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Informe sobre Expediente N°2002-2008

Reyes Rosas, Brando Antonio 14 December 2020 (has links)
El informe jurídico versa sobre la aplicación del Impuesto a la Renta e Impuesto General a las Ventas a las operaciones internacionales de compraventa de metales en las que media la emisión de certificados de entrega futura de parte del vendedor al comprador produciéndose posteriormente la entrega real de los metales en el exterior. Asimismo, el informe jurídico justifica su investigación debido a la vigencia del debate sobre diversos temas de naturaleza constitucional, civil y tributaria que contiene el expediente. De tal modo, en el informe jurídico se investiga las instituciones jurídicas aplicadas en el expediente a fin de determinar su correcta aplicación. El objetivo del informe jurídico es demostrar en función a argumentos jurídicos y el análisis de elementos fácticos la correcta aplicación de las normas del Impuesto a la Renta e Impuesto General a las Ventas, respectivamente. Asimismo, en virtud de una interpretación de las normas, revisión de la doctrina y jurisprudencia; así como, de la naturaleza jurídica de los impuestos se ha logrado advertir la correcta aplicación de las normas jurídicas. En función a lo anterior, se ha concluido que las operaciones materia de reparo no se encuentran gravadas con el Impuesto a la Renta ni con el Impuesto General a las Ventas.
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CASACIÓN Nº 591-2016 –HUAURA

Cabello Silva, Andrea Fernanda 22 February 2021 (has links)
El caso materia del Informe versa sobre el delito de violación cometido contra una adolecente con discapacidad intelectual. En el momento de ocurridos los hechos el tipo penal vigente, contenido en el artículo 172 del Código Penal, no contenía de forma literal el consentimiento por lo que se entendía que el bien jurídico protegido era la indemnidad sexual de las personas con discapacidad intelectual y, en ese sentido, con la sola acreditación del acto sexual y la existencia de la deficiencia, se daba por configurado el delito. Esta lectura era contraria a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), que entró en vigor para el Estado peruano en el año 2008, por lo que era imperativo que se aplique dicho tipo penal a la luz del mencionado instrumento. Sin embargo, en el caso analizado no ocurrió ello y, todo lo contrario, se entendió que la adolescente con iniciales A.M.A.G. no era titular de su libertad sexual. A partir del año 2018, con la publicación de la ley Nº 30838 que introduce el consentimiento como un elemento central, se abre una nueva ventana de oportunidad para la lectura, interpretación y aplicación de este tipo penal, a la luz de los mandatos internacionales asumidos por el Perú a través de la CDPD, generando un balance entre la autonomía sexual de la que son titulares las personas con discapacidad intelectual, y la protección de este colectivo frente a la violencia sexual, desde un enfoque interseccional. En suma, debe partirse del reconocimiento pleno de la capacidad jurídica y autonomía sexual de este colectivo, sin dejarles en desprotección frente a las diversas barreras sociales, actitudinales y legales que recaen sobre ellas
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Situación Actual y Marco Jurídico de la Inclusión Financiera en el Perú

Arana Noriega, Claudia Silvana 07 August 2021 (has links)
Esta tesis trata acerca de la Inclusión Financiera en el Perú, que en la actualidad alcanza solamente al 41.3% de la población. Es objetivo del presente trabajo, ubicar los principales problemas que la afectan y la detienen en el país. Para ello, utilizando la metodología del Análisis Económico del Derecho y aplicando las herramientas de las que dispone, se desarrolla un estudio que permite descartar los paradigmas que supuestamente la frenan y más bien se ubican los problemas que no le permiten avanzar. Este análisis se acompaña de trabajo de campo que abarca: encuestas, entrevistas, recorrido a instituciones financieras y un caso real para graficar la realidad. La hipótesis que se plantea es que la Inclusión Financiera actualmente cuenta con un marco legal e instituciones financieras sólidas, sin embargo, no tienen el avance deseado. Esta situación afecta el bienestar de la sociedad e impide que se aproveche la capacidad instalada que se tiene, para lo cual se sugieren aportes que permitan su optimización y supere el avance que se tiene según la última medición. La principal conclusión de esta tesis es que la Inclusión Financiera es una actividad multidisciplinaria que no tiene solución sino bajo la visión simultánea de las instituciones del Estado, las entidades financieras y sociedad civil, por ello, los esfuerzos unilaterales o débilmente coordinados no vienen alcanzando los resultados esperados.
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Aplicación del Principio de Retroactividad Benigna en el Procedimiento Administrativo Sancionador en caso de modificación del Instrumento de Gestión Ambiental

Lara Soriano, Sheryl 13 August 2021 (has links)
La importancia de los instrumentos de gestión ambiental preventivos radica en constituirse como una herramienta que antecede los impactos ambientales y proyecta soluciones eficientes en favor del medio ambiente. No es menos importante indicar que estos instrumentos, pueden requerir modificaciones o ampliaciones las cuales se tramitarán con posterioridad al inicio de sus operaciones, toda vez que, aun cuando sea exhaustivo en su primera versión, sería irreal que recojan todos los impactos socio ambientales posibles. Este trabajo busca establecer la viabilidad de aplicar el principio de retroactividad benigna con relación a los instrumentos de gestión ambiental, a partir del procedimiento administrativo sancionador seguido contra la Central Hidroeléctrica Potrero por el incumplimiento de obligaciones establecidas en la declaración de impacto ambiental. En este caso, antes del inicio del procedimiento administrativo sancionador, el Gobierno Regional de Cajamarca aprobó el informe técnico sustentatorio de la Central, que cambió favorablemente para el administrado las obligaciones imputadas como infracción; sin embargo, el Tribunal de Fiscalización Ambiental consideró que los instrumentos de gestión ambiental no son normas tipificadoras y, en consecuencia, no cabía aplicar la retroactividad benigna. Como conclusión se afirma la viabilidad de aplicar el principio en cuestión, pues la nueva herramienta de gestión ambiental, en este caso, el informe técnico sustentatorio, tiene condiciones más favorables para el administrado, lo cual debería repercutir retroactivamente en el procedimiento sancionador. El método empleado para estudiar la razonabilidad de la resolución es el cualitativo, para lo cual se ha recurrido a fuentes normativas, jurisprudenciales y a la doctrina. / The importance of Preventive Environmental Management Instruments lies in becoming a tool that anticipates environmental impacts and projects efficient solutions in favor of the environment. It is important to indicate that these instruments may require modifications or extensions which will be processed after the start of their operations, because, although they are extensive in their first version, it is unlikely that they will include all possible socio-environmental impacts. Taking this into consideration, this work aims to establish the viability of applying the principle of benign retroactivity in relation to environmental management instruments, based on the administrative sanctioning procedure followed against the Potrero Hydroelectric Power Plant, for the breach of obligations established in the declaration of environmental impact. In this case, before the start of the administrative sanctioning procedure, the Regional Government of Cajamarca approved the technical support report of the Hydroelectric Power Plant, which favorably changed the obligations imputed as an infraction for the company. However, the Environmental Control Court considered that the Environmental management instruments are not standard rules and, consequently, benign retroactivity could not be applied. The work concludes that applying the principle is legally viable, because the new environmental management tool, in this case, the Sustaining Technical Report, has more favorable conditions for the company, which should retroactively affect the sanctioning procedure. The method used to study the reasonableness of the resolution is qualitative, for which normative, jurisprudential, and doctrine have been used.
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El principio de solidaridad en nuestro sistema de pensiones

Herrera Toscano, Ricardo Arturo 05 March 2020 (has links)
El trabajo tiene por finalidad analizar el Principio de Solidaridad en nuestro sistema de pensiones, para validar determinadas restricciones normativas o su ausencia. Se justifica la investigación dado que pretendo determinar en qué supuestos es válido y/o necesario invocar el principio para establecer restricciones, y qué límites tiene el referido principio. De acuerdo al análisis realizado considero que las restricciones en materia de pensiones, que tienen como fundamento el Principio de Solidaridad, son válidas por ser necesarias para cumplir con el compromiso constitucional de otorgar seguridad social a la colectividad. Adicionalmente, encuentro suficientes elementos que indican la existencia de solidaridad en el SPP. De las restricciones normativas analizadas, concluyo lo siguiente: Topes SNP.- La aplicación de los topes en el SNP encuentra justificación en el Principio de Solidaridad, por establecer una ruptura excepcional y razonable de la relación sinalagmática entre las aportaciones y las prestaciones, en beneficio de aquellos afiliados que lo requieran. Es válida, por respetar el contenido esencial del derecho a la pensión, y por ser una disposición originaria. BdR SPP.- Es posible que los afiliados al SPP obtengan un bono inferior a las aportaciones realizadas, rompiendo el sinalagma entre prestaciones y aportaciones. Esta limitación es una manifestación válida del Principio de Solidaridad, y una medida regresiva legítima, toda vez que encuentra justificación en que el dinero que eventualmente el afiliado no obtenga permanecerá en la Caja Nacional y será usado para cubrir las pensiones del SNP. Disposición 95.5% CIC.- Carece de restricciones, por lo cual trasgrede el Principio de Solidaridad pues desprotege a los derechohabientes de los afiliados titulares sanos. Este grupo terminará definitiva e irremediablemente excluido de nuestro sistema de pensiones y de salud en el momento en que el afiliado titular disponga del 95.5% de su fondo.
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Informe sobre Resolución N° 2758-2019/SPC-INDECOPI

Aceijas Silva, José Luis 23 February 2021 (has links)
El presente Trabajo desarrolla un análisis jurídico sobre la Resolución Nº 2758- 2019/SPC-INDECOPI, la cual versa sobre la denuncia realizada, en el año 2018, por la Asociación de Consumidores Indignados Perú contra el restaurante La Rosa Náutica, por cometer actos de discriminación hacia las consumidoras mujeres que acudían a su local, al entregarles Cartas – Menú sin precios; la cual fue declarada fundada con un voto dirimente del Presidente de la Sala Especializada en Protección al Consumidor del INDECOPI, luego de haber quedado empatados los votos de los Vocales de la misma. Esta Resolución propone un enfrentamiento entre conceptos de paralela importancia y relevancia en los ámbitos jurídico y social, como lo son la libertad de empresa y los derechos humanos de la persona; lo cual responde a la justificación del desarrollo del presente. Ante esto, se propone un conjunto de críticas sobre los Fundamentos que realizó la Sala. Además, con el desenvolvimiento y la estructura planteadas en el presente, se analizan diversos conceptos jurídicos y sociales, como: la diferencia entre trato diferenciado y discriminación, el cambio de criterio sobre el entendimiento de discriminación en el consumo realizado en el año 2019 por el INDECOPI, la adecuación y pertinencia de las sanciones, el rol de las asociaciones de consumidores, entre otros; profundizando tanto en doctrina como en la legislación pertinente, para demostrar que el mencionado restaurante si cometió actos de discriminación contra las mujeres que acudían a su local
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El sujeto pasivo del delito de feminicidio según el Acuerdo Plenario N°001-2016/CJ-116: cuestionamiento a la no inclusión de las mujeres trans

Fabián Terreros, Yhasira Elisa 14 September 2021 (has links)
En el presente artículo, se cuestiona la exclusión de las mujeres trans como sujetos pasivos del delito de feminicidio en el Acuerdo Plenario N°001-2016/CJ- 116. A fin de promover su inclusión, se propone consider al término mujer como elemento normativo del tipo, lo que implica adoptar un concepto amplio de mujer. Este deberá tomar en cuenta la dimensión dinámica del derecho a la identiad y la identidad de género. Lo anterior de conformidad con lo dispuesto por el Tribunal Constitucional y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y en la misma línea de lo resuelto por los tribunales de Colombia y Argentina. Asimismo, el artículo resalta que una interpretación como la propuesta no es completamente contraria a la línea jurisprudencial de la Corte Suprema. / In this article, the exclusion of trans women as passive subjects of the crime of femicide in the Plenary Agreement Nº 001-2016 / CJ-116 is questioned. In order to promote their inclusion, it is proposed to consider the term woman as a normative element of the criminal offense, which implies adopting a broad concept of woman. This should take into account the dynamic dimension of the right to identity and gender identity. The foregoing in accordance with the provisions of the Constitutional Court and the Inter-American Court of Human Rights, and in the same line as that resolved by the courts of Colombia and Argentina. Likewise, the article highlights that an interpretation such as the proposed one is not completely contrary to the jurisprudential line of the Supreme Court.
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Convencionalización de la Contratación Administrativa de Servicios

Acuña Gonzales, Jesus Duff 26 September 2018 (has links)
En la normativa del derecho laboral en el estado peruano, se encuentran contrapuestos diversos derechos, principios y garantías que, como resultado acarrean la vulneración de los derechos de muchos trabajadores, en especial del sector público, donde se tienen diversas modalidades de contratación. Siendo esta diversidad, la que genera desigualdad y desequilibrio. Dentro del régimen de la actividad pública se encuentra la llamada Contratación Administrativa de Servicios (en adelante CAS), la cual afecta derechos laborales y más aún, generaría desigualdad y discriminación frente a los demás regímenes laborales. En ese sentido nuestra posición supone explicar: qué es un contrato laboral a la luz de los principios del Derecho del trabajo, así mismo, evidenciar que existe una vía procedimental por medio de la cual puedan accionar las personas que se sientan afectadas en sus derechos, evidentemente en busca de la restitución de los mismos. Hasta el momento, en la jurisdicción nacional se han visto diversidad de fallos y sentencias de toda índole, los cuales debieran ser unificados para llegar a tener una sola línea de acción, siendo así, lo que se busca en el presente trabajo es marcar un posible camino, a través de la Acción de Convencionalidad, el cual conduzca a un pronunciamiento jurisprudencial de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante Corte IDH), quien, de una vez por todas, delimite la aplicación de los principios del Derecho del trabajo y así no solo el Perú, sino todos los países adscritos a su jurisdicción, estén vinculados para que elaboren contratos laborales acorde a los lineamientos que emita el máximo intérprete de los Derechos Humanos en América.
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El régimen de financiamiento de la empresa estatal de Distribución Eléctrica: Análisis de su inclusión en el Sistema Nacional de Endeudamiento, a propósito del Artículo 60° de la Constitución Política del Perú

Cornejo Pareja, Vicky Daniela 26 September 2018 (has links)
El presente trabajo de investigación analiza el régimen de financiamiento de la empresa estatal de Distribución Eléctrica establecido en el Sistema Nacional de Endeudamiento. Para ello, se verifica si las condiciones de su endeudamiento limitan el desarrollo de sus inversiones en servicios públicos, debido a su estructura y modelo de negocio, sin considerar la condición de igualdad en tratamiento legal respecto de las empresas privadas establecido en el Artículo 60° de la Constitución Política del Perú. A partir de este análisis, se concluye que la decisión del financiamiento de este tipo de empresa debe comprender una autogestión a nivel de empresa/accionista (dotarla de autonomía), con la finalidad de que el acceso al financiamiento para sus inversiones en servicios públicos no sea complejo, ordinario, ni limitado; en cambio sea compatible con el modelo regulatorio del negocio y sus características, que están enfocados al cumplimiento de sus fines sociales y empresariales. En ese sentido, resulta prioritario distinguir que la dinámica empresarial en la actividad de distribución eléctrica exige inversiones de forma intensiva, por lo que se requiere procedimientos óptimos que coadyuven su desarrollo económico y garanticen el suministro de conformidad con el Artículo 58° de la Constitución Política del Perú. / Trabajo de investigación
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Marco jurídico de la actividad turística: estrategia de ordenación para el desarrollo sostenible del turismo nacional

Armas Morales, Carlos Eduardo January 2011 (has links)
La presente tesis pretende armonizar el desarrollo de las actividades turísticas y la sostenibilidad de su desarrollo, teniendo en cuenta las políticas nacionales ambientales que propugna un turismo sostenible y responsable, así como el equilibrio entre el desarrollo económico y la preservación de los recursos naturales y culturales en un marco legal adecuado. El desarrollo sostenible como es conocido descansa en tres pilares o vectores : ambiental, económico y socio cultural, donde prima una fuerte arraigo cultural que es expresado en un modo vivir y o actuar en una sociedad, lo cual en el caso nuestro, debido a deficiencias educativas estructurales evidentes, que se contrae en el irrespeto a los sistemas culturales reflejada en la falta de cuidado y protección de nuestro patrimonio, la corrupción de funcionarios del órgano estatal, así como deficiencias técnicas de los mandos directrices y medios, entre otros; hemos considerado como indispensable, y lo postulamos como una dimensión motriz, a los clásicos vectores mencionados, a la <<dimensión mental>> sustanciada en un eficiente sistema educativo en el largo plazo, que concatene la creatividad e inventiva, armonía de inteligencia y valores, el sentido de humanidad de la personas, entre otras atributos, generados en el espacio mental, cuya asunción, de acuerdo a las aspiraciones del desarrollo sostenible de nuestra sociedad peruana, sería un paso importante no sólo en el desarrollo del sector turístico, sino en todos los sectores del país. Puesto que el derecho no es un conjunto de normas o principios, si no mas que eso, es vida social que recala en comportamientos, conductas o formas de actuación humana, denominada por el autor como “superestructura de actuación”, que esta condicionada a valores individuales y colectivos hacia la inspiración justa de la convivencia social. Dentro de esta perspectiva el estudio evaluó las condiciones legales o marco legal, teniendo en cuenta como base la ley vigente del sector Ley para el Desarrollo de la Actividad Turística (Ley No. 26961), que condicionan el desarrollo del turismo en el Perú desde el enfoque del desarrollo sostenible y además de leyes complementarias, conexas principales, políticas, objetivos, metas etc. reguladoras en el periodo del 2001 al 2006, con resultados no alentadores para el turismo, al verificarse la hipótesis glosada en el sentido de que la normativa legal turística no es la mas adecuada para el desarrollo sostenible del turismo nacional; asimismo se sintetizó la problemática y se propuso unas serie de medidas plasmados en una propuesta de carácter jurídico administrativo, lo cual incluye un anteproyecto de ley general de turismo, dentro de un marco adecuado, que fundamente la conectividad de las políticas, objetivos y metas con sus resultados en el largo plazo, en el afán de revertir las deficiencias y carencias que hacen insostenible el turismo, hacia un orden superior de la cosa turística, fundamentada en la transformación de un sistema centralizado a otro descentralizado que confirmen una funcionalidad de las políticas y estrategias de ahora y su persistencia en el futuro, es decir convergente con el desarrollo sostenible del turismo nacional. -- PALABRAS CLAVES turismo sostenible, desarrollo sostenible, sostenibilidad mental

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