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Informe Jurídico sobre la Resolución 191-2022/SDCINDECOPINajarro Prado, Militza Mercedes 02 August 2023 (has links)
El análisis de las piezas publicitarias es constante en la actividad del INDECOPI y a
manera que se va desarrollando la casuística suscitada en nuestro país, la autoridad
que analiza y reprime los actos que van en contra de la leal competencia en el mercado
va consolidando su metodología. Así, el presente trabajo pretende analizar el caso
suscitado a razón del cuestionamiento de la publicidad en empaque del producto Cubito
Maggi Carne, desde un enfoque del análisis del mensaje publicitario, debido a que no
fue materia de controversia la verdadera naturaleza del producto, no se cuestionó si
tenía o no carne como insumo formante porque de los ingredientes de dicho producto,
claramente, se desprendía de que no tenía carne. En este caso se discutió la
delimitación del mensaje publicitario, así el presente informe recaído sobre la Resolución
191-2022/SDC-INDECOPI emitida por la Sala Especializada en Defensa de la
Competencia, tiene como objetivo brindar mayores herramientas de análisis de las
piezas publicitarias, generando un enfoque en la categoría desarrollada a lo largo de
diversos pronunciamientos del INDECOPI, específicamente nos avocamos a la
experiencia del consumidor y el contexto de mercado, categorías sobre las cuales
pretendemos efectuar una contribución académica. Finalmente, se busca abordar parte
de la discusión correspondiente a los alcances de la denominación del producto y su
incorporación como parte del análisis del mensaje publicitario / The analysis of advertising pieces is constant in the activity of INDECOPI and as the
casuistry in our country develops, the authority that analyzes and represses acts that go
against fair competition in the market is consolidating its line of analysis. Thus, the
present work intends to analyze the case raised due to the questioning of the advertising
on the packaging of the Cubito Maggi Carne product, from an approach of the analysis
of the advertising message, because the true nature of the product was not a matter of
controversy, it was not questioned whether or not it had meat as a component input
because it was clear from the ingredients of said product that it did not have meat. In this
case, the delimitation of the advertising message was discussed, thus the present report
on Resolution 191-2022/SDC-INDECOPI issued by the Specialized Chamber for the
Defense of Competition, aims to provide greater analysis tools for advertising pieces,
generating a focus on the category developed throughout various INDECOPI
pronouncements, specifically we focus on the consumer experience and the market
context, categories on which we intend to make an academic contribution. Finally, it
seeks to address part of the discussion corresponding to the scope of the product name
and its incorporation as part of the analysis of the advertising message
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Informe sobre la Resolución N° 0932-2020/TPI-INDECOPIGarcía Walling, Tania Elizabeth 12 October 2021 (has links)
El presente informe jurídico versa sobre la Resolución N° 0932-2020/TPI-INDECOPI, correspondiente a la solicitud de registro del signo CHIKI PEKE YOGURT CON CHISPAS DE CHOCOLATE y logotipo, en la clase 29 de la Clasificación Internacional de Niza, cuyo solicitante es el señor Gustavo Yamanija; así como de su respectiva oposición por parte de PEPSICO, INC amparándose en sus siete marcas registradas en las clases 30 y 32 de la C.I., marcas cuyo elemento denominativo principal es el término
CHIKI. La justificación del presente trabajo radica en analizar uno de los casos de oposición en el cual se encuentran involucrados signos que contienen un término de uso frecuente en clase y cómo la autoridad administrativa ha resuelto, teniendo como objetivo explicar criterios que puedan tomarse como referencia para futuros casos de términos de uso frecuente. Para determinar si existe riesgo de confusión entre los signos, se tiene presente la normativa, doctrina, jurisprudencia y la finalidad de la legislación marcaria.
Así, tenemos que el término CHIKI (O CHIQUI) se encuentra en la conformación de varias marcas registradas a favor de distintos titulares en la clase 29, por lo que constituye un término de uso frecuente en dicha clase. Consecuentemente, el término CHIKI no resulta distintivo ni indicador de un único origen empresarial en la clase, motivo por el cual no resulta determinante para establecer la confundibilidad entre los signos en conflicto. Bajo estas consideraciones, se procede al examen comparativo entre signos, luego de lo cual se concluye que éstos no resultan semejantes, al no resultar fundamental la inclusión del término CHIKI en ambos signos y al contener, ambos, elementos diferenciadores particulares. Por todo lo anterior, se concluye que el signo solicitado debe acceder a registro a pesar de incluir el término CHIKI en su conformación, pues no acarrea riesgo de confusión
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Informe Jurídico sobre la Resolución N° 1255-2004-CPC y la Resolución N° 0939-2005/TDC-INDECOPIMayorca Llanos, Alessandra Fatima 15 August 2022 (has links)
En el presente Informe Jurídico se analiza la Resolución N° 1255-2004/CPC y la Resolución
N° 0939-2005/TDC-INDECOPI, emitidas durante el procedimiento administrativo
sancionador iniciado de oficio por la Comisión de Protección al Consumidor a United Disco
por haber cometido actos de discriminación al restringir el ingreso a determinadas personas al
establecimiento de la discoteca Aura.
El objetivo del Informe es analizar los problemas jurídicos que surgieron durante la actividad
de inspección como durante el procedimiento administrativo sancionador para determinar si
el INDCOPI incurrió en irregularidades en el ejercicio de las potestades administrativas
mencionadas; así como, si United Disco cometió actos de discriminación al restringir el
ingreso a la discoteca Aura basado en criterios subjetivos. / This Legal Report analyzes Resolution No. 1255-2004/CPC and Resolution No.
0939-2005/TDC-INDECOPI, issued under the administrative sanctioning procedure initiated
ex officio by the Consumer Protection Commission against United Disco for having
committed acts of discrimination by restricting the admission of certain persons to the Aura
establishment.
The objective is to analyze the legal problems that arose during the inspection activity as well
as during the administrative sanctioning procedure to determine whether INDECOPI
incurred in irregularities in the exercise of the aforementioned administrative powers; as well
as, whether United Disco committed acts of discrimination by restricting admission to Aura
based on subjective criteria.
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La profesión jurídica ante las reformas estructurales: una aproximación ecológica a la tarea de eliminar barreras burocráticasRodríguez Gamero, Marco Alonso 28 October 2022 (has links)
La abogacía no fue la misma tras el proceso de liberalización económica que vivieron
los Estados latinoamericanos. Esta investigación de corte cualitativa propone hacer
legible tales transformaciones desde un estudio de caso basado en uno de los nuevos
rostros profesionales nacidos de aquel contexto: los abogados antibarreras.
Configurados en el entorno organizacional de la agencia de competencia peruana,
Indecopi, este grupo de abogados de la Secretaría Técnica de la Comisión de
Eliminación de Barreras Burocráticas ha venido cumpliendo con su misión de “eliminar”
trabas burocráticas, desde una ubicación que los pone entre las fronteras de una rama
tradicional como el derecho administrativo y otra novedosa como el derecho de la
competencia, bajo la influencia del análisis económico del derecho.
Desde las premisas del enfoque ecológico de la sociología de las profesiones, esta
investigación recorre sus antecedentes, nacimiento y vicisitudes, para finalmente
comprender cómo es que llegaron a estabilizarse como grupo profesional. Tal trayecto
incorpora igualmente el reconocimiento de los procesos sociales más amplios que
permitieron que los Estados asuman nuevas tareas públicas, como lo es la
desregulación.
Entonces, con objeto de reconocer cómo fue estructurándose el espacio de los órganos
antibarreras y la interacción profesional en estos órganos, se realizaron diecinueve
entrevistas semi estructuradas a actores de estos espacios, así como de personas
relevantes para comprender su configuración. De igual modo, se realizó una revisión
documental, compuesta por normas jurídicas, exposiciones de motivo, proyectos de ley,
resoluciones, memorias institucionales, informes públicos, oficios, boletines, artículos de
funcionarios del Indecopi y hojas de vida pública difundidas a nivel institucional.
Entre las principales conclusiones que se obtuvo de esta investigación es que los
abogados antibarreras han formado su identidad a partir de un proceso de hibridación
con su entorno, al adquirir una mayor vinculación con sus propias normas y
resoluciones, como también una flexibilidad para incorporar recursos intelectuales de la
economía. La formación de dicha identidad permitió dar coherencia a la heterogeneidad
detrás de este espacio, tanto a nivel de especializaciones jurídicas, de los temas que
involucran los casos que resuelven o, incluso, las posiciones políticas que pueden
divisarse en su interior.
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Informe sobre Resolución N° 3444-2012/SPC-INDECOPIFlores Seminario, María Fernanda 15 February 2022 (has links)
En el presente informe jurídico, se realiza un análisis de la Resolución N°
3444-2012/SPC-INDECOPI, con el objetivo de determinar si constituye un acto de
discriminación en el consumo la negativa de perifonear a una consumidora transgénero
por el nombre que usa en su vida cotidiana, debido a que este difiere del nombre
consignado en su Documento Nacional de Identidad. Al respecto, se analizará si la
identidad de género es una categoría protegida por las normas de protección al
consumidor y si la negativa de un proveedor de servicios a perifonear a una mujer
transgénero por el nombre con el cual se identifica constituye un acto de discriminación
en el consumo. Asimismo, se señalarán cuáles son las medidas correctivas y multas que
el Indecopi ha impuesto en los últimos años en casos de discriminación en el consumo, y
qué medidas correctivas y multas serían aplicables al caso descrito anteriormente.
Finalmente, como resultado de la presente investigación, se sostiene que una medida
aparentemente neutral e igualitaria dirigida a todos los consumidores, como la de
perifonear a los consumidores por el nombre consignado en sus DNI, puede resultar
discriminatoria si es aplicada a un consumidor que se encuentra en una situación de hecho
distinta a la de la mayoría de los consumidores, por pertenecer a un grupo que ha sido
históricamente vulnerable a la discriminación, como es el caso de una mujer transgénero. / In this legal report, it is carried out an analysis of Resolution No. 3444-2012 /
SPC-INDECOPI, with the aim of determining whether the refusal to call a transgender
consumer by the name she uses in her daily life constitutes an act of discrimination in
consumption, considering that it differs from the name registered on her National Identity
Document. In this regard, it will be analysed whether gender identity is a category
protected by consumer protection regulations and whether the refusal of a service
provider to call a transgender woman by the name she identifies herself with constitutes
an act of discrimination in consumption. Likewise, it will be indicated what are the
corrective measures and fines that Indecopi has imposed in recent years in cases of
discrimination in consumption, and what corrective measures and fines would be
applicable to the case described above. Finally, as a result of the investigation, it is stated
that an apparently neutral and egalitarian measure directed at all consumers, such as calling consumers by the name registered on their DNI, may be discriminatory if it is
applied to a consumer who is in a de facto situation different from the situation of the
majority of consumers, because of belonging to a group that has historically been
vulnerable to discrimination, as is the case of a transgender woman.
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El Principio de Subsidiariedad en la jurisprudencia del IndecopiVillegas Angeldonis, Evelyn Suset 04 August 2021 (has links)
El presente trabajo de investigación busca plasmar un análisis, a través del desarrollo de
distintos casos, de la estrecha interpretación que se le brinda al concepto vinculado a la
actividad empresarial del Estado en el Perú. Para dicho objetivo, se ha realizado un
análisis sistemático sobre el concepto del principio de subsidiariedad brindado por las
normas respectivas y distintas resoluciones del Indecopi, buscando así persuadir al lector
del verdadero significado de dicho principio. Realizado dicho análisis, se concluye que
en nuestro ordenamiento la interpretación del principio de subsidiariedad ha sido
analizado y aplicado solo desde un punto de vista económico obviándose el lado solidario
del principio.
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Colegios profesionales y su análisis por parte de las Comisión de Eliminación de Barreras BurocráticasEnrique Valverde, Raúl Eduardo 18 April 2023 (has links)
INDECOPI se ha atribuido competencias para analizar casos de barreras
burocráticas suscitadas en colegios profesionales, con sustento en la función
administrativa que estos ejercen, en determinadas actuaciones, tales como la
habilitación de sus miembros profesionales. La discusión principal, respecto a
ello, sin embargo, se centra en el análisis que realiza para decretar si estos se
encuentran incluidos los en el numeral 6 u 8 del artículo I del Título Preliminar
del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General.
El propósito primordial de este trabajo es resolver dichas diferencias, a través
de un análisis concreto de la naturaleza jurídica de estos colegios. En tanto, el
desarrollo de esta tesis tiene los siguientes objetivos: i) Determinar la
naturaleza jurídica de los colegios profesionales, ii) Determinar si ejercen
función administrativa, iii) Determinar si, verdaderamente, pueden situarse,
como “entidad pública”, en el numeral 6 u 8 del artículo I del Título Preliminar
del TUO de la LPAG. Ello nos llevará a concluir que estos, expresamente,
puede denominárseles como Administraciones Públicas Corporativas
Sectoriales, por lo que no conforman parte de la estructura estatal, ni se sitúan
en el listado de entidades fijados en el TUO de la LPAG. Consiguientemente,
como mecanismo de solución y seguridad jurídica, proponemos una
modificación legislativa que coadyuvará a un enfoque práctico jurídico
uniforme, para posteriores revisiones y análisis de los entes competentes. / INDECOPI has been attributed powers to analyze cases of bureaucratic
barriers raised in professional associations, based on the administrative
function that they exercise, in certain actions, such as the qualification of their
professional members. The main discussion, in this regard, however, focuses
on the analysis carried out to decree whether these are included in numeral 6 or 8 of article I of the Preliminary Title of the Single Ordered Text of Law No.
27444, Law of the General Administrative Procedure.
The primary purpose of this work is to resolve these differences, through a
concrete analysis of the legal nature of these associations. Meanwhile, the
development of this thesis has the following objectives: i) Determine the legal
nature of professional associations, ii) Determine if they exercise an
administrative function, iii) Determine if, truly, they can be located, as a "public
entity", in the numeral 6 or 8 of article I of the Preliminary Title of the TUO of the
LPAG. This will lead us to conclude that these can expressly be called Public
Corporate Sectoral Administrations, so they are not part of the state structure,
nor are they on the list of entities established in the LPAG TUO. Consequently,
as a solution mechanism and legal certainty, we propose a legislative
modification that will contribute to a uniform legal practical approach, for
subsequent reviews and analysis by the competent entities. / Trabajo académico
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Prácticas colusorias horizontales sujetas a prohibición absoluta: Hard Core Cartels en el mercado peruanoTufino Borja, Claudia Verónica 04 September 2023 (has links)
La presente sistematización se realizará a partir de mi experiencia profesional de más de un año en temas de libre competencia en la Dirección Nacional de Investigación
y Promoción de la Libre Competencia (DLC) del INDECOPI. En específico, expondré mi experiencia desde mi participación en investigaciones por prácticas colusorias
horizontales sujetas a prohibición absoluta: Hard Core Cartels en el mercado peruano. Cabe mencionar que, la libre competencia es la mejor herramienta para promover
la asignación eficiente de los recursos en el mercado. Puesto que, para ganar la preferencia de los consumidores, las empresas disminuyen sus precios e incrementan la calidad de sus productos. A consecuencia de ello, los consumidores obtienen más y
mejores productos y servicios a su disposición. En particular, dentro de las prácticas
anticompetitivas, las prácticas colusorias horizontales sujetas a prohibición absoluta, calificadas por la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE)
como Hard Core Cartels, constituyen una de las principales preocupaciones de las autoridades de competencia en el mundo, al ser consideradas las violaciones más flagrantes de la ley de competencia. En el presente documento expondré las herramientas de análisis económico
utilizadas durante mi experiencia en las investigaciones llevadas a cabo por la DLC del INDECOPI.
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Informe sobre la Resolución 2080-2020/SPC-INDECOPICarpio Rodrigo, Alejandra Meliza del 31 July 2023 (has links)
El presente Informe pretende realizar un análisis jurídico acerca de los problemas
advertidos en la Resolución 2080-2020/SPC-INDECOPI. Esta Resolución, está
directamente relacionada con la Protección al Consumidor en el ámbito de
servicios financieros. En específico, la señora Xener Nilda Quicaño de Arrieta
presentó una denuncia en contra del Banco BBVA Perú S.A., porque
presuntamente la entidad bancaria no habría cumplido con activar sus protocolos
de seguridad al momento de que le permitieron ser atendida en una ventanilla
preferencial junto a una tercera persona, quien la tenía bajo amenaza. Siendo
ello así, se habría provocado que se efectúe de manera indebida dos
operaciones, una disposición de efectivo y un retiro por cajero automático. Frente
a ello, el Informe se centrará en determinar si efectivamente la falta de
seguimiento de sus protocolos de seguridad del Banco provocaron que se lleve
a cabo tales operaciones. Para ello, se utilizará los métodos descriptivo,
comparado y analítico, que comprenderán la revisión de la normativa, doctrina y
jurisprudencia relacionada al tema controvertido. Así, a partir de un análisis
global de todos estos elementos, se podrá concluir que la falta de protocolos de
seguridad del Banco no fue una causal determinante para concluir que bajo su
efecto se realizarían necesariamente ambas operaciones / The purpose of this report is to provide a legal analysis of the problems identified
in Resolution 2080-2020/SPC-INDECOPI. This Resolution is directly related to
Consumer Protection in the area of financial services. Specifically, Mrs. Xener
Nilda Quicaño de Arrieta filed a complaint against Banco BBVA Perú S.A.,
because the bank allegedly failed to activate its security protocols when she was
allowed to be attended at a preferential window together with a third person, who
had her under threat. This being so, it would have caused her to carry out two
transactions in an improper manner, a cash withdrawal and a ATM withdrawal. In
view of this, the Report will focus on determining whether the Bank's failure to
follow its security protocols caused such transactions to be carried out. For this
purpose, the descriptive, comparative and analytical methods will be used, which
will include the review of the regulations, doctrine and jurisprudence related to
the controversial issue. Thus, from a global analysis of all these elements, it will
be possible to conclude that the lack of security protocols of the Bank was not a
determining cause to conclude that under its effect both operations would
necessarily be carried out
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Informe jurídico sobre la Resolución N° 0129-2018/SDC INDECOPIFalen Valverde, Alessandra Betsabeth 01 August 2023 (has links)
El presente informe jurídico analiza la Resolución N° 0129-2018/SDCINDECOPI,
emitida por la Sala Especializada en Defensa de la Competencia de
Indecopi, la cual resolvió en segunda instancia la denuncia presentada por
América Móvil en contra de Entel por la presunta comisión de actos de engaño
en la difusión de los anuncios que formaron parte de su campaña publicitaria “La
Yapa”. Así pues, el presente trabajo evaluará si la decisión adoptada en dicha
resolución, en la cual se concluyó que Entel sí había incurrido en los actos de
competencia desleal denunciados, fue la correcta; ello sobre la base de lo
dispuesto en la Ley de Represión de Competencia Desleal, así como en atención
a los criterios adoptados en resoluciones de Indecopi.
De ese modo, luego de la investigación realizada en este informe, se demostrará
que Entel sí incurrió en actos de engaño en la difusión de los mensajes que
fueron materia de análisis en la segunda instancia. Ello pues, tras realizar una
interpretación superficial e integral de la publicidad, desde la perspectiva del
consumidor, se identificaron los dos mensajes objetivos cuestionados, los cuales
no respetaron el principio de veracidad. Por un lado, uno de los mensajes omitió
información que resultaba relevante para el proceso de elección de los
consumidores y, por otro lado, el otro mensaje presentó información falsa. En
consecuencia, se concluirá que ambos eran susceptibles de inducir a error a los
consumidores. / This legal report analyzes Resolution No. 0129-2018/SDC-INDECOPI, issued by
the Specialized Chamber in Defense of Competition of Indecopi, which resolved
in second instance the complaint filed by América Móvil against Entel for allegedly
committing acts of deception in the dissemination of the advertisements that were
part of its advertising campaign "La Yapa". Therefore, this paper will evaluate
whether the decision adopted in such resolution, in which it was concluded that
Entel had incurred in the acts of unfair competition denounced, was correct,
based on the provisions of the Law for the Repression of Unfair Competition, as
well as on the criteria adopted in Indecopi's resolutions.
Thus, after the investigation carried out in this report, it will be demonstrated that
Entel did incur in acts of deception in the dissemination of the messages that
were subject of analysis in the second instance. After a superficial and integral
interpretation of the advertising, from the consumer's perspective, the two
objective messages in question were identified, which did not respect the
principle of truthfulness. On the one hand, one of the messages omitted
information that was relevant for the consumer's choice process and, on the other
hand, the other message presented false information. Consequently, it will be
concluded that both were likely to mislead consumers.
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