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Joinder and Intervention of Third Parties in the Civil Proceeding: Searching a New Approach / Litisconsorcio e Intervención de Terceros en el Proceso Civil: Buscando una Nueva Aproximación

Prado Bringas, Rafael, Zegarra Valencia, Orestes Francisco 12 April 2018 (has links)
This article addresses the treatment of the joinder and the intervention of third parties in the Civil Procedure Code. The authors examines the procedural institutions for try provide the right interpretation of the procedure rules concerning to the material and get a true effective jurisdictional protection. / El presente artículo aborda el tratamiento que da el Código Procesal Civil al litisconsorcio e intervención de terceros. Los autores examinan las instituciones procesales para intentar brindar una correcta interpretación de las normas procesales referentes a la materia y, así conseguir una verdadera tutela jurisdiccional efectiva.
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Legitimación activa frente al Tribunal Ambiental : problemas procesales en torno a la acción de terceros no titulares de proyectos sometidos al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental ("SEIA")

Ibarra Soto, Antonia Fernanda January 2019 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / La entrada en vigencia de la nueva institucionalidad ambiental y particularmente de los Tribunales Ambientales ha generado un cambio en la forma en que entendemos distintos conceptos jurídicos. Así, conceptos procesales tradicionales como la legitimación activa han debido ser adaptados para abarcar nuevas situaciones, como el reconocimiento de intereses ambientales de tipo difuso o colectivo. Este trabajo pretende estudiar cómo se ha aplicado este concepto en materia de impugnación de Resoluciones de Calificación Ambiental ante el Tribunal Ambiental por parte de terceros no titulares de proyectos y cuál ha sido el criterio de los Tribunales Ambientales y las Cortes a la hora de resolver éstas cuestiones.
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Human Rights defense in a post conflict society: The colombian case / La defensa de los Derechos Humanos en una sociedad de posconflicto: El caso colombiano

Molina Betancur, Carlos Mario, Valderrama Bedoya, Francisco Javier 10 April 2018 (has links)
The defense of human rights in a post-conflict society is a great challenge for any civilized society.The post-conflict in Colombia must be a process that is addressed by the political and legal parameters of the Constitution in force in the country. Nevertheless, to guarantee a model social state of law based on respect for human dignity, work and solidarity of its members and the prevalence of general interest. Second, to provide legal security to the State, civil society and demobilized groups to the latter political and democratically participate in the governance of the state, with the horizon of their actions respect for human rights and thereby ensures that the damage caused to the victims is solved by the Truth, Justice and Reparation. / La defensa de los Derechos Humanos en una sociedad de posconflicto es un gran reto para toda sociedad civilizada. El postconflicto en Colombia se presenta como uno de los últimos ensayos políticos para cerrar brechas de violencia y desigualdad en América Latina. Colombia se presenta como un laboratorio de paz al cabo de setenta años de guerra continua no declarada entre las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (en adelante, FARC) y el ejército colombiano. Las conversaciones de paz de La Habana parecen ir encaminadas a asentar un proceso de paz duradera que está poniendo a prueba los parámetros políticos y jurídicos de la Constitución Nacional vigente en el país de 1991. Sin embargo, para poder garantizar un modelo de Estado Social de Derecho fundamentado en el respeto a la dignidad humana, el trabajo, la solidaridad de sus asociados y la prevalencia del interés general, lo pactado en La Habana tendrá que seguir los lineamientos establecidos en el Derecho Internacional Humanitario, los cuales ya han sido enmarcados ampliamente por la ley y la jurisprudencia de la Corte Constitucional, que, a su vez, han establecido que el respeto de los derechos humanos en una sociedad de posconflicto debe solucionarse con altos y claros estándares de Verdad, la Justicia y Reparación.
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Legitimación ambiental activa

Jiménez González, Vilma Carolina January 2017 (has links)
Tesis (Magister en Derecho Ambiental) / Actividad Formativa Equivalente a Tesis (AFET)
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Legitimación procesal en los procedimientos laborales

Inostroza Morong, Manuel Ignacio, Inostroza Gómez, Nicolás Jacobo January 2017 (has links)
Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) / El objeto de estudio del presente trabajo son las implicancias en la determinación de los sujetos legitimados para demandar y respecto de los cuales se debe ejercer la pretensión, en los procedimientos laborales. Por cuanto es recurrente en sede laboral, el error de demandar por parte de quien no detenta la legitimidad o hacerlo respecto de aquel que no está legitimado para ser sujeto pasivo de la pretensión. El objetivo anterior señalado, se busca lograr en la primera parte del trabajo, a través de una exposición de los conceptos aportados por la dogmática procesal, tales como concepto de proceso, parte, capacidad y legitimación procesal. Más adelante, se desarrolla de manera particular, la incidencia de la legitimidad procesal en distintos procedimientos laborales que manifiestan problemas paradigmáticos en este tema, como son el procedimiento de tutela de derechos fundamentales y procedimientos laborales originados por incumplimiento de obligaciones laborales y previsionales con el trabajador por parte de la empresa contratista y subcontratista, teniendo como solidaria o subsidiariamente responsable a la empresa principal, según el artículo 183 B del Código del Trabajo. Respecto de estos temas, se desarrolla en capítulos distintos, un análisis jurisprudencial atingente a los casos de conflicto tratados antes de manera teórica. 11 Finalmente se tratan en un apartado especial, determinados casos de relevancia en atención a la legitimidad procesal, como son los casos del Fisco como demandado en procedimientos laborales y el caso de la legitimidad procesal que detentarían los causahabientes de la víctima de un accidente de trabajo, en atención al daño moral sufrido. El derecho a demandar no radica exclusivamente en quien tiene el derecho material, sino que existen casos que por mandato de la ley, es necesario la presencia de ciertos sujetos legitimados. Es por ello que nuestro campo de estudio abarcará los diferentes casos en donde haya un conflicto en determinar los legitimados para obtener la satisfacción de una pretensión o contra quien se quiere obtener, y como esto incide en los efectos de la sentencia. Es el caso de legitimidad procesal en juicios del régimen de subcontratación, el legislador plantearía la posibilidad de ejercer la acción por parte del trabajador, en contra de la empresa principal o la empresa contratista, desatendiendo a quien de ellas hubiese incumplido. La misma posibilidad otorgaría respecto de ejercer la acción en contra de la empresa principal, contratista o subcontratista. Dentro de la legitimación activa, en el marco del procedimiento de tutela laboral, existe la posibilidad de ejercer la acción por personas distintas al trabajador afectado, esto podría generar distintos problemas. Por una parte luego de obtenida la sentencia, podría solicitarse la ejecución por parte de personas que no hayan actuado en el proceso, y por otro lado surgiría la posibilidad que dentro de un mismo conflicto material se inicien distintos procedimientos, obteniendo sentencias contradictorias.
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Desarrollo e integración de los sistemas de información contable en la gestión medioambiental de la empresa

Masanet Llodrà, Maria J. 24 June 2002 (has links)
La introducción del paradigma ecológico en los modelos de desarrollo económico ha promovido la adopción de variables ambientales en los diferentes ámbitos de actuación empresariales. La responsabilidad empresarial quedará reflejada no sólo en el cuidado que las empresas deben observar del medioambiente, sino en la necesidad de plasmar sus actuaciones medioambientales en una serie de políticas y estrategias, integradas en la política general de la empresa, y en el establecimiento de una Contabilidad de Gestión Medioambiental como sistema de información tanto interno como externo. El objetivo de esta tesis es argumentar la relevancia de los Sistemas de Información Contable en la implantación de un Sistema de Gestión Medioambiental en la empresa y analizar su reflejo en la realidad empresarial.La mayor aportación de esta tesis doctoral es su versatilidad, permitiendo trasladar las metodologías de análisis y las teorías implícitas al conjunto de sectores empresariales.
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Usufructo con facultad de disposición en el Derecho español

Serrano de Nicolás, Ángel 29 September 2005 (has links)
La investigación se centra básicamente, aunque no únicamente por estar, también, referida al Código civil español, en la Ley 13/2000, de 20 de noviembre, reguladora en Cataluña, del usufructo, uso y habitación. Se diferencia -con atención al Derecho histórico y, singularmente, al Derecho comparado- entre el usufructo de disposición y el fideicomiso de residuo, así como con la propiedad temporal (no admisible en el Derecho español), tanto por razones históricas, como dogmáticas y de derecho positivo. Tras considerar su evolución histórica, y su nacimiento en la práctica de los tabelliones –antecedente de los actuales notarios-, se considera su régimen jurídico en permanente confrontación con el del usufructo en general. Se consideran las vías, tanto inter vivos, como mortis causa, a título oneroso o gratuito, incluso mediante la usucapión, o como atribución aislada a posteriori de la facultad dispositiva, a través de las que puede constituirse. Eje central de la investigación es la consideración de la facultad de disposición del usufructuario como un problema de la legitimación dispositiva del usufructuario, para poder afirmar que el usufructo de disposición es un mero usufructo –cualquiera que sea la modalidad dispositiva que se le atribuya- y que la facultad de disposición no es sino un supuesto de legitimación extraordinaria concretada en la posibilidad de disponer (en su sentido más amplio, sin que le pueda convertir en ningún caso en propietario) de un patrimonio, o sus elementos integrantes, formalmente ajeno. Dado que la singularidad de la figura gira en torno a las facultades dispositivas del usufructuario se presta singular consideración a la atribución a su libre disposición o para caso de necesidad, que en cualquier caso, y salvo que otra cosa se disponga por el constituyente, queda a la libre apreciación del usufructuario, de la misma manera que el que se atribuya con libre disposición no le convierte en propietario, pues el acto dispositivo siempre tendrá que estar inspirado en el menor perjuicio al nudo propietario y, en cualquier caso, siempre acabará consolidándose con la nuda propiedad. Así, la facultad del usufructuario incluso aunque sea libérrima no se puede confundir con la del propietario pues siempre se está disponiendo de bienes ajenos. También puede modelarse la facultad dispositiva del usufructuario sujetando su facultad bien al mero conocimiento de terceros o a la aprobación o asentimiento de estos, incluso puede ser el propio nudo propietario y, desde luego, puede organizarse con absoluta práctica libertad el modo y forma de consentir la disposición. La legitimación incide directamente tanto en la validez del acto dispositivo como en su eficacia, será discutible si es un acto de enajenación o de negocio incompleto, pero en cualquier caso impugnable tanto en vida del usufructuario como al extinguirse el usufructo por quienes se puedan ver afectados o perjudicados por el acto dispositivo, singularmente, cuando se realicen actos anómalos o fraudulentos. Dado que siempre existirá la figura del nudo propietario, a cuyo contenido mínimo de facultades, mientras dure dicho usufructo de disposición, también se dedica especial consideración, se estudian las facultades (dispositivas y de toda índole, singularmente conservativas, así exigir –salvo que se haya excluido- inventario y fianza) y derechos del nudo propietario durante el usufructo y al extinguirse, con especial consideración de las singularidades en el ámbito de la subrogación real (cuya relevancia será manifiestamente distinta según se trate del mero usufructo para caso de necesidad o si es de libe disposición) y de las posibles nulidades de los actos dispositivos o del nacimiento de responsabilidad civil y la necesaria protección de terceros. / The research is primarily centred on differentiating –heeding historic law and, exceptionally, positive and comparative law– usufruct with the power to dispose of the residual trust and temporary property, due to historic reasons, dogmatic reasons and those related to positive law. After considering its historic development, within general usufruct, the procedures are considered –inter vivos and mortis causa, onerous and gratuitous– through which it can be established and, as a core issue, the problem is addressed of the dispositive legitimisation of the usufructuary, to be able to confirm that testamentary usufruct is a mere mode of usufruct and that the power of disposition is nothing but a case of extraordinary legitimisation specified in the possibility of possessing an estate, or its integrating elements, formally of another. Within the power of disposition of the usufructuary, two broad types are essentially considered, such as when free disposition is granted to the usufructuary. Even in this position the party does not become the owner and does not have powers of disposal granted due to this status, even if at a later time he or she will have to establish bare ownership. Moreover, the power of disposition is considered for the case of need left to the freewill of the usufructuary, although this does not mean this party is liable to impugn bare ownership. Other types would be those stemming from those accessions to which the dispositive act could be subject and, consequently, the consequences of its violation, whether related to the validity or not of the dispositive act or in the area of real subrogation. This will therefore be conditioned by the type, determining whether there is free disposition or only a case of need. Given that there will always be the figure of bare owner, the powers and rights of the bare owner are also studied during usufruct and upon its termination, with particular consideration given to the possible nullities of the dispositive acts or the birth of civil liability and the necessary protection of third parties.
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Locus Standi in the Law of Administrative Process in Tax Matters / Legitimación Activa en la Ley del Proceso Contencioso Administrativo en Materia Tributaria

León Pinedo, Silvia 10 April 2018 (has links)
The article begins by recognizing that the Administrative Process in Peru is full jurisdiction, protects the legal situations in addition to control the legality of the administrative acts. Then the author examines the Tax Administration, specifically if SUNAT has active legitimacy to sue in a Contentious Administrative Process against the decision issued by the Tax Court that revoked or annulled their administrative acts, concluding that it does not have legitimacy but, exceptionally, according to article 157 of the Tax Code, can sue when SUNAT demonstrates that RTFs are not according to the parameters of article 10 of the General Administrative Procedure Act, confirming that the causal most used by SUNAT are those of the numeral 1 and 2, referred to the resolutions which cause serious disability vice, which, according to the author, is not the same as a different interpretative approach. Finally, the author concludes that for tax issues does not apply the second paragraph of Article 13 of the Law on Administrative Process; apply the article 157 of the Tax Code, as the special rule. / El presente artículo parte por reconocer que el proceso contencioso administrativo en el Perú es de plena jurisdicción, esto es, que protege las situaciones jurídicas de los administrados además de la legalidad del acto administrativo.Así, se lleva a cabo un análisis sobre la legitimidad activa de la Administración Tributaria, específicamente la SUNAT, para interponer una demanda contencioso administrativa contra la Resolución emitida por el Tribunal Fiscal (RTF) que revocó o anuló su acto administrativo concluyendo que no la tiene pero que, excepcionalmente, de acuerdo al artículo 157° del Código Tributario, podría demandar cuando demuestre fehacientemente que la RTF es nula de acuerdo a los parámetros del artículo 10° de la Ley del Procedimiento Administrativo General (LPAG), constatándose que las causales más utilizadas por la SUNAT son las del numeral 1 y 2 de dicha norma, referidas a aquellas resoluciones que tengan un vicio grave de invalidez, lo que, según la autora, no es lo mismo que un distinto criterio interpretativo. Por último, se señala que en relación a los temas tributarios no resulta aplicable el segundo párrafo del artículo 13º de la Ley del Proceso Contencioso Administrativo si no el referido artículo 157° del Código Tributario, al ser la norma especial.
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The Absence of the Ombudsman in Argentina: Seven Years without Collective Representation / La ausencia del Defensor del Pueblo en Argentina: siete años sin representación colectiva

Basaure Miranda, Isaac Marcelo 10 April 2018 (has links)
The objective of this paper is to analyze the causes and antecedents that have contributed to the fact that, in Argentina, the office of Ombudsman remains vacant. Likewise, the normative origins of the organ are reviewed, in order to understand its value and democratic mission. In the ruling entitled Center for Studies for the Promotion of Equality and Solidarity and Others and the Ministry of Energy and Mining under Collective Protection (Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad y otros c/ Ministerio de Energía y Minería s/ amparo colectivo), issued on August 18, 2016, the Supreme Court of Justice of the Nation exhorted the Congress of the Nation to appoint an Ombudsman in accordance with the provisions conferred on it by article 86 of the National Constitution. The Court’s decision exposed a long-standing legal problem: the absence of an Ombudsman. / El presente trabajo tiene como objetivo analizar las causas y antecedentes que han contribuido a que, en Argentina, el cargo de Defensor del Pueblo permanezca vacante. Asimismo, repasa los orígenes normativos del órgano, a fin de comprender su valor y misión democrática. En el fallo caratulado Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad y otros c/ Ministerio de Energía y Minería s/ amparo colectivo, emitido el 18 de agosto de 2016, la Corte Suprema de Justicia de la Nación exhortó al Congreso de la Nación a nombrar un Defensor del Pueblo con arreglo a las disposiciones que le ha conferido el artículo 86 de la Constitución Nacional. La decisión de la Corte expuso una problemática jurídica de larga data: la ausencia de un Defensor del Pueblo.
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The penalty: function and requirements / La pena: función y presupuestos

Meini Méndez, Iván Fabio 10 April 2018 (has links)
Legitimacy of criminal sanction is originated on its own purposes pursued in a state governed by the Rule of Law. That legitimacy should include the penalty as well as security measures, bearing in mind that both are imposed to someone breaking a rule of conduct, and therefore, someone capable to do it. Reviewing penal capacity or criminal liability concepts is required because if penal capacity means the capacity to understand the reality and adjust the behavior to it, and if every legitimate criminal sanction have to be imposed to someone who have the capacity of break it, then security measures also have to be imposed only to people responsible, capable to understand rules and act in accordance. With regard to people not subject to criminal liability they are standing outside Criminal Law and punish them would be illegitimate. In this line, criminal liability should be seen not only as a crime assumption but also as a basic statement for any dialogue the state shall have with the citizens: at the level of crime itself, proceedings and sentence execution . / La legitimación de la sanción penal se deriva de los fines que persigue en un Estado de derecho. Dicha legitimación debe abarcar tanto a la pena como a la medida de seguridad, y tener en cuenta que tanto la pena como la medida de seguridad se imponen a quien infringe una norma de conducta y, por tanto, a quien tiene capacidad para infringirla. Esto presupone revisar el concepto de capacidad penal o imputabilidad,pues si imputabilidad es capacidad para comprender la realidad y adecuar el comportamiento a dicha comprensión, y toda sanción penal legítima ha de imponerse a quien tiene dicha capacidad, también las medidas de seguridad han de ser impuestas solo a imputables. Los verdaderos inimputables son aquellos que están al margen del derecho penal y a quienes resulta ilegítimo imponer alguna sanción. En esta línea, la imputabilidad ha de ser vista no solo como presupuesto del delito, sino como presupuesto de cualquier diálogo que tenga el Estado con el ciudadano con respecto al delito, al proceso y a la ejecución de la pena.

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