CLUB SC)

Ibarra Villegas, Rebeca Lucía 09 August 2024 (has links)
En el presente Informe se analizará la Sentencia emitida por la Primera Sala Comercial sobre el recurso de anulación de laudo presentado por KS DEPOR S.A contra el Club Sporting Cristal, el cual fue tramitado bajo el Expediente No. 00022-2016-0-1817-SPCO-01. En específico, se hará un análisis respecto a la primera causal de anulación de laudo presentada por la demandante, vinculada a la supuesta vulneración al deber de independencia e imparcialidad por parte de dos de las árbitros al no haber revelado -de manera oportuna- hechos que atentaban contra estos principios del arbitraje y de los cuales la demandante tomó conocimiento una vez culminado el arbitraje. Esta causal fue declarada improcedente por la Sala Comercial al no haber presentado un reclamo previo, de conformidad con lo establecido en el artículo 63.2 de la Ley de Arbitraje. Tomando como base ello, y en primer lugar, el presente informe analizará si el requisito de formular reclamo previo, a efectos de demandar la nulidad del laudo bajo las causales b) y c) previstas en el artículo 63.1, se debe cumplir incluso cuando la falta de independencia e imparcialidad se descubre de manera posterior al arbitraje. En segundo lugar, se analizarán los alcances de los deberes de los árbitros de imparcialidad e independencia. Y, finalmente, se determinará si es que, efectivamente, las árbitros vulneraron o no los principios de independencia e imparcialidad y si es que correspondía anular o no el laudo. / This Report will analyze the Judgment issued by the First Commercial Chamber on the claim for annulment of the award filed by KS DEPOR S.A. against Club Sporting Cristal, which was processed under File No. 00022-2016-0-1817-SP-CO-01. Specifically, an analysis will be made with respect to the first cause for annulment of the award presented by the claimant, linked to the alleged violation of the duty of independence and impartiality by two of the arbitrators by not having disclosed -in a timely manner- facts that violated these principles and of which the claimant became aware once the arbitration was completed. This cause was declared inadmissible by the Commercial Chamber for not having filed a prior claim, in accordance with the provisions of Article 63.2 of the Arbitration Law. On this basis, and in the first place, this report will analyze whether the requirement of having to file a prior claim, for the purpose of claiming the nullity of the award under the grounds b) and c) provided for in Article 63.1, must be met even when the lack of independence and impartiality is discovered after the arbitration. Secondly, the scope of the principles of impartiality and independence will be analyzed. And, finally, it will be determined whether or not the arbitrators did indeed violate the principles of independence and impartiality.
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Informe Jurídico sobre la Resolución No. 10 del Expediente No. 00291-2021-0-1817-SP-CO-02, anulación de Laudo Arbitral por resolver materias no susceptibles de arbitraje

Irribarren Calderon, Roy Manuel 08 August 2024 (has links)
El presente informe jurídico tiene por finalidad analizar el razonamiento que tuvo la Sala Superior en relación al artículo 41 del Decreto Legislativo No. 1017 en virtud a la Resolución No. 10 del Expediente No. 00291-2021-0-1817-SP-CO-02. Principalmente discutiremos si es correcto, como consideró la Sala Superior, que cualquier controversia vinculada a un adicional de obra se encuentra prohibido de ser sometida a un proceso arbitral, o por el contrario, conforme a la postura que defenderemos, si estamos ante una interpretación errada, debido a que la referida prohibición solo excluye de la arbitrabilidad a cuestiones controvertidas vinculadas a adicionales no aprobados o la decisión de aprobar dichos adicionales. Asimismo, en el presente informe, argumentaremos como la prohibición contenida en el artículo 41 del Decreto Legislativo No. 1017 debe interpretarse desde una lectura restrictiva, lo cual no ocurrió en la decisión de la Sala Superior. Del mismo modo, abordaremos como la intención del legislador siempre fue la de excluir del arbitraje solo a controversias que deriven de adicionales no aprobados. Este hecho también será visto desde un desarrollo histórico de la evolución normativa de la referida prohibición. Finalmente, llegaremos a la conclusión que la Sala Superior tuvo una errada lectura del artículo referido, y por consiguiente no debió anular de oficio el laudo arbitral en cuestión, haciendo incapié que su decisión afecta gravemente la seguridad jurídica en las contrataciones estatales. / The purpose of this legal report is to analyze the reasoning of the Superior Chamber in relation to Article 41 of Legislative Decree No. 1017 by virtue of Resolution No. 10 of Case No. 00291-2021-0-1817-SP-CO-02. We will mainly discuss whether it is correct, as the Superior Chamber considered, that any controversy related to an additional work is prohibited from being submitted to an arbitration process, or on the contrary, according to the position we will defend, whether we are facing an erroneous interpretation, since the referred prohibition only excludes from arbitrability controversial issues related to unapproved additional works or the decision to approve additional works. Likewise, in this report, we will argue how the prohibition contained in Article 41 of Legislative Decree No. 1017 should be interpreted from a restrictive reading, which did not occur in the decision of the Superior Chamber. Likewise, we will discuss how the legislator's intention was always to exclude from arbitration only disputes arising from unapproved additions. This fact will also be seen from a historical development of the normative evolution of the referred prohibition. Finally, we will conclude that the Superior Chamber had an erroneous reading of the aforementioned article, and therefore should not have annulled ex officio the arbitration award in question, emphasizing that its decision seriously affects legal certainty in state contracting.
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Análisis al Expediente No 1795-195-18-PUCP (Consorcio Santa Rosa contra el Programa Sectorial de Irrigaciones – PSI)

Pérez Huamaní, Ramiro Omar 19 August 2021 (has links)
La controversia materia del presente laudo arbitral es la resolución contractual dentro del marco de las contrataciones con el Estado. En este caso, la resolución contractual se rige bajo el cumplimiento de causales tipificadas en la normativa, tal es así que para que pueda proceder la misma basta que exista un incumplimiento de obligaciones contractuales o el haber llegado al monto máximo de penalidades. En ese sentido, la presente trata de la resolución que efectúa el PSI al Consorcio Santa Rosa por supuestamente haber incurrido en 2 causales normativas distintas tales como un supuesto incumplimiento de obligaciones por el hecho de no haber subsanado las observaciones detectadas al informe final previo a la liquidación y por el hecho de haber llegado a tener una penalidad por encima del 10% del monto del contrato principal. Ante ello, bajo el primer supuesto, en el laudo no se llega a acreditar fehacientemente que las observaciones fueron correctamente subsanadas sino más bien el árbitro en su posición de dirimente, se pronuncia sobre este tema sin ser materia controvertida y sin tomar en consideración la afectación de principios y derechos al consorcio. Por otro lado, no se aprecia un análisis exhaustivo al momento de motivar, por parte del árbitro, la aplicación del monto máximo de penalidades que efectúa la Entidad y sin tener en consideración diversos principios que salvaguardan la seguridad jurídica y la razonabilidad del plazo excesivo otorgado por el PSI para subsanar observaciones. / The controversy that is the subject of this arbitration award is the contractual resolution within the framework of contracts with the State. In this case, the contractual resolution is governed by the fulfillment of causes typified in the regulations, so much so that for it to proceed, it is enough that there is a breach of contractual obligations or that the maximum number of penalties has been reached. In that sense, this is about the resolution that the PSI makes to the Santa Rosa Consortium for allegedly having incurred in 2 different regulatory grounds such as an alleged breach of obligations due to the fact of not having corrected the observations detected in the final report prior to the liquidation and the fact of having come to have a penalty above 10% of the amount of the main contract. Given this, under the first assumption, the award does not reliably establish that the observations were correctly corrected, but rather the arbitrator, in his position as settler, pronounces on this issue without being a controversial matter and without taking into account the affectation. of principles and rights to the consortium. On the other hand, an exhaustive analysis is not appreciated at the time of motivating, by the arbitrator, the application of the maximum number of penalties that the Entity carries out and without taking into consideration various principles that safeguard legal certainty and the reasonableness of the excessive term granted. by the PSI to correct observations.
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Informe sobre expediente de relevancia jurídica del arbitraje seguido por Alumrock Overseas S.A., Locksley Capital Corporation y Swissfish Corp. bajo el expediente N° 1507-139-2008

Toscaino Nolasco, Brian Edson 15 August 2023 (has links)
El presente informe expone un análisis de determinados problemas jurídicos que se identifican en el arbitraje seguido bajo el Expediente N° 1507-139-2008, el cual fue administrado por el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima, en base a los hechos expuestos y posiciones asumidas por las partes durante todo el proceso arbitral. Dichos problemas jurídicos se encuentran comprendidos en áreas del derecho como el Derecho Civil, Derecho Procesal Civil y el Arbitraje, los cuales son ramas del derecho que resultan indispensables para resolver los problemas identificados en este caso. Específicamente, este informe tiene el objetivo de abordar los siguientes temas: i) el procedimiento pericial y el tercero integrador; ii) las reglas de interpretación de los contratos, iii) la condición suspensiva y otros. La motivación del presente informe responde principalmente a que algunos temas que se desarrollan no han sido tratados con gran abundancia en nuestro medio, razón por la que este trabajo se justifica en la intención de desarrollar estos temas, los cuales pueden tener un gran impacto a nivel práctico, motivo por la que requieren ser analizados meticulosamente. Una vez realizado el análisis de los problemas planteados, buscaremos dar una opinión respecto a la solución de la controversia, contrastando nuestra opinión con la posición de cada parte del arbitraje y la decisión final de los árbitros
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Incidencias de la invocación del derecho al agua en arbitrajes ante el Centro internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones: de la demanda por trato justo y equitativo a la demanda reconvencional

Galvis Pulido, Angela Patricia 22 March 2019 (has links)
El presente trabajo de investigación expone uno de los diversos escenarios en donde dos ramas del derecho internacional, las inversiones y los derechos humanos se interrelacionan. Para ello, se parte del supuesto de una demanda interpuesta ante el CIADI por un inversionista extranjero contra un Estado alegando violación del estándar de trato justo y equitativo, ante lo cual, el Estado responde con argumentos relativos a obligaciones referentes al derecho al agua en cabeza del mismo Estado o del inversionista. A partir de ello, se establecen tres supuestos principales, que dichos argumentos sirvan para determinar que no existió violación del estándar, que si bien los mismos no logren ser suficientes para ello, si puedan fungir como un factor mitigante de la compensación a pagar al inversionista, y en ultima ratio, que ante la gravedad de los argumentos y pruebas, los mismo sirvan como base de una demanda reconvencional, en la cual el Estado no solo busque que se le nieguen las pretensiones al inversionista, sino incluso una compensación propia. El trabajo se basa en doctrina y jurisprudencia que permite analizar y determinar de que manera la invocación de obligaciones sobre el derecho al agua pueden incidir en el caso que se adelante ante este centro de arbitraje, partiendo de la identificación de la fuente de dichas obligaciones, el análisis de los elementos relevantes para la determinación de la violación del estándar TJE, la influencia y repercusión que estas obligaciones pudieran tener en la reducción de la compensación, y las reflexiones sobre la viabilidad de plantear demandas de reconvención, con lo cual se logra poner en evidencia la interconexión y complementariedad entre el derecho internacional de las inversiones y los derechos humanos, desde una perspectiva objetiva, cautelosa y fundamentada sobre los limites del método científico- cualitativo a través de una aproximación deductiva.
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Informe sobre expediente de relevancia jurídica N° 1356-129-2007 CCL, arbitraje seguido entre SERVICIOS GENERALES DON CARLOS EIRL y MINERA YANACOCHA SRL, sobre contrato marco de suministro y aplicación del Iura Novit Curia en el arbitraje

Rivasplata Martínez, Ana Cecilia 25 June 2021 (has links)
En los últimos años, debido al crecimiento en el mercado de la necesidad de establecer relaciones duraderas y, a la vez, flexibles que permitan asegurar un ritmo producción y actividades comerciales, así como disminuir la inversión de tiempo y dinero en las negociaciones entre las partes, ha surgido en la práctica nuevas figuras jurídicas tales como los denominados “contratos normativos” o “contratos marco”. Teniendo en cuenta ello, en el presente caso nos encontramos frente a una controversia surgida con relación a dos contratos suscritos por YANACOCHA y DON CARLOS (Contratos CV-001/2004 y CV 003/2005), los cuales las partes denominan contratos de “compraventa”. Sin embargo, luego de haberse sometido la controversia sobre dichos contratos a arbitraje, el Árbitro Único - apartándose de la calificación de dichos contratos alegada por ambas partes durante todo el proceso arbitral- determinó en el laudo que su naturaleza no corresponde a la de “contratos de compraventa” sino a la de “contratos normativos de compraventa”, los cuales no generan verdaderas obligaciones para las partes, por lo que resolvió que no se incurrió en incumplimiento contractual alguno. En ese sentido, el objetivo del presente informe es corroborar a raíz del caso presentado, si se han configurado los denominados “contratos normativos” – y/o “contratos marcos”- , así como determinar si de dichos contratos se derivan verdaderas obligaciones para las partes. Asimismo, en cuanto al arbitraje, se analiza si es posible que el Árbitro Único haya aplicado el principio Iura Novit Curia, en tanto resolvió en base a una calificación del derecho que no fue alegada por las partes durante el proceso. El método de investigación aplicado al presente trabajo será uno argumentativo, ya que se centrará en la descripción de las posiciones desarrolladas en doctrina, para así, en un segundo momento, analizar los hechos materia de controversia y determinar la naturaleza de los Contratos CV-001/2004 y CV 003/2005, así como si corresponde la aplicación del principio iura novit curia en el arbitraje. Finalmente, de dicha investigación, concluiremos principalmente lo siguiente: 1. La naturaleza jurídica de los Contratos CV-001/2004 y CV 003/2005 corresponde a la de “contratos marco de suministro”. 2. Es posible aplicar el principio de Iura Novit Curia en el arbitraje.
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Informe jurídico sobre la Sentencia N°41-2023

Antezana Vicharra, Enrique Elias 09 August 2024 (has links)
De acuerdo con lo resuelto por la Sentencia N°41-2023 de la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, emitida bajo el expediente N° 00132-2022-0-0401-JR-CI-01, el presente informe analiza los siguientes dos problemas jurídicos. En primer lugar, el presente informe analizará si es que la señalada sentencia transgrede la garantía de la debida motivación de las resoluciones judiciales. Para ello, se evaluará lo que la norma, la jurisprudencia y la doctrina señalan sobre las implicancias de dicha garantía. En segundo lugar, se analizará si existió justificación para que la sala evalúe la motivación del tribunal arbitral. Para esto, se establecerá, por un lado, los alcances de la motivación en los laudos que resuelven controversias derivadas de la ejecución de contratos suscritos bajo la aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado y, por otro lado, los alcances del control judicial a estos. A consecuencia de lo analizado, se concluye que la sala vulnera la garantía de la debida motivación y, asimismo, que no existió justificación para cuestionar la motivación del Tribunal Arbitral. / According to the ruling of Judgment No. 41-2023 from the First Civil Chamber of the Superior Court of Justice of Arequipa, issued under case number 00132- 2022-0-0401- JR-CI-01, this report analyzes the following two legal issues. First, it will examine whether the mentioned judgment violates the guarantee of proper reasoning in judicial decisions. To do so, we will evaluate what the law, jurisprudence, and doctrine state regarding the implications of this guarantee. Second, we will analyze whether there was justification for the chamber to assess the motivation of the arbitral tribunal. For this purpose, we will establish, on the one hand, the scope of reasoning in awards that resolve disputes arising from contracts executed under the State Procurement Law and, on the other hand, the extent of judicial review of these decisions. Based on the analysis, it is concluded that the chamber violates the guarantee of proper reasoning and that there was no justification for questioning the motivation of the Arbitral Tribunal.
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Informe Jurídico sobre el Laudo Arbitral de fecha 1 de diciembre de 2015 recaído en el Caso Arbitral N° 2728- 2013-CCL

Castillo Santillana, Nicol Brigith 31 July 2024 (has links)
El presente trabajo versa sobre las consecuencias de la entrega tardía de terrenos a favor del Contratista en el marco de la Obra Pública para el Mejoramiento de la Av. Néstor Gambetta en el Callao y cómo dicha situación puede causar la ruptura del equilibrio económico financiero del Contrato (EEC). El referido escenario, comúnmente recurrente en la contratación pública, fue el caso del Gobierno Regional del Callao y el Consorcio Nueva Gambetta, razón por la cual este último acudió a la vía arbitral para reclamar las distintas ampliaciones de plazo negadas por la Entidad, costos directos y mayores gastos generales variables. Ante ello, el Tribunal Arbitral mediante Laudo recaído en el Caso Arbitral N° 2728-2013-CCL resolvió a favor de las pretensiones planteadas por el Contratista, a excepción de los Costos Directos, sobre los cuales realizó descuentos. Sobre la base de lo anterior, se analizará qué tipo de obligación constituye la entrega de terrenos que permita asumir una postura sobre dichos reclamos y determinar si efectivamente, el Contratista sufrió una ruptura de la ecuación financiera del Contrato que no se reestableció en la vía arbitral. Se verificarán también las condiciones que deben concurrir en el EEC. Finalmente, se brindarán unas breves conclusiones a los problemas jurídicos planteados. / This paper deals with the consequences of the late delivery of land in favor of the contractor in the framework of the public works for the improvement of Néstor Gambetta Avenue in Callao, and how such a situation can cause the breach of the economic and financial equilibrium of the contract (EEC). The aforementioned scenario, common in public contracts, was the case of the Regional Government of Callao and the Nueva Gambetta Consortium, which is why the latter resorted to arbitration to claim the various extensions of time, direct costs and higher variable overheads denied by the entity. Against this background, the Arbitral Tribunal, by means of the Award in Arbitration Case No. 2728-2013-CCL, ruled in favor of the claims raised by the Contractor, with the exception of the direct costs, to which it applied discounts. Based on the above, it will be analyzed what kind of obligation constitutes the delivery of land that allows to take a position on such claims and to determine whether the Contractor has indeed suffered a breach of the financial equilibrium of the contract that has not been restored in the arbitration proceedings. The conditions to be met in the EEC are also examined.

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