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Informe sobre expediente Nº 2007-00919-0-1903-JR-CI, acción de amparo: afectación de derechos fundamentales de pueblos indígenasPalomino Murgueytio, Jorge Martin 28 November 2022 (has links)
El presente trabajo desarrolla un esforzado análisis de tres problemas jurídicos inmersos
en una controversia que tomó lugar entre los años 2007 y 2010 en nuestra nación, en
relación a la alegación de afectación de derechos fundamentales de los Waorani
(Tagaeri- Taromenane), Pananujuri (Arablea) y Aushiri -pueblos indígenas- como
consecuencia de la operación de determinadas empresas del rubro petrolero en los
Lotes No. 67 y 39. El caso gira en torno a una Acción de Amparo presentada por la
Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana – AIDESEP ante el juez
especializado en lo civil de la provincia de Maynas de la Corte Superior de Justicia de
Loreto. Posteriormente, el caso es sometido -como consecuencia de la apelación del
demandante- al juez superior. Finalmente, el Tribunal Constitucional se pronunciará
respecto de la procedencia del recurso de agravio constitucional postulado por
AIDESEP.
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Informe Jurídico sobre la sentencia del Tribunal Constitucional del 14 de junio del 2013 recaída en el Expediente N° 01969-2011-PHC/TCZevallos Navarro, Giuliana Gabriela 07 August 2023 (has links)
El presente informe jurídico realiza un análisis de la sentencia del Tribunal
Constitucional del 14 de junio del 2013 recaída en el Expediente N° 01969-2011-
PHC/TC. Específicamente, los puntos centrales del análisis se encuentran en los
conceptos de crímenes de lesa humanidad y de prescripción de la acción penal,
y su vinculación con el caso del debelamiento del amotinamiento acontecido en
el centro penitenciario El Frontón los días 18 y 19 de junio de 1986, el cual dejó
un saldo de, aproximadamente, 133 víctimas mortales. Se concluye,
principalmente, que estos hechos resultan imprescriptibles, al ser constitutivos
de crímenes de lesa humanidad. Asimismo, se concluye que el recurso de
agravio constitucional que motivó la sentencia analizada no debió ser declarado
fundado, en ningún extremo. En ese sentido, el presente informe jurídico aborda,
principalmente, las ramas de Derecho Constitucional y Procesal Constitucional,
Derecho Penal Internacional y Derecho Procesal Penal, por lo que los recursos
bibliográficos y referencias incluyen sentencias del Tribunal Constitucional,
artículos académicos relevantes sobre la materia, normativa nacional e
internacional relevante, entre otros. Finalmente, el presente informe jurídico
aborda un caso de gran importancia para los Derechos Humanos, y uno que ha
suscitado gran controversia tanto a nivel jurídico como político / This legal report analyzes the sentence of the Constitutional Court of June 14,
2013 incorporated in File No. 01969-2011-PHC/TC. Specifically, the central
points of the analysis are found in the concepts of crimes against humanity and
the statute of limitations for criminal proceedings, and their connection with the
case of the debellation of the riot that occurred in El Frontón penitentiary center
on June 18 and 19, 1986, which left a balance of approximately 133 fatalities. It
is concluded, mainly, that these facts are imprescriptible, as they constitute
crimes against humanity. Likewise, it is concluded that the constitutional appeal
that motivated the analyzed sentence should not have been declared founded, in
any extreme. In this sense, this legal report mainly addresses the branches of
Constitutional Law and Constitutional Procedure, International Criminal Law and
Criminal Procedure Law, so the bibliographic resources and references include
judgments of the Constitutional Court, relevant academic articles on the subject,
relevant national and international regulations, among others. Finally, this legal
report addressed a case of great importance for Human Rights, and one that has
generated great controversy both legally and politically
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La reforma procesal de la justicia laboral en el Perú : análisis de las sentencias emitidas en los procesos de pagos de beneficios sociales en la Corte Superior de Justicia de Junin en el periodo 2016Suasnabar Tolentino, Luis Ricardo 29 August 2019 (has links)
A más de ocho años de la puesta en vigencia de la Ley Nº 29497 – Nueva Ley
Procesal de Trabajo, en la cual, la oralidad fue establecida como mecanismo o
instrumento característico de sistema de litigación, también se ha previsto la
modificación de la estructura misma del proceso laboral y su actividad probatoria,
buscando reforzar el contenido de los principios procesales de inmediación,
concentración, celeridad, economía procesal y veracidad. Sin embargo, la práctica
judicial en los procesos de pago de beneficios sociales, demuestra que la reforma aún
sigue pendiente de consolidación, pues jueces y abogados aún no están debidamente
preparados en litigación oral, disminuyendo la efectividad del nuevo esquema del
proceso en la solución de conflictos laborales, especialmente en el contenido del
principio de primacía de la realidad en el Derecho del Trabajo. En ese sentido, la
exposición oral de las partes durante la confrontación de posiciones, sin una debida
conducción del juez, perjudica la finalidad del proceso laboral señalada anteriormente,
especialmente, proteger eficazmente a la parte débil de la relación laboral,
convirtiendo el debate en un mero formalismo de lectura de escritos ante el juez, así
como advertir defectos de motivación en las decisiones judiciales. Por otro lado, los
jueces aún no utilizan debidamente los institutos procesales contenidos en la norma
procesal laboral vigente, como el juzgamiento anticipado que posibilita un
pronunciamiento judicial célere ante medios probatorios que no requieran actuación
procesal, como los documentos. Finalmente, la Ley Nº 29497 no ha precisado
suficientemente cómo debe realizarse la admisión de los documentos al proceso
laboral, lo cual perjudica la emisión oportuna de la sentencia ante la presencia de una
gran cantidad de caudal documentario para su revisión, por lo que debe precisarse las
secciones relevantes durante el debate del proceso. / It has been more than eight years since the New Labor Procedure (Act 29497) was
enacted, in which oral and public procedure on the trial was established as a litigation
system. Also, the structure of procedure and evidence activity have been modified to
reinforce the content of the values of immediacy, concentration, speed, procedural
economy and truthfulness. However, judicial experiences in payment of social benefits
cases, shows that labor procedure reform is still pending of consolidation because
judges and lawyers are not yet properly ready in oral arguments, reducing the
effectiveness of the new labor procedure, especially in the content of the “principio de
primacía de la realidad”, which means the primacy of the facts (evidences) over formal
documents. So, the oral arguments of the parties during the confrontation, without a
proper conduction of the judge, just turns the debate into a reading of documents,
causing harm to users with defects of motivation in judicial decisions. On the other
hand, judges still do not use properly the terms of anticipated trial when the whole
evidence is documentary, and even worse, the rules of New Labor Procedure has not
sufficiently specified how the admission of documentary evidence should be carried
out, especially when they offer a lot of documents to be reviewed.
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Informe jurídico sobre la Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente N° 00001-2022- PI/TC, caso de la regulación del referéndumAquije Cornejo, Alejandra Del Carmen 08 August 2023 (has links)
En el presente informe se analiza si la demanda de inconstitucionalidad
interpuesta por el Poder Ejecutivo en contra del artículo único de la Ley N° 31399
debe o no ser declarada fundada por el Tribunal Constitucional. Para ello, se
hace uso de jurisprudencia nacional e internacional, así como de doctrina sobre
la materia para determinar la existencia de vicios de inconstitucionalidad. En ese
sentido, se concluye que la demanda debe ser declarada procedente en tanto
cumple con los requisitos establecidos por el Nuevo Código Procesal
Constitucional. Sin embargo, en el análisis de fondo, se identifica que la norma
impugnada, en efecto, contraviene en su totalidad y directamente a la
Constitución de 1993. De igual manera, se observa que la ley incurre en vicios
de inconstitucionalidad material, debido a que vulnera el contenido
constitucionalmente protegido del derecho a la participación política mediante
referéndum y los principios de soberanía popular y democrático. Finalmente,
debido a la naturaleza de la materia que se pretende regular, la norma incurre,
asimismo, en un vicio de inconstitucionalidad formal al ser expedida siguiendo el
procedimiento regulado para una ley ordinaria cuando, por el contrario,
corresponde su incorporación al ordenamiento jurídico vía reforma constitucional
(es decir, mediante el artículo 206 de la Constitución). Por todo ello, se afirma
que la demanda de inconstitucionalidad debe ser declarada fundada y, en
consecuencia, la Ley N° 31399, expulsada del ordenamiento jurídico. / This report analyzes whether or not the unconstitutionality claim filed by the
Executive Branch against the sole article of Law No. 31399 should be declared
founded by the Constitutional Court. For this, national and international
jurisprudence is used, as well as doctrine on the matter to determine the
existence of vices of unconstitutionality. In this sense, it is concluded that the
claim must be declared admissible as long as it meets the requirements
established by the New Constitutional Procedure Code. However, in the
substantive analysis, it is identified that the challenged norm, in effect, completely
and directly contravenes the 1993 Constitution. Likewise, it is observed that the
law incurs defects of material unconstitutionality since violates the constitutionally
protected content of the right to political participation through referendum and the
principles of popular and democratic sovereignty. Finally, due to the nature of the
matter that is intended to be regulated, the norm also incurs a formal
unconstitutionality defect when it is issued following the regulated procedure for
an ordinary law when, on the contrary, its incorporation into the legal system
corresponds via constitutional reform (that is, through article 206 of the
Constitution). For all these reasons, it is stated that the claim of unconstitutionality
must be declared founded and, consequently, Law N° 31399, expelled from the
legal system.
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Informe jurídico sobre la resolución número veintiuno del expediente 209- 2011-0 sobre anulación del laudo arbitralChirinos Ravenna, Ana Francesca 31 July 2023 (has links)
El objetivo del presente informe jurídico es analizar la Resolución número 21 del
expediente 209-2011-0 (la “Sentencia”), que versa sobre anulación de laudo. La
Sentencia aborda una situación sobre infracción a la imparcialidad a la luz de las
conductas y vínculos desplegados en el caso en concreto (conductas agresivas).
Asimismo, tomando como punto de partida ello estableceremos supuestos
respecto al deber de imparcialidad y si este se ve afectado o no por (i) la conducta
agresiva de un árbitro; y (ii) el vínculo del árbitro con el secretario arbitral o con
un miembro del consejo.
Segundo, se enfocará el análisis en el aspecto de la motivación y la valoración
de pruebas teniendo como eje central si la no consideración de ciertos medios
probatorios vulnera el derecho a la valoración de pruebas. En el presente estudio
usaremos el método de investigación dogmático jurídico (o documental), puesto
que recogeremos lo que ya se ha expuesto en la doctrina y en la judicatura
respecto a la temática. Concluiremos que la imparcialidad es un concepto
relevante, ya que debe guiar el actuar de los árbitros durante el desarrollo de sus
labores; sin embargo, no está exento de polémica por lo que merece ser aún
más esclarecido.
En el ámbito de la motivación concluiremos que el principio de unidad de la
prueba debe guiar la valoración de la misma y que la motivación no
necesariamente debe contener una mención y análisis de todas las pruebas, sino
de aquellas que son relevantes para el proceso / The objective of this legal report is to analyze Resolution number 21 of file 209-
2011-0 (the “Judgment”), which deals with the annulment of the award. The
Judgment deals with a situation regarding infringement of impartiality in light of
the conduct and links displayed in the specific case (aggressive conduct).
Likewise, taking this as a starting point, we will establish assumptions regarding
the duty of impartiality and whether or not it is affected by (i) the aggressive
conduct of an arbitrator; and (ii) the relationship of the arbitrator with the arbitral
secretary or with a member of the council.
Second, the analysis will focus on the aspect of motivation and the evaluation of
evidence, having as a central axis if the non-consideration of certain means of
evidence violates the right to the evaluation of evidence. In the present study we
will use the legal dogmatic (or documentary) research method, since we will
collect what has already been exposed in the doctrine and in the judiciary
regarding the subject. We will conclude that impartiality is a relevant concept,
since it should guide the actions of the arbitrators during the development of their
tasks; however, it is not exempt from controversy, so it deserves to be even more
clarified.
In the field of motivation, we will conclude that the principle of unity of the
evidence should guide its evaluation and that the motivation should not contain a
mention and analysis of all the tests, but of those that are relevant to the process
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El peligro de obstaculización en el mandato de prisión preventiva por delitos de función militar policialFarfán Gamarra, Johhanna Nathalie 30 September 2021 (has links)
El presente trabajo tiene por finalidad, demostrar la necesidad de implementación de criterios de valoración del peligro de obstaculización en la Jurisdicción Militar Policial, toda vez que el Código Penal Militar Policial establece en su artículo 322 los requisitos de las medidas de coerción, sin embargo, no instituye criterios expresos para calificar el peligro de obstaculización y se aplica supletoriamente lo establecido en el artículo 270 del Código Procesal Penal, por lo que los autos de prisión preventiva no cuentan con una motivación adecuada o suficiente respecto a este peligro, dándolo por cierto, no
precisándose los criterios objetivos y solidos de la existencia del peligro de obstaculización. Es por ello que resultaría necesaria la aplicación de los criterios establecidos por la Jurisdicción Ordinaria a fin de determinar las circunstancias que concurren para determinar el peligro procesal en su vertiente de peligro de obstaculización. Es así que, en el presente trabajo se realizara un análisis de los criterios de valoración adoptados por la Jurisdicción Ordinaria, que determina en específico que conductas del imputado constituyen serios elementos para la concurrencia del peligro de obstaculización, los mismos que deben ser valorados en conjunto, y de cómo estos podrían ser aplicados en la Jurisdicción Militar Policial
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Informe sobre el expediente de relevancia jurídica n° 19723- 1998, demanda de indemnización por daños y perjuicios, seguida por NORSAC S.A. contra el BANCO INTERNACIONAL DEL PERÚ - INTERBANKRodríguez Uriol, Darío Andrés 28 September 2022 (has links)
El objetivo del presente Informe es analizar y formular una respuesta a los principales
problemas jurídicos discutidos en el proceso de indemnización por daños y perjuicios,
seguido entre NORSAC S.A. contra el BANCO INTERNACIONAL DEL PERÚ –
INTERBANK. Concretamente, se analizan los siguientes aspectos: i) la interpretación
del concepto de “notoriedad en la falsificación de firmas” previsto en el artículo 172 de
la Ley N° 16587, antigua Ley de Títulos Valores; ii) el tipo de responsabilidad civil que
recae sobre los bancos cuando pagan cheques con firmas notoriamente falsificadas; iii)
la procedencia o improcedencia de la indemnización por lucro cesante solicitada por
NORSAC S.A.; iv) el tipo de moneda en que debe ser pagada la indemnización y si
corresponde o no la actualización del monto indemnizatorio hasta la fecha efectiva del
pago; y v) la procedencia o improcedencia de la denuncia civil formulada por
INTERBANK contra quienes se beneficiaron con el cobro de los cheques con firmas
falsificadas. Las áreas del Derecho involucradas en el presente proceso son Derecho
Civil, Derecho Mercantil y Derecho Procesal Civil. El método de análisis empleado
consiste, en primer lugar, en la evaluación de los argumentos esbozados por cada parte
con respecto a cada punto controvertido y, posteriormente, a través de un estudio
normativo, doctrinario y jurisprudencial de los distintos conceptos jurídicos involucrados
en el proceso, se brinda una respuesta acerca de cada uno de los puntos controvertidos.
La conclusión principal del trabajo de investigación es que algunas de las instituciones
jurídicas fueron analizadas correctamente por los órganos judiciales que conocieron el
proceso; sin embargo, otras instituciones jurídicas no lo fueron.
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El acceso a la justicia : un criterio de política jurisdiccional postergado en las regulaciones procesales laborales ordinaria y constitucionalParedes Palacios, Paúl 28 November 2012 (has links)
El 11 de setiembre de 2002 se publicó en el Diario Oficial El
Peruano la sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Exp.
1124-2001-AA/TC la misma que marcó un quiebre en el modo de
entender el derecho a la estabilidad laboral en el Perú. Dicha
sentencia enervó a los empresarios, significó un enfrentamiento con
gran parte de la doctrina laboral nacional y puso una cuota de
esperanza de humanidad en las relaciones laborales. Hasta ese
momento se entendió, en la legislación, en la doctrina y en la
jurisprudencia laboral, que la única protección posible contra el
despido arbitrario era la indemnización. Nunca la reposición, salvo
que se tratase de la figura del despido nulo (aquel lesivo de otros
derechos constitucionales como la igualdad o el debido proceso). El
efecto multiplicador de la sentencia del Tribunal Constitucional
contribuyó para que, desde ese momento, se reduzca
dramáticamente la utilización del despido arbitrario sin invocación
de causa como el modo corriente de poner fin a las relaciones
laborales en el país. ¿Para qué invocar causas si la legislación, la
doctrina y la jurisprudencia laboral venían admitiendo la
indemnización como la adecuada protección frente al despido
arbitrario?
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¿El derecho a una vida libre de corrupción?: una lejana noción desde la jurisprudencia del Tribunal Constitucional peruano y retos por enfrentarTamara Coronel, Keshia 01 April 2024 (has links)
El presente articulo académico tiene como finalidad exponer los posibles
problemas teóricos y prácticos que enfrentaría nuestro sistema jurídico ante un
posible reconocimiento de personas naturales o un grupo de ellas, como víctimas
o agraviados de hechos ilícitos de corrupción.
El panorama no resulta lejano, ya que, si bien nuestro país se encuentra lejos de
reconocer un posible derecho a una vida, sociedad o gobierno libre de
corrupción, las tendencias internacionales apuntan cada vez más a reconocer la
relación entre las consecuencias de actos corruptos con la afectación a derechos
humanos.
En ese sentido, concluiremos que, como se encuentra planteado nuestro sistema
jurídico, resulta dificultoso armonizar los principios y derechos del proceso penal
que resguardan a las partes. No obstante, de contar con una iniciativa legislativa
que tome en cuenta los problemas teóricos y prácticos a presentarse, no resulta
tan distante la idea de poder reparar directamente a las personas o pueblos que
han sido afectados por actos corruptos. / The purpose of this academic article is to present the possible theoretical and
practical problems that our legal system would face in the event of a possible
recognition of individuals or a group of individuals as victims or aggrieved parties
of unlawful acts of corruption.
Although our country is far from recognizing a possible right to a life, society or
government free of corruption, international trends increasingly point to the
recognition of the relationship between the consequences of corrupt acts and the
affectation of human rights.
In this sense, we will conclude that, as our legal system is set out, it is difficult to
harmonize the principles and rights of the criminal process that protect the
parties. However, if there is a legislative initiative that takes into account the
theoretical and practical problems to be presented, the idea of being able to make
direct reparations to individuals or peoples who have been affected by corrupt
acts is not so distant. / Trabajo académico
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La responsabilidad penal de las personas jurídicas por delitos ambientales y la gobernanza ambiental en el PerúPinto Córdova, Arianda Juana 31 March 2021 (has links)
Frente al complejo escenario de acceso a la justicia ambiental en el Perú, el presente artículo tiene como objetivo principal analizar la responsabilidad penal de las personas jurídicas por delitos ambientales, como un componente fundamental para la gobernanza ambiental. En ese sentido, este artículo busca encontrar mecanismos que permitan revertir dicha crítica situación, de manera que ello repercuta en la mejora de la gobernanza ambiental. De esta manera, la pregunta de investigación que se plantea es ¿cómo se relaciona la responsabilidad penal de las personas jurídicas por delitos ambientales con la gobernanza ambiental? En ese sentido, el objetivo central analizar cómo se relaciona la responsabilidad penal de las personas jurídicas por delitos ambientales con la gobernanza ambiental. Frente a ello, se sostendrá que la responsabilidad penal de las personas jurídicas por delitos ambientales es consustancial a la gobernanza ambiental, en tanto cumple dos funciones importantes: una función punitiva, puesto
que coadyuva al acceso a la justicia ambiental mediante la identificación del responsable o sujeto activo en los casos de delitos ambientales; y una función preventiva, respecto a la comisión de delitos ambientales. Para ello, en el primer capítulo se desarrollará el marco teórico sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas, en el que se tratará la importancia de la imputación penal a la persona jurídica, los modelos de responsabilidad penal de personas jurídicas y cómo se ha sido regulado en ordenamientos normativos de otros países donde se ha implementado. Por otro lado, en el segundo capítulo, se analizarán las condiciones socioambientales y jurídicas que exigen, en el Perú, la implementación de la responsabilidad penal de las personas jurídicas por delitos ambientales para mejorar la gobernanza ambiental
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