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El principio de oportunidad en el derecho administrativo sancionador peruano: Análisis de la normativa sectorial que regula criterios de oportunidad en el ejercicio de la potestad sancionadora del Organismo Supervisor de la Inversión de Infraestructura de Transporte de Uso Público, la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento y la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP

De la Cruz Peña, Alex Manuel 27 May 2020 (has links)
De la revisión de la normativa sectorial emitida recientemente se puede constatar que por vía legal o reglamentaria se ha atribuido a algunas entidades de la Administración Pública la facultad para no dar inicio a un procedimiento sancionador. Al respecto, el análisis sobre si el ejercicio de la potestad sancionadora es de carácter obligatorio o facultativo ha sido objeto de debate en la doctrina española originándose posturas contrapuestas sobre el tema, con lo cual no habría un consenso sobre la admisión del principio de oportunidad en el ámbito sancionador. En ese contexto, este trabajo tiene por finalidad analizar cuáles serían los alcances y límites de la aplicación del principio de oportunidad en nuestro ordenamiento jurídico. Esta investigación se justifica en la ausencia de un reconocimiento expreso del citado principio en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019- JUS (TUO de la LPAG). Luego del análisis de la regulación sectorial y acogiendo la postura planteada por el profesor Rebollo Puig, se concluye que sería admisible incorporar el principio de oportunidad en materia sancionadora en el TUO de la LPAG, pero esta situación se encontraría condicionada al cumplimiento de tres aspectos: (i) en primer lugar, siguiendo el planteamiento del profesor Rebollo, que los criterios de oportunidad que otorgan discrecionalidad sobre la decisión de dar inicio a un procedimiento administrativo sancionador tendrían que estar regulados en una norma con rango de ley; (ii) en segundo lugar, que la aplicación de este principio tendría que darse antes del inicio formal del procedimiento sancionador, concretamente durante las actuaciones previas al procedimiento sancionador; (iii) en tercer lugar, que este principio únicamente sería aplicable para las conductas calificadas como infracciones leves.
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Los beneficios de la reincorporación del juez de ejecución penal al sistema penitenciario del Perú

Orjuela Osorio, Claudia Patricia 25 May 2020 (has links)
El presente artículo cuenta con mi experiencia en asuntos penitenciarios en Colombia y Perú. Es una reflexión sobre los beneficios de la reincorporación del Juez de Ejecución Penal (JEP) en el sistema penitenciario del Perú. Se expondrá que los procedimientos en los establecimientos penitenciarios (EP) peruanos registran mayor complejidad al estar a manos del Juez de la Investigación preparatoria, pronunciamiento del Ministerio público y de la administración la potestad decisora. Estas circunstancias influyen negativamente en los programas de rehabilitación, reeducación y reinserción social.
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Procesos de Estructura Monitoria en el ordenamiento procesal peruano: enfoque y nuevas perspectivas a partir de una experiencia: Ley Nº 28457, Ley que regula el proceso de filiación judicial de paternidad extramatrimonial

Fernández Buitrón, Antonio Jesús 02 June 2020 (has links)
El presente trabajo realiza un análisis del proceso monitorio en el Perú a partir de su incorporación la Ley Nº 28457 y plantea su conveniencia en aplicarlo a otras materias a partir de dicha experiencia, como las propuestas en la reforma del proceso civil (2018), considerando que en tales procedimientos se presentarán cuando menos dos momentos de valoración probatoria por parte del juez, el primero al momento de admitir la demanda y el segundo, de haber mediado una debida notificación, al momento de resolver la oposición, oportunidad en que el juez deberá establecer la fundabilidad o, caso contrario, imponer la condena que contempla la figura, garantizándose así la adecuada tutela del justiciable y su contraparte, a quienes les asiste en todo momento el derecho a un debido proceso, escenario ideal sobre el cual podría representarse una justicia eficaz para casos de tutela individual. / This present work analyzes the process for small claims in Peru from the incorporation of Law No. 28457 and proposes its convenience in applying it to other matters based on that experience, such as those proposed in the reform of the civil process (2018), considering that in such procedures there will be at least two moments of evidentiary evaluation by the judge, the first when the application is admitted and the second, if due notification has been mediated, when the opposition is resolved, when the judge It must establish the foundability or, on the contrary, impose the sentence contemplated in the figure, thus guaranteeing the adequate protection of the defendant and his counterpart, who are assisted at all times by the right to due process, an ideal scenario on which an effective justice for other cases.
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La aplicación de las reglas de control de solidez en inferencias probatorias epistemológicas en sentencias condenatorias y el estándar de prueba más allá de toda duda razonable

Alvarez Rodriguez, Anghela Leidy 28 May 2020 (has links)
El estándar de prueba más allá de toda duda razonable, ha sido estudiado desde diversos aspectos problemáticos, siendo uno de ellas su imprecisión y subjetividad. En este trabajo pretendo abordar este último punto, que, si bien ha sido ampliamente analizado por diferentes autores, tales como Larry Laudan, Marina Gascón, Jordi Ferrer Beltran, Daniel González Lagier, entre otros; me centraré en la propuesta de este último, quién plantea la aplicación de criterios de solidez en inferencias probatorias epistemológicas- fiabilidad, suficiencia, variedad, pertinencia de la pruebas, eliminación de hipótesis alternativas, confirmación de hipótesis derivadas- a fin de alcanzar una mayor objetividad a nuestro estándar de prueba. El objetivo del presente trabajo es dotar al juez de mejores herramientas de análisis al momento de sustentar la suficiencia de prueba en una sentencia condenatoria, para ello pretendo a partir del planteamiento de un caso penal en específico, abordar las principales dificultades que ofrece el análisis de la suficiencia de prueba, representando mediante un examen inductivo las inferencias fácticas en el ámbito penal, logrando aplicar las reglas de control de solidez y verificar como influyen en la motivación, pues si bien no anula el problema de subjetividad, coadyuvan a una mejor confirmación, y también a una mayor dotación de credibilidad al dar un hecho por probado
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La potestad del Tribunal Constitucional de declarar la nulidad de sus propias resoluciones

Smith Arias, Paola Fernanda 24 April 2023 (has links)
La potestad del Tribunal Constitucional de declarar la nulidad de sus propias resoluciones ha sido ejercida por el máximo intérprete de nuestra Constitución en una serie de ocasiones. No obstante ello, aún existe una amplia discusión tanto en Doctrina como a nivel Jurisprudencial vinculada a si es posible reconocer dicha potestad al Tribunal Constitucional, bajo nuestro actual sistema jurídico. Por un lado, aquellos que rechazan la posibilidad de reconocer al Tribunal Constitucional la potestad de declarar la nulidad de sus propias resoluciones resaltan que existen una serie de objeciones que impedirían reconocer dicha potestad tales como la vulneración a los principios de cosa juzgada y seguridad jurídica. Así, el principal objetivo del presente trabajo es analizar si es posible reconocer la potestad del máximo intérprete de nuestra Constitución de declarar la nulidad de sus propias resoluciones, bajo nuestro actual sistema jurídico, sin que ello implique una vulneración a los principios de cosa juzgada y seguridad jurídica. A través de dicho análisis, llegaremos a la conclusión de que dicha potestad sí encuentra cabida en nuestro sistema jurídico, siempre que esta sea ejercida en determinados supuestos y de manera excepcional. / The power of the Constitutional Court to declare the nullity of its own resolutions has been exercised by the highest interpreter of our Constitution on a number of occasions. Nevertheless, there is still a wide discussion both in Doctrine and Jurisprudence as to whether it is possible to recognize such power to the Constitutional Court. On the one hand, those who reject the possibility of recognizing the Constitutional Court the power to declare the nullity of its own resolutions highlight that there are a series of objections that would prevent the recognition of such power, such as the violation of the principles of res judicata and legal certainty. Thus, the main objective of this paper is to analyze whether it is possible to recognize the power of the highest interpreter of our Constitution to declare the nullity of its own resolutions, under our current regulatory system, without this implying a violation of the principles of res judicata and legal certainty. Through such analysis, we will reach the conclusion that such power does have a place in our legal system, as long as it is exercised in certain cases and in an exceptional manner. / Trabajo académico
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Informe sobre expediente Nº 2007-00919-0-1903-JR-CI, acción de amparo: afectación de derechos fundamentales de pueblos indígenas

Palomino Murgueytio, Jorge Martin 28 November 2022 (has links)
El presente trabajo desarrolla un esforzado análisis de tres problemas jurídicos inmersos en una controversia que tomó lugar entre los años 2007 y 2010 en nuestra nación, en relación a la alegación de afectación de derechos fundamentales de los Waorani (Tagaeri- Taromenane), Pananujuri (Arablea) y Aushiri -pueblos indígenas- como consecuencia de la operación de determinadas empresas del rubro petrolero en los Lotes No. 67 y 39. El caso gira en torno a una Acción de Amparo presentada por la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana – AIDESEP ante el juez especializado en lo civil de la provincia de Maynas de la Corte Superior de Justicia de Loreto. Posteriormente, el caso es sometido -como consecuencia de la apelación del demandante- al juez superior. Finalmente, el Tribunal Constitucional se pronunciará respecto de la procedencia del recurso de agravio constitucional postulado por AIDESEP.
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Informe Jurídico sobre la sentencia del Tribunal Constitucional del 14 de junio del 2013 recaída en el Expediente N° 01969-2011-PHC/TC

Zevallos Navarro, Giuliana Gabriela 07 August 2023 (has links)
El presente informe jurídico realiza un análisis de la sentencia del Tribunal Constitucional del 14 de junio del 2013 recaída en el Expediente N° 01969-2011- PHC/TC. Específicamente, los puntos centrales del análisis se encuentran en los conceptos de crímenes de lesa humanidad y de prescripción de la acción penal, y su vinculación con el caso del debelamiento del amotinamiento acontecido en el centro penitenciario El Frontón los días 18 y 19 de junio de 1986, el cual dejó un saldo de, aproximadamente, 133 víctimas mortales. Se concluye, principalmente, que estos hechos resultan imprescriptibles, al ser constitutivos de crímenes de lesa humanidad. Asimismo, se concluye que el recurso de agravio constitucional que motivó la sentencia analizada no debió ser declarado fundado, en ningún extremo. En ese sentido, el presente informe jurídico aborda, principalmente, las ramas de Derecho Constitucional y Procesal Constitucional, Derecho Penal Internacional y Derecho Procesal Penal, por lo que los recursos bibliográficos y referencias incluyen sentencias del Tribunal Constitucional, artículos académicos relevantes sobre la materia, normativa nacional e internacional relevante, entre otros. Finalmente, el presente informe jurídico aborda un caso de gran importancia para los Derechos Humanos, y uno que ha suscitado gran controversia tanto a nivel jurídico como político / This legal report analyzes the sentence of the Constitutional Court of June 14, 2013 incorporated in File No. 01969-2011-PHC/TC. Specifically, the central points of the analysis are found in the concepts of crimes against humanity and the statute of limitations for criminal proceedings, and their connection with the case of the debellation of the riot that occurred in El Frontón penitentiary center on June 18 and 19, 1986, which left a balance of approximately 133 fatalities. It is concluded, mainly, that these facts are imprescriptible, as they constitute crimes against humanity. Likewise, it is concluded that the constitutional appeal that motivated the analyzed sentence should not have been declared founded, in any extreme. In this sense, this legal report mainly addresses the branches of Constitutional Law and Constitutional Procedure, International Criminal Law and Criminal Procedure Law, so the bibliographic resources and references include judgments of the Constitutional Court, relevant academic articles on the subject, relevant national and international regulations, among others. Finally, this legal report addressed a case of great importance for Human Rights, and one that has generated great controversy both legally and politically
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Informe jurídico sobre la Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente N° 00001-2022- PI/TC, caso de la regulación del referéndum

Aquije Cornejo, Alejandra Del Carmen 08 August 2023 (has links)
En el presente informe se analiza si la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el Poder Ejecutivo en contra del artículo único de la Ley N° 31399 debe o no ser declarada fundada por el Tribunal Constitucional. Para ello, se hace uso de jurisprudencia nacional e internacional, así como de doctrina sobre la materia para determinar la existencia de vicios de inconstitucionalidad. En ese sentido, se concluye que la demanda debe ser declarada procedente en tanto cumple con los requisitos establecidos por el Nuevo Código Procesal Constitucional. Sin embargo, en el análisis de fondo, se identifica que la norma impugnada, en efecto, contraviene en su totalidad y directamente a la Constitución de 1993. De igual manera, se observa que la ley incurre en vicios de inconstitucionalidad material, debido a que vulnera el contenido constitucionalmente protegido del derecho a la participación política mediante referéndum y los principios de soberanía popular y democrático. Finalmente, debido a la naturaleza de la materia que se pretende regular, la norma incurre, asimismo, en un vicio de inconstitucionalidad formal al ser expedida siguiendo el procedimiento regulado para una ley ordinaria cuando, por el contrario, corresponde su incorporación al ordenamiento jurídico vía reforma constitucional (es decir, mediante el artículo 206 de la Constitución). Por todo ello, se afirma que la demanda de inconstitucionalidad debe ser declarada fundada y, en consecuencia, la Ley N° 31399, expulsada del ordenamiento jurídico. / This report analyzes whether or not the unconstitutionality claim filed by the Executive Branch against the sole article of Law No. 31399 should be declared founded by the Constitutional Court. For this, national and international jurisprudence is used, as well as doctrine on the matter to determine the existence of vices of unconstitutionality. In this sense, it is concluded that the claim must be declared admissible as long as it meets the requirements established by the New Constitutional Procedure Code. However, in the substantive analysis, it is identified that the challenged norm, in effect, completely and directly contravenes the 1993 Constitution. Likewise, it is observed that the law incurs defects of material unconstitutionality since violates the constitutionally protected content of the right to political participation through referendum and the principles of popular and democratic sovereignty. Finally, due to the nature of the matter that is intended to be regulated, the norm also incurs a formal unconstitutionality defect when it is issued following the regulated procedure for an ordinary law when, on the contrary, its incorporation into the legal system corresponds via constitutional reform (that is, through article 206 of the Constitution). For all these reasons, it is stated that the claim of unconstitutionality must be declared founded and, consequently, Law N° 31399, expelled from the legal system.
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Informe jurídico sobre la resolución número veintiuno del expediente 209- 2011-0 sobre anulación del laudo arbitral

Chirinos Ravenna, Ana Francesca 31 July 2023 (has links)
El objetivo del presente informe jurídico es analizar la Resolución número 21 del expediente 209-2011-0 (la “Sentencia”), que versa sobre anulación de laudo. La Sentencia aborda una situación sobre infracción a la imparcialidad a la luz de las conductas y vínculos desplegados en el caso en concreto (conductas agresivas). Asimismo, tomando como punto de partida ello estableceremos supuestos respecto al deber de imparcialidad y si este se ve afectado o no por (i) la conducta agresiva de un árbitro; y (ii) el vínculo del árbitro con el secretario arbitral o con un miembro del consejo. Segundo, se enfocará el análisis en el aspecto de la motivación y la valoración de pruebas teniendo como eje central si la no consideración de ciertos medios probatorios vulnera el derecho a la valoración de pruebas. En el presente estudio usaremos el método de investigación dogmático jurídico (o documental), puesto que recogeremos lo que ya se ha expuesto en la doctrina y en la judicatura respecto a la temática. Concluiremos que la imparcialidad es un concepto relevante, ya que debe guiar el actuar de los árbitros durante el desarrollo de sus labores; sin embargo, no está exento de polémica por lo que merece ser aún más esclarecido. En el ámbito de la motivación concluiremos que el principio de unidad de la prueba debe guiar la valoración de la misma y que la motivación no necesariamente debe contener una mención y análisis de todas las pruebas, sino de aquellas que son relevantes para el proceso / The objective of this legal report is to analyze Resolution number 21 of file 209- 2011-0 (the “Judgment”), which deals with the annulment of the award. The Judgment deals with a situation regarding infringement of impartiality in light of the conduct and links displayed in the specific case (aggressive conduct). Likewise, taking this as a starting point, we will establish assumptions regarding the duty of impartiality and whether or not it is affected by (i) the aggressive conduct of an arbitrator; and (ii) the relationship of the arbitrator with the arbitral secretary or with a member of the council. Second, the analysis will focus on the aspect of motivation and the evaluation of evidence, having as a central axis if the non-consideration of certain means of evidence violates the right to the evaluation of evidence. In the present study we will use the legal dogmatic (or documentary) research method, since we will collect what has already been exposed in the doctrine and in the judiciary regarding the subject. We will conclude that impartiality is a relevant concept, since it should guide the actions of the arbitrators during the development of their tasks; however, it is not exempt from controversy, so it deserves to be even more clarified. In the field of motivation, we will conclude that the principle of unity of the evidence should guide its evaluation and that the motivation should not contain a mention and analysis of all the tests, but of those that are relevant to the process
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El peligro de obstaculización en el mandato de prisión preventiva por delitos de función militar policial

Farfán Gamarra, Johhanna Nathalie 30 September 2021 (has links)
El presente trabajo tiene por finalidad, demostrar la necesidad de implementación de criterios de valoración del peligro de obstaculización en la Jurisdicción Militar Policial, toda vez que el Código Penal Militar Policial establece en su artículo 322 los requisitos de las medidas de coerción, sin embargo, no instituye criterios expresos para calificar el peligro de obstaculización y se aplica supletoriamente lo establecido en el artículo 270 del Código Procesal Penal, por lo que los autos de prisión preventiva no cuentan con una motivación adecuada o suficiente respecto a este peligro, dándolo por cierto, no precisándose los criterios objetivos y solidos de la existencia del peligro de obstaculización. Es por ello que resultaría necesaria la aplicación de los criterios establecidos por la Jurisdicción Ordinaria a fin de determinar las circunstancias que concurren para determinar el peligro procesal en su vertiente de peligro de obstaculización. Es así que, en el presente trabajo se realizara un análisis de los criterios de valoración adoptados por la Jurisdicción Ordinaria, que determina en específico que conductas del imputado constituyen serios elementos para la concurrencia del peligro de obstaculización, los mismos que deben ser valorados en conjunto, y de cómo estos podrían ser aplicados en la Jurisdicción Militar Policial

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