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Informe para la sustentación de expedientes: Expediente Privado N° 8304-2012-0-1801-JR-CI-06 / Expediente Público N° 5493-2013-0-1801-JR-CA-02Castilla Gambini, Joanna Stephani 04 November 2021 (has links)
En el caso materia del expediente privado, que tiene por pretensión el desalojo por ocupación precaria, el mismo que se tramita en la vía del proceso sumarísimo, teniendo como partes procesales a dos personas naturales. Dicho bien inmueble es fruto de una sucesión intestada y sobre el mismo se siguió una división, partición y adjudicación.
Además, debemos tener en cuenta que durante el trámite del proceso se acompaña procesos contenciosos administrativos, así como antecedentes registrales a fin de acreditar su posesión. No obstante, es importante indicar que en la sentencia emitida a nivel de Juzgado no se pronunció sobre los puntos controvertidos fijados en la audiencia única. Del mismo modo, a nivel de Sala Civil se llega a resolver el proceso haciendo una valoración inadecuada sobre el título a lo que refiere en el presente proceso, que no hace referencia a un título de propiedad. En este sentido en ambas instancias se ha incurrido en la infracción al principio de la debida motivación lo cual conlleva a la vulneración de un debido proceso. Sin embargo, la parte demandada interpuso recurso extraordinario de casación cuya resolución fue declarar fundado el recurso, casaron la sentencia de vista, y actuando en sede de instancia revocaron la sentencia apelada que declara improcedente la demanda y reformándola la declararon infundada. En consecuencia, el fallo emitido por la Corte Suprema fue acorde a derecho y reafirmó lo señalado en el IV Pleno Casatorio Civil, en el presente caso. / Trabajo de suficiencia profesional
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La prueba científica en el proceso judicial desde la perspectiva de la búsqueda de la verdad procesalJáuregui Flores, Gustavo Rafael 05 April 2022 (has links)
El objetivo del trabajo es analizar si existe o no una sobrevaloración de la prueba
científica por parte de los jueces y con ello establecer si se ha creado un mito de
cientificidad procesal en la búsqueda de la verdad.
Desde un enfoque cualitativo, el estudio aplica el método de análisis de fuente
documental, principalmente de la doctrina y de la jurisprudencia nacional y comparada,
la misma que permite contrastar los hallazgos y resultados.
En ese sentido, se concluye que el juez peruano con una limitada formación científica,
integral, holística y argumentativa, depende y confía casi exclusivamente de los
resultados de los peritajes que se le ofrecen en los casos, sin realizar una valoración o
motivación al respecto, lo que podría significar una renuncia al concepto de que el juez
es perito de peritos, y dejando que los peritos o expertos sean quienes, en la práctica,
decidan y resuelvan el caso, poniendo en riesgo el derecho fundamental al debido proceso
y la búsqueda de la verdad objetiva y material. / The objective of this work is to address whether an overvaluation of scientific evidence
by judges exists or does not. Thereby, this would address the creation of the myth of
scientific based procedures in the search of truth.
From a qualitative approach, this study uses an analysis method. Specifically, the doctrine
and national and comparative jurisprudence, which allows to contrast the findings and
results.
This research shows that Peruvian judges with low scientific, holistic and argumentative
education rely on the result of the expert reports given to them in cases excluding a further
evaluation which results in the resignation of the role that the judges play as peritus
peritorum (expert of experts) and, even more severe, leaving the experts to be the ones
who, in practice, decide and resolve the process, which compromise the process and the
search for objective and material truth.
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El principio de buena administración y la facultad discrecional en la renovación de cuadros de oficiales de la Policía Nacional del PerúMendoza Limaymanta, Luis Junior 27 May 2020 (has links)
El Tribunal Constitucional y la Defensoría del Pueblo, en sus diversas sentencias e
informes, respectivamente, han determinado que en el procedimiento de renovación de cuadros, se ha vulnerado, entre otros, los derechos al debido procedimiento y a la
motivación de resoluciones administrativas de los oficiales de la Policía Nacional del
Perú; sin embargo, actualmente se continúan emitiendo actos administrativos que denotan cómo las autoridades públicas terminan haciendo un ejercicio arbitrario de las facultades discrecionales otorgadas por ley, sin garantizar los referidos derechos. Como consecuencia de ello, en la actualidad todos aquellos oficiales que no se encuentran conforme con tal decisión acuden al Poder Judicial en búsqueda de tutela jurisdiccional efectiva, logrando su reincorporación. En ese sentido el objetivo del presente trabajo académico es determinar de qué manera el principio de buena administración puede orientar el ejercicio de la facultad discrecional en el procedimiento administrativo de renovación de cuadros. Al respecto, Ponce afirma que, para cumplir con un debido procedimiento administrativo o deber de buena administración, las autoridades públicas durante la actividad procedimental deben de actuar de forma objetiva en función al deber de debida diligencia, de tal forma que reduzca los márgenes de arbitrariedad.
Concluyendo que la aplicación del principio de buena administración, manifestado a
través del principio de transparencia y del deber de debida diligencia o debido cuidado, como elemento núcleo, impone a la administración policial la obligación legal de actuar de manera imparcial y con la implementación de los criterios técnicos desarrollados permitirá establecer cuidadosamente los elementos de hecho y de derecho, garantizando una debida motivación de las resoluciones administrativas. De esta forma se cumple con orientar de manera positiva el ejercicio de la facultad discrecional en los procedimientos administrativos de renovación de cuadros
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La tutela de los derechos fundamentales del trabajo en la Ley procesal del Trabajo : la necesidad de implementar un proceso especial de tutelaSánchez Matos, Andrea Carolina 31 May 2021 (has links)
El reconocimiento pleno de los derechos fundamentales en el trabajo exige
indefectiblemente un cauce procesal adecuado, célere y eficaz que protega de manera
completa y suficiente estos derechos. Sin embargo, la Ley Procesal del Trabajo no
contempla un proceso especial de tutela de derechos fundamentales, pero si reconoce
algunas garantías procesales de refuerzo para la protección de los derechos
fundamentales. Esta investigación tiene el objetivo de indentificar si las garantías de
refuerzo que se reconoce en dicha ley son suficientes. Para ello, se hace una análisis
dogmático jurídico exploratoria de las leyes procesales del trabajo a nivel nacional e
internacional. La principal conclusión que se obtiene de la investigación es que la actual
ley procesal del trabajo no otorga una protección completa, suficiente e idónea a los
derechos fundamntales del trabajo.
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Informe sobre expediente de relevancia jurídica N° 155-2012, proceso de anulación de laudo arbitralElías Alcántara, Carlos Alejandro 16 November 2022 (has links)
El presente trabajo tiene como objetivo analizar el expediente judicial N°
155-2012-0-1817-SP-CO-02, el cual versa sobre un proceso de anulación
de laudo arbitral. La elección del expediente radica, principalmente, en la
vigencia actual de una indeterminación de los alcances de la revisión judicial
en los procesos de anulación de laudo cuando se evalúa la garantía de
debida motivación. En ese sentido, se analiza i) la procedencia de un pedido
de nulidad sustentado en la afectación al derecho al debido proceso, en el
cual no se presentó reclamo previo o solicitudes contra el laudo, ii) los
alcances del examen judicial de la motivación del laudo arbitral y iii) las
implicancias del incumplimiento del deber de revelación como causal de
anulación de laudo por la supuesta afectación al derecho a un juez
imparcial. Tras ello, se concluye que i) cualquier pedido de anulación
basado en la afectación a los derechos al debido proceso y a la prueba
puede contenerse en las causales taxativas de anulación de laudo y no
puede inaplicarse el requisito de reclamo previo; que ii) el examen judicial
de motivación de los laudos arbitrales únicamente puede corroborar la
existencia de motivación y la motivación interna entendida como logicidad;
y, finalmente, que iii) el incumplimiento del deber de revelación no es una
vulneración al derecho a un juez imparcial, pero es posible que se interprete
como una vulneración al derecho de defensa y como una contravención a
las normas arbitrales (como causal de anulación), siempre y cuando sea
acreditado.
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La fijación de puntos controvertidos: analizando el panorama de dicha actividad, así como una reflexión sobre la mismaLima Gómez, José Rafael 26 May 2020 (has links)
El presente trabajo busca poner en atención del lector una actividad que se
encuentra no solo en el proceso civil peruano sino también en todo proceso o
procedimiento existente, presencia que se debe a que estamos ante una actividad
organizadora del proceso que permite no solo el pleno contradictorio como derecho
fundamental sino el adecuado desarrollo del proceso dentro del derecho a la tutela
jurisdiccional efectiva. Esta actividad a la cual hacemos referencia es la de la
fijación de puntos controvertidos.
Actividad sobre la cual se han perdido las bases, así como la visión sobre su
finalidad convirtiéndola, en la práctica, a una actividad de mero trámite donde no
existe razonamiento ni esfuerzo alguno más allá del que implica la transcripción de
las pretensiones de ambas partes en un solo documento. Formalismo que no solo
desvirtúa el rol de las partes en el proceso sobre la fijación de puntos controvertidos,
sino que también lo hace con el rol del juez para correcta fijación de dichos puntos a
partir de la propuesta de las partes
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La desacumulación y separación de procesos acumulados, imputaciones y delitos conexos en el Código Procesal Penal Peruano: a propósito del artículo 51º del código procesal penal 2004Manrique Laura, Ricardo Arturo 15 June 2020 (has links)
El artículo tiene como propósito analizar la aplicación práctica y operativa de la
desacumulación que instituye el artículo 51º del Código Procesal Penal 2004. La
necesidad de hacer posible del proceso penal eficiente, en términos de celeridad y de
plazos razonables, y con eficacia para garantizar que su decisión se funde en la
verdad como presupuesto de justicia; a este cometido, no contribuye el plazo de
duración promedio del proceso penal complejo y proceso complejo con
organización criminal, sin soslayar la duración que alcanza el algunos casos el
proceso simple criminal, que podrían llegar hasta más de 10 años para la decisión
final en primera instancia; lo que no se condice con la garantía constitucional de la
tutela jurisdiccional efectiva en su expresión el derecho a la obtención de una
decisión fundada en derecho dentro de plazos razonables. El escaso desarrollo
doctrinario y jurisprudencial de la norma y su sentido literal limitan aplicación
práctica y el uso por operadores para convertir la desacumulación de procesos y
separación de imputaciones o delitos conexos como medio idóneo para simplificar
el proceso y resolver la causa en un tiempo célere, desde que la investigación
preparatoria ha cumplido su objetivo. El análisis del texto legislativo y teórico de las
instituciones de la acumulación y desacumulación sostienen un ejercicio de
interpretación dogmatica. La importancia y utilidad práctica de la desacumulación o
separación de imputaciones o delitos conexos para el manejo de procesos complejos
y procesos complejos con organización criminal reside en que sus criterios pueden
bien ser aplicados en el curso del juicio oral para llegar a la conclusión del debate
probatorio en forma anticipada y la emisión de decisiones finales antes de concluir
el debate probatorio en su integridad, sobre todo en casos de pluralidad de
imputados.
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La inobservancia del derecho al debido proceso y la tutela jurisdiccional efectiva por defensa técnica ineficaz en el nuevo proceso penal peruanoMercado Cahuana, Juan Vidal 18 October 2019 (has links)
En nuestro medio el Nuevo Código Procesal Penal tiene un carácter acusatorio y en
base a los principios de publicidad, inmediación, contradicción e igualdad de armas; hacen
que los sujetos procesales (parte acusada y acusadora) deben encontrarse preparados, a fin de
conseguir la justicia y equidad en el proceso penal; en consecuencia, bajo el nuevo paradigma
del Estado Constitucional de Derecho pasa a ser trascendental el papel desempeñado por la
defensa quien está representada por el abogado defensor, quien es el llamado a ejercer una
defensa técnica eficaz a fin de garantizar al procesado el cumplimiento y la efectividad del
derecho al Debido Proceso y a la Tutela Jurisdiccional Efectiva.
En tal sentido, en el desarrollo del presente trabajo nos hemos planteado determinar
los estándares de una defensa técnica eficaz; y si la actividad desempeñada por el abogado
que no cumple con estos parámetros conlleva a la vulneración de las garantías
constitucionales del procesado, situación que podría acarrear nulidad absoluta de acuerdo a lo
establecido en el inciso d) del artículo 150 del Código Procesal Penal.
Sin embargo, consideramos que para alegar nulidad por defensa técnica ineficaz no es
suficiente que se configure esta; toda vez que, además, debe concurrir simultáneamente lo
siguiente: a) Que el justiciable se encuentre en estado de indefensión; b) Que como
consecuencia de la indefensión se le haya obstaculizado el acceso efectivo a la justicia; y, c)
Se le haya vulnerado otros derechos constitucionales.
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Informe Jurídico sobre la Sentencia del Tribunal Constitucional emitida en el Expediente No. 01735-2008-PA/TC (Caso Shougang Hierro Perú S.A.A.)Chinchay Yancunta, Camila Naomi 01 March 2023 (has links)
En el presente informe, se realiza un análisis crítico de la STC No. 01735-2008-PA/TC,
por el cual se declaró fundada la demanda de amparo interpuesta por Shougang y, en
consecuencia, inaplique la Ordenanza Municipal No. 006-2007-A/MPN, aprobado por la
Municipalidad Provincial de Nasca.
Mediante dicha ordenanza, se aprobó la actualización del Plan de Desarrollo Urbano del
Distrito de Marcona (Nasca, Ica), a través de la cual se calificó determinadas áreas –
donde se encontraban ubicadas concesiones mineras de titularidad de Shougang –
como urbanas, lo cual significó una restricción a Shougang de realizar cualquier
actividad minera en dichas áreas.
Sin embargo, se advierte que el referido PDU no cumplió con el procedimiento
preestablecido por ley para su aprobación, tomando en cuenta lo regulado,
principalmente, en la Ley Orgánica de Municipalidades, la Ley 27015, modificada por la
Ley 27560 y el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano. Pero,
además, la Ordenanza significaría una vulneración al derecho de propiedad de
Shougang y, concretamente, un supuesto de expropiación indirecta el cual se encuentra
proscrito.
Pese a ello, el TC no resolvió en virtud de los derechos invocados por Shougang, sino
que optó por declarar que existió una afectación a la libertad contractual (pese a que no
fue alegado). Si bien la decisión del TC fue correcta al declarar fundada la demanda, lo
cierto es que se basó en una afectación a la libertad contractual, que, si bien es afectada
en este caso, en realidad las consideraciones señaladas por el TC son incorrectas. / In this report, a critical analysis of STC No. 01735-2008-PA/TC es carried out, by which
the amparo lawsuit filed by Shougang was declared founded and, consequently, the
Municipal Ordinance No. 006-2007, approved by the Provincial Municipality of Nazca, is
not applied.
Through said ordinance, the update of the Urban Development Plan of Marcona’s District
(Nazca, Ica) was approved, through which certain areas - where mining concessions
owned by Shougang were located - were classified as urban, which meant a restriction
on Shougang from carrying out any mining activities in such areas.
However, it is noted that the aforementioned PDU did not comply with the procedure pre-
established by law for its approval, taking into account what is regulated, mainly, in the
Organic Law of Municipalities, Law 27015, modified by Law 27560 and the Regulation
of Territorial Conditioning and Urban Development. But, in addition, the Ordinance meant
a violation of Shougang's property right and, specifically, a case of indirect expropriation
which is outlawed.
Despite this, the TC did not decide by virtue of the rights invoked by Shougang, but
instead chose to declare that there was an affectation of contractual freedom (despite
the fact that it was not alleged). Although the decision of the TC was correct in declaring
the claim founded, the truth is that it was based on an affectation of contractual freedom,
which, although it is affected in this case, the fact is that the considerations indicated by
the TC are incorrect.
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La motivación en el arbitraje: análisis sobre su función y rol en los laudos arbitralesOkumura Ramirez, Ricardo 19 April 2023 (has links)
El presente artículo tiene como finalidad abordar cuál es el rol que
cumple la motivación en el arbitraje y cómo ésta puede ser concebida al
momento que se efectúe el análisis en un laudo arbitral.
El debido proceso, en sus distintas manifestaciones, tiene ciertas
particularidades en el arbitraje. Uno de los aspectos que representan ciertas
posturas encontradas es el de la motivación de los laudos arbitrales y la
exigencia de ciertos elementos al momento de su control en sede judicial. En tal
sentido, la atención se centrará en analizar los aspectos más relevantes de las
teorías sobre la naturaleza del arbitraje, para analizar el rol que tiene la adecuada
motivación en los laudos arbitrales.
Finalmente, se reflexionará sobre la motivación en el arbitraje y su relación con
la imparcialidad del árbitro, como mecanismo de control posterior por las partes
de un proceso arbitral. / The purpose of this article is to approach the role and function that
due motivation has in arbitration processes in general, and to further understand
and delimitate its conception in regard to the analysis of a valid arbitration award.
Due process, in its different manifestations, has certain peculiarities when it
comes to arbitration. One of the most controversial topics is the motivation of
arbitration awards and the requirements of certain elements in respect to an
eventual judicial control. In that regard, attention will be focused on analyzing the
relevant aspects of the theories on the legal foundation of arbitration in order to
examine due motivation of arbitration awards.
Finally, we will reflect on the relation between due motivation and the impartiality
of arbitrators, as a way of post control to determine if an arbitration award is valid
or not. / Trabajo académico
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