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Situación Actual y Marco Jurídico de la Inclusión Financiera en el Perú

Arana Noriega, Claudia Silvana 07 August 2021 (has links)
Esta tesis trata acerca de la Inclusión Financiera en el Perú, que en la actualidad alcanza solamente al 41.3% de la población. Es objetivo del presente trabajo, ubicar los principales problemas que la afectan y la detienen en el país. Para ello, utilizando la metodología del Análisis Económico del Derecho y aplicando las herramientas de las que dispone, se desarrolla un estudio que permite descartar los paradigmas que supuestamente la frenan y más bien se ubican los problemas que no le permiten avanzar. Este análisis se acompaña de trabajo de campo que abarca: encuestas, entrevistas, recorrido a instituciones financieras y un caso real para graficar la realidad. La hipótesis que se plantea es que la Inclusión Financiera actualmente cuenta con un marco legal e instituciones financieras sólidas, sin embargo, no tienen el avance deseado. Esta situación afecta el bienestar de la sociedad e impide que se aproveche la capacidad instalada que se tiene, para lo cual se sugieren aportes que permitan su optimización y supere el avance que se tiene según la última medición. La principal conclusión de esta tesis es que la Inclusión Financiera es una actividad multidisciplinaria que no tiene solución sino bajo la visión simultánea de las instituciones del Estado, las entidades financieras y sociedad civil, por ello, los esfuerzos unilaterales o débilmente coordinados no vienen alcanzando los resultados esperados.
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Aplicación del Principio de Retroactividad Benigna en el Procedimiento Administrativo Sancionador en caso de modificación del Instrumento de Gestión Ambiental

Lara Soriano, Sheryl 13 August 2021 (has links)
La importancia de los instrumentos de gestión ambiental preventivos radica en constituirse como una herramienta que antecede los impactos ambientales y proyecta soluciones eficientes en favor del medio ambiente. No es menos importante indicar que estos instrumentos, pueden requerir modificaciones o ampliaciones las cuales se tramitarán con posterioridad al inicio de sus operaciones, toda vez que, aun cuando sea exhaustivo en su primera versión, sería irreal que recojan todos los impactos socio ambientales posibles. Este trabajo busca establecer la viabilidad de aplicar el principio de retroactividad benigna con relación a los instrumentos de gestión ambiental, a partir del procedimiento administrativo sancionador seguido contra la Central Hidroeléctrica Potrero por el incumplimiento de obligaciones establecidas en la declaración de impacto ambiental. En este caso, antes del inicio del procedimiento administrativo sancionador, el Gobierno Regional de Cajamarca aprobó el informe técnico sustentatorio de la Central, que cambió favorablemente para el administrado las obligaciones imputadas como infracción; sin embargo, el Tribunal de Fiscalización Ambiental consideró que los instrumentos de gestión ambiental no son normas tipificadoras y, en consecuencia, no cabía aplicar la retroactividad benigna. Como conclusión se afirma la viabilidad de aplicar el principio en cuestión, pues la nueva herramienta de gestión ambiental, en este caso, el informe técnico sustentatorio, tiene condiciones más favorables para el administrado, lo cual debería repercutir retroactivamente en el procedimiento sancionador. El método empleado para estudiar la razonabilidad de la resolución es el cualitativo, para lo cual se ha recurrido a fuentes normativas, jurisprudenciales y a la doctrina. / The importance of Preventive Environmental Management Instruments lies in becoming a tool that anticipates environmental impacts and projects efficient solutions in favor of the environment. It is important to indicate that these instruments may require modifications or extensions which will be processed after the start of their operations, because, although they are extensive in their first version, it is unlikely that they will include all possible socio-environmental impacts. Taking this into consideration, this work aims to establish the viability of applying the principle of benign retroactivity in relation to environmental management instruments, based on the administrative sanctioning procedure followed against the Potrero Hydroelectric Power Plant, for the breach of obligations established in the declaration of environmental impact. In this case, before the start of the administrative sanctioning procedure, the Regional Government of Cajamarca approved the technical support report of the Hydroelectric Power Plant, which favorably changed the obligations imputed as an infraction for the company. However, the Environmental Control Court considered that the Environmental management instruments are not standard rules and, consequently, benign retroactivity could not be applied. The work concludes that applying the principle is legally viable, because the new environmental management tool, in this case, the Sustaining Technical Report, has more favorable conditions for the company, which should retroactively affect the sanctioning procedure. The method used to study the reasonableness of the resolution is qualitative, for which normative, jurisprudential, and doctrine have been used.
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El cese colectivo por disolución y liquidación de la empresa acordado por los socios

Díaz Cañote, Miguel Ángel 25 February 2020 (has links)
La presente investigación parte del análisis de la causa objetiva de terminación colectiva de contrato de trabajo, contemplada en el literal c) del artículo 46 del Texto Único Ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, Decreto Legislativo n.º 728, aprobado por Decreto Supremo n.º 003-97-TR (LPCL). A partir de dicho estudio se pretende identificar, a la luz de lo desarrollado en la doctrina y en la jurisprudencia, cuál es la finalidad de la comunicación notarial que se exige en la normativa citada para formalizar el cese de la relación laboral por la referida causa; dicho de otro modo, cuán relevante es cumplir con esta formalidad. Además de lo anterior, se estudiarán los efectos que genera materializar esta decisión empresarial con el propósito de determinar si, ante este escenario, es viable exigir en sede judicial la adopción de mecanismos restitutorios o resarcitorios que compensen el perjuicio que -eventualmente- se les ocasiona a los trabajadores.
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Informe sobre Expediente N°2002-2008

Reyes Rosas, Brando Antonio 14 December 2020 (has links)
El informe jurídico versa sobre la aplicación del Impuesto a la Renta e Impuesto General a las Ventas a las operaciones internacionales de compraventa de metales en las que media la emisión de certificados de entrega futura de parte del vendedor al comprador produciéndose posteriormente la entrega real de los metales en el exterior. Asimismo, el informe jurídico justifica su investigación debido a la vigencia del debate sobre diversos temas de naturaleza constitucional, civil y tributaria que contiene el expediente. De tal modo, en el informe jurídico se investiga las instituciones jurídicas aplicadas en el expediente a fin de determinar su correcta aplicación. El objetivo del informe jurídico es demostrar en función a argumentos jurídicos y el análisis de elementos fácticos la correcta aplicación de las normas del Impuesto a la Renta e Impuesto General a las Ventas, respectivamente. Asimismo, en virtud de una interpretación de las normas, revisión de la doctrina y jurisprudencia; así como, de la naturaleza jurídica de los impuestos se ha logrado advertir la correcta aplicación de las normas jurídicas. En función a lo anterior, se ha concluido que las operaciones materia de reparo no se encuentran gravadas con el Impuesto a la Renta ni con el Impuesto General a las Ventas.
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Informe sobre expediente de relevancia jurídica n.º 585-2013 e-2586, sobre incumplimiento de obligaciones contractuales derivadas de una contratación pública

Palomino Gomez, Denis Fernando 11 December 2023 (has links)
El Estado se constituye como el mayor cliente de bienes y servicios, tanto por sus volúmenes como por su periodicidad, motivo por el cual, para regular las condiciones de dichas operaciones comerciales, se gestióno un sistema administrativo especializado: contratación pública Ahora bien, dicho sistema ha sufrido distintos cambios en el tiempo, por lo tanto, hemos producido cambios positivos que han generado eficiencia, como otros cambios que resultan discutibles; sin embargo, es innegable señalar que esta especialidad se encuentra en constante desarrollo, siendo que los casos individuales como el presente nos permiten enriquecernos de manera práctica. En el presente informe analizaremos la ejecución del contrato N°010-2012-MIDIS-PRONAA (en adelante, el Contrato) que fuese suscrito entre el Consorcio de Alimentos S.A.C (en adelante, el Consorcio) y el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social – MIDIS (en adelante, el PRONAA). La controversia se suscita en un accidente automovilístico ocurrido al transporte de los bienes del Consorcio, en el que posteriormente los bienes son entregados a la Entidad, aceptados y posteriormente rechazados, lo cual permite analizar distintas figuras jurídicas como la ampliación de plazo, penalidades, resolución parcial y, finalmente un arbitraje. La perspectiva que buscamos presentar mediante el presente informe se da tanto por el lado del empresario, como por parte de la Entidad, pues en el ejercicio de sus obligaciones contractual ambos cometen errores, situación individual que puede mostrar un panorama general de las conductas de los actores de las contrataciones públicas.
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Informe sobre Expediente N° 272-2011/CPC sobre proceso de discriminación en el consumo ante el INDECOPI

Barrenechea Montoya, María Susana 25 October 2023 (has links)
El presente informe desarrolla el procedimiento de denuncia realizada por Miguel Ángel Céliz Ocampo en contra de Rimac Internacional Compañía de Seguros y Reaseguros por la infracción del Código de Protección al Consumidor. Específicamente los artículos 1.1 literal d) y 38 del referido Código. El INDECOPI confirma, en el procedimiento ante la Comisión y la Sala de Protección al Consumidor, que los hechos acaecidos constituyeron un acto de discriminación en razón de la discapacidad e Sandra Céliz e imponen una multa y una medida correctiva. Adicionalmente, se examina el cumplimiento de la medida correctiva a partir del ofrecimiento de la póliza por Rimac Internacional Compañía de Seguros y Reaseguros. En el presente documento se analizan los hechos a la luz del marco nacional e internacional sobre la efectivización del derecho a la seguridad social de las personas con discapacidad, la prohibición de discriminación y el ejercicio de la autonomía privada, para determinar que el razonamiento del INDECOPI fue acertado al momento de resolver la controversia. Todo ello teniendo en cuenta el modelo social de la discapacidad como pilar en el análisis del caso. En razón de ello concluimos que la Comisión y la Sala resuelve bien al determinar la comisión de un acto de discriminación en el consumo y que el razonamiento del Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor no cumplió con resolver adecuadamente respecto de la medida correctiva.
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Análisis jurídico sobre la Resolución del Tribunal Fiscal No. 10923-8-2011

Carrillo Chávez, Rainer Ubaldo 21 November 2023 (has links)
El presente trabajo de investigación versa sobre la jurisprudencia del Tribunal Fiscal RTF No. 10923-8-2011, conforme a la cual un contribuyente cuestionó la aplicación de la Norma VIII del Código Tributario (CT) por parte de la SUNAT al recalificar una operación de escisión de un bloque patrimonial conformado por inmuebles acordada por dos empresas de un mismo grupo empresarial por una operación de primera venta de inmueble, exigiéndose el pago de IR e IGV, así como multas aplicables. Al respecto, el Tribunal Fiscal resuelve declarando INFUNDADA la apelación y validando la aplicación de Norma VIII realizada por la SUNAT, sustentando ello en que conforme a una interpretación económica de la escisión acordada por las referidas empresas, se verificaba que dicho acuerdo de reorganización no cumplía ciertos “criterios” para ser considerada como tal. El presente trabajo de investigación tiene como finalidad abordar desde un enfoque normativo, jurisprudencial y de derecho comparado, si es que la SUNAT aplicó correctamente la Norma VIII en el referido caso, así como analizar si los argumentos que motivan la decisión del Tribunal Fiscal se encuentran conforme a derecho. Así, en la presente investigación se verifica que tanto el Tribunal Fiscal como la SUNAT basan su análisis de interpretación económica a partir de una jurisprudencia anacrónica para el caso materia de análisis, motivo por el cual se postula la aplicación de tan solo algunos de ellos. Adicionalmente, en tanto la norma VIII fue derogada y reemplazada por la Norma Antielusiva General (Norma XVI del CT), el presente trabajo postula un escenario del análisis del caso si es que la referida norma antielusiva se hubiera encontrado vigente, de manera que el presente trabajo sea de utilidad para futuras interpretaciones bajo la nueva norma. / This research work deals with the case law of the Tax Court RTF No. 10923-8- 2011, according to which a taxpayer questioned the application of Rule VIII of the Tax Code (TC) by SUNAT when it reclassified a spin-off operation of a patrimonial block formed by real estate agreed by two companies of the same business group for a first sale of real estate, requiring the payment of IR and IGV, as well as applicable fines. In this regard, the Tax Court ruled that the appeal was UNFAIR and validated the application of Rule VIII made by SUNAT, based on the fact that according to an economic interpretation of the spin-off agreed upon by the referred companies, it was verified that such reorganization agreement did not meet certain "criteria" to be considered as such. The purpose of this research work is to address, from a normative, jurisprudential and comparative law approach, whether SUNAT correctly applied Rule VIII in the referred case, as well as to analyze whether the arguments that motivate the decision of the Tax Court are in accordance with the law. Thus, in the present investigation it is verified that both the Tax Court and SUNAT base their analysis of economic interpretation on an anachronistic jurisprudence for the case under analysis, which is why the application of only some of them is postulated. Additionally, since rule VIII was repealed and replaced by the General Antiavoidance Rule (Rule XVI of the TC), this paper postulates a scenario of the analysis of the case if the referred anti-avoidance rule had been in force, so that this paper may be useful for future interpretations under the new rule.
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Informe sobre Resolución N° 2758-2019/SPC-INDECOPI

Aceijas Silva, José Luis 23 February 2021 (has links)
El presente Trabajo desarrolla un análisis jurídico sobre la Resolución Nº 2758- 2019/SPC-INDECOPI, la cual versa sobre la denuncia realizada, en el año 2018, por la Asociación de Consumidores Indignados Perú contra el restaurante La Rosa Náutica, por cometer actos de discriminación hacia las consumidoras mujeres que acudían a su local, al entregarles Cartas – Menú sin precios; la cual fue declarada fundada con un voto dirimente del Presidente de la Sala Especializada en Protección al Consumidor del INDECOPI, luego de haber quedado empatados los votos de los Vocales de la misma. Esta Resolución propone un enfrentamiento entre conceptos de paralela importancia y relevancia en los ámbitos jurídico y social, como lo son la libertad de empresa y los derechos humanos de la persona; lo cual responde a la justificación del desarrollo del presente. Ante esto, se propone un conjunto de críticas sobre los Fundamentos que realizó la Sala. Además, con el desenvolvimiento y la estructura planteadas en el presente, se analizan diversos conceptos jurídicos y sociales, como: la diferencia entre trato diferenciado y discriminación, el cambio de criterio sobre el entendimiento de discriminación en el consumo realizado en el año 2019 por el INDECOPI, la adecuación y pertinencia de las sanciones, el rol de las asociaciones de consumidores, entre otros; profundizando tanto en doctrina como en la legislación pertinente, para demostrar que el mencionado restaurante si cometió actos de discriminación contra las mujeres que acudían a su local
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Informe sobre el Laudo Arbitral Final referido al Arbitraje N°CCI N°20513/ASM

Atencio Cuadros, Camila Alejandra 09 August 2022 (has links)
El presente trabajo abarca la aplicación de la normativa general de Derecho Administrativo, el Texto Único y Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General y de la normativa especial, la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Ley 26850. Esto en el Arbitraje CCI N°20513/ASM, en referencia al Laudo Arbitral Final que puso fin a la controversia entre el Consorcio Nippon Koei -OIST y el Programa Nacional de Saneamiento Urbano. Esta controversia se inicia con la liquidación del Contrato de Servicio de Consultoría para la Supervisión de Obras del Proyecto de Mejoramiento y Expansión de los Sistemas de Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado de las Ciudades de Piura – Castilla y Chimbote. / This work covers the application not only of the general rules of Administrative Law, the Sole and Orderly Text of the General Administrative Procedure Law, but the special rules, the State Contracting and Procurement Law, Law 26850. This in ICC Arbitration N°20513/ASM, in reference to the Final Arbitral Award that put an end to the dispute between the Nippon Koei -OIST Consortium and the National Urban Sanitation Program. This dispute began with the liquidation of the Consulting Services Contract for the Supervision of Works for the Improvement and Expansion of the Drinking Water Supply and Sewerage Systems of the Cities of Piura - Castilla and Chimbote.
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Informe Jurídico de la Resolución Nº 2025-2019/SPCINDECOPI

Huaroc Huallanca, Ingrid Jazmin 31 July 2023 (has links)
La Resolución Nº 2025-2019/SPC-INDECOPI, emitida por la Sala Especializada de Protección al Consumidor, consiste en un caso de discriminación en el consumo, iniciado de oficio, en contra del Banco Interamericano de Finanzas. Esto, debido a que la entidad bancaria denunciada habría infringido el artículo 38 de la Ley Nº 29571, al establecer como requisito para el otorgamiento de créditos como El Nuevo Crédito MiVivienda y Crédito Hipotecario encontrarse dentro de cierto rango etario. En ese sentido, la resolución es de relevante importancia debido a que, no solo se analiza un criterio que afectaría a una población en situación de vulnerabilidad, sino también porque presenta un cambio de criterio en cuanto a la interpretación de discriminación en el consumo. Tomando en consideración ello, el presente informe jurídico se dividirá en tres apartados. En un primer momento, se tratará de determinar si el Banco actuó de forma discriminatoria al establecer como requisito para acceder a dos de sus productos, encontrarse dentro de un rango etario. En un segundo momento, se buscará analizar si el criterio etario puede ser considerado como un requisito razonable y objetivo, para evaluar si se debe otorgar un crédito o no a la persona quien lo solicita. Finalmente, se realizará un análisis sobre la los criterios utilizados por la Comisión, que fueron confirmados por la Sala, para imponer la multa por la infracción del artículo 38 del Código de Protección y Defensa del Consumidor. / Resolution 2025-2019/SPC-INDECOPI, issued by the Specialized Chamber for Consumer Protection, consists of a case of discrimination in consumption, initiated ex officio, against the Inter-American Bank of Finance. This, because the bank denounced would have violated article 38 of Law Nº 29571, by establishing as a requirement for the granting of credits such as Nuevo Crédito MiVivienda and Crédito Hipotecario be within a certain age range. In this sense, the resolution is of importance because it not only analyzes a criterion that would affect a population in a situation of vulnerability, but also because it presents a change in the interpretation of discrimination in consumption. Taking this into account, this paper will be divided into three sections. In the first instance, it will be a question of whether the Bank acted in a discriminatory manner by making two of its products subjects to eligibility within an age range. In a second stage, it will be sought to analyze whether the age criterion can be considered as a reasonable and objective requirement, to assess whether a credit should be granted or not to the person requesting it. Finally, an analysis will be made of the criteria used by the Commission, which were confirmed by the Chamber, to impose the fine for the infringement of Article 38 of the Consumer Protection and Defense Code.

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