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Informe sobre expediente de relevancia jurídica N° 00173-2010-0-1801-JR-LA-07, E-2695, demanda interpuesta por Eryka San Miguel Wong contra Deportes Aventura S.A.C. por indemnización de daños y perjuicios por responsabilidad contractualPedemonte Diaz, Alejandro Andres 22 November 2024 (has links)
El objetivo del presente trabajo es analizar la demanda planteada por Eryka San Miguel Wong contra
su ex empleador, la empresa Deportes Aventura S.A.C. por indemnización de daños y perjuicios por
incumplimiento del contrato, así como terminación injustificada del mismo. Lo interesante del caso
es que aborda temas controvertidos en torno a la formalización del contrato de trabajo, la aplicación
del periodo de prueba y la indemnización de daños y perjuicios por incumplimiento de la buena fe
contractual en el marco de una relación laboral. De igual manera, el caso es relevante para resaltar la
importancia de la debida motivación de las resoluciones judiciales como parte integrante del derecho
a la tutela jurisdiccional efectiva, siendo ello una exigencia para los órganos que ejercen el poder
jurisdiccional. Para tal fin se realiza un análisis legal en base a la normativa vigente al momento de
llevarse el proceso (por lo que es de aplicación la derogada Ley Procesal del Trabajo, Ley N° 26636),
a la jurisprudencia y a la doctrina aplicable a las materias que forman parte del caso. De dicho análisis,
se puede concluir que corresponde el pago de una indemnización por daños y perjuicios por parte de
Deportes Aventura S.A.C. a Eryka San Miguel Wong al haberse vulnerado la buena fe contractual
conforme a los artículos 1321° y 1362° del Código Civil.
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Informe Jurídico sobre la Casación N° 1952-2018 Arequipa : criterios de valoración en la declaración testimonial de víctimas menores de 14 años en el delito de violación sexualQuispe Montalvo, Grissel Victoria 07 August 2024 (has links)
El objetivo del trabajo es analizar la postura de las Salas Penales Permanentes
de la Corte Suprema en relación al testimonio de las víctimas de violación sexual,
menores de 14 años, y analizar, a su vez, cómo el Acuerdo Plenario N°02-
2005/CJ-116 regula la valoración probatoria; esto tiene como objeto de análisis
la Casación N° 1952-2018 Arequipa.
A este análisis se debe sumar dos aspectos relevantes que aclararán el
problema principal; para lo cual, nos apoyamos en el Acuerdo Plenario N°02-
2005/CJ-116 como jurisprudencia, atendiendo a la generalidad con la que fue
regulada; el mismo que establece limitaciones para valorar las sindicaciones de
las víctimas, porque presenta dificultades en la valoración del criterio de la
verosimilitud en menores de edad.
Posteriormente, se realizará un análisis sobre la falta de metodología en la
psicología forense a nivel nacional para evaluar la credibilidad en las
declaraciones de las víctimas menores de edad abusados sexualmente; para
luego referirnos a la metodología CBCA-SVA como una alternativa de apoyo
para el juez al analizar la valoración sobre la declaración testimonial del menor.
Como corolario, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema establece un
análisis de valoración insuficiente y conservador sobre los criterios de certeza
establecidos en el Acuerdo Plenario actual. Razón por la cual es necesario la
implementación de un nuevo acuerdo plenario y la aplicación de una metodología
psicológica forense como el CBCA-SVA. / The objective of the work is to analyze the position of the Permanent Criminal
Chambers of the Supreme Court in relation to the testimony of victims of sexual
rape, under 14 years of age, and to analyze, in turn, how Plenary Agreement No.
02-2005/ CJ-116 regulates the evaluation of evidence; This has as its object of
analysis Cassation No. 1952-2018 Arequipa.
Two relevant aspects must be added to this analysis that will clarify the main
problem; For which, we rely on Plenary Agreement No. 02-2005/CJ-116 as
jurisprudence, taking into account the generality with which it was regulated; the
same one that establishes limitations to evaluate the syndications of the victims,
because it presents difficulties in the evaluation of the criterion of verisimilitude in
minors.
Subsequently, an analysis will be carried out on the lack of methodology in
forensic psychology at the national level to evaluate the credibility of the
statements of sexually abused minor victims; and then refer to the CBCA-SVA
methodology as an alternative support for the judge when analyzing the
assessment of the minor's testimonial statement.
Finally, at the end of this legal report, we concluded that the Permanent Criminal
Chamber of the Supreme Court establishes an insufficient and conservative
assessment analysis on the certainty criteria established in Plenary Agreement
No. 02-2005/CJ-116. Reason why the implementation of a new plenary
agreement and the application of a forensic psychological methodology such as
the CBCA-SVA is necessary.
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Gastos deducibles en paraísos fiscales: hacia la permisibilidad de la carga de la prueba para las empresas en operaciones no fraudulentasFlores Navarro, Nicol Michel 27 June 2024 (has links)
El tema que abordamos no pretende eliminar la prohibición de gastos deducibles en paraísos
fiscales, porque comprendemos que el legislador impuso en su momento esta medida antiparaíso
para contrarrestar la elusión fiscal, sin embargo, actualmente tenemos una diferente coyuntura, que
podría hacer posible la carga probatoria para que las empresas demuestren que sus operaciones
son reales, dado que existen instrumentos que permiten un intercambio de información tributaria.
Dicha prohibición la cotejamos en el inc. m) del art. 44° del TUO de la LIR.
Se parte de la hipótesis que con el escenario actual el Perú es capaz de intercambiar información
tributaria con una red amplia de países, siendo posible la permisión de la carga probatoria, tenemos
que nuestro país se ha adherido al CAAMMF, así también los AIIT, vienes a ser instrumentos que
establecen el intercambio de información tributaria con paraísos fiscales, máxime si se tiene en
cuenta que con la actual lista de paraísos fiscales establecida en el Anexo 1 del RLIR, hay un
95.45% entre convenios y acuerdos que lo permiten.
En ese sentido, nuestro principal objetivo es analizar en qué medida se debería permitir la carga
probatoria a las empresas en los casos sobre deducciones de gastos en paraísos fiscales. La
metodología a utilizar es el analítico para el estudio de diferentes literaturas, así como
legisprudencial porque se cuestiona el inc. m) del art. 44 del TUO de la LIR y de forma referencial,
el comparado.
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Informe sobre expediente de relevancia jurídica N° 1771-2007/CPC, E-2156, sobre la teoría de la carga de la prueba y consumidor razonable en materia de protección al consumidorMunemura González, Akemi Lucía 09 July 2024 (has links)
El presente informe tiene como objetivo analizar las cuestiones en materia de Derecho
Administrativo y Protección al Consumidor contenidas en la tramitación del Expediente N°
1771-2007/CPC y Resolución N° 2130-2009/SC2-INDECOPI, emitida por la Sala de Defensa
de la Competencia N° 2 del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad
Intelectual. Al respecto, dicho pronunciamiento justifica su trascendencia al presentar dos
niveles de análisis: en primer lugar, como cuestión procedimental, relacionado a la legitimidad
para obrar pasiva de Elektra, uno de los proveedores denunciados; y, en segundo lugar,
cuestiones de fondo, relacionado a lo siguiente: (i) la aplicación de la teoría probatoria
dinámica e inversión de la carga de la prueba a favor del consumidor; (ii) la discusión y debate
por establecer el criterio de consumidor razonable y si el mismo se flexibiliza frente a la
obligación del proveedor; y, (iii) determinar si el proveedor denunciado incurrió en métodos
prohibidos y/o abusivos de cobranza mediante el envío de una comunicación aparentemente
prejudicial. Como conclusión principal en la cuestión procedimental, el informe establece que
la denuncia contra Elektra debió ser declarada improcedente al advertir que no formaba parte
de la relación de consumo. Asimismo, sobre las cuestiones de fondo del procedimiento, se
desarrollan las siguientes tres posiciones: (i) ante la denuncia de un hecho negativo
corresponde al proveedor aportar los medios de prueba que permitan exonerarlo de
responsabilidad; (ii) no correspondía plantear el criterio de consumidor razonable para eximir
de responsabilidad al proveedor denunciado; y, (iii) la comunicación de cobranza calzaba en
el supuesto de cobranza prohibida y/o abusiva.
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Informe sobre expediente de relevancia jurídica N° 19723- 1998, E-2370, seguido por Norsac S.A. contra el Banco Internacional del Perú sobre proceso de indemnización por daños y perjuiciosHospinal Alcantara, Isabo Diana 25 June 2024 (has links)
El presente informe jurídico analiza los principales problemas jurídicos
advertidos en el proceso judicial seguido por la empresa Norsac S.A. contra el
Banco Internacional del Perú en un proceso de indemnización por daños y
perjuicios. Los principales problemas jurídicos advertidos son los siguientes: la
interpretación del artículo 172 de la Ley No. 16587, antigua Ley de Títulos
Valores, en lo que respecta a la “notoriedad” en la falsificación de firmas; la
determinación del tipo de responsabilidad civil en la que incurrió el Banco
Internacional del Perú al pagar cheques con firmas notoriamente falsificadas y el
criterio de imputación que se le debe aplicar; el análisis de si correspondía o no
pagar a Norsac S.A. una indemnización por concepto de lucro cesante; la
evaluación de si el mismo accionar de Norsac S.A. le generó su propio daño; y
la determinación de si los medios probatorios del proceso fueron debidamente
incorporados y valorados. Para responder a estos problemas jurídicos se han
revisado los argumentos expuestos por cada parte durante el trámite del proceso
judicial y, a su vez, se ha estudiado la legislación de la materia, así como las
fuentes doctrinarias y jurisprudenciales que tratan estos conceptos jurídicos para
aplicar el método dogmático - jurídico. Finalmente, se concluye que no todas las
instituciones jurídicas fueron aplicadas de forma correcta por los órganos
jurisdiccionales al resolver este caso.
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Análisis de la aplicación de la presunción contenida en el Artículo 52 de la Ley No. 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, en la jurisprudencia judicialGutiérrez Nieto, Andreína Elisa January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La presente investigación, comienza con la exposición del sistema de responsabilidad civil como mecanismo de prevención y reparación del daño ambiental, comúnmente recogido en diversas legislaciones, e incluida en el Derecho chileno a partir de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Esta ley, establece un régimen general de responsabilidad basado en la culpa del autor del daño ambiental, el que contempla ciertos matices, tales como las presunciones de culpabilidad que invierten la carga probatoria en favor de la víctima de un daño ambiental, entre otros. En los capítulos siguientes, se describe y analiza especialmente la presunción de culpabilidad del artículo 52 de la Ley N° 19.300, con el objeto de determinar su alcance normativo, para enseguida estudiar los fallos de la Excelentísima Corte Suprema, y de los Tribunales Ambientales de Santiago y Valdivia que aplican la presunción, examinando su incidencia práctica y su evolución, para finalmente concluir cuáles son las tendencias jurisprudenciales en la materia.
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Análisis jurisprudencial del procedimiento de tutela laboral periodo 2016 a 2017 : prueba indiciaria, juicio de ponderación y medidas reparatoriasPeña Castro, Adriana, Larraguibel Calé, Héctor, Cortés Fuentes, Jorge, Araya Carreño, Laura, Vivar Barriga, María Jesús, Fuentes Pinochet, Maximiliano, Gutiérrez Salinas, Nicolás, Arana Madrid, Sebastián January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales)
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Valoración del medio de prueba "declaración de parte" en los procedimientos laboralesVergara Lagos, Héctor Alejandro January 2019 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El presente trabajo busca investigar el medio de prueba “declaración de parte” y
cuál debe ser su valor probatorio en los procedimientos laborales, particularmente
cuando es rendido por trabajadores. Este es un medio de prueba escasamente
tratado en la doctrina nacional, presumiblemente debido a que no se encuentra
recogido en las normas procesales de nuestro país. Si bien las teorías que se
estudiarán acerca de valoración de este medio probatorio pueden ser usadas a otros
procesos en donde se utiliza la sana crítica, se decidió aplicarlo a los procedimientos
laborales debido, entre otras razones, a las características especiales que presenta
la declaración del trabajador, especialmente en lo referido a las emociones que
probablemente sentirá al presentar su testimonio, de acuerdo a la teoría del “contrato
psicológico”.
Luego de estudiar dos de los principios base que rigen actualmente los procesos
reformados, como son la sana crítica y la libertad de prueba, y un breve análisis de
los trabajadores en Chile y como sus características especiales pueden influir en su
relación, se examinan las dos principales teorías modernas de valoración de la
prueba, de Jordi Nieva Fenoll y Jordi Ferrer Beltrán. Posteriormente estas teorías se
aplican a dos casos laborales ocurridos en Chile, para ver cómo se desenvuelven en
la práctica. Al constatar que estas teorías no responden una de las interrogantes que
motivaron esta investigación, como es si la declaración de parte puede ser suficiente
para probar un hecho si no existen otros medios de prueba que lo corroboren teniendo en consideración el interés de la parte en el resultado del juicio, se
esbozará una teoría propia que responda a esta interrogante.
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Prueba de la causalidad y valoración de la evidencia científica en la litigación del cambio climático : aporte del Caso Urgenda vs. HolandaAbarca Lucero, José Miguel January 2017 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La judicialización del cambio climático ha aumentado exponencialmente dentro de los últimos años, debido a la lenta reacción de los Estados en tomar las medidas legislativas necesarias para adaptar a la sociedad actual a las exigencias del fenómeno del cambio climático. Uno de los casos más emblemáticos dentro de este nuevo movimiento es el de Urgenda vs Holanda, en donde el Tribunal ordenó al Estado que redujera sus emisiones de GEI en al menos un 25% para el año 2020 respecto a los niveles de 1990, basado en la evidencia científica disponible y en los compromisos internacionales adoptados por el Estado.
Sin embargo, y a pesar del éxito del caso anteriormente mencionado, la mayoría de estos juicios no corren la misma suerte, principalmente por dos grandes problemas: El primero de ellos es la prueba de la causalidad, la que se ve muchas veces obstaculizada debido a la naturaleza difusa del daño ambiental. El segundo problema es la reticencia de los tribunales a aceptar la evidencia científica como argumento válido para imputar responsabilidad o para establecer un deber de cuidado respecto del demandado.
El objetivo de este artículo es, en base al análisis de doctrina especializada y jurisprudencia nacional y comparada, revisar estas dificultades y descubrir sus posibles soluciones, las que van desde la inversión de la carga de la prueba, hasta las presunciones de responsabilidad.
Por otro lado, también se pretende analizar el caso Urgenda vs Holanda con la finalidad de exponer los principales puntos de la sentencia, para luego pasar a la revisión de la prueba de la causalidad y por qué razones fue aceptada la evidencia científica del IPCC en este caso, lo que ha traído como consecuencia un nuevo movimiento de demandas en contra de Estados por razones y con argumentos muy similares a los entregados por la Fundación Urgenda.
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La omisión del análisis de la prueba en el procedimiento monitorio laboral chilenoPino Espinoza, Carlos Ignacio, Mayolafquen Martínez, Edson Rodrigo January 2018 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / Mediante la presente memoria intentaremos realizar un análisis respecto de las exigencias y la necesidad de fundamentar las sentencias judiciales a la luz de la garantía del debido proceso y en particular respecto de la garantía que recae sobre toda sentencia de ser debidamente fundamentada, toda vez que en nuestra legislación, el artículo 501 inciso 3º del Código del Trabajo, se faculta al juez para omitir de la sentencia la síntesis de los hechos y las alegaciones de las partes, así como el análisis de la prueba rendida, los hechos probados y el razonamiento que condujo al juez a fallar de una u otra manera.
Esto lo realizaremos a lo largo de cuatro capítulos en los que abordaremos los aspectos más relevantes. En primer lugar, analizamos la fundamentación de las sentencias desde el debido proceso, su contenido y las garantías que lo comprenden, además de revisar la recepción normativa de esta garantía en el derecho internacional y el ordenamiento nacional. En segundo lugar, se determina cual es el contenido de la Motivación de la sentencia, así como las funciones endoprocesales y extraprocesales de la misma. En tercer lugar, daremos un breve repaso al procedimiento monitorio en materia laboral, respecto de sus características, naturaleza jurídica, así como a sus etapas y veremos algunos problemas anexos al tema en estudio respecto del mismo. Por último, en el capítulo final de este trabajo, analizamos, en base a todo lo anterior, los problemas y los alcances que se derivan de la omisión del análisis de la prueba y la fundamentación de la sentencia dentro del procedimiento monitorio.
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