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El requisito de “estar soltero (a) y no tener hijos” en los procesos de admisión a las escuelas de pregrado de la Policía Nacional del Perú y la afectación a los principios de razonabilidad e imparcialidad del procedimiento administrativo, regulados en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo GeneralLuciano Méndez, Luigi Giovanni 20 April 2022 (has links)
Existen jóvenes con vocación de servicio a la sociedad que quieren ser policías, para ello,
previamente deben ingresar y seguir estudios superiores en las Escuelas de Pregrado de la Policía
Nacional del Perú, pero tales aspiraciones no pueden materializarse por el hecho de tener la
condición de padres o madres de familia. El presente trabajo académico, se basa en el análisis del
requisito “estar soltero (a) y no tener hijos”, exigido dentro de un procedimiento administrativo
especial como son los Procesos de Admisión a las Escuelas de Pregrado de la Policía Nacional del
Perú y la manera en que este afecta a los principios de razonabilidad e imparcialidad del
procedimiento administrativo, regulados en la Ley del Procedimiento Administrativo General.
Para este propósito, es necesario identificar la procedencia de los principios del procedimiento
administrativo, los objetivos y fines que estos persiguen. Asimismo, es importante analizar a los
principios de razonabilidad e imparcialidad desde la perspectivas normativa, doctrinaria y en la
jurisprudencia del Tribunal Constitucional; recogiéndose además conceptos básicos del derecho
administrativo, que permiten comprender las razones por el cual estos principios, resultan
aplicables en dichos procesos, así como también, si las entidades de la Administración Pública
competentes para legislar o reglamentar leyes, pueden imponer requisitos no compatibles con las
funciones que desempeña la institución policial.
Como resultado, se tiene que dicho requisito afecta a los principios de razonabilidad e
imparcialidad, por cuanto, el Poder Ejecutivo al regularlo, no se adaptó a los límites de las
facultades que se le atribuye y por haber establecido restricciones que no guardan relación y
proporción con las funciones, fines públicos que desarrolla, persigue y tutela la institución policial
para la satisfacción de su cometido; facultando a que las autoridades policiales, discriminen y no
permitan la participación de jóvenes que ostentan la condición de padres de familia en los citados
procesos.
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Naturaleza del procedimiento sancionador aplicado a alcaldesEspinoza Pérez, Krishna Julio 11 May 2021 (has links)
Los alcaldes son funcionarios públicos de naturaleza política, por lo mismo no sería posible
incluirlos en Procedimientos Administrativos Disciplinarios (a cargo del SERVIR) o
Procedimientos Administrativos Sancionadores (a cargo de la Contraloría General de la
República) propios de los servidores y funcionarios públicos profesionales. Sin embargo, la
Ley Orgánica de Municipalidades, prevé un procedimiento sancionador en el que la única
sanción prevista es la suspensión temporal en el ejercicio de la función. Este procedimiento
no se encuentra regulado en la Ley, derivando la función tipificadora y sancionadora en el
Concejo Municipal y estableciendo como segunda instancia sancionadora al Jurado Nacional
de Elecciones. Esta suspensión acarrearía una limitación en el ejercicio de derechos políticos,
tema que es intensamente discutido a nivel jurisprudencial y doctrinal. Además, es resaltante
que este procedimiento sancionador no tenga una naturaleza clara, por lo mismo, podría
discutirse inclusive sobre su validez jurídica, ya que si bien este es un procedimiento
sancionador que por disposición normativa y tratamiento pretende tener características
administrativas, esto no sería adecuado ni plenamente legal. A través del análisis de doctrina
y jurisprudencia relevante consideramos que la sanción de inhabilitación temporal para
alcaldes debe ser expectorada del ordenamiento jurídico.
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La falta de motivación administrativa en el procedimiento de reconocimiento de promociones económicas en la Policía Nacional del PerúBotetano Coronel, Gustavo Adolfo Rodrigo Enrique 23 March 2022 (has links)
El objetivo de la investigación busca explicar que la falta de motivación del acto administrativo en ciertas situaciones puede componer un reconocimiento indebido de derechos y perjuicios económicos al sector que emite el acto. En esta se explicará la problemática de los actos que reconocen el beneficio económico de promoción económica en el sistema administrativo de la Policía Nacional dicho beneficio se reconoce de manera excepcional y es cuando los policías en cumplimiento del deber fallecen o adquieren una discapacidad. La finalidad del beneficio es incrementar la pensión en un tiempo determinado de años tanto en las categorías de suboficiales y oficiales según los topes determinados por
ley. Por ello la motivación administrativa es una garantía de todo procedimiento administrativo y permite una estructura sólida del acto. El presente artículo usará un enfoque de dogmática jurídica inteàreas aplicando instituciones jurídicas relacionadas a la problemática y explicativa por mostrar las causas y consecuencias que se han generado la falta de motivación administrativa de ciertos actos administrativos del beneficio que han llevado a un reconocimiento indebido a administrados y generando expectativas que el acto administrativo está debidamente motivado. Esta investigación explica las consecuencias de
del error en la de motivación en los beneficios de promoción económica
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La suspensión de los plazos de prescripción del procedimiento administrativo disciplinario. El valor normativo de los llamados precedentes vinculantes del Tribunal del Servicio Civil.Castellanos Córdova, Paul Bernardo 01 June 2021 (has links)
Debido a la declaración del Estado de Emergencia Nacional y Sanitaria por parte del
gobierno central, y el establecimiento de una situación de cuarentena total en el país,
primero, y luego focalizada, en determinadas provincias y departamentos, se suspendieron
todo tipo de actividades públicas y privadas. Esto evidentemente tuvo impacto importante
en el desarrollo y cumplimiento de las funciones administrativas de las entidades públicas,
en los diversos niveles de gobierno, cuyos procedimientos están sujetos al cumplimiento de
plazos y a la atribución de responsabilidades para los servidores públicos.
Si bien se dictaron, en forma poco ordenada, normas que establecieron la suspensión de los
plazos de tramitación, en teoría de todo tipo de procedimiento administrativo, existen
plazos, como los de prescripción, especialmente en el caso del Procedimiento
Administrativo Disciplinario (en adelante PAD) que, por su naturaleza, están sujetos al
cumplimiento de principios y garantías constitucionales, que tutelan, entre otros, intereses
del servidor o trabajador público.
El presente trabajo cuestiona si los plazos de prescripción del PAD han sido objeto de
suspensión expresa por norma legal en sentido estricto, dictada durante el estado de
emergencia, y, de no ser ese el caso, si puede interpretarse que dichos plazos se
suspendieron, atendiendo a las circunstancias excepcionales de dicho contexto. Finalmente,
se analiza si, el Tribunal del Servicio Civil (en adelante TSC), puede suspender dichos
plazos de prescripción, a través de los llamados precedentes administrativos vinculantes, en
vía de interpretación o incluso de creación normativa administrativa, concluyéndose que
ello es incompatible con las garantías y principios antes indicados.
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La queja tributaria y su tratamiento en las sentencias del Tribunal Constitucional, en los casos Supermercados Peruanos S.A. (Expediente No. 04084-2019-PA/TC) y Scotiabank Perú S.A.A. (Expediente No. 0222-2017-PA/TC)Ruiz Quispe, Diana Elsa 28 March 2023 (has links)
El presente artículo jurídico se analiza la figura de la queja tributaria, a la luz de
dos casos emblemáticos recaídos en los Expedientes Nos. 04084-2019-PA/TC
(caso Supermercados Peruanos S.A) y 0222-2017-PA/TC (Caso Scotiabank
Perú S.A.A.), en donde se han identificado posturas distintas entre sí,
evidenciando la falta de consenso entre los magistrados del Tribunal
Constitucional, en torno a esta figura jurídica. Por un lado, se sostiene que la
queja, como remedio procedimental, no brinda una respuesta idónea a la
vulneración de derechos constitucionales, ante la dilación excesiva incurrida por
los entes administrativos, tal como el derecho al plazo razonable; y, por otro lado,
se señala que su no interposición implica que el contribuyente ha consentido el
transcurso del tiempo, por lo que no podrá acceder a la tutela constitucional,
solicitando la suspensión de intereses moratorios generados fuera del plazo legal
que tienen para resolver la SUNAT y el Tribunal Fiscal. Justamente, el estudio
de la divergencia de criterios se realiza con el objetivo de determinar si resulta
adecuado sustentar que la no utilización de la queja tributaria impide que el
contribuyente puedar solicitar la referida suspensión en la vía de amparo. A partir
del análisis de las citadas sentencias, se concluye en un sentido opuesto al
criterio contenido en el caso Scotiabank, es decir, que la no interposición de la
queja tributaria no imposibilita, en absoluto, que el contribuyente acceda a la
tutela constitucional, debido a su naturaleza optativa. / This legal article analyzes the tax complaint figure, in focus of two emblematic
sentences reported in Files Nos. 04084-2019-PA/TC (Supermercados Peruanos
S.A case) and 0222-2017-PA/TC (Scotiabank Peru S.A.A. case), where different
positions have been identified, evidencing the lack of consensus among the
magistrates of the Constitutional Court, around this legal figure. On the one hand,
it is argued that the tax complaint, as a procedural remedy, does not provide an
appropriate response to constitutional rights violation, given undue delays
incurred by administrative entities, such as the right to a reasonable time; and,
on the other hand, it is pointed out that its non-filing implies that the taxpayer has
consented to the passage of time, for which reason they will not be able to access
constitutional protection, requesting the suspension of default interest generated
outside the legal term that they have to resolve the SUNAT and the Tax Court.
Precisely, the study of the divergence of criteria is carried out with the objective
of determining if it is appropriate to sustain that the non-use of the tax complaint
prevents the taxpayer from requesting the mentioned suspension in the amparo
proceedings. Based on the analysis of the aforementioned sentences, it is
concluded in a sense opposite to the criterion contained in the Scotiabank case,
that is, that the non-filing of the tax complaint does not make it impossible, at all,
for the taxpayer to access constitutional protection, due to its optional nature
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Ausencia de garantías en perjuicio de los derechos de los administrados fiscalizados : propuesta de mejora en la aplicación del principio de proporcionalidad en los procedimientos administrativos sancionadores llevados a cabo por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL)Valencia Mesías, Carlos Ignacio 01 June 2020 (has links)
En los últimos años, uno de los aspectos más relevantes y, al mismo tiempo, recientemente tratados en el ámbito de los procedimientos administrativos sancionadores llevados a cabo por las entidades de la Administración Pública ha sido la aplicación de sanciones en relación con el principio de proporcionalidad.
De modo particular, una de las entidades que en su labor y acciones diarias ha tenido un avance constante y significativo en lo que a su relación con los administrados se refiere y al desarrollo de la relación anteriormente descrita es, sin duda, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL), la cual, además de realizar como una de sus actividades principales la actividad de fiscalización sobre las empresas privadas, ejerce también potestad sancionadora sobre estas últimas.
No obstante lo anterior, dicha entidad, en lo que se refiere a los procedimientos administrativos sancionadores iniciados y resueltos contra los administrados fiscalizados, ha tenido una forma particular de aplicar sanciones, consistente en una suerte de “fórmula matemática” regulada en su normativa específica que toma como elementos para sancionar la infracción cometida, el tipo de empresa que ha cometido la infracción (MYPE o no MYPE), y la cantidad de trabajadores afectados por dicha conducta.
En atención a lo anterior, el presente trabajo tiene como propósito principal cuestionar y formular oportunidades de mejora a la metodología de aplicación de sanciones de la SUNAFIL la cual, si bien se vale de una fórmula a priori objetiva, conlleva a la vulneración de los principios del Derecho Administrativo Sancionador, tales como el principio de proporcionalidad.
Entre nuestras conclusiones, tenemos que la aplicación del principio de proporcionalidad por parte de la SUNAFIL –expresado en los criterios de graduación de sanciones (generales y especiales)– en los procedimientos administrativos sancionadores presenta inconvenientes, los cuales pueden afrontarse de manera satisfactoria mediante el uso del criterio de dosimetría sancionadora. Asimismo, y en caso la SUNAFIL decida emplear dicho criterio, consideramos que ello debe realizar de forma progresiva tomando en cuenta sus beneficios y desventajas, así como la posibilidad de su aplicación en cada caso concreto.
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Delimitación de competencias del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental y de la Autoridad Nacional del Agua en el caso referido a la contaminación de la Laguna ShanshocochaAngeles Montoya, Teresa Isabel 13 March 2019 (has links)
El presente trabajo académico aborda la cuestión controvertida referente a la competencia de la Autoridad Nacional del Agua (ANA) para sancionar ante eventuales afectaciones que pudieran generarse sobre la laguna Shanshococha, debido a que dicho organismo ejerce jurisdicción administrativa exclusiva en materia de aguas. Abordé este tema debido a que considero que resulta necesario establecer cuáles son las competencias que ejerce la OEFA y la ANA en la fiscalización de la calidad del recurso hídrico en el desarrollo de las actividades de hidrocarburos.
La hipótesis que planteo es que no existe superposición de funciones entre ambas entidades, y que el inicio de procedimientos administrativos sancionadores independientes por parte de OEFA y ANA no estaría vulnerando el principio Non bis ídem. Cabe señalar que en la presente investigación haré la revisión de un caso específico relacionado al impacto de la laguna Shanshococha por parte de la empresa Pluspetrol Norte, teniendo en cuenta la posición del Tribunal de Fiscalización Ambiental de la OEFA, y haciendo una crítica de esta. En ese sentido, con este trabajo podré determinar las competencias de fiscalización que tiene la ANA y la OEFA en la fiscalización de la calidad del recurso hídrico, y que la actuación de ambas entidades no vulnera el principio Non Bis Idem.
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El pase a retiro por causal de Renovación de Cuadros en la Policía Nacional del Perú en perspectiva comparada: ¿Discrecionalidad administrativa o arbitrariedad?Castro Cubas, Lesly Stephany 13 May 2021 (has links)
El presente trabajo de investigación consiste en el análisis de la causal del pase a retiro
por la causal de Renovación de Cuadros en la Policía Nacional del Perú, el cual es
abordada desde una perspectiva comparada con el país de Colombia. Para ello, el
problema de investigación se basa en analizar si ante estos casos de pase a retiro nos
encontramos frente a una discrecionalidad administrativa o, por lo contrario, ante una
arbitrariedad.
La investigación se realiza en base a la metodología de estudio comparado con la
experiencia colombiana, con la finalidad de determinar la tendencia de los efectos de la
facultad discrecional otorgada a la Administración, a través de su normativa del pase a
retiro de los efectivos policiales y los pronunciamientos emitidos por la Corte
Constitucional. Asimismo, el presente trabajo contiene lo siguiente: i) marco teórico
conformado por la definición de los conceptos como discrecionalidad, motivación,
arbitrariedad y el posterior control judicial, ii) presentación de los problemas, y, iv)
desarrollo de la hipótesis en tanto consideramos que estamos ante una arbitrariedad en los
casos de pese a retiro por la denomina Renovación de cuadros (Perú) y el retiro por
voluntad del gobierno o del Director General de la Policía Nacional (Colombia). Además,
presentamos dos casos peruanos y dos casos colombianos con los que podemos apreciar
la arbitrariedad, desde pronunciamientos por parte del órgano constitucional respectivo.
Lo mencionado anteriormente es importante para la formulación de las conclusiones y
posibles recomendaciones, las cuales ayudarán a tener una visión de la aplicación del pase
a retiro por la denomina Renovación de cuadros en Perú y del pase a retiro por voluntad
del gobierno o del Director General de la Policía Nacional de Colombia.
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Informe jurídico del Expediente No080-2009/CEB. Procedimiento administrativo iniciado por la empresa El Purgatorio S.A.C contra la Municipalidad de Miraflores ante IndecopiChirinos Liñán, Grecia Nira 10 August 2022 (has links)
La libre iniciativa privada, el derecho a la libertad de empresa y la libre competencia
están reguladas en la Constitución Política del Perú, por lo que el Estado es el
encargado para velar por el respeto y tutela de estos derechos. Sin embargo, el
ejercicio de estas libertades no es irrestricto, pues, a fin de proteger los intereses de
la sociedad, los agentes económicos deberán cumplir con disposiciones dictadas por
la administración tales como requisitos, exigencias, prohibiciones, cobros, etc.,
conocidas como barreras burocráticas. Estas pueden ser perjudicables cuando se
emiten sin considerar el marco legal vigente o cuando no es proporcional al interés
público a tutelar. Frente a ello, el INDECOPI es el encargo de verificar dichas
arbitrariedades a través de controles de legalidad y razonabilidad inaplicando, en
varias oportunidades, normas que afecten a los agentes económicos el acceso o la
permanencia en el mercado.
En el presente informe jurídico se analiza el Expediente N°080-2009/CEB,
procedimiento administrativo seguido por la empresa El Purgatorio S.A.C contra la
Municipalidad de Miraflores. El objetivo del informe jurídico es determinar si la
restricción de horarios de funcionamiento recaída en la Ordenanza N°263-MM
configura una barrera burocrática ilegal y/o carente de razonabilidad. A tal efecto, la
autora aborda temas tales como las atribuciones y competencias de las
Municipalidades y de la Comisión de Eliminación de Barreras burocráticas, la
revocación del acto administrativo y la metodología del análisis de legalidad y
razonabilidad (interés público, proporcionalidad y medida menos gravosa). Para el
desarrollo del informe se utiliza doctrinas nacionales e internacionales, así como
diversos pronunciamientos del Tribunal Constitucional y del INDECOPI, concluyendo,
que las restricciones de horarios de funcionamiento configuran una barrera
burocrática carente de razonabilidad. / Free private initiative, the right to freedom of enterprise and free competition are
regulated in the Political Constitution of Peru, for which the State is in charge of
ensuring respect and protection of these rights. However, the exercise of these
freedoms is not unrestricted, since, in order to protect the interests of society,
economic agents must comply with provisions issued by the administration such as
requirements, demands, prohibitions, charges, etc., known as bureaucratic barriers.
These can be harmful when they are issued without considering the current legal
framework or when it is not proportional to the public interest to protect. Faced with
this, INDECOPI is in charge of verifying said arbitrariness through the analysis of
legality and reasonableness, failing to apply, on several occasions, regulations that
affect economic agents' access or permanence in the market.
This legal report analyzes File No. 080-2009/CEB, an administrative procedure
followed by the company El Purgatorio S.A.C against the Municipality of Miraflores.
The objective of the legal report is to determine if the restriction of operating hours
relapsed in Ordinance No. 263-MM configures an illegal bureaucratic barrier and / or
care of reasonableness. To this end, the author addressed issues such as the powers
and competencies of the Municipalities and the Commission for the Elimination of
Bureaucratic Barriers, the revocation of the administrative act and the methodology of
the analysis of legality and reasonableness (public interest, proportionality and less
serious measure). For the development of the report, national and international
doctrines are used, as well as various pronouncements of the Constitutional Court and
INDECOPI, concluding that the restrictions on operating hours constitute a
bureaucratic barrier that is unreasonable.
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Informe jurídico del Expediente 174-2003-ZTPE sobre solicitud de terminación laboral por causa objetivaLa Madrid Castañeda, Joselyn del Fanny Teodolinda 15 August 2022 (has links)
El presente expediente sobre terminación laboral por causas objetivas aborda dos temas
principales que son desarrollados a lo largo del procedimiento: el ámbito administrativo y,
por lo tanto, procedimental, así como el ámbito laboral.
Para empezar, la empresa minera Doe Run Perú (en adelante “La empresa DRP”), hacia el
año 2003, inició el referido procedimiento sobre terminación laboral debido a la baja de la
producción de metales por la baja de precios que ofrecía el mercado debido a la producción
en masa de China. Por lo que, se vieron obligados a iniciar el referido procedimiento con la
finalidad de evitar una inminente quiebra.
Es el caso que, desde el inicio del referido procedimiento, la empresa DRP encontró diversos
obstáculos procedimentales en la conducción del procedimiento, obteniendo resoluciones que
no conllevaban a la emisión de resoluciones emitidas conforme a derecho.
Por lo que en el presente informe jurídico se abordarán las deficiencias procedimentales, es
decir, los vicios en los que la Administración incurrió en cada resolución emitida desde el
inicio del procedimiento hasta el análisis de cada recurso impugnatorio interpuesto por la
empresa DRP debido a la inobservancia de la normativa por parte de la administración.
Por último, se emitirán opiniones jurídicas respecto a las resoluciones emitidas de acuerdo
con la normativa empleada, en el ámbito administrativo y laboral, para finalmente concluir en
la validez de los actos administrativos emitidos por la Autoridad Administrativa durante el
procedimiento iniciado por la empresa Doe Run Perú.
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