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Informe sobre la Resolución N° 06322-2-2019Rojas Zaga, Robert Arturo 25 February 2021 (has links)
El presente trabajo tiene como objeto evidenciar ciertas deficiencias en la interpretación de los
pronunciamientos del Tribunal Constitucional vertidos en las sentencias recaídas en los expedientes
Nos. 04082-2012-PA/TC y 04532-2013-PA/TC, referidos a la constitucionalidad de la aplicación de
las reglas de actualización de la deuda tributaria: (i) capitalización de intereses moratorios; y, (ii)
cómputo de intereses moratorios fuera del plazo legal para resolver los recursos de reclamación y
apelación. Para estos efectos, se analiza la Resolución No. 06322-2-2019, mediante la cual el
Tribunal Fiscal desestima la pretensión de FAMESA EXPLOSIVOS S.A.C. de que se inaplique las
referidas reglas. Ello, en razón de que durante el procedimiento contencioso-tributario no se habría
vulnerado el derecho al plazo razonable, puesto que el caso calificaría como complejo, lo cual lo
diferenciaría de los casos resueltos por el Tribunal Constitucional. Al respecto, se advierte que el
Tribunal Fiscal no ha identificado de manera adecuada los criterios utilizados por el Tribunal
Constitucional para: (i) determinar la afectación del derecho al plazo razonable; e, (ii) inaplicar las
referidas reglas de actualización de la deuda tributaria. Contrario a lo que presupone el Tribunal
Fiscal, se concluye que la afectación del derecho al plazo razonable no solo se basa en analizar la
complejidad del asunto, sino intervienen otros criterios de naturaleza objetiva. Asimismo, se advierte
que la afectación de dicho derecho no incide en la actualización de la deuda tributaria; puesto que la
vulneración de los derechos y principios que evalúa el Tribunal Constitucional para inaplicar las
referidas reglas de actualización son el principio de razonabilidad y el derecho a recurrir decisiones
de la Administración. La dilucidación de los aspectos planteados permite evidenciar la falta de
criterios metodológicos para la correcta aplicación de los criterios establecidos por el Tribunal
Constitucional, lo cual adquiere relevancia con la constitucionalización del Derecho.
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Informe Jurídico de la Sentencia del Tribunal Constitucional N° 2366-2003-AATCMauricio López, Mónica Claudia 16 March 2021 (has links)
La sentencia elegida tiene por justificación que a partir del caso Juan Genaro Espino Espino, el Tribunal Constitucional consideró importante como necesaria el realizar un examen de los hechos, con el objetivo de que situaciones como los ocurridos en el caso en cuestión, no vuelvan a darse y al mismo tiempo dotar de criterios a los magistrados para que en sentencia en situaciones similares, el Tribunal sepa cómo afrontarlos. Del mismo modo, permite analizar la relevancia de los recursos de amparo en materia electoral, ello supone una valoración especial, toda vez, que se ha venido dotando de mayor contenido
los fundamentos en estas sentencias, sin perder de vista los puntos medulares tratados en la sentencia aquí presentada. Sobre este mismo punto, si es que el recurso de amparo recogido en nuestro ordenamiento se ajusta a los tiempos o cronogramas electorales, en esa medida, el si debiera hablarse de un recurso de amparo especial electoral, especialmente cuando se ven vulnerados los derechos, como los derechos de participación política. De otro lado, resulta imperativo reflexionar a nivel constitucional sobre la autonomía del Jurado Nacional de Elecciones a luz de un Estado Constitucional de Derecho, en la que se busca proteger los derechos fundamentales de las personas. Finalmente, los derechos constitucionales deben interpretarse a la luz de la Declaración Universal de los Derechos
Humanos y los tratados suscritos por el país, y como tal, su incumplimiento supone una infracción a los compromisos internacional y a nuestra propia Carta fundamental. La metodología del Informe Jurídico para el análisis se basa en el análisis de los conceptos dogmáticos, de la revisión de los principios de interpretación constitucional, y de los principios y derechos humanos vulnerados. Para ello, además del análisis de jurisprudencia del Tribunal Constitucional sobre los puntos controvertidos desarrollados en el presente informe
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Informe jurídico sobre la sentencia N°00413-2022-PHC/TC (Control de identidad)Condori Rodríguez, Leydy Fiorela 09 August 2024 (has links)
El presente informe jurídico tiene como objetivo general analizar la Sentencia del
Tribunal Constitucional recaída en el Exp. N°00413-2022-PHC/TC, la cual resulta
de gran relevancia ya que mediante esta se establecen parámetros y límites a
las atribuciones de la policía en la realización del control de identidad, mediante
el cual, sin necesidad de un mandato judicial, el policía puede requerir la
identificación de una persona con fines de prevención o investigación de un
delito. En ese sentido, se analizará de manera crítica la sentencia considerando
que, si bien la decisión del máximo intérprete constitucional es acertada en
declarar fundada la demanda de hábeas corpus a favor de Luis Enrique
Rodríguez Gutiérrez y Katya Karina Vilca Jaramillo; no obstante, el caso plantea
cuestiones más amplias que deben ser abordadas, las cuales incluyen el
delimitar parámetros objetivos para determinar qué se entiende por “actitud
sospechosa”, categoría usada usualmente en las actuaciones u operaciones
policiales para justificar su labor en la prevención del delito.
Por ello, consideramos que el máximo intérprete de la Constitución ha perdido
una valiosa oportunidad de crear criterios jurisprudenciales más sólidos respecto
a esta problemática, la cual es común y cotidiana en la práctica. Particularmente,
debió haber considerado los parámetros ya delimitados por Corte
Interamericana de Derechos Humanos en el caso Fernández Prieto y Tumbeiro
vs. Argentina. En dicha sentencia, se establecieron criterios respecto a la
exigencia de elementos probatorios concretos que fundamenten la actividad del
control y prevención policial para el resguardo de la libertad personal. / Constitutional Court in Exp. N°00413-2022-PHC/TC, which is of great relevance,
as it establishes parameters and limits to the powers of the police in carrying out
identity checks, whereby, without the need for a warrant, the police can request
the identification of a person for the purpose of preventing or investigating a
crime. In this sense, we will critically analyse the sentence considering that,
although the decision of the highest constitutional interpreter is correct in
declaring the habeas corpus petition in favour of Luis Enrique Rodríguez
Gutiérrez and Katya Karina Vilca Jaramillo to be well founded; nevertheless, the
case raises broader issues that must be addressed, which include the delimitation
of objective parameters to determine what is understood by "suspicious attitude",
a category usually used in police actions or operations to justify their work in crime
prevention.
For this reason, we consider that the highest constitutional court has missed a
valuable opportunity to create more solid jurisprudential criteria with respect to
this problem, which is common and everyday in practice. In particular, it should
have considered the parameters already established by the Inter-American Court
of Human Rights in the case of Fernández Prieto and Tumbeiro v. Argentina. In
this judgment, criteria have been defined with respect to the requirement of
concrete evidence to support the activity of police control and prevention in order
to safeguard personal liberty.
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Informe Jurídico Exp. N° 02653-2021-PA/TCGonzales Huamán, Rosa Gabriela 19 November 2024 (has links)
El informe jurídico busca examinar la decisión del Tribunal Constitucional que
declaró improcedente la demanda de amparo presentada por Susel Paredes y
Gracia Aljovín, quienes solicitaban que el Registro Nacional de Identificación y
Estado Civil (RENIEC) inscribiera su matrimonio celebrado en el extranjero. Como
problema jurídico principal, consideramos que la decisión del Tribunal parece eludir
el reconocimiento de un matrimonio no heterosexual, afectando directamente a una
relación homosexual. Esto plantea interrogantes acerca de las consecuencias de
este razonamiento desde la perspectiva de la igualdad como principio fundamental
del orden constitucional peruano. Asimismo, señalamos que el objetivo de la
presente investigación es que la noción del matrimonio, no debe excluir a las parejas
del mismo sexo, pues habría una protección legal y constitucional que aseguran sus
derechos. Además, respaldamos esta postura demostrando que no habría
impedimento alguno en la Constitución que señale que el matrimonio tiene como
requisito que sea entre un hombre y una mujer. A manera de conclusión,
consideramos que resulta relevante reflexionar sobre el impacto de la decisión del
Tribunal en relación con la igualdad. La negativa de reconocer el matrimonio de las
demandantes, basada en argumentos que parecen eludir la cuestión fundamental de
la igualdad en el acceso al matrimonio, se interpreta como una limitación injustificada
de sus derechos fundamentales. Este caso subraya la necesidad de revisar y
fortalecer el marco normativo para asegurar que el matrimonio igualitario reciba igual
protección y reconocimiento legal, acorde con el principio de igualdad y no
discriminación como base.
El presente informe se fundamentó en la revisión de fuentes doctrinales, el uso de
jurisprudencia de países de la región, y el análisis de las diversas normativas que
integran nuestro sistema jurídico. / The legal report seeks to examine the Constitutional Court's decision that deemed
inadmissible the writ of amparo filed by Susel Paredes and Gracia Aljovín, who
sought the registration of their marriage conducted overseas by the National Registry
of Identification and Civil Status (RENIEC). A key legal issue we address is that the
Court's decision seems to circumvent recognition of non-heterosexual marriage,
directly impacting a homosexual relationship. This raises questions about the
consequences of such reasoning from the perspective of equality as a fundamental
principle of the Peruvian constitutional order. Likewise, we argue that the objective of
this investigation is to assert that the notion of marriage should not exclude samesex
couples, as they are entitled to legal and constitutional protection of their rights.
Furthermore, we support this stance by demonstrating that there is no constitutional
impediment stipulating marriage must exclusively be between a man and a woman.
As a conclusion, we note that it is imperative to reflect on the impact of the Court's
decision regarding equality. The denial of recognition of the petitioners' marriage,
based on arguments that seem to evade the fundamental issue of equal access to
marriage, is interpreted as an unjustified limitation of their fundamental rights. This
case underscores the need to review and strengthen the policy framework to ensure
that equal protection and legal recognition are afforded to same-sex marriage, in
accordance with the principles of equality and non-discrimination as a basis.
This report is grounded in the review of doctrinal sources, the comparison of
jurisprudence of Latin American countries, and the exhaustive analysis of the diverse
regulations comprising our legal system.
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Informe jurídico sobre la Sentencia del Tribunal Constitucional No.1064-2013-PA/TCPacheco Conopuma, María Isabel 09 August 2024 (has links)
El presente Informe analiza la Sentencia del Tribunal Constitucional que resuelve el recurso de agravio constitucional interpuesto por la Asociación Solaris Perú contra la Primera Sala Comercial de Lima contra la Primera Sala Comercial de Lima. En ese sentido, se analizan los siguientes problemas jurídicos. En primer lugar, se examina la procedencia de la demanda de amparo, pese al rechazo liminar de la demanda en las dos instancias previas, basándose en la supuesta inexistencia de resoluciones judiciales firmes y la ausencia de vulneración de derechos constitucionales, en aplicación de la Sentencia No. 142-2011-PA/TC (precedente María Julia). En segundo lugar, se analiza la competencia del Tribunal Constitucional para resolver sobre el fondo de la controversia a pesar del rechazo liminar de la demanda en las instancias previas y si, por tanto, se podía pronunciar respecto de si la admisión a trámite de las demandas de anulación vulneró los derechos constitucionales invocados por la Asociación Solaris Perú. Finalmente, a través de un minucioso análisis de los hechos del caso y los argumentos planteados, el presente Informe Jurídico busca esclarecer los problemas planteados y proporcionar respuestas precisas a las interrogantes surgidas en su evaluación. / In accordance with the decision of the Constitutional Court in the amparo lawsuit against a judicial resolution filed by Asociación Solaris Perú against the Primera Sala Comercial de Lima, this report analyzes the following legal issues. Firstly, it examines the admissibility of the amparo lawsuit, despite the summary dismissal of the lawsuit in the previous two instances, based on the
alleged absence of final judicial rulings and the lack of violation of constitutional rights, in accordance with Judgment No. 142-2011-PA/TC (Maria Julia precedent). Secondly, it analyzes the competence of the Constitutional Court to rule on the merits of the controversy despite the summary dismissal of the lawsuit in previous instances, and therefore, whether it could pronounce on whether the admission to processing of the annulment lawsuits violated the constitutional rights invoked by Asociación Solaris Perú. Finally, through a thorough analysis of the case facts and arguments presented, this Legal Report seeks to clarify the issues raised and provide precise answers to the questions that arose in its evaluation.
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Informe sobre Resolución No. 03640-2021-PHC/TC, sobre demanda de agravio constitucional interpuesto por Piero Renzo Dellepiane Reggiardo contra el Club Tennis “Las Terrazas Miraflores”Cósser Gómez, Claudia Milagros 13 August 2024 (has links)
El actual informe jurídico analiza la resolución No. 03640-2021-PHC/TC, en
relación con la demanda de inconstitucionalidad presentada por Piero Renzo
Dellepiane Reggiardo en su propio nombre, en el de sus familiares y en el de los
propietarios de los condominios "Terrazas de Chepeconde S.A.C." e
"Inversiones Condominio Aventura S.A.C." contra el "Club Tennis Las Terrazas
Miraflores" (en adelante "Club Terrazas") por vulneración del derecho
constitucional a la libre circulación.
Esta situación surge a partir de la implementación por parte del Club Terrazas
de un sistema de portón, control y vigilancia en el kilómetro 120,8 de la
Panamericana Sur, que restringe el acceso a las playas de Cerro Azul que
colindan con su predio, a pesar de que existe una servidumbre de paso (en
adelante, SP) y una Resolución Jefatural mediante la cual, la municipalidad la
reconoció como un acceso de uso público de conformidad con la normativa
especial.
Al respecto, el Tribunal Constitucional (en adelante, el TC) La demanda fue
estimada parcialmente, condenando al Club Terrazas a garantizar el libre acceso
a las playas y reconociendo la vulneración del derecho al libre tránsito. Coincido
con esta postura y la utilizaré para ilustrar la importancia de garantizar vías de
acceso que permitan a los ciudadanos acceder a espacios públicos, como las
playas.
Para ello, en primer lugar, Dilucidaré el régimen de playas para determinar el
marco normativo que se aplicará al caso concreto, evaluaré la existencia de una
vía de acceso en el km 120,8 de la Carretera Panamericana Sur y desarrollaré
el concepto del derecho constitucional a la libertad de tránsito. Con base en ello,
determinaré si se vulneró el derecho a la libertad de tránsito del demandante.
En segundo lugar, evaluará si la presencia de un SP es una condición necesaria
para garantizar el libre acceso a la playa. En tercer lugar, se estudiará el
mecanismo de habeas corpus (en adelante HC) para determinar si es el método
adecuado para garantizar el derecho a la libertad de tránsito.
Finalmente, El derecho constitucional del demandante a la libertad de tránsito
fue violado, como se determinó en el análisis antes mencionado. Además, se
determinará que no es necesaria la presencia de un SP para garantizar el acceso
sin restricciones a las playas. En consecuencia, la HC es el recurso de protección
adecuado en caso de que se acredite la violación del derecho a la libertad de
tránsito, y no sirve como método de ejecución de resoluciones administrativas. / This legal report analyzes File No. 03640-2021-PHC/TC, in relation to the
constitutional claim of Piero Renzo Dellepiane Reggiardo in favor of himself and
the owners and relatives of the condominium “Terrazas de Chepeconde S.A.C.”
and “Inversiones Condominio Aventura S.A.C.” against the “Club Tennis Las
Terrazas Miraflores” for violating the right to freedom of movement for
implementing a gate and surveillance at kilometer 120.8 of the South Pan-
American Highway.
In this way, access is not allowed to the beaches of Cerro Azul near the land of
Piero Renzo Dellepiane's property. Although there is an established right of way
and the issuance of express municipal provisions that determine the mandatory
nature of the beach law and its regulations. The Constitutional Court declared the
claim founded for proving the violation of the right to free movement and ordered
the “Club Tennis Las Terrazas Miraflores” to guarantee free access to the
beaches, a position that I share and for which I will demonstrate the importance
of there being accesses that allow the entry of citizens to public spaces such as
beaches.
First of all, I am going to explain the beach regime to identify the rules that will
apply to this specific case. I will evaluate the existence of an access road at km
120.8 of the South Pan-American Highway and the concept of the constitutional
right to freedom of transit will be developed. I will determine whether the plaintiff's
right to freedom of movement was violated.
Secondly, I will analyze whether the existence of a right of way is an essential
requirement to guarantee free access to the beaches. Thirdly, I will develop the
concept of the habeas corpus mechanism and, consequently, A determination
will be made as to whether habeas corpus is the most effective method of
guaranteeing the right to freedom of movement.
Finally, the conclusion that the constitutional right to freedom of movement was
violated will be reached as a consequence of the previous analysis. Additionally,
the presence of a right of way is not a prerequisite for ensuring that the beaches
are accessible without charge. As a result, habeas corpus is the appropriate
method of safeguarding against the violation of the right to freedom of movement
without serving as a means of enforcing administrative resolutions.
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Informe jurídico sobre la Sentencia Nº 322-2023 - EXP. 03383- 2021-PA/TCZegarra Pucahuaranga, Deborah Karin 12 August 2024 (has links)
El presente informe jurídico tiene el objetivo de analizar la sentencia Nº 322-2023 en el expediente 03383-2021-PA/TC. El propósito de nuestro análisis se encuentra enfocado en las disposiciones que el Tribunal emitió referente a las responsabilidades y competencias de las entidades demandadas frente a la falta de una red de agua potable.
El acceso al agua y la inexistencia de una red de alcantarillado en la región de Loreto y específicamente en los Asentamientos Humanos del distrito de Punchana, es un problema que la población viene sufriendo por más de 20 años.
Tiempo en el cual las autoridades encargadas no actuaron de manera eficiente y oportuna para atender la demanda de la población. En ese sentido, debido a las graves afectaciones de derechos que se estaban incrementando, era imprescindible que el Tribunal identificara a las principales entidades encargadas de desarrollar e implementar estas políticas públicas.
Entonces, para realizar este informe es necesario determinar en principio si la falta de acceso al agua y conexión de una red de alcantarillado en los Asentamientos Humanos demandantes vulnera alguno de sus derechos fundamentales. Asimismo, si la afectación a estos derechos son responsabilidad solo de las entidades estatales demandadas o sobre qué entidades se debió pronunciar el Tribunal en su fallo de Sentencia. / The purpose of this legal report is to analyse judgment 322-2023 in case 03383-
2021-PA/TC. The purpose of our analysis is focused on the provisions that the Court issued regarding the responsibilities and competencies of the respondent entities in the absence of a drinking water network.
Access to water and the absence of a sewerage network in the Loreto region and specifically in the Human Settlements district of Punchana, is a problem that the population has been suffering for more than 20 years. Time when the authorities in charge did not act efficiently and in a timely manner to meet the demand of the population.
In this sense, due to the serious violations of rights that were increasing, it was
essential that the Court identify the main entities in charge of developing and implementing these public policies. Therefore, in order to make this report it is necessary to determine in principle whether the lack of access to water and connection of a sewerage network in the plaintiff Human Settlements violates any of their fundamental rights. Also, if the effect on these rights is the responsibility only of the respondent state entities or
on which entities the Court should have ruled in its judgment.
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Informe Jurídico sobre la Sentencia recaída en el Exp. N° 00316-2011-PA/TC, en el marco del análisis del Decreto de Urgencia N° 012-2010 a la luz Derecho a la Seguridad JurídicaTello Chuquilín, Joe Fabio 25 July 2024 (has links)
El presente informe jurídico busca determinar si la aplicación de las disposiciones
del Decreto de Urgencia N°012-2010 produce una vulneración al derecho
constitucional a la seguridad jurídica de los titulares de concesiones mineras en
el Departamento de Madre Dios con procedimientos de Certificación Ambiental
en Trámite. Para tal objetivo, se ha empleado un análisis y cuestionamiento de
las disposiciones del referido decreto a la luz de las normas aplicables al caso
específico, así como jurisprudencia constitucional y doctrina vinculada al derecho
a la seguridad jurídica. A partir de dicho análisis, se pudo identificar la afectación
del derecho a la seguridad jurídica desde diferentes aristas, a partir de la
aplicación de las disposiciones del decreto de urgencia a los procedimientos de
certificación ambiental que ya se encontraban en trámite; específicamente, de la
aplicación de la prohibición de uso de dragas y equipos similares, como nuevo
requisito para el otorgamiento de dicha certificación. En virtud de ello, dado el
rango constitucional del derecho a la seguridad jurídica, corresponde la
evaluación de la constitucionalidad de la disposición de la norma cuestionada.
Así, tras un test de proporcionalidad, se puede llegar a la conclusión que
efectivamente se genera una vulneración a la seguridad jurídica y a la
Constitución Política del Perú, puesto que la disposición analizada no llega a
superar el principio de necesidad y el principio de proporcionalidad en sentido
estricto. / This legal report pretends to determine if the application of the provisions of the
Urgency Decree N°012-2010 produce a violation of the right to legal security of
the owners of mining concessions in the department of Madre de Dios that have
environmental procedures on track. In that sense, has been used an analysis and
questioning of the provisions of the mentioned decree, in the light of the
regulations applicable to this case, as well as the constitutional case law and the legal doctrine linked to the right to legal security. From the said analysis, has been
identified different injuries to the legal security, produced by the application of the
provisions of the urgency decree to the environmental certification procedures
that were already on track; specially, the prohibition of the use of dredgers and
similar equipment, as a new requirement to obtain de mentioned certification.
Consequently, due to the constitutional rank of the right to legal security, there
should be a constitutional evaluation of the disputed urgency decree provision.
Therefore, after a test of proportionality, it can be concluded that there has been
a violation of the legal security and the Peruvian Constitution, because the
analyzed provision cannot overcome the principle of necessity and the principle
of proportionality in the strict sense.
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Análisis del Pleno. Sentencia 343/2020 – Expediente N° 00012-2019-131/TCMontalvo Sanchez, Diego Martin 18 October 2024 (has links)
La presente investigación analiza el Pleno Sentencia N° 343/2020 - Expediente N° 00012-2019-
131/TC - Demanda de Acción de Inconstitucionalidad contra la Ordenanza N° 014 - 2018 -
MPSCH dictada por la Municipalidad Provincial de Santiago de Chuco. Se busca investigar
sobre el actual uso de las Áreas de Conservación Municipal, figura que fue derogada en el año
2007 y, sin embargo, sigue intentando ser aplicada en forma de Ordenanza Municipal.
Primero se analiza el papel de los municipios en la conservación de espacios naturales en la
legislación peruana. Desde el Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales,
promulgado por Decreto Legislativo N° 613, hasta el Decreto Supremo N° 015-2007-AG,
incluyendo las competencias de las municipalidades para accionar en temas de protección a
espacios naturales. Posteriormente, se procede a realizar el análisis de la legalidad de la
Ordenanza Municipal N° 014 - 2018 - MPSCH y el análisis del Pleno Sentencia 343/2020 /
Expediente N° 00012-2019-131/TC. Se plasmará un pequeño resumen de los antecedentes de
la Ordenanza, como de la Sentencia, para pasar a realizar los comentarios respectivos.
Como tercer punto, se procederá a esbozar una solución sobre las alternativas de las
municipalidades en temas protección de espacios naturales: Protección de la población a
espacios de especial representatividad. Finalmente, se brindará una alternativa de solución
sobre las Áreas de Conservación Nacional vigentes, con intención de vislumbrar su situación
legal.
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Delimitación de los elementos de la responsabilidad civil del empleador en los accidentes de trabajo según la jurisprudencia peruana emitida por el Poder Judicial y el Tribunal de Fiscalización Laboral de la SunafilDelgado Rivera, Pedro Pablo 05 September 2024 (has links)
Nuestro trabajo de investigación se motiva en el hecho de que, a partir de la emisión de la
Casación N.º 4258-2016, LIMA del año 2016 y el VI Pleno Jurisdiccional Laboral del año 2017,
se consideró inequívocamente que, ante la ocurrencia de un accidente de trabajo, el empleador
sería el responsable del hecho y se encontraría obligado a asumir la reparación civil que este
genere. Así, se daba por cierto que las empresas debían afrontar sanciones económicas por parte
de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral; o asumir reparaciones civiles
determinadas en la vía judicial. No obstante, la legislación peruana y en general la teoría de la
responsabilidad civil prevé una excepción a la regla de responsabilidad objetiva, la cual se basa en
la ruptura del nexo causal, criterio que ha sido adoptado recientemente por un pronunciamiento
vinculante emitido por el Tribunal de Fiscalización Laboral de la Sunafil y el cual, bajo nuestra
opinión, debe ser aplicado a los pronunciamientos jurisprudenciales del Poder Judicial. En ese
sentido, el objetivo de este trabajo será determinar la pertinencia de modificar el criterio
jurisprudencial empleado por el Poder Judicial respecto de los elementos de la responsabilidad
civil del empleador en los accidentes de trabajo. Para ello utilizamos el método jurisprudencial,
analizando diversos pronunciamientos jurisprudenciales emitidos por el Tribunal de Sunafil, la
Corte Suprema y las Salas Laborales de Arequipa. Finalmente, concluimos en la utilidad de
realizar una precisión del criterio adoptado por el VI Pleno Jurisdiccional Laboral mediante un
nuevo acuerdo plenario.
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