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La legislación migratoria chilena y el debido proceso en la Convención Americana de Derechos Humanos relativo a la expulsión de extranjeros el caso de la expulsión colectivaRoss Muñoz, Emilia January 2017 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El objetivo principal de esta tesis fue estudiar el procedimiento de expulsión de extranjeros en Chile, de modo de verificar si es vulneratorio de los principios que integran el debido
proceso -expresados por la Convención Americana de Derechos Humanos suscrita por Chile-, y en términos específicos, analizar el funcionamiento de la institución para determinar si en el país existe la práctica de las expulsiones colectivas. Para ello, en la primera parte del
trabajo se hizo un análisis de la legislación chilena relativa a la expulsión de extranjeros en
perspectiva histórica, con el fin de entender la evolución que ha tenido la institución en los últimos cien años, para luego, a la luz del procedimiento establecido por ley para expulsar a un extranjero, determinar si éste se ha adecuado o no a los requisitos del debido proceso
establecidos en la Convención. Finalmente se examinó la expulsión colectiva y su protección normativa en el derecho internacional, así como sus elementos, que se desprenden de la jurisprudencia de tribunales internacionales, para determinar con esas herramientas, y en base a casos de expulsiones conocidos por tribunales chilenos, si en Chile se realizan este
tipo de prácticas. Al respecto se llegó a la conclusión de que si bien las expulsiones no se
adecuaron al debido proceso, no se realizaron en grupo, no pudiendo acreditarse en
consecuencia que se lleven a efecto expulsiones colectivas.
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Recurso de nulidad laboral : análisis crítico a la luz del debido proceso y análisis de jurisprudencia recienteAránguiz González, Camilo Alejandro January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El presente trabajo persigue revisar, de forma breve, los cimientos y vicisitudes prácticas y teóricas de uno de los medios de impugnación más relevantes que tocan a la administración de justicia en el Derecho laboral: el recurso de nulidad laboral.
Con este fin, el trabajo presenta dos ejes principales. El primero de ellos, es un análisis proveniente de un marco teórico, que propiciará una revisión normativa y doctrinaria del recurso, dejándose guiar por la siguiente ruta: (i) un vistazo a consideraciones generales previas, como un somero repaso al contexto de la reforma procesal laboral, el concepto de debido proceso y el derecho a impugnar; (ii) una caracterización del sistema recursivo laboral actual, pasando por los principios del proceso laboral y los demás recursos que le componen; y (iii) un análisis más detallado del recurso mismo, su concepto, requisitos, causales y las problemáticas relacionadas que se observan.
El segundo eje es un análisis jurisprudencial de fallos de la Corte de Apelaciones de Santiago y de la Corte Suprema, todos dictados durante los años 2016 y 2017, a fin de hacerse una idea de cuáles son los asuntos que motivan conflictos jurídicos y qué interpretaciones son comunes pero destacables en los tribunales superiores, con un especial énfasis en entender las tendencias que han seguido los jueces en los últimos años.
Finalmente, se concluirá el presente trabajo con una propuesta normativa, a la luz de lo aprehendido de los dos ejes anteriores, que constituye un humilde intento por proponer un mayor ajuste del sistema recursivo laboral y, en particular, del recurso de nulidad, al estándar del debido proceso.
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El perito, el informe pericial y la prueba científica : admisibilidad, criterios cualitativos e igualdad de armasSandoval Silva, Felipe Ignacio January 2019 (has links)
Memoria para optar al grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales / El presente trabajo de investigación pretende dar cuenta de la institución del informe pericial y de la persona del perito en el ámbito juridico procesal y especialmente en sede penal. Se advierte que la legislación nacional no ofrece regulación exhaustiva respecto de ciertos rasgos subjetivos que invisten la figura del perito en tanto experto en una determinada disciplina, sea esta una ciencia, un arte u oficio, especialmente en cuanto a la evaluación que respecto a su incorporación recae en fase de admisibilidad probatoria, relevando dichas calificaciones a las garantías de seriedad y profesionalismo que su ofrecimiento a juicio aspire a representar. Se examina a su vez la asimetría cognoscitiva existente entre juez y perito reconociendo a este como intermediario epistemológico de conceptos ajenos al acervo cultural común del juez, vinculando dicho desequilibrio a la desigual distribución de expertiz que nuestro ordenamiento procesal contemporáneo exhibe en un contexto de apropiación de medios probatorios, globalización y dinámico avance científico-tecnológico / 31 julio de 2020
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Informe para la sustentación de expediente: 03223-2014-HCAguilar Guevara, Kiara 30 March 2021 (has links)
La presente sentencia inicia con la demanda de hábeas corpus interpuesta por el señor Pedro Omar Rodríguez Molina con la finalidad de terminar con la detención preventiva ordenada por el Juzgado y confirmada por la Cuarta Sala Especializada en lo Penal. Manifestando que en este proceso se habían vulnerados derechos como la motivación de resoluciones judiciales y el debido proceso.
Argumenta que el mandato de detención emitido por primera instancia no valoró las pruebas presentadas donde se demostraba que no tiene antecedentes penales, judiciales, ni policiales, no cuenta con requisitorias ni existe prueba que demuestre su culpa en algún delito similar. Así mismo manifiesta se omitió valorar las pruebas presentadas con respecto a su arraigo domiciliario a pesar de que este había sido demostrado mediante un documento probatorio (un contrato de arrendamiento y recibos de servicios básicos) así como la constancia de trabajo que prueba su arraigo laboral.
El TC resolvió infundada la demanda, analizando que el órgano judicial si cumplió con la exigencia constitucional de la motivación manifestando que si existió una argumentación objetiva y razonable. Otro punto relevante, es el referido a que la configuración del peligro procesal no implica que, de manera simultánea, tengan que concurrir el peligro de fuga y la obstaculización del proceso, o que, respecto del peligro de fuga, tengan que, conjuntamente, concurrir la carencia del arraigo domiciliario, familiar y laboral; puesto que resulta suficiente que se manifieste alguno de los aludidos supuestos. / Trabajo de suficiencia profesional
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Con un gran poder, llega una gran responsabilidad: la aplicación del proceso de Extinción de Dominio a grandes casos de corrupción y crimen organizado. A propósito de la Casación N° 1408-2017-PUNOZare Velásquez, Daniela Isabel Jose 17 August 2021 (has links)
El Derecho va cambiando según las necesidades que deba afrontar la sociedad, y
con ello, van surgiendo nuevos tipos penales, otros van actualizándose, e incluso
se crean nuevas formas de combatir el delito a través de procesos especiales.
Siendo esto así, debemos ir a la par de estas actualizaciones, analizando y
cuestionando lo nuevo que nos trae el Derecho. Es por eso que, el objetivo de este
trabajo es, sobretodo, despejar las dudas más recurrentes que existen sobre un
proceso creado para combatir “bienes” que contribuyen a la corrupción, que el
Derecho Penal y Procesal Penal recién están conociendo, y que cobra
protagonismo en la Casación N° 1408-2017-PUNO: el proceso de extinción de
dominio aplicado a procesos de naturaleza compleja como de lavado de activos
cuyo delito previo -en el caso- reside en la minería ilegal. Después de todo, sin el
conocimiento pleno de sus alcances y propósitos, existirá la posibilidad de que se
emitan sentencias que contravengan derechos fundamentales o que supongan una
situación de impunidad. Es por este motivo que se realizará un análisis con
respecto al proceso de extinción de dominio, para entender cuál es su objeto de
aplicación (sobre todo en los casos de minería ilegal y lavado de activos), sus
limitaciones, y cómo es su tratamiento respecto de los terceros de buena fe, para
después compararlo con los modelos instaurados en Colombia y México,
determinando cuáles son sus aciertos y desaciertos, y, en ese sentido, presentar
recomendaciones para un proceso que considero no se le ha otorgado la
importancia debida en la lucha contra la corrupción. / We know that Law is changing according to the needs that society must face, and
with this, new criminal types are emerging, others are being updated, and new
ways of combating crime are even created through special processes. Clarity, we
must go hand in hand with these updates, analyzing and questioning what is new
that Law brings us. This is why the objective of this work is, above all, to clear up
the most recurrent doubts that exist about a process created to combat “assets” that
contribute to corruption, that Criminal Law and Criminal Procedure are just
learning about, and that charges prominence in Cassation 1408-2017-PUNO: the
domain extinction action applied to processes of complex nature such as money
laundering whose previous crime -in the case- lies in illegal mining. After all,
without full knowledge of its scope and purposes, there will be possibility that
sentences will be issued that violate fundamental rights or imply a situation of
impunity. It is for this reason that an analysis will be carried out with respect to
the domain extinction action, to understand what is its object of application
(especially in cases of illegal mining and money laundering), its limitations, and
how is its treatment regarding of third parties in good faith, to later compare it
with the models established in Colombia and Mexico, determining what their
successes and failures are, and, in that sense, present recommendations for a
process that, I believe, has not been given due importance in the fight against
corruption.
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Informe para la sustentación de expediente: Expediente N° 00367-2016-PHC/TC Pleno 467/2020Soto Rojas, Kennedy 03 December 2021 (has links)
El presente informe tiene como objetivo analizar la Sentencia del Tribunal Constitucional recaída sobre el Expediente N° 00367-2016-PHC/TC Pleno 467/2020, en la cual se discute si se ha vulnerado el derecho de defensa en un proceso penal en donde el acusado era miembro de una comunidad nativa y no se designó un intérprete, de tal forma que no pudo utilizar su propio idioma (shipibo conibo). Es importante señalar que, la Sentencia del Tribunal Constitucional antes señalada recoge principios aprobados por el Poder Judicial en su Protocolo de Atención y Orientación Legal con Enfoque Intercultural, los cuales el Tribunal Constitucional termina constituyéndolos como doctrina jurisprudencial vinculante.
En el desarrollo del informe, en primer lugar, desarrollaremos conceptos previos necesarios para comprender la problemática del tema, para luego realizar una síntesis de la Sentencia del Tribunal Constitucional, y finalmente, fijaremos nuestra posición respecto a la sentencia analizada. / Trabajo de suficiencia profesional
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Análisis Jurídico a la Resolución del Tribunal Fiscal N° 08278-9-2018Cueva Chil, Angel Rodrigo 28 June 2022 (has links)
El principal problema del caso resuelto mediante la Resolución del Tribunal
Fiscal N° 08278-9-2018 está relacionado al reparo efectuado por SUNAT,
correspondiente a la depreciación del impuesto a la renta del ejercicio 2009, de
aquello activos fijos adquiridos mediante contratos de arrendamiento financiero
(leasing). Dicho reparo es confirmado por el Tribunal Fiscal, debido a que el
contribuyente (en adelante la Empresa) no pudo acreditar que puso en
funcionamiento, tales activos, de manera posterior a la fecha de suscripción de los
contratos correspondientes.
En tal sentido, se debía de computar la depreciación exclusivamente durante la
vigencia de los referidos contratos, por lo tanto, aquella depreciación acelerada
cargada al costo de ventas no sería deducible para efectos del impuesto a la renta
del ejercicio 2009. Ello en virtud del artículo 18° del Decreto Legislativo No. 2991
en concordancia con el inciso c) del artículo 22° del Reglamento de la Ley del
Impuesto a la del Impuesto a la Renta2
.
De la referida resolución se puede verificar como el Tribunal Fiscal avala la
posición sustentada por el contribuyente, no obstante, resuelve de una manera
diametralmente opuesta y declara infundado el recurso de reclamación. Por ello,
el primer objetivo principal de este artículo es dilucidar la importancia a la debida
motivación dentro de las resoluciones emitidas por el referido tribunal, y en virtud
de los parámetros esbozados determinar si en este caso de vulnero o no este
derecho.
El segundo punto importante que se desarrollara, tomando como base la referida
resolución, es la valoración de los medios probatorios aportados durante el
procedimiento contencioso tributario. Se buscará comentar y sentar algunas
directrices objetivas con la finalidad de efectuar una adecuada valoración de
estos, tratando de reducir el ámbito discrecional de la administración.
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Universalización de la notificación electrónica como mecanismo esencial, seguro y eficaz para la realización Y vigencia del debido procesoMamani Coaquira, Oswaldo 26 January 2022 (has links)
Esta investigación aborda la universalización de la notificación electrónica como un
mecanismo seguro y eficaz que permita garantizar la vigencia y realización del debido
proceso. Ello a raíz de que la notificación por cédula o física como medio obligatorio
genera retardo y lentitud en el trámite de los procesos (las notificaciones no llegan
oportunamente), dando pie a la vulneración de derechos, en especial, el debido proceso.
Frente a ello, la notificación electrónica ofrece celeridad, seguridad y eficacia en el
desarrollo de los procesos, a su vez, asegura la protección del debido proceso porque el
interesado recibe la notificación en tiempo oportuno para poder ejercer el contradictorio
y el derecho de defensa. En ese orden, el enfoque de la investigación fue cualitativa y
los métodos utilizados fueron: (i) funcional–propositiva, (ii) analítico, (iii) inductivo y
(iv) comparativo, que permitieron describir, identificar y establecer los beneficios y
desventajas en términos de celeridad, seguridad y eficacia tanto de la notificación por
cédula en soporte papel y en casilla electrónica. Finalmente, los resultados a los que se
arribaron –a grandes rasgos– fueron: (i) la notificación electrónica garantiza celeridad
procesal, eficacia y efectividad en la tutela de los derechos del justiciable porque puede
ejercer el contradictorio y el derecho de defensa adecuadamente porque la notificación o
comunicación se efectúa de manera oportuna, (ii) la notificación por cédula ha supuesto
la vulneración del debido proceso porque el acto de comunicar o notificar afronta
diversos problemas que impiden establecer una relación jurídico-procesal válida y (iii)
la universalización de la notificación electrónica que abarque desde la constitución de la
relación jurídico-procesal garantiza la protección del debido proceso. / This research addresses the universalization of electronic notification as a safe and
effective mechanism that guarantees the validity and performance of due process. This
is due to the fact that the notification by identity card or physical as a mandatory means
generates delay and slowness in the processing of the processes (the notifications do not
arrive in a timely manner), giving rise to the violation of rights, especially due process.
Against this, electronic notification offers speed, security and efficiency in the
development of processes, in turn, ensures the protection of due process because the
interested party receives the notification in a timely manner to be able to exercise the
contradictory and the right of defense. In that order, the focus of the research was
qualitative and the methods used were: (i) functional – propositional, (ii) analytical, (iii)
inductive and (iv) comparative, which allowed us to describe, identify and establish the
benefits and disadvantages in terms of speed, safety and effectiveness of both the
notification by identification card on paper and in electronic box. Finally, the results
that were reached -broadly speaking- were: (i) the electronic notification guarantees
procedural speed, efficiency and effectiveness in the protection of the rights of the
defendant because it can exercise the contradictory and the right of defense adequately
because the Notification or communication is carried out in a timely manner, (ii) the
notification by ID has implied the violation of due process because the act of
communicating or notifying faces various problems that prevent establishing a valid
legal-procedural relationship and (iii) the universalization of the Electronic notification
that ranges from the constitution of the legal-procedural relationship guarantees the
protection of due process.
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Hacia un nuevo estándar de notificación del hecho infractor: a propósito del derecho a la comunicación previa y detallada de la acusación en sede administrativaVentura Ferro, Leonardo Manuel 27 March 2024 (has links)
El presente artículo aborda las problemáticas relacionadas a la notificación del
hecho infractor, tanto en su contenido como en la oportunidad de notificación, las
cuales tienen incidencia directa en plena efectividad del derecho de defensa en
el procedimiento administrativo sancionador. Como parte del proceso de
constitucionalización del Derecho Administrativo, se propone la aplicación del
estándar más garante del derecho a la comunicación previa y detallada de la
acusación, frente a los tradicionales límites-garantías al ius puniendi de la
Administración. Así, de la interpretación de la Corte Interamericana se desprende
que los Estados deben alejarse del principio de confianza, toda vez que la
notificación del hecho infractor requiere transitar por los canales oficiales, en aras
de maximizar la vigencia del derecho de defensa. Con todo ello, se dilucida una
tarea pendiente del legislador y los administradores de justicia para adecuarse
al nuevo estándar establecido por la Corte Interamericana de Derechos
Humanos para todas relaciones procesales entre el Estado y el privado, en
particular, en el procedimiento administrativo sancionador. / This article addresses the problems related to the notification of the infringing act,
both in its content and in the opportunity of notification, which have a direct impact
on the full effectiveness of the right of defense in the administrative sanctioning
procedure. As part of the process of constitutionalization of Administrative Law,
the application of the standard plus guarantee of the right to prior and detailed
communication of the accusation is proposed, compared to the traditional limitsguarantees to the ius puniendi of the Administration. Thus, from the interpretation
of the Inter-American Court it follows that States must move away from the
principle of trust, since notification of the infringing act requires going through
official channels, in order to maximize the validity of the right of defense. With all
this, a pending task for the legislator and the administrators of justice is elucidated
to adapt to the new standard established by the Inter-American Court of Human
Rights for all procedural relations between the State and the private sector, in
particular, in the administrative sanctioning procedure. / Trabajo académico
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Laudo Parcial de fecha 20 de enero de 2021, recaído en el Caso Arbitral N° 011-2020-ARBHidalgo Díaz, Maria-Fernanda 01 February 2022 (has links)
El laudo parcial analizado aborda problemáticas jurídicas referidas a dos excepciones
planteadas en el marco de un arbitraje de salud. La primera excepción es de oscuridad y/o
ambigüedad en el modo de proponer la demanda, respecto de la cual se analiza su vinculación
con la fijación de puntos controvertidos. La segunda excepción es una mediante la cual se
cuestiona la competencia del Tribunal Unipersonal por no haberse acreditado la existencia
de un convenio arbitral ni una norma con rango legal que obligue a las partes a resolver sus
controversias en el marco de un arbitraje. Vinculado a la resolución de este problema se
analiza el principio competence – competence y la garantía constitucional del control difuso
en sede arbitral. Finalmente se hace un análisis referido a la naturaleza y aplicación al caso
concreto del artículo 14 de la Ley de Arbitraje, que regula la extensión del convenio arbitral
a partes no signatarias.
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