Spelling suggestions: "subject:"administrativo.""
281 |
Informe jurídico sobre la Sentencia de Casación N°525- 2022/NacionalSalazar Pérez, Diana Mirella 05 August 2024 (has links)
El presente informe tiene como objetivo llevar a cabo un análisis jurídico de la
Sentencia de Casación N°525-2020/Nacional. Dicho análisis girará en torno a dos
preguntas principales las cuales son las siguientes: ¿el abogado Luis Peschiera
Rubini puede ser considerado autor del delito de colusión agravada en la fase de
selección del Proceso de Contratación para el Proyecto Gasoducto Sur Peruano?
¿Se declaró fundado correctamente el recurso de casación interpuesto por la
defensa técnica del abogado Luis Peschiera Rubini? Respecto de la primera
pregunta podemos señalar que analizaremos si en efecto el abogado Luis Peschiera
Rubini si puede ser considerado autor del delito de colusión agravada regulada en
el artículo 384° de Código Penal. Para abordar dicha cuestión, revisaremos la teoría
del acceso al dominio de protección sobre el bien jurídico vulnerable y puesto en
peligro que nos propone el profesor alemán Shüneman. Sobre la segunda pregunta,
debemos señalar que se analizará si es que Corte Suprema hizo bien en declarar
fundado el recurso de casación que interpuso la defensa técnica del abogado.
Adelantando nuestra posición, consideramos que no hizo bien ya que declaró como
atípica una conducta típica, con lo cual no nos encontramos de acuerdo, más aún
porque de esa forma la investigación del abogado Luis Peschiera Rubini quedó
archivada. / The purpose of this report is to carry out a legal analysis of the Cassation Ruling
N°525-2020/National. This analysis will focus on two main questions: can attorney
Luis Peschiera Rubini be considered the author of the crime of aggravated collusion
in the selection phase of the Procurement Process for the Southern Peruvian Gas
Pipeline Project? Was the cassation appeal filed by the technical defense of attorney Luis Peschiera Rubini correctly declared well-founded? Regarding the first question,
we will analyze whether in fact attorney Luis Peschiera Rubini can be considered the
author of the crime of aggravated collusion regulated in article 384° of the Criminal
Code. To address this question, we will review the theory of access to the domain of
protection over the vulnerable and endangered legal property proposed by the
German professor Shüneman. Regarding the second question, we must point out
that we will analyze whether the Supreme Court was right in declaring the cassation
appeal filed by the lawyer's technical defense to be well-founded. Advancing our
position, we consider that it did not do well since it declared as atypical a typical
conduct, with which we do not agree, even more so because in this way the
investigation of attorney Luis Peschiera Rubini was archived.
|
282 |
Informe jurídico sobre el laudo arbitral del Expediente Arbitral N° S 085-2013Revoredo Loayza, Diana Valeria 05 August 2024 (has links)
En el presente informe, criticaremos la decisión del tribunal arbitral emitida a
través del laudo a nivel sustancial y procesal, en ese sentido, se analizan las
obligaciones contractuales del Contratista según la Ley de Contrataciones del
Estado D.L. N°1017, su Reglamento, y el Contrato N°010-2012-MIDIS-PRONAA
sobre “Adquisición de Papilla”. Efectuando especial mención respecto a la figura
de vicios ocultos en las contrataciones de bienes, en este caso, bienes perecibles
y cuestionaremos la lógica del tribunal al considerar cumplidas las obligaciones
del Contratista.
En el aspecto procesal, observamos una violación al debido proceso, ya que el
Laudo fue emitido por dos árbitros recusados mientras el proceso debía estar
suspendido según la normativa vigente, lo que constituye una infracción a los
procedimientos legales establecidos.
En cuanto al fondo del caso, desde nuestro punto de vista, el Tribunal no evaluó
adecuadamente las obligaciones contractuales, siendo que su análisis se centró
únicamente en el cumplimiento de las obligaciones antes de la entrega del
producto, sin considerar las responsabilidades del contratista de mantener la
integridad del producto durante su vigencia. Este incumplimiento, se evidenció
cuando el producto entregado no estaba en condiciones óptimas. Además, el
Tribunal no tuvo en cuenta que, conforme a la normativa vigente, si el contratista
quería una ampliación de plazo para la entrega del producto, este debió
solicitarla inmediatamente después de cesar el evento de fuerza mayor, sin
embargo, notificó a la Entidad sobre el siniestro 14 días después de la entrega,
factores, no debidamente evaluados, que afectan la idoneidad del Laudo emitido. / In the present report, we will critique the decision of the arbitral tribunal issued
through the award on both substantive and procedural levels. In this regard, we
analyze the contractual obligations of the Contractor according to the State
Procurement Law D.L. No. 1017, its Regulations, and Contract No. 010-2012-
MIDIS-PRONAA concerning the “Acquisition of Baby Food.” Special mention is
made of the concept of hidden defects in the procurement of goods, in this case,
perishable goods, and we will question the tribunal's logic in considering the
Contractor’s obligations as fulfilled.
On the procedural aspect, we observe a violation of due process, as the Award
was issued by two arbitrators who had been challenged while the process should
have been suspended according to the current regulations, which constitutes an
infringement of the established legal procedures.
Regarding the substance of the case, in our view, the Tribunal did not adequately
evaluate the contractual obligations, focusing its analysis solely on the fulfillment
of obligations prior to the delivery of the product, without considering the
contractor's responsibilities to maintain the integrity of the product during its
validity. This breach was evident when the delivered product was not in optimal
condition. Furthermore, the Tribunal did not take into account that, according to
current regulations, if the contractor wanted an extension of the delivery deadline,
this request should have been made immediately after the cessation of the force
majeure event. However, the contractor notified the Entity about the incident 14
days after delivery. These factors, which were not duly evaluated, affect the
adequacy of the issued Award.
|
283 |
Informe jurídico sobre el análisis de la Resolución N° 6 del Exp. 00351-2021-0-1817-SP-CO-02Campos Florián, Grecia Verónica 07 August 2024 (has links)
El presente informe se centra en el análisis de la Resolución N° 6 emitida en el Expediente N° 00351-2021-0-1817-SP-CO-02 por la Segunda Sala Civil Subespecialidad Comercial del Corte Superior de Justicia de Lima, que declaró
fundado en parte el recurso de anulación del laudo arbitral de fecha 29 de diciembre 2020, presentado por el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en el arbitraje contra ella seguido por Alimentos Andinos P&A E.I.R.L. La referida resolución tuvo como objeto determinar si la decisión adoptada por el Tribunal Arbitral vulneró el derecho a la motivación en su tipificación bajo las causales del literal b) y d), del inciso 1 del art. 63 de la Ley de Arbitraje, que contemplan la
falta de motivación suficiente y la decisión sobre materias no sometidas al
arbitraje, respectivamente.
El problema principal del caso se refiere a la interpretación de un plazo estipulado en el contrato para acudir al arbitraje, como uno de caducidad, lo que afectaba
la admisión de la controversia en esta sede. Los instrumentos normativos empleados son la Ley de Arbitraje, específicamente los artículos 41, 62 y 63, que establecen los principios de competence-competence e irrevisabilidad y las causales de nulidad de los laudos arbitrales.
El informe examina si el Tribunal Arbitral aplicó correctamente los principios mencionados y si la Sala Superior se ajustó a las causales de nulidad al revisar
la decisión arbitral. Se concluye que es imperativo que los tribunales judiciales respeten los límites establecidos por la ley en cuanto a las causales de nulidad de los laudos arbitrales, preservando así la independencia y eficacia del sistema arbitral como un mecanismo eficiente para la resolución de disputas comerciales. / This report focuses on the analysis of Resolution No. 6 issued in Case No. 00351-
2021-0-1817-SP-CO-02 by the Second Civil Chamber Commercial Subspecialty of the Superior Court of Justice of Lima, which declared partially founded the appeal for annulment of the arbitral award dated December 29, 2020, filed by the Ministry of Development and Social Inclusion, in the arbitration against it followed by Alimentos Andinos P&A E. I.R.L. The purpose of said resolution was to determine whether the decision adopted by the Arbitral Tribunal violated the right
to motivation in its typification under the grounds of subparagraph b) and d), paragraph 1 of Article 63 of the Arbitration Law, which contemplate the lack of
sufficient motivation and the decision on matters not submitted to arbitration, respectively.
The main problem of the case refers to the interpretation of a term stipulated in the contract to go to arbitration, as one of expiration, which affected the admission of the dispute in this venue. The normative instruments used are the Arbitration Law, specifically Articles 41, 62 and 63, which establish the principles of
competence-competence and unreviewability and the grounds for nullity of
arbitral awards.
The report examines whether the Arbitral Tribunal correctly applied the aforementioned principles and whether the Superior Chamber complied with the grounds for nullity when reviewing the arbitral decision. It concludes that it is imperative that the courts respect the limits established by law regarding the grounds for nullity of arbitral awards, thus preserving the independence and effectiveness of the arbitral system as an efficient mechanism for the resolution of commercial disputes.
|
284 |
Informe jurídico sobre la Resolución Nº 7 recaída en el Expediente N° 00064-2021-0Vargas Becerril, Vanessa 07 August 2024 (has links)
Este Informe Jurídico se centra en la Resolución N° 7 del Expediente N° 00064-
2021-0, abordando temas clave como el deber de revelación de los árbitros y la
motivación de los laudos. La relevancia jurídica de este caso radica en la
complejidad que rodea el deber de revelación y su impacto en la imparcialidad del
árbitro al emitir laudos. La discusión sobre cuándo y cómo se debe llevar a cabo
esta revelación es crucial para asegurar la confianza de las partes en el proceso
arbitral, protegiendo principios esenciales como el derecho a la defensa y el
debido proceso.
De otro lado, se argumenta la pertinencia de las cuestiones de fondo mediante
recursos de anulación del laudo, poniendo en riesgo la naturaleza irrevocable de
los laudos arbitrales y cuestionando su compatibilidad con decisiones que podrían
surgir en un contexto judicial.
En conclusión, este caso subraya la importancia de abordar adecuadamente el
deber de revelación del árbitro y su relación con la imparcialidad en el arbitraje.
Asimismo, la importancia de mantener la autonomía y jurisdicción del arbitraje, así
como la necesidad de que el control judicial se limite a verificar la estructura y
coherencia de la motivación, sin adentrarse en el fondo de las decisiones
arbitrales respetando las garantías procesales de las partes. Por lo tanto, su
análisis en un examen académico representa una valiosa oportunidad para
explorar aspectos fundamentales del derecho procesal y la ética judicial.
|
285 |
Informe jurídico sobre el recurso de la casación N°3490-2022/ArequipaSanta María Alcázar, Felipe Gustavo 05 August 2024 (has links)
El presente informe versa sobre la Casación Nº 3490-2022/Arequipa, en la cual
surgen problemas en torno a la participación de dos sujetos intervinientes en la
etapa de actos preparatorios de un proceso de contratación. Su participación
estuvo vinculada a la elaboración del expediente técnico que fijó las
características del proyecto. La imputación de dichas personas varió en más de
una ocasión a lo largo del proceso.
Esto se debe a que no existe claridad los límites entre ambas modalidades de
colusión (es decir, simple y agravada) ni tampoco respecto de la relación entre
las etapas del proceso de contratación y las fases del iter delictivo. No queda
claro si es que es posible ser partícipe de un delito de colusión agravada sin
haber intervenido en la fase de ejecución contractual, en la cual se habría
producido la defraudación patrimonial. Sobre este aspecto, el presente informe
postula que la intervención en cualquiera de las etapas de la contratación se
ubica dentro de la fase de ejecución del delito de colusión agravada, mientras
los actos tengan aptitud lesiva para generar la defraudación patrimonial exigida
por el tipo.
La participación de estas personas también plantea interrogantes respecto del
título de imputación que merecen, pues el proyectista encargado de la
elaboración del expediente de técnico obró como consultor, lo cual, en
apariencia, lo excluiría de la función pública. Al respecto, el presente informe
plantea que es posible atribuir autoría al proyectista, siempre y cuando este
ejerza funciones públicas en virtud del servicio que brinda. / This report addresses Cassation No. 3490-2022/Arequipa, which raises issues
regarding the participation of two individuals involved in the preparatory acts
phase of a contracting process, specifically in the drafting of the technical dossier
that outlines the project's characteristics. The charges against these individuals
varied on multiple occasions throughout the process.
This variability is due to a lack of clarity concerning the limits between the two
types of collusion (i.e., simple and aggravated) and the relationship between the
stages of the contracting process and the phases of the criminal act. Thus, the
question was raised as to whether it is possible to be involved in an aggravated
collusion offense without having participated in the phase of contractual
execution, where the fraud occurred. On this matter, this report asserts that
involvement in any stage of the contracting process falls within the execution
phase of the aggravated collusion offense, as long as the committed acts have
the potential to cause the required defraudation stipulated by the law, is it is
descripted in the penal code.
The involvement of these individuals also raises questions regarding the
appropriate charge they deserve, as the project designer responsible for
preparing the technical dossier acted as a consultant. In this regard, this report
argues that it is possible to attribute authorship to the project designer, provided
that they perform public functions by virtue of the service they render.
|
286 |
Informe sobre el laudo arbitral del Expediente N° 1908-308-18-CARC-PUCP, Consorcio Puentes del Norte Vs. Provias Nacional: Análisis sobre la viabilidad de aprobar un expediente técnico definitivo que excede el monto contractualHospinal Munive, Ximena Alexandra 30 July 2024 (has links)
La modalidad de Concurso Oferta se utiliza en los contratos de obra pública,
generando controversia respecto a su aplicación debido a que su régimen
jurídico establece como regla general la invariabilidad de la PEO del postor, salvo
excepciones. Para dichas excepciones, la Entidad debe aprobar las prestaciones
adicionales antes de su ejecución. En esta línea, el presente informe jurídico
aborda el Laudo Arbitral del Expediente N° 1908-308-18-CARC-PUCP, en el que
el Consorcio Puentes del Norte es el demandante y Provias Nacional el
demandado, analizando la viabilidad de aprobar un Expediente Técnico
Definitivo que excede el monto contractual bajo la modalidad de un contrato de
Concurso Oferta.
Con el propósito de desarrollar este análisis, primero se explicará la naturaleza
del contrato de Concurso Oferta, así como los deberes, riesgos y
responsabilidades del contratista. Luego, se analizarán los requisitos que debe
cumplir un Expediente Técnico Definitivo para su aprobación. Finalmente, se
evaluará el procedimiento para la aprobación de un Expediente Técnico
Definitivo, incluyendo su aprobación si dicho expediente contiene prestaciones
adicionales. La normativa aplicable al caso es el Decreto Legislativo N° 1017 -
Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento, que establece el límite de las
prestaciones adicionales y el procedimiento para su aprobación, debiendo el
Expediente Técnico Definitivo cumplir con estos requisitos para ser aprobado. / The Bid Competition modality is used in public works contracts, generating
controversy regarding its application due to the fact that its legal regime
establishes as a general rule the invariability of the bidder's economic proposal,
except for exceptions. For such exceptions, the Entity must approve the
additional services prior to their execution. Along these lines, this legal report
addresses the Arbitration Award in Case No. 1908-308-18-CARC-PUCP, in
which Consorcio Puentes del Norte is the plaintiff and Provias Nacional is the
defendant, analyzing the feasibility of approving a Final Technical File that
exceeds the contract amount under the modality of a Tender Offer contract.
In order to develop this analysis, first the nature of the Tender Offer contract will
be explained, as well as the contractor's duties, risks and responsibilities. Then,
the requirements that a Definitive Technical File must meet for its approval will
be analyzed. Finally, the procedure for the approval of a Final Technical File will
be evaluated, including its approval if such file contains additional services. The
regulations applicable to the case are Legislative Decree No. 1017 - State
Contracting Law and its regulations, which establish the limit of additional
services and the procedure for their approval, and the Final Technical File must
comply with these requirements to be approved.
|
287 |
Modificación de contratos de concesión de infraestructura de transporte: una propuesta para la participación de los usuarios e interesadosFernández Rojas, Angela Rocío 21 March 2018 (has links)
En el sector de infraestructura de transporte se han suscrito 32 Contratos de Concesión, el 87% de los cuales han sido renegociados, considerándose ello un problema característico del sector; conforme a la doctrina, dicho problema se presenta debido a la falta de transparencia en los procesos regulatorios; siendo así, es importante fomentar la participación en éstos de las partes interesadas y grupos de interés que se pudieran ver afectados con la propuesta regulatoria, lo cual trae como beneficios inmediatos la mejora en los niveles de confiabilidad del Estado, la institucionalización de los procesos de consulta pública y a su vez refuerza el control de las acciones de los funcionarios públicos. En esa línea, la presente investigación tiene como objetivos analizar la problemática vinculada a la transparencia de las renegociaciones contractuales en el sector de infraestructura de transporte y sus oportunidades de mejora, y formular una propuesta que contribuya a fortalecer la transparencia en los procedimientos de renegociación contractual; para ello, la
presente investigación expone la situación actual, detallando el marco conceptual y la teoría de renegociación de los Contratos, luego de lo que se analiza una muestra de adendas y se emite opinión en torno a éstas y al procedimiento de renegociación contractual. Finalmente, se concluye que en las adendas que estén relacionadas con temas de interés general, no puramente técnicos, se debe permitir la participación de terceros interesados a fin de coadyuvar a la comprobación de cualquier información o de alguna exigencia legal no evidenciada por la autoridad. En ese sentido, a efectos de transparentar el procedimiento, se sugiere la emisión de una norma que regule la posibilidad de que los terceros interesados puedan participar ante la eventualidad de una modificación del Contrato de Concesión que sea lesiva a sus intereses. / Tesis
|
288 |
Informe sobre expediente de relevancia jurídica N°003-2007, E-1902/ demanda de arbitraje de Nova Perú SAC en contra de Carlos Milanovitch y Dexim SRLGallo Martínez, Luis Enrique 26 June 2024 (has links)
El presente trabajo de investigación jurídica aborda la controversia (proceso arbitral)
iniciada por NOVA PERU SAC en contra de Carlos Milanovitch y DEXIM SRL al suscribir
éstos un Memorando de Entendimiento, figura atípica en el ordenamiento jurídico
peruano que tiene su génesis en el derecho anglosajón. En el documento denominado
Memorando de Entendimiento es donde surgen las discusiones acerca de la verdadera
naturaleza jurídica de este documento (si es un Memorando de Entendimiento o un
contrato de compromiso de contratar), si es que realmente se ha activado la cláusula
penal (artículo 1341 del código civil) y si es que DEXIM SRL a pesar de no haber firmado
el Memorando de Entendimiento debe ser parte del proceso arbitral (exigibilidad a partes
no signatarias). La justificación del presente trabajo de investigación jurídica radica en
la falta de uniformidad y consenso en la doctrina acerca de la naturaleza jurídica del
Memorando de Entendimiento, así como si éste genera obligaciones entre las partes y
el alcance de las partes no signatarias respecto al convenio arbitral. Asimismo, utilizare
un enfoque doctrinario y pragmático, puesto que es la única manera de poder distinguir,
delimitar y clarificar los problemas antes expuestos. A modo de conclusión, sostengo
que el presente documento llamado Memorando de Entendimiento no es tal, por el
contrario, es un contrato de compromiso de contratar, así como efectivamente se activó
la cláusula penal y, por último, DEXIM SRL sí es parte del proceso arbitral pese a no
haber firmado el Memorando de Entendimiento.
|
289 |
Informe jurídico de la sentencia recaída en el Expediente N° 00229-2017-0-1801-JR-CA-23Vásquez Sánchez, Silvia Lorena 08 August 2024 (has links)
El presente informe busca analizar la legalidad de los pactos paralelos
celebrados por las distribuidoras eléctricas, en el contexto de la suscripción de
contratos bilaterales para la adquisición de energía para abastecer a la demanda
regulada. La controversia principal se centra en dilucidar si los montos pactados
en contratos paralelos contravienen al incentivo incorporado en el artículo 29 de
la Ley N 28832 y el TUO de la Norma Precios a Nivel Generación y Mecanismo
de Compensación entre Usuarios. Además, se analiza si Osinergmin puede
incluir en las liquidaciones, del Precio Nivel Generación y en el Mecanismo de
Compensación, montos no presentados por las distribuidoras. Para ello, se
evalúa la competencia de Osinergmin para determinar la naturaleza de los
contratos paralelos pactados entre las distribuidoras y generadoras de energía.
Otro aspecto importante que el informe aborda es si la prohibición de dichos
contratos paralelos vulnera el derecho a la libertad contractual. Asimismo, se
analiza la legalidad de Osinergmin para incluir en los Saldos para la aplicación
del Mecanismo de Compensación montos relativos a periodos distintos al
periodo regulatorio establecido. Es así como esto se analiza a través del caso de
Electro Dunas, quien mediante su empresa vinculada Dunas Energía, celebró
dichos contratos paralelos. / This report seeks to analyze the legality of the parallel agreements signed by the
electricity distributors, in the context of the subscription of bilateral contracts for
the acquisition of energy to supply the regulated demand. The main controversy
is focused on determining whether the amounts agreed in parallel contracts are
contrary to the incentive incorporated in article 29 of Law N 28832 and the TUO
of the Generation Level Prices and Compensation Mechanism between Users
Regulation. In addition, it is analyzed whether Osinergmin can include in the
Generation Level Price settlements and in the Compensation Mechanism,
amounts not submitted by the distributors. For this purpose, Osinergmin's
competence to determine the nature of the parallel contracts agreed between
distributors and power generators is evaluated. Another important aspect of the
report addresses whether the prohibition of such parallel contracts violates the
right to contractual freedom. Likewise, the legality of Osinergmin to include in the
Balances for the application of the Compensation Mechanism amounts related to
periods other than the established regulatory period is analyzed. This is analyzed
through the case of Electro Dunas, which through its related company Dunas
Energía, entered into such parallel contracts.
|
290 |
Informe Jurídico sobre la Resolución No. 10 del Expediente No. 00291-2021-0-1817-SP-CO-02, anulación de Laudo Arbitral por resolver materias no susceptibles de arbitrajeIrribarren Calderon, Roy Manuel 08 August 2024 (has links)
El presente informe jurídico tiene por finalidad analizar el razonamiento que tuvo
la Sala Superior en relación al artículo 41 del Decreto Legislativo No. 1017 en
virtud a la Resolución No. 10 del Expediente No. 00291-2021-0-1817-SP-CO-02.
Principalmente discutiremos si es correcto, como consideró la Sala Superior, que
cualquier controversia vinculada a un adicional de obra se encuentra prohibido
de ser sometida a un proceso arbitral, o por el contrario, conforme a la postura
que defenderemos, si estamos ante una interpretación errada, debido a que la
referida prohibición solo excluye de la arbitrabilidad a cuestiones controvertidas
vinculadas a adicionales no aprobados o la decisión de aprobar dichos
adicionales. Asimismo, en el presente informe, argumentaremos como la
prohibición contenida en el artículo 41 del Decreto Legislativo No. 1017 debe
interpretarse desde una lectura restrictiva, lo cual no ocurrió en la decisión de la
Sala Superior. Del mismo modo, abordaremos como la intención del legislador
siempre fue la de excluir del arbitraje solo a controversias que deriven de
adicionales no aprobados. Este hecho también será visto desde un desarrollo
histórico de la evolución normativa de la referida prohibición. Finalmente,
llegaremos a la conclusión que la Sala Superior tuvo una errada lectura del
artículo referido, y por consiguiente no debió anular de oficio el laudo arbitral en
cuestión, haciendo incapié que su decisión afecta gravemente la seguridad
jurídica en las contrataciones estatales. / The purpose of this legal report is to analyze the reasoning of the Superior
Chamber in relation to Article 41 of Legislative Decree No. 1017 by virtue of
Resolution No. 10 of Case No. 00291-2021-0-1817-SP-CO-02. We will mainly
discuss whether it is correct, as the Superior Chamber considered, that any
controversy related to an additional work is prohibited from being submitted to an
arbitration process, or on the contrary, according to the position we will defend,
whether we are facing an erroneous interpretation, since the referred prohibition
only excludes from arbitrability controversial issues related to unapproved
additional works or the decision to approve additional works. Likewise, in this
report, we will argue how the prohibition contained in Article 41 of Legislative
Decree No. 1017 should be interpreted from a restrictive reading, which did not
occur in the decision of the Superior Chamber. Likewise, we will discuss how the
legislator's intention was always to exclude from arbitration only disputes arising
from unapproved additions. This fact will also be seen from a historical
development of the normative evolution of the referred prohibition. Finally, we will
conclude that the Superior Chamber had an erroneous reading of the
aforementioned article, and therefore should not have annulled ex officio the
arbitration award in question, emphasizing that its decision seriously affects legal
certainty in state contracting.
|
Page generated in 0.0969 seconds