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Microeconomía de la pobreza: el caso del Perú

Rivera, Iván 10 April 2018 (has links)
Poverty Microeconomics: The Peruvian caseThe microeconomic analysis of poverty in Peru shows the following results. First, poverty is mainly explained by the income of the poor which is not only low, but also highly unstable. Second, poverty is related to the poor’s bad decision making due to incomplete information, intertemporal inconsistency and or lack of self control, mainly in the saving, borrowing, preventive health, fertility and education decisions. Third, poverty depends of the external constraints the poor face in some markets where they are marginalized from automatic decision making, in health insurance, pensions, vaccines, water and sanitation. Fourth, the poor face more and bigger risks than the rest of the population. They have higher probability to fall in poverty traps than higher income groups, because their income is low and unstable and they lack thefinancial and institutional backing to buffer income fluctuations. Fifth, to combat poverty we have to modulate the poor’s decision through information diffusion and the use of mechanisms of behavioral economics such as framing and nudging decisions in health, education, insurance, pensions, etc. to induce good decision making and avoid procrastination. To improve the quality of education, health, nutrition services and social services we have to empower the users as well as strengthen the accountability of the providers. Private sector participation in the provision of social services should be promoted. The promotion of formal firms in the regions of extreme poverty, such as mining firms and related activities has shown proven results as a mechanism of rising and stabilizing the incomes of the poor. / El análisis microeconómico de la pobreza en Perú muestra los siguientes resultados. Primero, la pobreza está principalmente determinada porque los ingresos de los pobres son no solo bajos sino altamente volátiles. Segundo, la pobreza se explica porque la decisiones importantes que toman los pobres, muchas veces, presentan información incompleta, inconsistencia intertemporal y falta de autocontrol, principalmente en las áreas de ahorro y crédito, de salud preventiva, fertilidad y de educación. Tercero, la pobreza depende de las restricciones externas que los pobres enfrentan en algunos mercados en los que participan donde, por lo general, están marginados de la decisiones automáticas y fáciles, las que están al alcance de los sectores de mayores ingresos, como, por ejemplo, el acceso automático a seguros de salud, pensiones de vejez e invalidez, vacunas, agua y desagüe. Cuarto, los pobres están expuestos a más y mayores riesgos que el resto de la población.Ellos tienen mayor probabilidad de caer en trampas de pobreza crónica que las personas de mayores ingresos, porque sus ingreso son bajos y muy volátiles y porque carecen de facilidades financieras e institucionales que las puedan amortiguar sus fluctuaciones de ingreso. Quinto, para combatir la pobreza se requiere, por un lado, actuar tratando de modular las decisiones de los pobres a través difusión de información y de mecanismos prestados de la economía del comportamiento, como el mecanismo de encuadre, para evitar la procrastinación e inducir a «buenas» decisiones en la salud, nutrición, educación, aseguramiento, pensiones, etcétera y, por otro, requiere realizar la enorme tarea de mejorar la calidad y cantidad de la oferta de los servicios de salud, educación, nutrición y programas sociales con la vigilancia de los propios interesados para rendimiento de cuentas y la participación del sector privado, que ha demostrado ser más efectivo que el sector público en el suministro de los servicios sociales. La generación de empleos formales estables en las regiones donde los pobres viven ha probado ser la manera más segura de aumentar y estabilizar sus ingresos.
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The future of Labour Law / El futuro del Derecho del Trabajo

Quiñones, Sergio 12 April 2018 (has links)
The premise of this paper is that the future of work will define the future of Labour Law, since work is indeed the main object of regulation of such legal discipline. From this perspective, we analyze the mega trends identified by the International Labour Organization that will continue to impact the world of work: globalization, the increase in the dependency rate, technological innovation and, above all, climate change. Likewise, the article addresses the main labor problems still facing Latin American countries, as well as the challenges that are presented in the near future to Peru in order to close the gap between the amount of employment generated in the country and the quality of said employment. / La premisa del presente artículo es que el futuro del trabajo definirá el futuro del Derecho del Trabajo, en tanto este tiene por objeto esencial la regulación de aquél. Desde esa perspectiva, se analizan las mega tendencias identificadas por la Organización Internacional del Trabajo que seguirán impactando el mundo del trabajo: la globalización, el incremento de la tasa de dependencia, la innovación tecnológica y, sobre todo, el cambio climático. Asimismo, el artículo aborda los principales problemas laborales que aún afrontan los países latinoamericanos, así como los retos que se le presentan en el futuro próximo al Perú a fin de cerrar la brecha entre la cantidad de empleo que se genera en el país y la calidad de dicho empleo.
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Hacia un nuevo modelo laboral en España

Cruz, Jesús 10 April 2018 (has links)
Towards a new labor model in SpainThe article starts with confirming the acceleration process in reforms of labor regulations-intensive and extensive-which is faced bySpain that has considered even the reform of constitutional framework. It should be noted that measures taken in the Spanish reform are aimed at increasing the employability of workers and with regard to promotion of employment stability; we find the incorporation of a new contractual modality, literally called “employment contract for indefinite time to support entrepreneurs”.Meanwhile, as the most important novelties are located the following: elimination with general character of administrative authorization for collective dismissals, the expansion of the proper reasons of economic dismissals, with the corresponding reduction effect of the judicial control as justification for business measure and the possible reduction in the practice of dismissal cost, the generalization of compensatory amount for unfair dismissal after 33 days of salary per year of seniority with limit of the 24 monthly salary, the complete suppression of processing salaries when the employer chooses indemnified extinction in case of unfair dismissal, among others. All this range of regulatory changes is analyzed critically by the author who, starting from the Spanish legislation, studies the most relevant legal concepts. / El artículo analiza el proceso acelerado de las reformas en la normativa laboral —intenso y extenso— que ha contemplado incluso la reforma del entramado constitucional. Entre las medidas adoptas en la reforma española se encuentran las dirigidas a incrementar la empleabilidad de los trabajadores y respecto del fomento de la estabilidad en el empleo encontramos la incorporación de una nueva modalidad contractual, literalmente denominada «contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores». Mientras que, como las novedades más destacadas se ubican las siguientes: la eliminación con carácter general de la autorización administrativa para los despidos colectivos; la ampliación de las causas justificativas de los despidos económicos, con el correlativo efecto dereducción del control judicial de justificación de la medida empresarial y la posible reducción en la práctica del coste del despido; la generalización de la cuantía indemnizatoria por despido improcedente a los 33 días de salario por año de antigüedad con el tope de las 24 mensualidades; la supresión completa de los salarios de tramitación cuando el empresario opta por la extinción indemnizada en caso de despido improcedente; entre otras. Todo este abanico de cambios normativos es analizado críticamente por el autor quien, partiendo de la legislación española, estudia los conceptos jurídicos más relevantes.
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The Preliminary Title of the New Peruvian Labor Proccess Law and employment quotas in the Regulation of the New General Law of People with Disabilities. Interview with Pedro Morales Corrales / Diagnóstico: El título preliminar de la nueva ley Procesal del Trabajo y las cuotas de empleo en el reglamento de la Ley General de la Persona con Discapacidad. Entrevista a Pedro Morales Corrales

Monge Morales, Gonzalo J., Morales Corrales, Pedro 25 September 2017 (has links)
The concern for the rights of people with disabilities is not an issue unrelated to Labor Law. From the ban on firing a worker with a supervening disability to permissions for medical treatments, the fact is that Labor Law has provided various special protections.However, recent regulations provide additional protection for people with disabilities: The New Labor Procedure Act and the Regulation of the General Law on Persons with Disabilities. In this interview, the subject of the duties imposed to the employer is treated, as well as their implications on labor relations. / La preocupación por los derechos de las personas con discapacidad no es un tema ajeno al Derecho del Trabajo. Desde la prohibición de despedir a un trabajador por una incapacidad sobreviniente hasta permisos por tratamientos médicos, lo cierto es que el Derecho Laboral haprevisto diversas protecciones especiales.Sin embargo, recientes legislaciones establecen una protección adicional para las personas con discapacidad: La Nueva Ley Procesal del Trabajo y el Reglamento de la Ley General de la Persona con Discapacidad. En la presente entrevista se hace referencia a los deberes que dichas normas imponen al empleador y sus implicancias en las relaciones laborales.
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Na trilha dos modalizadores: perscrutando os jogos argumentativos no gênero entrevista de seleção de emprego

Adelino, Francisca Janete da silva 06 June 2016 (has links)
Submitted by Maike Costa (maiksebas@gmail.com) on 2016-08-22T14:28:04Z No. of bitstreams: 1 arquivo total.pdf: 1634090 bytes, checksum: b14e8dec70dee147c137aa7036e5c854 (MD5) / Made available in DSpace on 2016-08-22T14:28:04Z (GMT). No. of bitstreams: 1 arquivo total.pdf: 1634090 bytes, checksum: b14e8dec70dee147c137aa7036e5c854 (MD5) Previous issue date: 2016-06-06 / This research, conceived under the perspective of the argumentative semantics, aimed to investigate the most recurrent linguistic modalizers in job interview. This study objects to identify the ones more commonly used by the speakers, based on the incidence and function of these argumentative modalizers. The theoretical support of this research is the perspective of Ducrot and collaborators (1988) to whom language is naturally argumentative; as well as Espíndola’s (2004) standpoint to whom not only language, but also the use we make of it in our social interactions is naturally argumentative. In addition to this theoretical perspective, the assumptions on use of modalizers, proposed by Castilho e Castilho (1993), Neves (2011) e Nascimento e Silva (2012) complement our reflections, in the sense of explaining how the speaker’s subjectivity is displayed in the statement according to the choice of certain linguistic elements. We also base our reflections on Bakhtin’s (2011[1979]) concept of genre as it considers genre in a socio-interactionist perspective, which suits the linguistic perspective of argumentative semantics we have adopted in this investigation. In order to develop this study, we have considered the semantic and pragmatic-discursive aspects, since we consider language as an interactive tool. For the constitution of the corpus, we have recorded twenty-two job interviews, collected in a University Center located in Natal (RN) (Brazil), in November 2014. The analysis revealed that during the interviews, interviewers and interviewees have used various types of modalizers to draw their argumentative line. However, the epistemic modalizers, mainly through the deductive epistemic and the speculative epistemic modalizers, as well as the delimitator and the evaluative modals functioned as argumentative strategy on gender study since these were the most representative in the corpus. Therefore, considering the materiality of this genre as an event in which, through their statements, the speakers build points of view, beliefs and thoughts that make up the social environment of which they are part, inserting each modalizer constitutes a discursive orientation, presents axiological nuances that vary according to the position occupied by the speaker, orientation that establishes the discourse tissue which constitutes the genre job interview. / Esta investigación, concebida bajo la perspectiva lingüística de la semántica argumentativa, tuvo por objetivo investigar los modalizadores más recurrentes en la entrevista de selección de empleo y, a partir de la aparición y del funcionamiento argumentativo de esos modalizadores, identificar cuáles son característicos de los discursos de los locutores. Respaldamos nuestra investigación en la perspectiva de Ducrot y colaboradores (1988) según la cual la lengua es por naturaleza argumentativa, juntamente con lo propuesto por Espíndola (2004) que afirma que no solo la lengua es por naturaleza argumentativa, como también el uso que hacemos de ella en nuestras interacciones sociales. Además de esa perspectiva teórica, los presupuestos sobre la modalización, propuesto por Castilho e Castilho (1993), Neves (2011) e Nascimento e Silva (2012) complementan nuestras reflexiones, en el sentido de explicar cómo el locutor deja registrado en su enunciado marcas de su subjetividad a través de la elección de determinados elementos lingüísticos. Anclamos nuestras reflexiones, también, en la noción de género postulada por Bakhtin porque este considera los géneros en una perspectiva sociointeraccionista, adecuándose, por lo tanto, a la perspectiva lingüística de la semántica argumentativa, que adoptamos en esta investigación. Para el desarrollo de este estudio, teniendo como norte la lengua como un instrumento de interacción, fueron considerados los aspectos semánticos y pragmático-discursivos. Para la constitución del corpus, fueron grabadas veintidós entrevistas de selección de empleo, recolectadas en un Centro Universitario ubicado en Natal (RN) (Brasil), en noviembre de 2014. Los análisis revelaron que, durante el proceso interactivo aquí considerado, entrevistadores y entrevistados hicieron uso de diversos tipos de marcadores de modalidad para nortear la línea argumentativa adoptada. Sin embargo, la modalización del tipo epistémica, principalmente por medio de la aseverativa y de la casi aseverativa, juntamente con la delimitadora y la evaluativa funcionaron como estrategia argumentativa en el género en estudio, una vez que estas fueron las más representativas en el corpus. De este modo, considerando la materialidad de este género como un suceso en que, por medio de sus enunciados, los locutores construyen puntos de vista, creencias y pensamientos que componen el ambiente social del cual forma parte, la inserción de cada modalizador incluye una orientación discursiva, presenta matices axiológicos que varían de acuerdo con el posicionamiento ocupado por el locutor, orientación esa que compone la red discursiva que constituye el género entrevista de selección de empleo. / Esta pesquisa, concebida sob a perspectiva linguística da semântica argumentativa, objetivou investigar os modalizadores mais recorrentes na entrevista de seleção de emprego e, a partir da ocorrência e do funcionamento argumentativo desses modalizadores, identificar quais deles são característicos dos discursos dos locutores. Apoiamos nossa investigação na perspectiva de Ducrot e colaboradores (1988) segundo a qual a língua é por natureza argumentativa, juntamente com o acréscimo proposto por Espíndola (2004) no qual a autora afirma que não só a língua é por natureza argumentativa, como também o uso que dela fazemos nas nossas interações sociais. Além dessa perspectiva teórica, os pressupostos sobre a modalização, propostos por Castilho e Castilho (1993), Neves (2011) e Nascimento e Silva (2012) complementam nossas reflexões, no sentido de explicar como o locutor deixa registrado no seu enunciado marcas de sua subjetividade através da escolha de determinados elementos linguísticos. Ancoramos nossas reflexões, também, na noção de gênero postulada por Bakhtin (2011[1979]) porque este considera os gêneros em uma perspectiva sóciointeracionista, adequando-se, portanto, à perspectiva linguística da semântica argumentativa, que adotamos nesta investigação. Para o desenvolvimento deste estudo, tendo como norte a língua como um instrumento de interação, foram considerados os aspectos semânticos e pragmático-discursivos. Para a constituição do corpus, foram gravadas vinte e duas entrevistas de seleção de emprego, coletadas em um Centro Universitário localizado em Natal (RN) (Brasil), em novembro de 2014. As análises revelaram que, durante o processo interativo aqui considerado, entrevistadores e entrevistados fizeram uso de diversos tipos de marcadores da modalidade para nortear a linha argumentativa adotada. No entanto, a modalização do tipo epistêmica, principalmente por meio da asseverativa e da quase asseverativa, juntamente com a delimitadora e a avaliativa funcionam como estratégia argumentativa no gênero em estudo uma vez que estas foram as mais representativas no corpus. Desse modo, considerando a materialidade desse gênero como um acontecimento em que, por meio de seus enunciados, os locutores constroem pontos de vista, crenças e pensamentos que compõem o ambiente social do qual fazem parte, a inserção de cada modalizador compreende uma orientação discursiva, apresenta nuances axiológicas que variam de acordo com o posicionamento ocupado pelo locutor, orientação essa que compõe a teia discursiva que constitui o gênero entrevista de seleção de emprego.
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Los determinantes del trabajo a tiempo parcial en Lima Metropolitana / The determinants of part-time work in Metropolitan Lima

Saavedra Martinez, Manuel Enrique 10 April 2018 (has links)
The following paper examines the part-time work in Metropolitan Lima in 2008. The overall objective is to identify the determinants of the incidence of part-time work in Lima. We worked with one Probit econometric model, measured by the National Survey of Households (NSH), which explores the job characteristics of people. This will determine the presence of part-time workers in the areas of trade, health, education and communication; also realized that this group has completed university studies and incomplete, and the woman has a probability of 83,11397% more than men of working part time. / El objetivo de este artículo es identificar los factores determinantes de la incidencia del trabajo a tiempo parcial en Lima Metropolitana en el año 2008. Se trabajó con un modelo econométrico Probit, basado en la Encuesta Nacional de Hogares (ENAHO) del Instituto Nacional de Estadísticas (INEI), que analiza las características laborales de las personas. Con este, se determinó la presencia de los trabajadores a tiempo parcial en los rubros de comercio, salud, educación y comunicaciones; asimismo, se distinguió que dicho colectivo posee estudios universitarios completos e incompletos; y que las mujeres tienen una probabilidad de 83,11397% más que los hombres de laborar a tiempo parcial.
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El principio de protección a la fuente del empleo en el ordenamiento jurídico laboral chileno : pasos hacia un derecho del trabajo bidireccional

López Oneto, Marcos January 2012 (has links)
Tesis(para optar al grado de doctor en derecho) / Sostendremos que el ordenamiento jurídico laboral chileno no ha sido completamente refractario a los problemas del empleo y, más en general, de la economía, constituyéndose en un ordenamiento jurídico laboral bidireccional o con dos grandes fines. A nuestro juicio esos fines son la protección al trabajador y la protección a la fuente del empleo que, por cierto, es la empresa y no necesariamente el empleador, como podría ser comprendido en una concepción patrimonialista fuerte del tema. En efecto, justificaremos que la fuente del empleo, esto es, la empresa, es una organización que trasciende los intereses individualmente considerados de los trabajadores y de los empleadores, erigiéndose en un ente o ser jurídico que, por generar empleo y contribuir al desarrollo económico y social del país, es protegido por el orden público laboral. Las ideas generales previamente expuestas serán formuladas en tres hipótesis dogmáticas relacionadas entre sí, en las cuales se postula: a) Que en el ordenamiento jurídico laboral chileno actualmente vigente existe un principio de protección a la fuente del empleo; b) Que el principio de protección a la fuente del empleo coexiste con el principio de protección al trabajador, y c) Que su aplicación permite solucionar casos en los cuales el principio de protección al trabajador o los principios que protegen el derecho de propiedad del empleador, pueden ser preteridos, haciéndoselo pesar más que aquellos en la dictación de la sentencia. Nuestra tesis tiene un enfoque dogmático por cuanto su objeto será determinar el sentido normativo del derecho laboral positivo. Y porque el sentido normativo a determinar circunscribirá su justificación a la existencia del principio de protección a la fuente del empleo como un principio del ordenamiento jurídico laboral chileno, que coexiste con el principio de protección al trabajador, resolviéndose sus colisiones mediante la ponderación. Presentaremos, por tanto, un análisis del Derecho del Trabajo chileno desde el punto de vista de sus conexiones internas de sentido jurídico, inducibles, ciertamente, de sus enunciados normativos. 13 Dado el carácter dogmático de nuestra tesis, y en función de las hipótesis propuestas, analizaremos el derecho del trabajo vigente a la luz de sus fuentes legales, jurisprudenciales y doctrinarias, sin perder de vista sus fuentes históricas, sus fundamentos prácticos y el derecho comparado. Nuestro método dogmático analítico configurará el principio de protección a la fuente del empleo mediante la inducción –a partir de los enunciados jurídicos laborales– de los elementos conceptuales que lo estructuran. Vale decir, configuraremos este principio mediante la inducción de las siguientes categorías jurídicas laborales: principio jurídico, principio jurídico laboral, empleo, fuente del empleo y protección a la fuente del empleo. En este proceso la revisión de la jurisprudencia de la Corte Suprema y del Tribunal Constitucional será especialmente tomada en cuenta, sobre todo a propósito de la inducción de la categoría principio jurídico. A nuestro juicio, la conceptualización de la idea de principio jurídico que ambos Tribunales hacen, en particular la Corte Suprema, es compatible con la idea de principio como mandato de optimización (Alexy), que será el modelo teórico que utilizaremos. Asimismo, nuestra interpretación de la jurisprudencia de la Corte Suprema sugerirá que aquella es correcta, en cuanto a su noción de principio jurídico
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Informe Jurídico sobre la sentencia del Tribunal Constitucional bajo numero de expediente N° 00021-2014-PI/TC

Verano Martínez, Angela Pierina 18 August 2021 (has links)
El informe tiene como objetivo analizar la sentencia del Tribunal Constitucional respecto del “Caso Régimen Laboral de las MYPE”, recaído en el expediente N° 00021-2014-PI/TC. En el cual el Colegio de Abogado de Arequipa interpone la Demanda de Inconstitucionalidad contra los artículos 7,8,9 y 10 del Decreto Legislativo 1086; y contra el Articulo 11 en la medida que modifica los artículos 5 y 42 del TUO de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial (D.S 013-2003-PRODUCE) y a la segunda disposición complementaria transitoria de la Ley 30056. Siendo admitida por el Tribunal solo lo concerniente a la Ley 30056. El Tribunal declara infundada la demanda de inconstitucionalidad. Sin embargo, Asimismo, se exhorta al congreso que en el marco de sus atribuciones modifique el sentido de los art 5 y 51 del TUO de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial (D.S 013-2003-PRODUCE). El presente informe se analiza si resulta suficiente esta sentencia interpretativa del Tribunal Constitucional, partiendo de definir si el régimen MYPE no vulnera el principio - derecho de igualdad de los trabajadores sujetos al mismo frente a los trabajadores del régimen laboral general. Asimismo, si la ponderación de derechos de los artículos 2.2 y 59 de la Constitución Política que realiza el Tribunal fue adecuada. Finalmente, se analiza si el régimen MYPE ha cumplido con el objetivo para el que fue creado
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Impacto de los incentivos tributarios en el empleo formal y mejora de las MYPES del sector textil de Gamarra

López Reyes, Arline Donato January 2018 (has links)
Evalúa el efecto de las ventajas tributarias en el empleo formal y en el mejoramiento de las Micro y Pequeñas Empresas textiles de Gamarra periodo 2016 a 2017. Realiza una investigación de tipo aplicada, de nivel explicativo, asumió un diseño no experimental, con un enfoque cuantitativo de corte transversal, correlacional, basada en el tratamiento estadístico de la información recabada. La población fue de 1350 trabajadores de las MYPES señaladas. La muestra aleatoria fue de 153 personas a quienes se les aplicó el pertinente cuestionario. Se verificaron las hipótesis formuladas. Se constató que los incentivos tributarios mejoran el empleo formal, la empleabilidad, la formalización, la calidad de la producción y la capacitación de las Mypes del sector textil de Gamarra. Se concluyó que las ventajas tributarias repercutirán positivamente en el empleo formalizado y en otros aspectos productivos de las indicadas MYPES. / Tesis
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Un empleo público objetivo y eficaz: un mandato constitucional todavía pendiente

Fondevila Antolín, Jorge 15 September 2017 (has links)
He considerado que en estos momentos en que se celebran los 10 años de entrada en vigor del TREBEP, era el momento adecuado para realizar una reflexión de conjunto sobre de mis trabajos de investigación que abarcan un largo periodo de evolución del empleo público, también contrastar como muchas de mis consideraciones y propuestas han sido recibidas y aceptadas tanto por la doctrina como por la legislación vigente como expondré con detalle en un posterior apartado, y asimismo, reflexionar sobre la actual situación, y en especial, si este último instrumento de desarrollo normativo (TREBEP) ha permitido cumplimentar adecuadamente los mandatos constitucionales con relación al empleo público. Asimismo, otro objetivo de esta tesis se centra en la detección y delimitación de los problemas y conflictos que presenta el actual régimen jurídico del empleo público, tras haber transcurrido 10 años desde la aprobación del TREBEP, formulando al respecto propuestas concretas que entendemos pueden aportar soluciones jurídicas y operativas a la actual situación, incorporando también las últimas novedades legislativas y jurisprudenciales sobre: - La selección, en concreto, me refiero a la evolución de la Jurisprudencia del Tribunal Supremo que se está produciendo desde el año 2014, con relación al alcance y funcionalidad de la "discrecionalidad técnica", la incorporación del principio de transparencia, y asimismo, la importancia que puede tener en el futuro la incorporación de los medios electrónicos reconocidos por la Ley 39/2015 LPACAP, y en especial, la Ley 40/2015 LRJSP, con relación a la posibilidad de grabación de la realización de ejercicios orales o prácticos (no escritos) o la celebración de video sesiones de los órganos de selección, en la línea de la obligación de motivación detallada de la valoración recogida en la última doctrina del Tribunal Supremo sobre la discrecionalidad técnica. - La desviada utilización de sistemas de provisión de puestos de trabajo que ha supuesto una desprofesionalización del empleo público y su politización. - El Problema de la temporalidad el empleo público y las consecuencias de las últimas sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. - Las consecuencias del nuevo marco normativo de las entidades locales como consecuencia de la reforma de la LRBRL originada por la aprobación de la Ley 27/2013 LRSAL.

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