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¿Hacia una reforma sostenible?: análisis de la inafectación de la utilización de servicios en el país en el marco de la importación de bienes a propósito de su introducción en la Ley del Impuesto General a las VentasPeña Alarcón, Victoria Eugenia, Santillán Gordillo, Alvaro 13 October 2017 (has links)
En el año 2014 se promulgó la Ley No.30264 que tuvo como finalidad la promoción del
crecimiento económico. Entre las modificaciones propuestas en el ordenamiento se
estableció un supuesto de inafectación en la Ley del Impuesto General a las Ventas que
pretendía combatir la “doble imposición económica” en los casos en que se utilice un
servicio en el país cuya retribución formaba parte del valor en aduana de una mercancía
importada. Ante dicha regulación, nos planteamos la siguiente interrogante: ¿Se soluciona
el problema de la doble imposición interna en el Impuesto General a las Ventas detectada
por el legislador en todos los casos? Con el fin de responder a dicho cuestionamiento,
realizamos un análisis crítico de la medida optada por el legislador para contrarrestar el
mencionado fenómeno a partir de la revisión de: (i) la relación entre el Derecho Tributario y
el Derecho Aduanero, a fin de determinar si la solución del problema detectado debe tener
en cuenta ambas regulaciones; (ii) la estructura y características esenciales del Impuesto
General a las Ventas; y, (iii) el alcance y soluciones del fenómeno de la doble imposición
interna. De esta manera, comprobamos que en la Ley del Impuesto General a las Ventas
sí se evidencia un problema de doble imposición interna. Sin embargo, consideramos que
la inafectación planteada en los términos de la norma no es adecuada para resolver la
problemática detectada por el legislador, ya que no ha tenido en cuenta, para dicha opción
legislativa, la relación existente entre las materias vinculadas a las operaciones gravadas
con el Impuesto General a las Ventas (importación de bienes corporales y utilización de
servicios). Esto nos lleva a plantear una serie de soluciones al problema detectado con la
finalidad de que no se vean vulnerados principios constitucionales tributarios y se garantice
la coherencia de nuestro sistema normativo.
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Análisis crítico del fideicomiso peruano. Entendiendo su tratamiento impositivo de rentaOlano Romero, Rodrigo 06 May 2019 (has links)
Se elige realizar la presente investigación, con el propósito de aportar algunas
reflexiones que coadyuven a entender pormenorizadamente la regulación tributaria de
la fiducia peruana. Su objetivo general es efectuar un análisis crítico de su regulación
civil (contractual), mercantil y tributaria; específicamente del impuesto a la renta. Para
hacer ello, previamente, se debe conocer cabalmente su: naturaleza jurídica,
tratamiento jurídico mercantil y tributario, específicamente del impuesto de la mención.
La hipótesis del presente trabajo es que: i) existe una inadecuada regulación del
contrato de fideicomiso, que comprende, entre otros aspectos, el partir del
preconcepto que, al ser el fiduciario, exclusivamente una entidad bancaria, por sí,
garantiza una óptima administración del patrimonio fiduciario; ii) su tratamiento
impositivo de renta es desarticulado; iii) no hay homogeneización en señalar quién es
el contribuyente en cada tipo de fideicomiso. El resultado que se busca con la
elaboración de la presente tesina es determinar si la fiducia en el Perú está regulada
adecuadamente. Sus principales conclusiones son que: i) nuestro sistema jurídico
trata, acertadamente, al patrimonio fideicometido como un vehículo neutro
(transparencia fiscal), debido a que este no grava doblemente la renta obtenida por
dicho contrato, cumpliéndose con el principio de neutralidad que todo sistema jurídico
y tributario debe regirse, y ii) el tratamiento impositivo de renta del contrato que nos
ocupa presenta vacíos legales, como: a) no definir qué tipo de fideicomiso (con
retorno o sin retorno) es el fideicomiso testamentario y, el de flujos futuros de efectivo.
Estos dos tipos de fiducia deben ser tratados como sin retorno, ya que la naturaleza de
estos fideicomisos es que sus bienes no reviertan al fideicomitente porque su finalidad
es que no se queden en su esfera patrimonial; b) no estipular que se admita, de plano,
la intervención excluyente de propiedad solicitada por un fiduciario. Ello conlleva a que
se vea perjudicado el fideicomiso materializado. Otra debilidad de nuestra normativa
jurídica tributaria de renta es que no hay uniformidad en estipular que, en todos los
fideicomisos, el contribuyente sea el beneficiario. Para elaborar la presente tesina se
utilizan los siguientes métodos: 1) cualitativo, 2) descriptivo-observacional,
3) deductivo y 4) bibliográfico
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Análisis Jurídico a la Resolución del Tribunal Fiscal N° 08278-9-2018Cueva Chil, Angel Rodrigo 28 June 2022 (has links)
El principal problema del caso resuelto mediante la Resolución del Tribunal
Fiscal N° 08278-9-2018 está relacionado al reparo efectuado por SUNAT,
correspondiente a la depreciación del impuesto a la renta del ejercicio 2009, de
aquello activos fijos adquiridos mediante contratos de arrendamiento financiero
(leasing). Dicho reparo es confirmado por el Tribunal Fiscal, debido a que el
contribuyente (en adelante la Empresa) no pudo acreditar que puso en
funcionamiento, tales activos, de manera posterior a la fecha de suscripción de los
contratos correspondientes.
En tal sentido, se debía de computar la depreciación exclusivamente durante la
vigencia de los referidos contratos, por lo tanto, aquella depreciación acelerada
cargada al costo de ventas no sería deducible para efectos del impuesto a la renta
del ejercicio 2009. Ello en virtud del artículo 18° del Decreto Legislativo No. 2991
en concordancia con el inciso c) del artículo 22° del Reglamento de la Ley del
Impuesto a la del Impuesto a la Renta2
.
De la referida resolución se puede verificar como el Tribunal Fiscal avala la
posición sustentada por el contribuyente, no obstante, resuelve de una manera
diametralmente opuesta y declara infundado el recurso de reclamación. Por ello,
el primer objetivo principal de este artículo es dilucidar la importancia a la debida
motivación dentro de las resoluciones emitidas por el referido tribunal, y en virtud
de los parámetros esbozados determinar si en este caso de vulnero o no este
derecho.
El segundo punto importante que se desarrollara, tomando como base la referida
resolución, es la valoración de los medios probatorios aportados durante el
procedimiento contencioso tributario. Se buscará comentar y sentar algunas
directrices objetivas con la finalidad de efectuar una adecuada valoración de
estos, tratando de reducir el ámbito discrecional de la administración.
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El régimen fiscal aplicable en el impuesto a la renta a los contratos de asociación en participaciónMarín Rodríguez, Esmeralda Lizbeth 03 September 2021 (has links)
Nuestro trabajo de investigación se motiva en el hecho de que en más de 20 años no se ha
establecido un marco normativo específico que regule el tratamiento tributario de las
asociaciones en participación en la Ley del Impuesto a la Renta. Desde la modificación
efectuada mediante la Ley N° 27034, vigente desde el año 1999, en donde se excluyó a las
asociaciones en participación del régimen de transparencia fiscal y como contribuyentes del
impuesto, el tratamiento tributario de estos contratos se dejó a la jurisprudencia, que lejos de
aclarar cuál debería ser el tratamiento tributario, ha establecido dos interpretaciones
contradictorias entre sí, generando incertidumbre jurídica respecto al tratamiento tributario de
dichos contratos, que desincentiva el uso de esta figura contractual. En ese sentido, el objetivo
de nuestra investigación es determinar cuál debe ser el régimen fiscal aplicable en el Impuesto
a la Renta a los contratos de Asociación en Participación, para ello utilizamos como enfoque
metodológico el método jurisprudencial donde analizamos los argumentos emitidos en los
distintos fallos o sentencias dados por la jurisprudencia, lo que nos ha llevado a concluir que
ninguna de las interpretaciones establecidas jurisprudencialmente cumplen con la finalidad que
el legislador tuvo al introducir las modificaciones efectuadas a través de la Ley N° 27034, que
fue la de adaptar el tratamiento tributario de las asociaciones en participación a su verdadera
naturaleza jurídica, por lo que es necesario que se establezca una adecuada regulación en la Ley
del Impuesto a la Renta.
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Informe sobre Expediente N° 00319-2013-AA/TC Código de Registro: E-2494Buendía Mori, Armando Joaquín 17 December 2020 (has links)
El presente trabajo busca analizar, desde la perspectiva del Derecho Tributario,
Constitucional y Procesal Constitucional, un caso cuyo origen se remonta a la
expropiación de un bien inmueble de propiedad de Sociedad Agrícola San Agustín S.A.
(SASA) para la ejecución de una obra de gran envergadura. Una vez determinado el
monto de la indemnización justipreciada por la vía arbitral y con el fin de salvaguardar
su derecho de propiedad, SASA interpone una demanda de amparo contra la
Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT),
pretendiendo la inaplicación del artículo 5 de la Ley del Impuesto a la Renta, que califica
a la expropiación como una forma de enajenación gravable con el referido impuesto.
Demanda que fue finalmente declarada fundada por el Tribunal Constitucional mediante
sentencia recaída en el Expediente No. 00319-2013-AA/TC. Sin duda, el caso tiene
relevancia jurídica, pues supone una investigación jurídica integral desde múltiples
ramas del Derecho, que permite evaluar los principales problemas jurídicos sopesados
en la resolución que al respecto emitió el alto tribunal. Así, a lo largo de este trabajo
demostraremos que, a pesar de que técnicamente la expropiación califica como un
hecho imponible susceptible de generar una ganancia de capital, ello no es sino el reflejo
de un uso excesivo de la potestad tributaria que ostenta el legislador; y que demuestra
una clara vulneración de los principios constitucionales tributarios que fungen de límites
para su adecuado ejercicio.
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Alcances de la Norma XVI en la enajenación de acciones negociados mediante operación cruzada en Rueda de Bolsa RTF No. 04234-5-2017Martinez Alvarez, Vladimir Ullianov 24 March 2022 (has links)
El presente artículo académico realiza un análisis de la actuación de la Administración
Tributaria durante el procedimiento de fiscalización en el Expediente 14615-2016 (vinculado
a la Resolución del Tribunal Fiscal No. 04234-5-2017), el cual versa sobre el tratamiento
tributario que debe corresponder a las rentas provenientes de la enajenación de acciones
negociadas mediante operación cruzada en Rueda de Bolsa, originadas por personas jurídicas
no domiciliadas. Cabe señalar que si bien, el Tribunal Fiscal confirmó la Resolución de
Intendencia, la cual concluye que la referida enajenación de acciones calificaba como una
operación simulada; y, por lo tanto, la Administración Tributaria se encontraba facultada
para realiza una calificación, conforme lo establecido en la Norma XVI del Código
Tributario, el objetivo principal del artículo académico es determinar si la Administración
Tributaria realizó una correcta actuación dentro de los alcances de la referida Norma XVI
durante el procedimiento de fiscalización. El artículo académico concluye que, si bien la
Administración Tributaria se encontraba facultada en aplicar lo establecido en la Norma
XVI, dado que el caso sí calificaba como una operación simulada, durante el procedimiento
de fiscalización la Administración Tributaria realiza una actuación que sobrepasa el alcance
de la referida Norma XVI, incluyendo ciertos argumentos forzosos para motivar dicha
actuación
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Informe Jurídico sobre la RTF No. 2398-11-2021Escudero Whu Ochoa, Sandra Carolina 23 August 2021 (has links)
El presente informe jurídico tiene como finalidad analizar la decisión de la Resolución
de Observancia Obligatoria No. 2398-11-2021 emitida por el Tribunal Fiscal, en el
cual se discute el tratamiento tributario aplicable a la participación del asociado en el
marco de un Contrato de Asociación en Participación.
En el presente caso, la Administración Tributaria había realizado una fiscalización
respecto del Impuesto a la Renta 2008 a una empresa que había celebrado un Contrato
de Asociación en Participación. En virtud de dicha fiscalización, la SUNAT determinó
un reparo por concepto de ingresos no reconocidos correspondientes a las
participaciones recibidas por la contribuyente en virtud de su calidad de asociada.
En tal sentido, la controversia consiste en establecer si la participación que recibió la
contribuyente como asociada en el marco de un Contrato de Asociación en
Participación constituye ingreso gravado o no para efectos del Impuesto a la Renta.
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Incidencia fiscal de las utilidades derivadas de actividades ilícitas en la Ley del Impuesto a la RentaDe la Jara Monteverde, Annabell Lee, Sánchez Farfán, Fanny Julissa 04 September 2019 (has links)
Los diversos actos de corrupción que se han evidenciado desde el año 2000 y que involucran a los principales operadores de justicia de nuestro país han motivado a la Administración Tributaria a realizar diferentes procedimientos de fiscalización. En estos, muchas veces se ha detectado que los contribuyentes han omitido declarar parte de sus ingresos, los cuales en algunos casos han sido resultado de actividades ilícitas. Ante esta situación, el objetivo principal del presente trabajo de investigación es determinar el tratamiento para, por un lado, los casos en los que se tenga conocimiento del origen ilícito de los ingresos y, por otro lado, para los casos en los que se desconoce dicho origen y el contribuyente no ha podido acreditar válidamente sus ingresos. Para ello, realizamos un análisis dogmático cualitativo de la doctrina evaluando las teorías y el concepto de renta, la jurisprudencia nacional y extranjera, y la legislación vigente, además de la definición de las presunciones y ficciones con el fin de poder determinar el real contenido del artículo 52 de la Ley del Impuesto a la Renta. Por último, presentamos un análisis propositivo respecto a las posibles consecuencias de gravar con el impuesto a la renta los ingresos provenientes de dichas actividades. / Trabajo de investigación
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Los intereses presuntos en los préstamos a título gratuito entre partes vinculadas y el principio de igualdad tributariaEscobar Honorio, Blanca Elena 19 January 2024 (has links)
La importancia de la aplicación de las normas de precios de transferencias se presenta por la
búsqueda de una justicia tributaria para todos. Esto implica que, algunos contribuyentes que tienen
partes vinculadas, para huir de la tributación, podrían fijar como precio de sus operaciones y/o
transacciones uno diferente al valor de mercado, de tal forma que logran pagar como tributo un
importe menor al que le correspondería pagar. En cambio, las empresas independientes (no
vinculadas), se rigen por la ley de la oferta y demanda del mercado, para cuando fijan sus precios.
Sin embargo, una legislación no puede generalizar y considerar que todas las empresas
vinculadas realizan las operaciones con precios por debajo del valor de mercado. Nadie niega que
algunas empresas con partes relacionadas suelen realizar la tan conocida planificación fiscal
agresiva, aprovechándose de los vacíos normativos que existen en las legislaciones tributarias de
algunos países para eludir los impuestos que realmente les corresponde pagar o adrede trasladan
parte de sus operaciones a países con baja o nula imposición con la finalidad de disminuir la base
imponible gravable; y, por ende, obtener mayores utilidades y/o beneficios.
Es ante este escenario, que se analizó el artículo 26 de la Ley del Impuesto a la Renta, sustituido
por el Decreto Legislativo N° 945, en la cual se establece la presunción de intereses,
específicamente su último párrafo, donde se dispone que se aplicará presunción relativa, es decir
que se admitirá prueba en contrario, para demostrar con los libros de contabilidad del deudor que
el préstamo es a título gratuito, siempre que se realice entre partes independientes, pero si dicha
operación se realiza entre partes vinculadas, no podrá demostrar que la misma fue a título gratuito,
debiendo aplicarse las normas de precios de transferencia para determinar el valor de mercado de
la operación y pagar el correspondiente impuesto a la renta.
Es debido a ello, que el objeto de estudio del presente trabajo de investigación es determinar si
aquella imposibilidad que tienen las partes vinculadas de demostrar que realizaron un préstamo a
título gratuito y la consecuente aplicación de las normas de precios de transferencia para
determinar el valor de mercado de dicha operación, vulnera el principio de igualdad tributaria; toda
vez, que cuando las misma operación lo realizan partes independientes tienen la posibilidad de
desvirtuar aquella presunción de intereses prevista en el artículo 26 de la Ley del Impuesto a la
Renta. Para ello, se analizó la doctrina, la jurisprudencia y la normatividad sobre precios de
transferencia.
En efecto, en nuestra investigación se concluye que se vulnera el principio de igualdad después
de haber realizado el test de proporcionalidad y que la posición de la SUNAT considera que, a los
préstamos otorgados a título gratuito entre partes vinculadas, debe aplicarse lo dispuesto en el
artículo 32°-A de la LIR, no admitiendo por ninguna circunstancia demostrar lo contrario, ello
evidencia un trato discriminatorio con respecto a los préstamos realizado a título gratuito entre
partes independientes.
Por último, a efecto de buscar una solución al problema se propuso que se derogue el párrafo
final del artículo 26° de la LIR para los préstamos entre partes vinculadas, estableciendo la
posibilidad de admitirse pacto en contrario, esto es, en la medida que se pueda demostrar con
documentos fehacientes que efectivamente no se cobró intereses por el préstamo, por lo debería
modificarse dicho artículo, eliminándose su último párrafo.
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Aplicación de la CINIIF 23 La incertidumbre frente a los tratamientos del Impuesto a las ganancias y su impacto en los estados financieros 2019 de empresas mineras peruanas reguladas por la Superintendencia del Mercado de ValoresMoran Cokan, Ximena Lynn, Uyejara Bustamante, Annie Aimy 25 September 2020 (has links)
El objetivo de este Plan de Tesis es presentar la estructura del proyecto de investigación cuyo objetivo principal es analizar el impacto de la aplicación de la CINIIF 23 “La Incertidumbre frente a los Tratamientos del Impuesto a las Ganancias” en los estados financieros de las empresas mineras supervisadas por la Superintendencia del Mercado de Valores en el periodo 2019. Además, los objetivos específicos buscan analizar la contribución de la norma en la presentación de los estados financieros para el proceso de fiscalización tributaria; las principales operaciones en las empresas mineras peruanas que pueden generar un tratamiento impositivo incierto; y el método de medición establecido por la CINIIF 23 más utilizado
por estas empresas para revelar de forma correcta las incertidumbres fiscales. Cabe indicar que los objetivos serán desarrollados en base a los estados financieros del periodo 2019 de las empresas mineras supervisadas por la Superintendencia del Mercado de Valores, debido a que es uno de los sectores con mayor contribución fiscal en el país. Esta investigación es relevante porque permitirá a las empresas mineras peruanas identificar los riesgos tributarios que pueden generar las
incertidumbres fiscales debido a las complejidades de la legislación tributaria minera. Para cumplir los objetivos planteados, el trabajo se sustenta, principalmente, en fuentes bibliográficas, entrevistas a especialistas del tema, publicaciones y artículos de revistas académicas relacionadas al tema de investigación. Por otro lado, la metodología implementada es de nivel cualitativo de tipo exploratorio y descriptivo
porque se busca detallar los impactos de la norma y demostrar las hipótesis
planteadas
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