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El Recurso de Apelación de la resolución de prórroga en el Código Penal Militar Policial

Arrambide Lefiman, Andrea Carolina 13 August 2020 (has links)
El presente trabajo tiene por finalidad demostrar una problemática respecto a la interpretación de las decisiones impugnables normada en el artículo 439.b del Código Penal Militar Policial, el cual presenta vacío en su regulación, siendo una de las más significativas la impugnación de resoluciones que declara fundada o infundada la prórroga de investigación preparatoria, teniendo en consideración que el superior en grado interpreta que al no estar taxativamente señalada la resolución antes mencionada, no se puede apelar, por lo que se puede observar la posible vulneración al principio de doble instancia, derecho del debido proceso y al plazo razonable, por lo que, considero que la interpretación del artículo 439.b del Código Penal Militar Policial que realiza el Fuero Militar Policial, no es la correcta, ya que se está restringiendo el derecho de impugnar, en consecuencia se está vulnerando el debido proceso, pues en ocasiones el juez falla subjetivamente o no conforme a ley. Es por ello que, la debida interpretación es la de no limitar el derecho a impugnar la resolución que declara fundado o infundado el requerimiento de prórroga de plazo de investigación preparatoria con la finalidad que no se vulneren las garantías, principios y derechos de las partes a fin de cumplir con el debido proceso.
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El derecho a la información defensiva del demandado en el proceso civil peruano: una tarea pendiente

Muriche Astorayme, Cesar Armando 09 February 2024 (has links)
El objetivo principal del presente trabajo de tesis es demostrar que en el proceso civil, un demandado –al igual que inculpado en el ámbito penal– tiene derecho a que las autoridades judiciales le brinden –como parte de la efectivización del derecho de defensa constitucionalmente asegurado por el inciso 14 del artículo 139 de la Constitución peruana– con la primera notificación que se le curse, información sobre sus derechos defensivos, las condiciones y plazos para su ejercicio, así como de las consecuencias negativas de no ejercitarlos o ejercitarlos tardíamente. Para lograr este objetivo, en el trabajo de tesis se individualiza, primero, el origen del deber de las autoridades de brindar información defensiva a los inculpados en el ámbito penal y su progresivo reconocimiento en el ámbito extrapenal, hasta llegar a la individualización , en particular, en el espacio jurídico europeo, de un estándar informativo para el demandado en un proceso civil; luego, se constata el estado deficitario de la información defensiva que se brinda al demandado en el actual proceso civil peruano; finalmente, se sustentan las razones por las cuales resulta imperativo no solo reconocer sino plasmar, en términos sencillos y comprensibles, el derecho a la información defensiva del demandado, sin que ello requiera de modificación legislativa alguna, bastando únicamente de buenas prácticas judiciales. Por último, se hace una propuesta concreta de información defensiva a brindarse en la primera resolución judicial que se notifica al demandado así como de aquella que debería estar contenida en el documento de notificación. / The main objective of this thesis is to demonstrate that in civil proceedings, a defendant – as well as a accused in the criminal field – has the right to be provided by the judicial authorities – as part of the effectiveness of the right of defense constitutionally guaranteed by paragraph 14 of article 139 of the Peruvian Constitution – with the first notification that is given to him, Information on your defensive rights, the conditions and deadlines for exercising them, as well as the negative consequences of not exercising them or exercising them late. To achieve this objective, the thesis work individualizes, first, the origin of the duty of the authorities to provide defensive information to the accused in the criminal field and its progressive recognition in the extra-criminal field, until reaching the individualization, in particular, in the European legal area, of an informative standard for the defendant in a civil proceeding; Then, the deficient state of the defensive information provided to the defendant in the current Peruvian civil proceeding is confirmed; Finally, the reasons why it is imperative not only to recognize but also to express, in simple and understandable terms, the right to defensive information of the defendant are supported, without this requiring any legislative modification, only good judicial practices being sufficient. Finally, a specific proposal is made for defensive information to be provided in the first judicial decision that is served on the defendant as well as that which should be contained in the notification document.
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Informe sobre expediente de relevancia jurídica N° 00155-2012-0-1817-SP-CO-02, E-2664, proceso de anulación de laudo arbitral iniciado por Química Suiza SA v. Dongo Soria Gaveglio Asociados SCRL y otros

Balarezo Contreras, Lidia María 01 August 2024 (has links)
El presente informe tiene por finalidad examinar si el laudo arbitral cuestionado en el proceso judicial de anulación iniciado bajo el Expediente N° 155-2012 fue válidamente anulado de manera parcial. Primero, examinaremos el derecho a la debida motivación de los laudos como garantía del derecho a la tutela jurisdiccional efectiva, por la cual, si bien el fondo de la motivación de los laudos no se puede revisar en sede judicial, los árbitros deberán demostrar los razonamientos que los llevaron a laudar en favor de la parte vencedora. Segundo, se analizará el derecho a la prueba en sede arbitral, y determinaremos cuál es el estándar de valoración probatoria que puede ser cuestionado en el proceso de anulación. Tercero, desarrollaremos el derecho a ser juzgado por un árbitro imparcial e independiente como garantía del debido proceso arbitral, en el marco de un viaje realizado entre un árbitro y uno de los letrados que representaba a una de las partes del proceso, el cual no fue revelado ante la solicitud de la presunta parte afectada por dicha circunstancia. En ese sentido, examinaremos si la parte afectada por dicha falta de revelación podía utilizar algún medio impugnatorio para cuestionar dicha supuesta falta de imparcialidad e independencia, luego del cierre de instrucción del arbitraje y la fijación del plazo para laudar. / The purpose of this report is to examine if the arbitral award challenged in the annulment proceeding in Case No. 155-2012 was validly partially annulled. First, we will examine the right to the motivation of the awards as a constitutionally protected content of the right to effective judicial protection, which, although the merits of the motivation of the awards cannot be reviewed in court, the arbitrators must demonstrate the reasoning that led them to the award in favor of one of the parties. Second, we will analyze the right to evidence in arbitration, and we will determine what is the standard of evidentiary assessment that can be challenged in the annulment process. Third, we will explain the right to be judged by an impartial and independent arbitrator as a right of the due process of arbitration, in the context of a trip made between an arbitrator and one of the lawyers representing one of the parties to the arbitration, which was not disclosed at the request of the alleged party affected by such circumstance. In this regard, we will examine whether the party affected by such non-disclosure could use any means to challenge such alleged lack of impartiality and independence, after the closing of the arbitration proceedings and the setting of the time limit for the award.
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Inequidades en la regulación de la tutela cautelar en materia tributaria: análisis constitucional de las reglas previstas en el artículo 159 del Código Tributario

Barrera Huanes, Fernando Guillermo 27 August 2021 (has links)
Las actuaciones de todos los miembros de la sociedad que conviven dentro de un Estado de Derecho deben tener como parámetros los principios que se reconocen en la Constitución. Entonces, corresponde que cuando el legislador pretenda regular aspectos que, según su perspectiva, puedan resultar problemáticos en la realidad, no deba perder de vista los principios constitucionales que irradian a su actuación. Bajo este supuesto, el presente trabajo de investigación realiza un análisis crítico de lo dispuesto en el artículo 159° del Código Tributario, incorporado en nuestra legislación en el año 2012, en el marco de una delegación de facultades otorgada al Poder Ejecutivo, a través del Decreto Legislativo N° 1121 y modificado por la Ley N° 30230, a fin de mejorar la progresividad de la medida cautelar. Dicho artículo establece las reglas que regirán el trámite de las medidas cautelares que se soliciten dentro de los procesos judiciales en los que la parte demandada es el Tribunal Fiscal o la Administración Tributaria. Así teniendo como base a los principios de tutela jurisdiccional efectiva y de igualdad, principios constitucionalmente reconocidos, se demuestra que las reglas contenidas en el mencionado artículo limitan el derecho de los contribuyentes a acceder a una justicia eficaz y oportuna. Por ello, se propone una mejora a dichas reglas, con el objetivo de salvaguardar el derecho de los contribuyentes.
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Con un gran poder, llega una gran responsabilidad: la aplicación del proceso de Extinción de Dominio a grandes casos de corrupción y crimen organizado. A propósito de la Casación N° 1408-2017-PUNO

Zare Velásquez, Daniela Isabel Jose 17 August 2021 (has links)
El Derecho va cambiando según las necesidades que deba afrontar la sociedad, y con ello, van surgiendo nuevos tipos penales, otros van actualizándose, e incluso se crean nuevas formas de combatir el delito a través de procesos especiales. Siendo esto así, debemos ir a la par de estas actualizaciones, analizando y cuestionando lo nuevo que nos trae el Derecho. Es por eso que, el objetivo de este trabajo es, sobretodo, despejar las dudas más recurrentes que existen sobre un proceso creado para combatir “bienes” que contribuyen a la corrupción, que el Derecho Penal y Procesal Penal recién están conociendo, y que cobra protagonismo en la Casación N° 1408-2017-PUNO: el proceso de extinción de dominio aplicado a procesos de naturaleza compleja como de lavado de activos cuyo delito previo -en el caso- reside en la minería ilegal. Después de todo, sin el conocimiento pleno de sus alcances y propósitos, existirá la posibilidad de que se emitan sentencias que contravengan derechos fundamentales o que supongan una situación de impunidad. Es por este motivo que se realizará un análisis con respecto al proceso de extinción de dominio, para entender cuál es su objeto de aplicación (sobre todo en los casos de minería ilegal y lavado de activos), sus limitaciones, y cómo es su tratamiento respecto de los terceros de buena fe, para después compararlo con los modelos instaurados en Colombia y México, determinando cuáles son sus aciertos y desaciertos, y, en ese sentido, presentar recomendaciones para un proceso que considero no se le ha otorgado la importancia debida en la lucha contra la corrupción. / We know that Law is changing according to the needs that society must face, and with this, new criminal types are emerging, others are being updated, and new ways of combating crime are even created through special processes. Clarity, we must go hand in hand with these updates, analyzing and questioning what is new that Law brings us. This is why the objective of this work is, above all, to clear up the most recurrent doubts that exist about a process created to combat “assets” that contribute to corruption, that Criminal Law and Criminal Procedure are just learning about, and that charges prominence in Cassation 1408-2017-PUNO: the domain extinction action applied to processes of complex nature such as money laundering whose previous crime -in the case- lies in illegal mining. After all, without full knowledge of its scope and purposes, there will be possibility that sentences will be issued that violate fundamental rights or imply a situation of impunity. It is for this reason that an analysis will be carried out with respect to the domain extinction action, to understand what is its object of application (especially in cases of illegal mining and money laundering), its limitations, and how is its treatment regarding of third parties in good faith, to later compare it with the models established in Colombia and Mexico, determining what their successes and failures are, and, in that sense, present recommendations for a process that, I believe, has not been given due importance in the fight against corruption.
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Análisis Jurídico a la Resolución del Tribunal Fiscal N° 08278-9-2018

Cueva Chil, Angel Rodrigo 28 June 2022 (has links)
El principal problema del caso resuelto mediante la Resolución del Tribunal Fiscal N° 08278-9-2018 está relacionado al reparo efectuado por SUNAT, correspondiente a la depreciación del impuesto a la renta del ejercicio 2009, de aquello activos fijos adquiridos mediante contratos de arrendamiento financiero (leasing). Dicho reparo es confirmado por el Tribunal Fiscal, debido a que el contribuyente (en adelante la Empresa) no pudo acreditar que puso en funcionamiento, tales activos, de manera posterior a la fecha de suscripción de los contratos correspondientes. En tal sentido, se debía de computar la depreciación exclusivamente durante la vigencia de los referidos contratos, por lo tanto, aquella depreciación acelerada cargada al costo de ventas no sería deducible para efectos del impuesto a la renta del ejercicio 2009. Ello en virtud del artículo 18° del Decreto Legislativo No. 2991 en concordancia con el inciso c) del artículo 22° del Reglamento de la Ley del Impuesto a la del Impuesto a la Renta2 . De la referida resolución se puede verificar como el Tribunal Fiscal avala la posición sustentada por el contribuyente, no obstante, resuelve de una manera diametralmente opuesta y declara infundado el recurso de reclamación. Por ello, el primer objetivo principal de este artículo es dilucidar la importancia a la debida motivación dentro de las resoluciones emitidas por el referido tribunal, y en virtud de los parámetros esbozados determinar si en este caso de vulnero o no este derecho. El segundo punto importante que se desarrollara, tomando como base la referida resolución, es la valoración de los medios probatorios aportados durante el procedimiento contencioso tributario. Se buscará comentar y sentar algunas directrices objetivas con la finalidad de efectuar una adecuada valoración de estos, tratando de reducir el ámbito discrecional de la administración.
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Universalización de la notificación electrónica como mecanismo esencial, seguro y eficaz para la realización Y vigencia del debido proceso

Mamani Coaquira, Oswaldo 26 January 2022 (has links)
Esta investigación aborda la universalización de la notificación electrónica como un mecanismo seguro y eficaz que permita garantizar la vigencia y realización del debido proceso. Ello a raíz de que la notificación por cédula o física como medio obligatorio genera retardo y lentitud en el trámite de los procesos (las notificaciones no llegan oportunamente), dando pie a la vulneración de derechos, en especial, el debido proceso. Frente a ello, la notificación electrónica ofrece celeridad, seguridad y eficacia en el desarrollo de los procesos, a su vez, asegura la protección del debido proceso porque el interesado recibe la notificación en tiempo oportuno para poder ejercer el contradictorio y el derecho de defensa. En ese orden, el enfoque de la investigación fue cualitativa y los métodos utilizados fueron: (i) funcional–propositiva, (ii) analítico, (iii) inductivo y (iv) comparativo, que permitieron describir, identificar y establecer los beneficios y desventajas en términos de celeridad, seguridad y eficacia tanto de la notificación por cédula en soporte papel y en casilla electrónica. Finalmente, los resultados a los que se arribaron –a grandes rasgos– fueron: (i) la notificación electrónica garantiza celeridad procesal, eficacia y efectividad en la tutela de los derechos del justiciable porque puede ejercer el contradictorio y el derecho de defensa adecuadamente porque la notificación o comunicación se efectúa de manera oportuna, (ii) la notificación por cédula ha supuesto la vulneración del debido proceso porque el acto de comunicar o notificar afronta diversos problemas que impiden establecer una relación jurídico-procesal válida y (iii) la universalización de la notificación electrónica que abarque desde la constitución de la relación jurídico-procesal garantiza la protección del debido proceso. / This research addresses the universalization of electronic notification as a safe and effective mechanism that guarantees the validity and performance of due process. This is due to the fact that the notification by identity card or physical as a mandatory means generates delay and slowness in the processing of the processes (the notifications do not arrive in a timely manner), giving rise to the violation of rights, especially due process. Against this, electronic notification offers speed, security and efficiency in the development of processes, in turn, ensures the protection of due process because the interested party receives the notification in a timely manner to be able to exercise the contradictory and the right of defense. In that order, the focus of the research was qualitative and the methods used were: (i) functional – propositional, (ii) analytical, (iii) inductive and (iv) comparative, which allowed us to describe, identify and establish the benefits and disadvantages in terms of speed, safety and effectiveness of both the notification by identification card on paper and in electronic box. Finally, the results that were reached -broadly speaking- were: (i) the electronic notification guarantees procedural speed, efficiency and effectiveness in the protection of the rights of the defendant because it can exercise the contradictory and the right of defense adequately because the Notification or communication is carried out in a timely manner, (ii) the notification by ID has implied the violation of due process because the act of communicating or notifying faces various problems that prevent establishing a valid legal-procedural relationship and (iii) the universalization of the Electronic notification that ranges from the constitution of the legal-procedural relationship guarantees the protection of due process.
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Laudo Parcial de fecha 20 de enero de 2021, recaído en el Caso Arbitral N° 011-2020-ARB

Hidalgo Díaz, Maria-Fernanda 01 February 2022 (has links)
El laudo parcial analizado aborda problemáticas jurídicas referidas a dos excepciones planteadas en el marco de un arbitraje de salud. La primera excepción es de oscuridad y/o ambigüedad en el modo de proponer la demanda, respecto de la cual se analiza su vinculación con la fijación de puntos controvertidos. La segunda excepción es una mediante la cual se cuestiona la competencia del Tribunal Unipersonal por no haberse acreditado la existencia de un convenio arbitral ni una norma con rango legal que obligue a las partes a resolver sus controversias en el marco de un arbitraje. Vinculado a la resolución de este problema se analiza el principio competence – competence y la garantía constitucional del control difuso en sede arbitral. Finalmente se hace un análisis referido a la naturaleza y aplicación al caso concreto del artículo 14 de la Ley de Arbitraje, que regula la extensión del convenio arbitral a partes no signatarias.
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Informe sobre expediente de relevancia jurídica E-2650, demanda de nulidad de despido contra tiendas por departamento Ripley S.A por despido arbitrario

Castro Estelo, Luis Angel 09 May 2023 (has links)
El presente informe es acerca del expediente de relevancia jurídica E-2650 con contenido en materia penal-laboral, en el que radica su importancia en la investigación y estudio de la “injuria” como acto causal de falta grave con consecuencia de despido, de acuerdo a la legislación laboral; y como acto causal de sanción penal. Asimismo, se analiza la relevancia de las redes sociales como un medio de comunicación el cual se pueda utilizar para lesionar el derecho al honor, en un contexto social en el que las relaciones digitales se abren paso dentro de un vacío jurisprudencial para dicho tipos de casos. Por lo tanto, el objetivo del presente informe radica en desarrollar los derechos que se presentan a lo largo del proceso, tales como: derecho al honor, derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales, derecho a un debido proceso y todo lo que ello implica; de manera que pueda resolverse el problema principal que concierne al caso el cual es: si se puede configurar como falta grave laboral las publicaciones “injuriantes” que se realicen a través de las redes sociales. Llegando finalmente a concluir que en el presente caso sí se habría configurado la falta grave laboral por parte de demandante, vulnerando el derecho al honor de las personas, al haber injuriado de forma agravante a los directivos de RIPLEY, siendo Facebook un medio de comunicación masivo. Asimismo, se tiene en consideración el derecho penal como de ultima ratio y el derecho que dictará los lineamientos sobre conceptos jurídicos que puedan contener otras ramas del derecho por la importante razón de proteger intereses jurídicos de interés público.
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Hacia un nuevo estándar de notificación del hecho infractor: a propósito del derecho a la comunicación previa y detallada de la acusación en sede administrativa

Ventura Ferro, Leonardo Manuel 27 March 2024 (has links)
El presente artículo aborda las problemáticas relacionadas a la notificación del hecho infractor, tanto en su contenido como en la oportunidad de notificación, las cuales tienen incidencia directa en plena efectividad del derecho de defensa en el procedimiento administrativo sancionador. Como parte del proceso de constitucionalización del Derecho Administrativo, se propone la aplicación del estándar más garante del derecho a la comunicación previa y detallada de la acusación, frente a los tradicionales límites-garantías al ius puniendi de la Administración. Así, de la interpretación de la Corte Interamericana se desprende que los Estados deben alejarse del principio de confianza, toda vez que la notificación del hecho infractor requiere transitar por los canales oficiales, en aras de maximizar la vigencia del derecho de defensa. Con todo ello, se dilucida una tarea pendiente del legislador y los administradores de justicia para adecuarse al nuevo estándar establecido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos para todas relaciones procesales entre el Estado y el privado, en particular, en el procedimiento administrativo sancionador. / This article addresses the problems related to the notification of the infringing act, both in its content and in the opportunity of notification, which have a direct impact on the full effectiveness of the right of defense in the administrative sanctioning procedure. As part of the process of constitutionalization of Administrative Law, the application of the standard plus guarantee of the right to prior and detailed communication of the accusation is proposed, compared to the traditional limitsguarantees to the ius puniendi of the Administration. Thus, from the interpretation of the Inter-American Court it follows that States must move away from the principle of trust, since notification of the infringing act requires going through official channels, in order to maximize the validity of the right of defense. With all this, a pending task for the legislator and the administrators of justice is elucidated to adapt to the new standard established by the Inter-American Court of Human Rights for all procedural relations between the State and the private sector, in particular, in the administrative sanctioning procedure. / Trabajo académico

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