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Informe jurídico sobre la resolución N° 3840-2014/SPCINDECOPICarhuapoma Morales, Gustavo 25 March 2022 (has links)
La señora Álvarez al haber sido víctima de una negligencia médica por parte del
personal de la Clínica Internacional S.A., interpuso un reclamo; no obstante, no recibió
ninguna respuesta dentro del tiempo establecido por el Código de Protección y Defensa
del Consumidor; por lo que interpuso denuncia en INDECOPI. De esta manera, la
denuncia llegó hasta la Sala Especializada en Protección al Consumidor.
El presente informe versa sobre el análisis de la Resolución N° 3840-2014/SPCINDECOPI,
en cuyo pronunciamiento se analiza la idoneidad de los servicios de salud
en materia de partos naturales. Seleccionamos dicha resolución, sobre todo por la
relevancia y el impacto en los consumidores de estos temas y debido a que queremos
profundizar el análisis de la idoneidad realizado por la Sala Especializada en Protección
al Consumidor. Asimismo, en el presente informe se han evaluado los temas referidos
a la parte procedimental, tales como la prueba en los procedimientos administrativos en
materia de protección y defensa del consumidor, falta de respuesta a los reclamos y la
imposición de medidas correctivas y sanciones.
Finalmente, desde nuestra posición, consideramos que la Clínica Internacional S.A. faltó
al deber de idoneidad en la prestación del servicio médico brindado a la señora Álvarez,
ello teniendo en cuenta a las Guías Técnicas de Salud, avaladas por el MINSA
(Ministerio de Salud) como garantías implícitas.
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Informe Jurídico de la Sentencia N° 778/2020 Caso de la vacancia del presidente de la República por incapacidad moralGarcía Salinas, Danny Orlando 25 March 2022 (has links)
El presente informe jurídico tiene como objetivo realizar un análisis acerca de la sentencia N°
778/2020, emitido por el Tribunal Constitucional, a la luz de la demanda competencial presentada
por el Poder Ejecutivo, ante el menoscabo de sus competencias, contra el Congreso de la
República, quien, en aplicación a sus atribuciones constitucionales, intentó, en un primer
momento, vacar del cargo al presidente de la República y, en un segundo momento, logró dicho
objetivo. Esta sentencia representa una oportunidad para lograr un análisis acerca de la
institución de la vacancia presidencial bajo la causal de la permanente incapacidad moral, la
cual, en los últimos años, ha sido constantemente mencionada y utilizada, sin detenerse a
determinar su contenido de una manera tal, que sea de ayuda a la continuidad política y social
del país. Para ello, se analizan los principales conceptos que el caso amerita como la
permanente incapacidad moral y la vacancia presidencial, así como determinar si existe una
garantía procedimental para, finalmente, desarrollar un análisis acerca de la sentencia en
estricto, precisando, las consecuencias que ha traído la figura de la vacancia presidencial por
permanente incapacidad moral en nuestro país en la búsqueda de concientizar a la opinión
pública acerca de la relevancia de esta figura y, de esa manera, pueda concluirse en un uso
adecuado de la institución jurídica de la vacancia presidencial siempre considerando el bienestar
institucional y jurídico del país.
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Deben gravarse con el Impuesto a la Renta los subsidios y condonaciones provenientes del EstadoArbieto Alfaro, Hugo Martín 01 October 2022 (has links)
La presente investigación busca analizar si los subsidios y las condonaciones provenientes
del Estado que reciben las empresas se encuentran gravados con el Impuesto a la Renta.
Nuestra Ley del Impuesto a la Renta vigente grava a las empresas por la adquisición de
ingresos provenientes de operaciones con terceros. En el presunto ejercicio de la potestad
reglamentaria, el Poder Ejecutivo estableció un desarrollo restrictivo sobre el concepto de
operaciones con terceros. A partir de esta definición restrictiva, los subsidios y
condonaciones estatales que reciben las empresas no se gravarían con el Impuesto a la
Renta pues provienen del Estado.
La investigación busca analizar la interpretación sobre los “ingresos provenientes de
operaciones con terceros” prevista en la Ley del Impuesto a la Renta y analizar la validez
constitucional de la norma del Reglamento que desarrolla el concepto de operaciones con
terceros. Este trabajo desarrolla el contexto económico y social en el que se incorpora a la
Ley del Impuesto a la Renta el supuesto gravado de ingresos provenientes de operaciones
con terceros; aplica los métodos de interpretación de las normas jurídicas; indaga en la
doctrina peruana y extranjera para conocer el concepto de renta; analiza las
interpretaciones de la Sunat, el Tribunal Fiscal y el Poder Judicial respecto de este problema;
revisa la jurisprudencia del Tribunal Constitucional para desarrollar el alcance de los
principios constitucionales de reserva de ley, capacidad contributiva e igualdad; y muestra
el tratamiento que se otorga en otros países a estos ingresos.
Nuestra conclusión es que el supuesto de “ingresos provenientes de operaciones con
terceros”, previsto en la Ley del Impuesto a la Renta, sí incluye a los subsidios y las
condonaciones estatales como ingresos gravados. Por lo tanto, la norma del Reglamento
vulnera el principio de reserva de ley porque modifica el aspecto material al excluir ingresos
gravados; asimismo, y el principio de igualdad porque otorga a las empresas que perciben
estos ingresos un tratamiento privilegiado que no cumple con ser excepcional ni
proporcional
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Efectos jurídicos perjudiciales recaídos en el tercero registral como consecuencia del asiento cancelatorio, extendido de acuerdo al artículo 5 de la Ley 30313Muñiz Duran, Ada Gabriela 26 March 2022 (has links)
La constante evolución de herramientas, de las que se valen las organizaciones delictivas para
defraudar a los propietarios de bienes inmuebles, en los últimos años ha impactado de manera
significativa en la seguridad jurídica y en la efectiva protección del derecho de propiedad.
La respuesta del Estado a esta problemática se dio mediante la promulgación de la Ley
Nº 30313, que fue materia de diversos cuestionamientos, uno de ellos recae en lo señalado por
el artículo 5º: La información contenida en las inscripciones y anotaciones preventivas que
han sido canceladas, no perjudica al tercero en los términos establecidos en el artículo 2014
del Código Civil (…). El objetivo general del trabajo fue demostrar que esta supuesta
indemnidad jurídica no se cumple, y que el tercero registral sí se encuentra afectado por el
asiento cancelatorio. Para tal fin se revisó el procedimiento de cancelación administrativa en
sede registral por los supuestos de falsificación documentaria o suplantación de identidad
contrastando con lo establecido por la doctrina nacional y extranjera respecto a los principios
rectores del sistema registral los cuales se han visto modificados por la normativa referida, por
lo que se concluye que efectivamente desde la norma, el asiento cancelatorio, produce una
afectación real al derecho del tercero registral. / The constant evolution of tools, which criminal organizations use to defraud property owners,
in recent years has had a significant impact on legal security and the effective protection of
property rights. The State's response to this problem was given through the enactment of Law
No. 30313, which was the subject of various questions, one of them falls on what was pointed
out by: The information contained in the inscriptions and preventive annotations that have
been canceled does not harm the outsider in the terms established in article 2014 of the Civil
Code (…). The general objective of the work was to demonstrate that this supposed legal
indemnity is not fulfilled, and that the outsider registry is affected by the cancellation entry.
To this end, the administrative cancellation procedure at the registry office was reviewed for
cases of documentary falsification or identity theft, contrasting with what is established by
national and foreign doctrine regarding the governing principles of the registry system, which
have been modified by the regulations. Referred, for which it is concluded that effectively
from the norm, the cancellation entry, produces a real affectation to the right of the third party
registry.
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La Tipificación Reglamentaria como manifestación del Principio de Tipicidad en el marco del Procedimiento Administrativo SancionadorDelgado Estrada, Mariela Cristina 29 September 2021 (has links)
El presente trabajo académico tiene como objetivo principal desarrollar los alcances de
la tipificación de infracciones y sanciones administrativas como parte de una de las
manifestaciones del principio de tipicidad o taxatividad en el marco del procedimiento
administrativo sancionador. Frente a ello, desarrollaremos las diferentes opiniones que
posee la doctrina sobre la potestad sancionadora y como esta se vincula con la reserva de
ley (sobre la tipificación de reglamentos por norma infralegal) y muestra su
flexibilización frente al Derecho Administrativo Sancionador. Así mismo, en base al
análisis de los principios de legalidad y tipicidad o taxatividad, determinaremos las
nociones constitucionales que abarcan cada uno de estos principios rectores, así como las
diferencias que presentan en su desarrollo, específicamente, dentro del ámbito
sancionador. Por último, se desarrollará la habilitación normativa que posee el Poder
Ejecutivo y como esta hace esto plausible en su potestad reglamentaria al momento de
elaborar reglamentos; en esta línea, evidenciaremos cómo esta facultad normativa del
Ejecutivo se expresa a través del principio de tipicidad en sus dos manifestaciones; por
un lado, la colaboración reglamentaria y, por otro, la tipificación reglamenta, siendo
ambos particularmente diferentes, pero que responden a los mismos motivos de
elaboración; en especial, la tipificación reglamentaria por fundamentarse en razón a la
complejidad de la tecnicidad en algunas materias y la necesidad de atender el dinamismo
de una actividad.
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Aplicación del principio de razonabilidad en el procedimiento administrativo sancionador realizado por el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Servicio Público – OSITRANSanta María Taboada, Ursula Cecilia 29 April 2019 (has links)
El presente artículo busca desarrollar la aplicación del Principio de Razonabilidad durante
el ejercicio de la potestad sancionadora del Organismo Supervisor de la Inversión de
Infraestructura de Servicio Público – OSITRAN, a propósito de la Resolución de Gerencia
N° 063-2009-GG-OSITRAN, de fecha 12 de noviembre de 2009, que versa sobre las
infracciones cometidas por COVIPERÚ S.A.
Para ello, se realiza una breve descripción jurídica sobre el principio de razonabilidad en el
Derecho y su desarrollo jurisprudencial por parte del Tribunal Constitucional. Asimismo,
uno de los objetivos del presente artículo es buscar una reflexión jurídica sobre la
aplicación del principio de proporcionalidad, el cual contiene intrínsecamente al principio
de razonabilidad, en la actividad de fiscalización que realiza el OSITRAN.
El presente trabajo académico se justifica en el pronunciamiento administrativo que emite
el OSITRAN, en mérito al ejercicio de su potestad sancionadora durante la aplicación del
principio de razonabilidad en el momento de la graduación e imposición de una sanción
pecuniaria, como una multa.
De este modo, el objetivo del presente artículo es realizar un análisis sobre la sanción que
impone OSITRAN y de cómo se realiza la aplicación de los criterios de graduación para la
imposición de una sanción. Además, si el OSITRAN cumple con la aplicación del principio
de razonabilidad, de conformidad con lo dispuesto en nuestro marco normativo
Finalmente, después de realizado el referido análisis se obtiene como una de la principales
conclusiones del presente artículo que no hay una aplicación exhaustiva del principio de
razonabilidad por parte del OSITRAN, durante la imposición de la sanción en la
Resolución de Gerencia N° 063-2009-GG-OSITRAN, de fecha 12 de noviembre de 2009.
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Informe Jurídico sobre Resolución Nº 757-2008-SUNARP-TR-LHualpatuero Carlos, Helga Nola 06 May 2021 (has links)
El caso materia de análisis del presente informe jurídico aborda dos temas fundamentales del
Derecho Registral, como son la prioridad y la calificación. La resolución Nº 757-2008-
SUNARP-TR-L se emite a propósito de la apelación de una observación realizada por una
registradora pública sobre un título que pretendía inscribir la adjudicación de un inmueble
producto de la ejecución de una hipoteca. El conflicto se centra en el hecho de que de manera
posterior a la inscripción de la hipoteca se inscribe: 1) la anotación de una demanda de
declaración de heredero y petición de herencia; y, 2) la inscripción del heredero como
copropietario del inmueble. No obstante lo indicado por la registradora, el Tribunal Registral
revoca la observación y ordena la inscripción de la adjudicación del inmueble. Al respecto,
el presente informe concluye que la adjudicación del inmueble producto de la ejecución de
la hipoteca no es un título incompatible con lo anteriormente registrado en la partida, incluso
cuando previo a ello se haya anotado la demanda de declaratoria de heredero y petición de
herencia y, como consecuencia, se inscribiera la copropiedad de un nuevo titular, pues la
titularidad del bien puede recaer sobre un sujeto distinto al constituyente de la hipoteca y aún
así subsistir la garantía y, por ende, el derecho del acreedor hipotecario de ejecutar el bien,
producto de lo cual se adquiere en virtud de subasta pública el inmueble. Finalmente, en
cuanto a la calificación registral se aborda el tema de la calificación de documentos judiciales,
concluyéndose que al amparo de la normativa aplicable, el pronunciamiento del juez debe
aplicarse y, por ende, proceder con la inscripción de lo que este indique.
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Las convenciones probatorias en la justicia penal peruanaBorjas Calderón, Karl Andrei d' Harold 01 April 2019 (has links)
En esta oportunidad se realiza un análisis descriptivo y crítico sobre la novedosa
institución procesal de las convenciones probatorias en la justicia penal peruana,
específicamente, en lo establecido en el Código Procesal Penal del 2004 y el Decreto
Legislativo N.° 1194 (Proceso Inmediato). Para ello, en primer lugar, se presenta la
tendencia simplificadora del proceso penal o desformalización judicial como solución
eficaz contra la criminalidad en sociedades postindustriales. Luego, abordando la teoría
de la prueba, son explicados los hechos notorios y en qué circunstancias del proceso
penal no serán necesarios presentar prueba alguna. Después de este examen, se coteja si
realmente la naturaleza jurídica de estas convenciones es compatible con el sistema
acusatorio, puesto que, sus orígenes se remontan al modelo adversarial de la justicia
norteamericana, asimismo, se aborda las funciones, momentos y finalidades, para un
mejor entender de esta institución. Por último, como forma de simplificación procesal
examinaremos las convenciones probatorias en el proceso inmediato dejando sentado
que el juez puede promocionar la aplicación de éstas entre las partes sin cuestionar su
imparcialidad.
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El principio de buena administración como garantía de la meritocracia en el proceso de evaluación de los ascensos de Oficiales Generales de la Policía Nacional del PerúHuaman Portocarrero, Daira 07 May 2021 (has links)
En el presente trabajo se enfoca el procedimiento de ascenso de los Oficiales Generales de la
Policía Nacional del Perú, desde la perspectiva del principio de buena administración,
transparencia y debido procedimiento, como instrumentos que permitan garantizar la
meritocracia; toda vez que la institución de la Policía Nacional del Perú, al igual que cualquier
otra entidad del Estado, requiere de profesionales capacitados, con conocimientos, habilidades
y aptitudes para desempeñar el cargo asignado, a fin de que el servicio público que brinde sea
de calidad, teniendo en cuenta que, el rol constitucional de la Policía Nacional del Perú, es estar
al servicio de las personas y la comunidad. Asimismo, esta investigación tiene como objetivo
determinar si el principio de buena administración, transparencia y debido procedimiento,
garantiza la materialización del principio de meritocracia en los ascensos de los Oficiales
Generales, como en cualquier otro ascenso público basado en los méritos, y, como
consecuencia, genera efectividad en el cumplimiento de sus funciones, repercutiendo en el
cumplimiento de la misión constitucional, evitando que se deslegitime la línea de carrera de
los Policías Oficiales. Además, en la presente investigación, se utilizó el método deductivo,
partiendo desde las premisas generales para llegar a las particulares. Finalmente, se concluye,
en líneas generales, que el principio de buena administración, transparencia y debido
procedimiento, garantiza que los ascensos de los Oficiales Generales de la Policía se dé bajo
un sistema meritocrático, coadyuvando a que exista una institución policial con personal en
cargos directivos con una debida profesionalización, respetando la línea de carrera de oficiales
que cumplen con los estándares profesionales, en consecuencia, el servicio policial, sea de
calidad en materia de orden interno, orden público y seguridad ciudadana a favor de la
comunidad.
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La cuestión indígena en las constituciones peruanas de 1920 y 1933Sáenz Suárez, César Andrés 09 April 2016 (has links)
La presente tesis desarrolla la inclusión de la cuestión indígena en las constituciones peruanas de 1920 y 1933. Las fuentes principales son las actas de los debates constituyentes de 1919 y 1931. El trabajo está dividido en dos capítulos donde cada uno aborda una constitución. Los capítulos siguen la misma estructura: descripción del contexto vivido durante esa época, exposición de los debates y análisis de lo aprobado. Además, cada capítulo contiene una aproximación al tema desde la literatura, revisando los relatos Cuentos Andinos de Enrique López Albújar y El Tungsteno César Vallejo. El concepto triángulo sin base de Julio Cotler es empleado para aproximarse a la relación entre el estado, gamonalismo y la población rural. La inclusión de la cuestión indígena en la Constitución de 1920 es un suceso trascendental al ser la primera vez que se incluye este tema en alguna constitución peruana. La Constitución de 1933 recoge este aporte y lo aborda con mayor profundidad. La inclusión de esta población refleja su ingreso oficial a la nación. Finalmente, esta tesis pretende describir el origen de los derechos constitucionales a las comunidades indígenas, aportando un marco histórico para aproximarse al derecho comunal.
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